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Judicial

Enjuician a 94 pandilleros por homicidios y desapariciones en La Libertad

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Escuchas telefónicas y la declaración de un testigo con beneficios penales son las principales pruebas que la Fiscalía General de la República ha presentado en la vista pública contra 94 miembros de la Mara Salvatrucha de La Libertad vinculados a homicidios y desapariciones de personas.

El testigo quien por años formó parte de la pandilla ha detallado que a las 24 personas que desaparecieron, las ubicaron y privaron de libertad, para posteriormente transportarlas en los denominados «taxis piratas».

La pandilla decidió utilizar ese tipo de vehículos para no levantar sospechas al momento de movilizar a sus víctimas a zonas desoladas y que tenían como centro para delinquir.

En el juicio, el ministerio público atribuye a los miembros de varias clicas de La Libertad, 24 casos de personas que fueron desaparecidas entre los años 2016 y 2019.

En la vista pública los fiscales han expuesto que de las 24 víctimas que fueron desaparecidas, lograron encontrar siete en fosas clandestinas y que otras cinco personas no fueron identificadas pero que están en proceso para verificarlo.

Varias de las personas fueron llevadas por los pandilleros a la zona de la finca El Espino y otras del sector de Santa Tecla, Comasagua y Zaragoza. Entre todas las clicas había una comunicación e intercambio de información sobre los hechos a cometer.

Un grupo de fiscales de la Unidad Especializada de Investigación de Pandillas y Homicidios, y de la Unidad de Personas Desaparecidas, también han presentado cargos ante el Juzgado Especializado de Sentencia A de San Salvador por 32 homicidios.

Además de los homicidios y desapariciones, la Fiscalía acusa a los pandilleros por el delito de agrupaciones ilícitas, el criteriado ha mencionado la función que tuvo cada uno de ellos dentro de las clicas y el grado de participación en los delitos.

La permanencia en la pandilla es determinante para una condena por ese delito. Dentro de los 94 imputados figuran 16 cabecillas de diferentes rangos, quienes fueron los encargados de ordenar las desapariciones y los homicidios, según ha mencionado el ministerio público en el desarrollo del juicio.

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Judicial

Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

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El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.

De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.

Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.

Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.

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Judicial

En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

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En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.

El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.

El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.

Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).

La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.

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Judicial

Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

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La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.

El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76

En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.

En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.

Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.

En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.

El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.

Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.

Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.

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