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Decreto Ejecutivo 19 mantiene las medidas de cuarentena obligatoria, asegura el presidente Bukele

El presidente de la República, Nayib Bukele Ortez, confirmó que desde las cero horas del martes 14 de abril entró en vigencia el Decreto Ejecutivo 19 y por medio del cual, se dan las directrices para que todos los salvadoreños sigamos con el periodo de cuarentena domiciliar para tratar de contener el avance de la mortal enfermedad del coronavirus o covid-19.
El Decreto Ejecutivo 19 entró en vigencia luego que quedaran sin efecto el régimen de excepción y donde se suspendieron las garantías constitucionales para los salvadoreños, como el caso de libre tránsito y reuniones, entre otras.
Sin embargo, Bukele Ortez afirmó, que se mantiene la misma cuarentena, con las misma sanciones y más restricciones de las que anunció en la última cadena de radio y televisión.
En Twitter detalló: «Resumen: Quédense en casa. Si van a salir tiene que ser con causa justificada y mascarilla, de lo contrario serán llevados a centros de contención. Pórtense bien, que es por su bien».
El nuevo decreto contiene las siguientes medidas:
a) Toda la población deberá mantenerse en resguardo domiciliar obligatorio y solo podrá salir de su vivienda o residencia, en tos casos autorizados por este decreto.
b) Toda persona que incumpla el resguardo domiciliar sin justificación y que, luego de haber sido evaluada por el personal médico, se catalogue como caso sospechoso deberá guardar cuarentena controlada por treinta días, en tanto no se confirme o descarte la presencia de COVI D-19, a través de la prueba PCR respectiva, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa o penal respectiva.
c) En caso de que la persona infractora condujere un vehículo automotor, este deberá remitirse para someterlo a un procedimiento de desinfección y quedará en depósito en los lugares determinados por el Viceministerio de Transporte, para evitar que el mismo se convierta en obstáculo a la vía pública debido a la intención del conductor que infringió el resguardo domiciliar obligatorio y de acuerdo a Lo previsto en el Art. 118 de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. El vehículo será entregado al propietario o su representante, una vez cancelado el pago que corresponda al tiempo que estuviere depositado.
d) Toda persona, cualquiera que sea su medio de transporte, deberá limitar su circulación en Lugares afectados o que se encuentren en riesgo epidémico, a partir de los cordones sanitarios visiblemente fijados.
e) Toda persona está obligada a permitir el ingreso de los delegados del Ministerio de Salud, debidamente identificados, para inspeccionar el interior de casas, locales, predios públicos o privados, para la evaluación de medidas sanitarias a adoptar para el combate de la pandemia por COVID-19.
f) Toda persona que haya estado presente o provenga de un país extranjero, durante el período de treinta días anteriores a su arribo a El Salvador, representa un peligro para La salud pública. Por lo que [a Dirección General de Migración y Extranjería deberá observar lo previsto en la ley para negar su ingreso al territorio nacional; salvo que se trate de salvadoreños por nacimiento o naturalización, residentes, miembros de misión diplomática y de oficina consular acreditados en el país, así como miembros de sus familias, quienes serán evaluados por el personal de la Oficina Sanitaria internacional 1051) para determinar las medidas sanitarias a las que deberán someterse, de acuerdo con los respectivos protocolos.
g) En todo caso, la OSI actuará de acuerdo a los protocolos establecidas y podrá fijar medidas de control y actividades de saneamiento ambiental complementarias a las sugeridas por la Organización Mundial de la Salud, según lo determine el Ministerio de Salud, en aras de mitigar en mayor medida el riesgo que representa el COVID-19 para la salud de la población. En todo caso, las medidas y actividades que la OS] fije e implemente deberán cumplirse de manera rigurosa por sus destinatarios.
h) Todas las personas que estén autorizadas para circular en el territorio nacional deberán portar obligatoriamente mascarilla.
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ANDA incorpora equipo especializado para pavimentar calles tras reparaciones de tuberías

El presidente de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA), Jorge Castañeda, anunció este lunes la incorporación de un nuevo equipo dedicado exclusivamente a la pavimentación de calles luego de las intervenciones en tuberías.
El objetivo de esta medida es evitar que las reparaciones de fugas y otros trabajos en la red hidráulica dejen daños permanentes en las vías públicas. El equipo de pavimentación, contratado de forma adicional, comenzará a trabajar una vez que las cuadrillas de ANDA finalicen sus labores en las tuberías.
Castañeda invitó a la población a reportar cualquier bache o hoyo que no haya sido reparado tras las intervenciones, para atenderlo con prontitud. «Si hay un hoyo que han dejado, por favor repórtelo que inmediatamente lo vamos a reparar», indicó el funcionario durante la entrevista televisiva.
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VMT inicia emisión de facturas electrónicas para pagos de servicios

Desde este lunes, el Viceministerio de Transporte (VMT) comenzó a emitir facturas electrónicas para todos los pagos realizados en Banco Hipotecario, la plataforma Simple.sv y Sertracen, tanto en ventanillas físicas como virtuales.
La nueva modalidad requiere que los usuarios proporcionen un correo electrónico válido al momento de realizar el trámite, ya que ahí se enviará el Documento Tributario Electrónico (DTE), el cual es generado, firmado y transmitido electrónicamente al Ministerio de Hacienda, incluyendo el sello oficial de recepción.
El VMT informó que este cambio forma parte del proceso de modernización institucional y mejora en la gestión de documentos fiscales. Además, hizo un llamado a los usuarios a reportar cualquier inconveniente: “Si no recibes tu factura en 24 horas, llama al 2133-3600”, publicó la institución en su cuenta oficial de la red social X.