Judicial
Acción iniciada en contra de Enrique Rais, no era un asunto penal, sino mercantil, afirman abogados defensores, por lo que Juez dicta sobreseimiento definitivo a favor
Los abogados defensores del señor Enrique Rais, informaron a este medio, que fueron notificados de resolución pronunciada por el Juzgado 3° de Instrucción de San Salvador, mediante la cual resolvió admitir la falta de competencia en atención a la materia, ya que en realidad la causa promovida por la Fiscalía General de la República, se trata de un asunto de naturaleza mercantil y no de índole penal.
La Sentencia que fue pronunciada por el Juez el día nueve de octubre del presente año, en su fallo establece: “SOBRESEASE DEFINITIVAMENTE a los procesados JOSÉ AQUILES ENRIQUE RAIS LÓPEZ, HUGO ERNESTO BLANCO RAIS y JOSÉ MAURICIO SALVADOR ARRIETA GÁLVEZ, por la comisión del delito calificado provisionalmente de FALSEDAD IDEOLÓGICA previsto y sancionado en el Artículo 284 del Código Penal, en perjuicio de la FE PÚBLICA y subsidiariamente en perjuicio de las Sociedades CINDESOL INC. y TRADESAL INC., representadas por el Licenciado René Alberto Medrano.”
Recientemente la Cámara Tercera de lo Penal, había revocado las medidas de las cuales gozaba Enrique Rais y ordenado su detención provisional, lo que fue señalado mediante sendos comunicados por el propio empresario, quien manifestó que se estaba instrumentalizando al sistema judicial, con el afán inescrupuloso de exigirle sumas de dinero, de las que no existía ninguna obligación ni siquiera mercantil que comprobara su existencia, con esta decisión la orden de detención queda sin efecto y se le da la razón a los abogados de Rais, que “el caso era una fabricación para afectar a su cliente, en la que está involucrado un interés de competencia desleal de un reconocido empresario.”
De acuerdo a los abogados de Rais, el caso penal que se promovió contra su cliente, cuenta con múltiples ilegalidades, en principio la denuncia la formula en el 2016, el abogado Diego Balmore Escobar, a quien se identifica como amigo cercano del entonces Fiscal General Douglas Meléndez Ruiz; por este caso la agente fiscal Giovvana Jiménez citó a Enrique Rais, haciéndole creer que lo intimaría de la denuncia, el día 22 de agosto de 2016, sin embargo fue arbitrariamente detenido por otros hechos en un caso que también está cuestionado por el uso de prueba ilegal, por intervenciones teléfonicas ilícitas.
Después de la cita que no llegó a concretarse, el expediente quedó en total inactividad de investigación, sin embargo medios digitales del empresario competidor mantuvieron durante tres años, la divulgación de notas difamatorias que hacían creer que Rais, había realizado falsamente una Junta Especial, para quedarse fraudulentamente con las acciones de la empresa MIDES. La fiscal del caso, durante los años 2017 y 2018, no desarrolla ninguna actividad y luego cuando presume que va a prescribir la acción, se apresura a presentar en el mes de mayo de 2019, la acusación contra Rais y otras tres personas, a pesar que ella tenía pruebas contundentes que las sociedades TRADESAL INC. y CINDESOL, INC., jamás ejercieron una acción mercantil para cobrar deuda alguna, ya que no tenían respaldos para hacerlo, pues Rais canceló el total del valor de las acciones de MIDES, adquiridas a plazo.
Con esta resolución “estamos comprobando que:
1) Ha existido una persecución penal ilegal contra Enrique Rais, montada por la Fiscalía, mientras estuvo bajo el mando de Douglas Meléndez; 2). Que en el fondo, se trataba de una acción fraudulenta por obtener beneficios económicos sobre deudas inexistentes, por lo que esta decisión es más importante aún para el Estado de Derecho y otras personas no sean víctimas de abogados inescrupulosos que usan el sistema penal, para fines económicos desleales; 3). Que estamos comprobando a la Cámara Penal que conoció antes del caso, lo injusto de la decisión que adoptó al decretarle una orden de detención al señor Rais, lo que motiva que a futuro se evalúe de mejor manera la forma en que se está utilizando la detención como la regla y no la excepción.” Afirmaron los abogados del empresario.
Apoderado de canadienses usó un poder falso.
Adicionalmente los abogados de Enrique Rais, reiteraron que han iniciado las acciones penales contra la notario Karen Escamilla López, por la presunta comisión del delito de Falsedad Documental Agravada, al haber otorgado ilegalmente un poder sin contar René Medrano con todas las autorizaciones. Resulta que hacen parecer que Medrano tenía facultades y otorga un poder a otros abogados que se lo retornan a él para presentarse como apoderado de la sociedad TRADESAL INC., la pregunta es y si él ya tenía facultades para otorgarlo, por qué se crea un poder para que le sea devuelto al mismo. “Es evidente que algo no encaja allí y llegaremos al fondo de la verdad, ya que con ese poder se han sostenido casos penales contra nuestro defendido y otras personas” destacaron.
Precisamente se conoce que la notario Karen Escamilla, también está siendo procesada en el denominado caso corruptela y que en el año 2016 fue procesado por el Juzgado 2° de Instrucción de San Salvador, por el delito de Falsedad Documental Agravada.

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Hombre acumuló una deuda de $7,550 tras 12 años sin pagar pensión alimenticia
El Juzgado Segundo de Instrucción de Santa Ana autorizó un acuerdo conciliatorio entre Juan Vicente G. y su hijo, en el proceso penal seguido en contra del imputado por el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia económica.
Inicialmente, la deuda acumulada ascendía a $7,550. Sin embargo, el procesado acreditó un pago reciente de $750, por lo que el saldo pendiente se redujo a $6,800.
Durante la audiencia, el imputado manifestó que, debido a su situación económica, únicamente podía cancelar $3,600, monto que se comprometió a pagar en cuotas mensuales de $150 durante un plazo de dos años.
La propuesta fue aceptada por la víctima, quien ya alcanzó la mayoría de edad, así como por su madre, quien al momento de iniciar el proceso penal fungía como su representante legal. La progenitora expresó su conformidad con el acuerdo y señaló que durante la minoría de edad de su hijo asumió la totalidad de los gastos de manutención.
Según la acusación fiscal, el imputado y la madre de la víctima sostuvieron una relación sentimental de la que nació un hijo. Tras la separación de la pareja, cuando el niño tenía 6 años, la madre promovió un procedimiento de fijación de cuota alimenticia ante la Procuraduría General de la República (PGR), debido a la falta de apoyo económico por parte del padre.
El 31 de agosto de 2011, el imputado se comprometió a pagar una cuota alimenticia de $50 mensuales. No obstante, incumplió dicha obligación, acumulando una deuda de $7,550 por cuotas y aguinaldos no cancelados entre julio de 2012 y enero de 2024, motivo por el cual fue presentada la denuncia.
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Prisión para esposos por tráfico ilícito de drogas en San Miguel
La Fiscalía General de la República (FGR) informó que David Reynaldo Umaña y Carmen Beatriz Ortiz de Umaña fueron sentenciados a 13 y 10 años de prisión, respectivamente, por un caso relacionado con tráfico de drogas.
De acuerdo con el Ministerio Público, los esposos fueron capturados en enero de 2024 en San Miguel por agentes de la Policía Nacional Civil (PNC).
Las autoridades interceptaron a Umaña cuando realizaba una transacción de droga. Posteriormente, durante un registro realizado en su vivienda, fueron incautadas más porciones de cocaína y se procedió con la detención de Carmen Beatriz Ortiz de Umaña.
En su momento, la PNC informó que la cocaína incautada tenía un valor de $945.01.
La Fiscalía detalló que las condenas fueron impuestas por el Tribunal de Segundo de Sentencia de San Miguel.
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PNC El Salvador captura a dos personas con marihuana en La Libertad Costa







