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Truco para salirse de los hostigantes grupos de Whatsapp sin que nadie se de cuenta

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La empresa Meta anunció las nuevas funciones de privacidad disponibles para WhatsApp.

Los usuarios de la aplicación de mensajería y videollamadas ahora podrán abandonar los grupos en silencio, sin notificarles a los demás miembros, además de controlar quién puede ver su estado en línea y bloquear que otros usuarios hagan capturas de pantalla de mensajes efímeros.

El director ejecutivo de Meta, Mark Zuckerberg, afirmó que esto ayudaría a que los mensajes de WhatsApp sigan siendo “tan privados y seguros como las conversaciones cara a cara“.

Las nuevas actualizaciones se comenzarán a implementar este mes y serán destacadas en una campaña global que empezará en Reino Unido.

La popular aplicación de mensajería actualmente alerta a todos los miembros de un grupo cuando alguien abandona o lo sacan de una conversación.

Hasta la fecha, WhatsApp no les permitía a sus usuarios salirse de un grupo sin hacer ruido, lo que podía causar incomodidad, vergüenza o drama para aquellos que intentaban salirse o eliminar el grupo sin hacerse notar.

Pero ahora solo los administradores del grupo recibirán una notificación.

Ami Vora, jefe de producto de la compañía, aseguró que la nueva actualización forma parte del enfoque de la plataforma que busca “crear funciones de productos que les permitan a las personas tener más control y privacidad sobre sus mensajes”.

“Creemos que WhatsApp es el lugar más seguro para tener una conversación privada”, agregó.

“Ningún otro servicio de mensajería global de esta escala proporciona este nivel de seguridad para mensajes, data, mensajes de voz, videollamadas y respaldos de chat de sus usuarios”.

Infografía de WhatsApp que muestra cómo se verán sus tres nuevas funciones de privacidad en la aplicación, mostradas en un teléfono inteligente

Esto también incluye la opción de permitirles a los usuarios que elijan quienes pueden ver cuando están activos en la plataforma, alineando las opciones de los estados en línea y la configuración de “visto por última vez”.

Janis Wong, investigadora asociada del Instituto Alan Turing, le dijo a la BBC que siempre es bueno darles a los usuarios más control: “Les gusta y necesitan tener más control”.

Pero a menos que se les pida a los usuarios que usen las nuevas funciones o se les informe vía la misma aplicación, su impacto podría ser limitado.

“Si no es el predeterminado, o si no se les solicita a los usuarios que reconsideren sus opciones, entonces no es necesariamente muy útil, si los usuarios no saben que esto es algo que pueden hacer”, añadió.

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Criminólogo aclara que en El Salvador no había pena perpetua

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La reforma del inciso segundo del artículo 27 de la Constitución de la República entrará en vigencia hasta que la CSJ adecúe las enmiendas de las leyes secundarias.

 

El experto en criminología Ricardo Sosa aclaró, en la entrevista Las cosas como son, que en El Salvador no existía la pena perpetua como algunas personas han opinado en distintos medios de comunicación, incluyendo redes sociales.

 

«Es lamentable que un profesional de las ciencias del derecho diga que lo que se ha hecho es elevar a rango constitucional algo que ya existía, porque no es cierto», afirmó Sosa, agregando que con dicho argumento «lo único que logran es confundir a la población».

 

De acuerdo con el experto, en la ley que estaba vigente «la pena máxima de prisión era de 60 años, de ahí todo lo que ha ocurrido en el presente siglo son condenas que acumulan delitos que no tienen relación entre ellos, y el juez establece una condena por cada delito».

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Sosa aclaró que, bajo ese marco normativo, si la persona condenada sigue con vida después de cumplir los 60 años en prisión, debe salir libre.

 

A su juicio, el motivo para que algunos abogados estén enviando el mensaje de que la pena perpetua ya existía es porque necesitan mantener un discurso que le haga pensar a las personas condenadas que podrán salir de la cárcel; y seguir ofreciéndoles sus servicios de jurídicos.

 

«Engañan a la gente diciéndole que en la primera audiencia le van a sacar a su pariente», indicó, y reiteró que algunos abogados mantienen ese discurso y prometen que en la segunda audiencia sacarán libre al procesado, pero terminan culpando a los familiares de no presentar los arraigos a tiempo.

 

El jueves 26 de marzo, la Asamblea Legislativa ratificó la reforma constitucional que permite la cadena perpetua para asesinos, violadores y terroristas, la cual entrará en vigencia una vez sea publicada en el «Diario Oficial» y se haya capacitado al personal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que ha solicitado un mes para adecuación de leyes secundarias.

 

Sosa también se refirió al informe sobre derechos humanos en El Salvador que presentó recientemente Gipes, encabezado por Santiago Cantón, Susana Sácouto, Claudia Marín, José Antonio Guevara y Gino Costa.

 

«Usted cree que estas cinco personas con sus hojas de vida, títulos universitarios y cantidad de cursos de ese sistema, de esa ideología, van a redactar capturas arbitrarias, 89,000, y luego se confunden y dan otra cifra. ¿De qué estamos hablando? ¿Qué tipo de rigurosidad tiene?», dijo.

 

Sosa aprovechó para invitar a miembros de Gipes para que vengan a El Salvador y se muestren como querellantes de los 89,000 reclusos que aseguran fueron detenidos de forma arbitraria.

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Código Procesal Penal establece los mecanismos para la pena perpetua

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El Código Procesal Penal es parte de las cinco leyes secundarias que fueron homologadas para la imposición de la condena perpetua para homicidas, violadores y terroristas, tras la ratificación en el congreso de la reforma al artículo 27 de la Constitución de la República.

 

La modificación al Código se aprobó el jueves anterior, para que no riña con el marco constitucional, tal como se hizo con el Código Penal, la Ley Especial contra Actos de Terrorismo, la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, y la Ley Penal Juvenil.

 

Para que el Código Procesal Penal tenga los alcances requeridos se intercaló entre los artículos 51 y 52 el artículo 51-A, creando los Juzgados de lo Criminal, que serán los encargados de procesar los casos de adultos y menores.

 

«Los Juzgados de lo Criminal tendrán la competencia exclusiva para el conocimiento y decisión de los procesos que se inicien en contra de los adultos y menores de edad, por la comisión de delitos de homicidio simple, homicidio agravado, feminicidio, feminicidio agravado, violación, violación en menor o incapaz y violación agravada», establece parte del 51-A.

Añade que estos tribunales «serán los encargados de vigilar y garantizar el estricto cumplimiento de las normas que regulan la ejecución de las penas que impongan en el ejercicio de sus competencias, así como la revisión de la pena perpetua y al régimen de libertad controlada», las cuales serán atribuciones designadas por la Corte Suprema de Justicia a jueces de Vigilancia penitenciaria y ejecución de la pena.

 

La reforma también hace referencia a la creación de Cámaras de lo Criminal, cuya función será conocer «los incidentes de impugnación» que surjan de un procedimiento especial.

 

Como parte de las modificaciones se reguló el artículo 331 para evitar medidas alternas a la detención en el caso de homicidas, violadores, terroristas y otro tipo de criminales.

 

«No se procederá a aplicar medidas alternas ni sustituir la detención provisional en los delitos: homicidio simple, homicidio agravado, feminicidio, feminicidio agravado, secuestro, delitos contra la libertad sexual (…) y delitos cometidos por miembros de grupos de terroristas, maras, pandillas o cualquier otra agrupación criminal», quedó normado en el segundo inciso.

 

Para Rafael Góchez, escritor y docente, las reformas tienen como finalidad que homicidas, violadores y terroristas no salgan a delinquir.

 

«Se establece más que como un mecanismo disuasivo, pensado en incapacitar a esta persona (delincuente) para que en un futuro no pueda volver a la sociedad», sostuvo Góchez en la entrevista A:M de canal 10

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Internacionales

Tripulación de Artemis II alcanza la órbita terrestre

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La tripulación de la misión Artemis II de la NASA alcanzó el miércoles la órbita terrestre, anunció un responsable de la agencia espacial estadounidense poco después del despegue del cohete.

Ocho minutos después del lanzamiento, la cápsula Orion se desprendió como estaba previsto de los inmensos depósitos del cohete SLS, que la impulsó al espacio y la puso en la órbita terrestre.

Los cuatro astronautas permanecerán ahora alrededor de la Tierra para realizar una serie de pruebas, antes de poner rumbo el jueves hacia la Luna, situada a más de 384,000 kilómetros de la Tierra.

El viaje, de aproximadamente 10 días, marcará el primer vuelo tripulado alrededor del satélite natural de la Tierra en más de 50 años.

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