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Judicial

«Yo estaba bañando al niño, se me cayó y lo golpeé con un palo hasta matarlo»: confesó Yesenia García

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A 14 años de cárcel condenó el Tribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla a Yesenia Elizabeth García Henríquez, por el delito de homicidio agravado en perjuicio de Érick A.G.F. de tres años de edad.

La investigación dio inicio con la denuncia interpuesta por el padre de la menor víctima, el día 11 de julio del año 2020, en la Sub Delegación de Quezaltepeque, donde daba aviso de la desaparición de su hijo. Cuatro días después de reportar el hecho, fue hallado muerto en el sector conocido como La Lava, comunidad La Meca, en las cercanías del Autódromo El Jabalí, en Quezaltepeque, La Libertad.

Este día y a través de un proceso abreviado establecido en el Código Procesal Penal, artículos 417 y 418 sobre la Admisibilidad y Trámite del Procedimiento y Juicio Abreviado, el juez de la causa dio por acreditados los hechos expuestos por las partes: La confesión de manera libre y espontánea de la imputada Yesenia Elizabeth García Henríquez, tía de la víctima, donde aceptó haber dado muerte con múltiples golpes producidos por un arma contundente (palo) y haber escondido el cuerpo de la víctima con la ayuda de su compañero de vida.

«Fue el 11 de julio de 2020, aproximadamente a las 12 del mediodía, en el caserío La Meca, los hechos sucedieron detrás de la casa de mis abuelos donde había un barril donde yo estaba bañando al niño, el niño se me cayó y yo lo golpeé con un palo», confesó la mujer.

Al mismo tiempo, añadió que a eso de la 1:00 de la madrugada del 12 de julio despertó a su compañero de vida para confesarle que había matado a su sobrino y que necesitaba ayuda para llevar el cadáver hasta el lugar conocido como «La Lava». «Le dije que me ayudara a llevar el cuerpecito, le confesé que lo había matado, pero solo que se me había caído, pero no que lo había golpeado», narró la imputada.

El estudio y análisis de la prueba pericial incluía el reconocimiento médico forense, evaluación psicológica, autopsia y estudios de trabajo social, y la valoración de la prueba documental compuesta por las actas de inspecciones oculares, registro con prevención de allanamiento, álbum fotográfico y declaración anticipada de testigo criteriado.

En el fallo se ratifica la detención provisional hasta que quede en firme la sentencia definitiva, que se entregará el 13 de julio del año 2021, declarándola ejecutoria 10 días después de la misma.

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Judicial

Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

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El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.

De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.

Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.

Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.

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Judicial

En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

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En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.

El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.

El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.

Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).

La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.

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Judicial

Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

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La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.

El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76

En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.

En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.

Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.

En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.

El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.

Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.

Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.

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