Judicial
Guerra contra la corrupción capítulo: Alberto Romero

La Fiscalía General de la República (FGR) solicitó, este miércoles, un antejuicio para poder desaforar al diputado de ARENA, Alberto Romero, a quien acusan por los delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero y activos.
«En vista de eso, y contando con un indicio que proviene de una resolución judicial, la Fiscalía General de República amplió las investigaciones y se ha determinado que el diputado tuvo ingresos sin justificar por un monto total de $1,162,388», detalló el titular del Ministerio Público.
Posterior de eso, el parlamentario fue detenido por el delito de resistencia agresiva, informó la Policía Nacional Civil (PNC), quien afirma que el asambleísta insultó a unos agentes policiales.
El diputado será puesto a disposición de la Asamblea Legislativa pues aún goza de fuero, conforme al artículo 238 de la Constitución, explicó la PNC.
La institución indicó que la Asamblea podrá ordenar la detención de Romero hasta por 5 días, según el artículo 14 de la Ley de Imposición de Arresto.
Por su parte, Delgado aseguró que desde el momento en que la Fiscalía recibió las diligencias administrativas realizadas por la sección de probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), los datos fueron analizados y se han acreditado 19 irregularidades presuntamente cometidas por el diputado de ARENA, razón por la que solicitan que se inicie el proceso de antejuicio.
Por su parte, el diputado presidente, Ernesto Castro, aseguró que durante la plenaria de este miércoles 23 la solicitud será llevada al pleno para que sea aprobada e iniciar mañana mismo el trabajo de la comisión especial de antejuicio.
El pasado 14 de agosto, la Cámara de la Segunda Sección del Centro de Cojutepeque, declaró civilmente a Romero culpable por los delitos antes mencionados, por lo que ordenó que devuelva al Estado un total de $445,766.05.
Alberto Romero ha sido procesado civilmente por dos períodos como parlamentario propietario por el partido ARENA: desde el 1 de mayo del 2009 al 30 de abril del 2012; y del 1 de mayo del 2012 al 30 de abril del 2015.
Tras el fallo civil de la Cámara de Cojutepeque, el parlamentario quedaría inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por un periodo de 10 años.
Judicial
Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.
De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.
Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.
Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.
Judicial
En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.
El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.
El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.
Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).
La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.
Judicial
Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.
El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76
En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.
En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.
Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.
En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.
El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.
Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.
Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.