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Decreto presidencial que regula las fases de la reapertura económica tiene vigencia hasta el término del día 23 de agosto

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La noche del viernes, la Sala de lo Constitucional emitió una sentencia de inconstitucionalidad en contra del Decreto Ejecutivo número 32, el cual regula las fases de la reapertura económica; no obstante, difiere sus efectos hasta el 23 de agosto.

Es decir, que los magistrados decidieron mantener la vigencia del decreto presidencial hasta el final del día domingo 23 de agosto próximo; lo que significa que la fase 1 de reapertura económica sigue su curso normal, pero llegada esa fecha, «el Órgano Ejecutivo tiene terminantemente prohibido emitir una regulación idéntica o similar a la que ahora se declara su invalidez».

Además, la resolución aclara que su contenido contradice los parámetros constitucionales establecidos en la sentencia emitida, relacionados con la suspensión y limitación de derechos fundamentales; «sin embargo, por lo explicado, este producirá efectos jurídicos hasta el 23 de agosto del corriente año, dicha fecha inclusive», dice el documento.

A su vez, la sentencia habilita al ministerio de Salud a tomar todas las medidas necesarias («incluso extraordinarias») para prevenir el contagio de COVID-19.

Se espera que en este tiempo el Órgano Ejecutivo y Legislativo lleguen a un acuerdo, la Sala resuelva controversias y que todos actúen de manera racional para llevar por un rumbo correcto la salud y la economía de la población salvadoreña.

Sobre el Decreto Ejecutivo 32

El Decreto Ejecutivo 32 llamado «Protocolos sanitarios para garantizar los derechos a la salud y a la vida de las personas, en el proceso de reactivación gradual de la economía, durante la pandemia por covid-19, aplicables a las zonas central, occidental y oriental de la República de El Salvador» fue publicado el 29 de julio pasado por la noche. Con esa normativa, la Presidencia pretendía normar la fases de la vida económica. La segunda fase estaba para que iniciara el próximo 20 de agosto.

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Sin embargo, la Sala consideró que lo que en realidad está haciendo el Ejecutivo con ese decreto es «prohibir la realización de las actividades económicas a las que el decreto se refiere, mientra no llegue la fecha cuya reapertura corresponde a los rubros que se vayan reactivando».

A juicio de la Sala, lo anterior no significa que un proceso o protocolo de reactivación económica gradual no pueda ser regulado de forma autónoma. Sin embargo, establece que le correspondería a la Asamblea Legislativa emitir una normativa que contemple esas medidas, debido a que se trata de limitación de derechos, por lo que «es el ente que constitucionalmente tiene la competencia en nuestro país para ello».

Puedes leer:

https://cronio.sv/nacionales/presidente-bukele-la-sala-de-lo-constitucional-acaba-de-declarar-inconstitucionales-las-fases-de-reapertura-economica/

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Autoridades piden seis años de cárcel para diputado desaforado Erick García

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En la exposición de los alegatos finales, la Fiscalía General de la República solicitó a la Cámara Segunda de lo Penal de San Salvador que condene a seis años de cárcel al diputado desaforado de Nuevas Ideas, Erick García Salguero, por el delito de falsedad ideológica.

Antes de finalizar el juicio los magistrados le dieron el derecho de última palabra al imputado quien pidió consideración en el caso que sea encontrado responsable.

García no quiere seguir en prisión y expresó a la Cámara que si es condenado le sustituyan la pena por una medida alterna, que está dispuesto a someterse a cualquier decisión que le permita estar fuera de la cárcel.

Según la acusación de la Fiscalía, García Salguero cometió el delito cuando en un documento hizo constar que prestó $90,000, pero en las investigaciones se concluyó que esa transacción nunca fue realizada.

Para demostrar el ilícito, el ministerio público presentó como parte de la prueba una pericia consistente en una experticia grafotécnica que confirma que las firmas en los documentos son de García Salguero.

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Exdiputado del FMLN y familia enfrentan juicio por enriquecimiento ilícito

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La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador ha iniciado hoy la audiencia probatoria [última del juicio civil] por enriquecimiento ilícito detectado en la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) al exdiputado del FMLN, Jorge Schafik Hándal Vega y su grupo familiar.

El exlegislador fue demandado por fiscales de la Unidad Anticorrupción de haberse enriquecido de forma ilícita junto a su esposa, Lilian Amanda de Hándal y sus dos hijas: Linda Verónica de Yannelli y Georgina Beatriz Hándal de Rosales.

En la audiencia preparatoria los magistrados admitieron prueba documental y pericial la cual ha comenzado a ser discutida y al final de la audiencia deberán pronunciarse con una sentencia condenatoria o desestimatoria.

A los cuatro demandados les reprochan un incremento patrimonial que no pudieron justificar por un monto de $182,374.61.

En la Sección de Probidad fueron notificados para que presentaran documentos que permitieran justificar la procedencia lícita de esos fondos, pero al no desestimar las irregularidades en sus declaraciones juradas, Corte Plena ordenó enjuiciarlos civilmente.

A Hándal Vega le cuestionan cuatro irregularidades que le reflejan un incremento patrimonial no justificado de $40,525.62; su esposa Lilian Amanda, es demandada por seis irregularidades por monto de $109,589.62; su hija Linda Verónica Hándal de Yannelli, dos irregularidades que suman $31,000.00 y Georgina Beatriz Hándal Rosales, una irregularidad por $1,259.37.

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Según la Unidad Anticorrupción de la FGR el exdiputado y sus familiares no justificaron el incremento patrimonial que obtuvieron del 1 de mayo de 2009 al 30 de abril de 2012, período en el cual el exfuncionario fungió como diputado por el departamento de Usulután.

«Este día está programado que desfile la prueba testimonial y la declaració de propia parte de los demandados», informó una de las fiscales.

Se espera que el exdiputado del FMLN acuda a rendir declaración el jueves por la mañana.

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FGR logra penas de hasta 180 años de cárcel para pandilleros de la MS

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La Fiscalía General de la República (FGR) sigue haciendo justicia para los salvadoreños que por años fueron víctimas de las pandillas y tras una vista pública logró que 26 miembros de pandillas fueran condenados a penas de hasta 180 años de prisión.

En la audiencia en contra de los imputados, la FGR demostró que son parte de un grupo terrorista y que fueron responsables de quitarle la vida a 11 personas, además de extorsionar, haber incendiado un microbús y lesionar con arma de fuego al motorista.

Según el fiscal del caso, estos sujetos se dedicaban a atemorizar a los habitantes del distrito de Chalchuapa y sus alrededores, a quienes les exigían el pago de la mal denominada “renta”.

Entre los condenados está Marlon Alexander López Arana, alias sayco, quien fue perfilado como corredor de clica, y sentenciado a 180 años de prisión por el delito de homicidio agravado, actos terroristas, homicidio agravado imperfecto y agrupaciones ilícitas. El imputado también está condenado a pagar $1,200.00 dólares en concepto de responsabilidad civil.

Para Eduardo Enrique Campos Castaneda, alias pesadilla, se logró una condena de 95 años prisión, por los mismo delitos.

Otro de los terroristas con altas penas fue Luis Alfredo Mendoza Carranza, alias slipy, corredor de clica, quien fue condenado a 89 años de prisión y al pago de $800.00 de responsabilidad civil.

Ulises Antonio Moreno Ramos, alias zorro o flama, pasará los próximos 75 años en la celda de una cárcel prisión; Óscar Enrique Salas Cortez, corredor de programa recibió una pena de 65 años de cárcel y deberá pagar $400.00 dólares de responsabilidad civil.

Mientras que para el resto de terroristas se logró una condena impuso penas de 10, 14,25,30 y 35 años de cárcel.

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Las sentencias fueron impuestas por el Tribunal Tercero contra El Crimen Organizado de Santa Ana.

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