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Sala de lo Constitucional emite medidas de protección a favor de abogado al que una fiscal “fabricó” pruebas para acusarlo falsamente

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Al conocer este día de un proceso de Hábeas Corpus, interpuesto por un Abogado, que por cuestiones de seguridad se omite su nombre, la Sala de lo Constitucional de forma unánime accedió a su petición y además dictó medidas cautelares con la finalidad de proteger su derecho a la libertad física, el cual se encontraba en riesgo ante la posibilidad que de forma arbitraria la Fiscalía General de la República (FGR), emitiera una orden de detención administrativa.

En el Expediente tramitado bajo la referencia 555-2020, consta que el citado abogado, se encontraba ejerciendo en calidad de Defensor Particular de una persona imputada por los delitos de agrupaciones ilícitas y homicidio agravado, derivado de las diligencias de investigación fiscal 1273-UDV-2015, ante el Juzgado Especializado de Instrucción “C” de San Salvador. Precisamente en el curso de la etapa de instrucción, la Fiscal del Caso solicitó la realización de un anticipo de prueba, correspondiente a la declaración del testigo clave “Mirely” y mientras se llevaba a cabo la diligencia el Abogado realizó objeciones a diversas preguntas realizadas por la agente fiscal, impidiendo que el interrogatorio se desarrollara como esperaba realizarlo, irrespetando la legalidad, por parte de la mencionada fiscal, lo que además dejó entrever que la testigo “Mirely” no estaba realizando una declaración espontánea, sino ajustada a parámetros para los que la había preparado la fiscal.

Al día siguiente continuó el interrogotario, pero el abogado no pudo comparecer desde el inicio por tener otras diligencias, pero al incorporarse fue informado que la testigo “Mirely” en su declaración había vinculado “a un abogado de apellido S” con el cometimiento de conductas ilícitas relacionadas con la divulgación de la identidad de víctimas a pandilleros, lo que resultó en la muerte del testigo clave “Cojute”

En su solicitud de Hábeas Corpus, el abogado afirma que en virtud de estar seguro que de los profesionales que estaban ejerciendo defensa técnica en esa causa penal, era el único con “apellido S” y que nunca tuvo contacto con la persona fallecida, la vinculación efectuada por la testigo sin rostro “Mirely” únicamente pudo deberse a instrucciones recibidas de la fiscal del caso, quien se encontraba adscrita a la Unidad de Delitos de Crimen Organizado de la Fiscalía General de la República (FGR) en una acción revanchista de aquella, por haber dejado previamente en descubierto la manipulación de la testigo.

En el contenido se lee también que ante la preocupación generada por las acciones que la FGR podía realizar a partir de esa prueba falsa, inclusive la de librarle orden de detención administrativa, se movilizó con prontitud presentando denuncia ante la Procuraduría para la Defensa de los Derehos Humanos y ante la Unidad de Auditoría Fiscal de la FGR, sin que ninguna de ambas instituciones le brindara la adecuada protección de sus derechos humanos, sobre todo cuando resalta que la posible manipulación de la declaración de la testigo sin rostro, pero sobre todo las acciones dispuestas por la fiscal del caso para afectarlo, también debían ser valoradads bajo el contexto de su función como defensor de derechos, “lo cual puede producir un efecto disuasorio en el ejercicio de esa labor que también afectaría el desempeño de otros defensores ante la utilización de declaraciones de coimputados o “criteriados” como aparente reacción fiscal contra el trabajo de los abogados en los procesos penales, con lo que se estaría criminalizando tal profesión.”

De hecho, el abogado peticionante invoca como fundamento de su petición los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados, aprobados por el 8º Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente y los Principios y directrices de las Naciones Unidas sobre el acceso a la asistencia jurídica, que tienen como principal exigencia que “Los Estados deben velar porque los proveedores de asistencia jurídica  puedan realizar su trabajo de manera eficaz, libre e independiente.”

La institución Fiscal  ha sido ampliamente cuestionada durante los últimos años, especialmente por el aumento porcentual en el uso de testigos criteraridos y testigos sin rostro como medio principal de prueba en los procesos penales, hace poco más de un año, la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA, 13 de octubre de 2019) en su Editorial reconocía que: “Utilizar a un solo testigo -al que se le da plena credibilidad- para incriminar a cincuenta, cien o cuatrocientas personas viola garantías judiciales básicas, algo que agrava una tendencia procedimental ya anomala.”

Pero también los señalamientos vienen del uso de prueba obtenida de forma ilícita, prueba adulterada y prueba prohibida sobre la cual la FGR ha sustentado múltiples causas penales, como ha sido denunciado por ejemplo en el conocido como caso “CORRUPTELA” donde los agentes fiscales asignados construyeron el caso basados en coacciones a sus propios compañeros fiscales y empleados de la entidad Fiscal; el caso RAIS MARTÍNEZ, construido a partir de intervenciones telefónicas ilegales y de la suplantación de prueba donde una Técnico fiscal afirma en un documento de análisis, que el empresario Enrique Rais, tenía en uso un número telefónico, que en el procedimiento de captación de escuchas tenían constancia que se trataba de otra persona, sin ninguna vinculación con Rais. 

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Sistema de retención infantil reduce hasta un 71 % el riesgo de muerte en niños

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El uso correcto del sistema de retención infantil (SRI) reduce el riesgo de muerte y de lesiones graves en niños, ya que en el caso de un accidente protege zonas vulnerables, especialmente la cabeza, el cuello y la columna. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), los traumatismos por accidentes de tránsito son la principal causa de muerte de niños y jóvenes a escala mundial.

En ese sentido, la directora del Fondo para la Atención a las Víctimas de Accidentes de Tránsito (Fonat), Bessy Guzmán, destacó que los SRI reducen hasta un 71 % el riesgo de muerte. Asimismo, el Gobierno salvadoreño ha sumado esfuerzos para impulsar una estrategia nacional de seguridad vial infantil para reducir los índices de siniestralidad.

«Actualmente nos encontramos en el Decenio de Acción para la Seguridad Vial [2021–2030], el cual busca reducir la siniestralidad vial y la tasa de mortalidad por accidentes de tránsito a la mitad. Medidas como usar el cinturón de seguridad, la utilización de cascos certificados y de los sistemas de retención infantil están encaminadas a ayudarnos a llegar a esa reducción», dijo Guzmán.

Desde el Viceministerio de Transporte (VMT) y el Fonat se ejecutan medidas preventivas para garantizar la seguridad vial de los niños. Entre estas destacan capacitaciones sobre el uso de las SRI, la conformación de comités de seguridad vial en centros escolares y la intervención de conductores y peatones sobre la movilidad segura en las calles y carreteras. Asimismo, trabajan en la toma de conciencia sobre la importancia de usar correctamente estos sistemas en el vehículo.

A partir de diciembre de 2025, en El Salvador usar el SRI es obligatorio. Como pasajeros de vehículos, los menores de 12 años no podrán viajar en el asiento delantero, mientras que los niños menores de cinco años deben ser trasladados en un SRI de acuerdo con su peso y estatura.

El incumplimiento de esta normativa se considera una falta muy grave y se sancionará con una multa de $150. Para garantizar la seguridad de los menores de edad, el Fonat recomienda no poner en marcha el vehículo antes de que todos los ocupantes tengan puesto el cinturón de seguridad y los niños estén colocados en el SRI.

De igual manera, ningún ocupante puede tomar bebidas calientes en el carro, ya que podría lesionar a los niños en un choque o un frenado brusco.

 

«Los sistemas de retención infantil no deben utilizarse si ya han sido parte de un siniestro vial o si alguna de sus piezas ha caducado; vea la fecha de vencimiento en la parte de atrás», indicó el Fonat

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Apopa y Nejapa renacen con el reordenamiento de sus centros históricos

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Los distritos de Apopa y Nejapa, que conforman San Salvador Oeste, viven una transformación sin precedentes que incluye el reordenamiento de sus centros históricos, la recuperación de espacios deportivos y de convivencia familiar, el mejoramiento de la red vial y el desarrollo de importantes proyectos que generan fuentes de empleo y progreso local.

«Diario El Salvador» recorrió ambas ciudades para constatar dichos cambios y conversar con los ciudadanos sobre cómo les benefician, tomando en cuenta que por años estas localidades se estancaron debido a la delincuencia.

«El centro de Apopa era un caos, desorden por las ventas, inseguridad por las maras, problemas de tráfico vehicular, sin espacios peatonales donde caminar, sin iluminación», enumeró Juan Portillo. Sin embargo, también se refirió a la actual transformación de Apopa.

«Los cambios son evidentes; vemos que la alcaldía ha hecho lo suyo en el centro histórico, y el Gobierno del presidente [Nayib] Bukele ha generado condiciones para atraer inversión privada y grandes obras al municipio».

La gobernanza municipal ha efectuado intervenciones para recuperar espacios en el casco urbano, como en la calle La Estación, la avenida Quirino Chávez y la calle Leonardo Azcúnaga, frente a la parroquia Santa Catarina, principal templo de la feligresía católica en la ciudad apopense. Por las noches, la iluminación y la presencia del Cuerpo de Agentes Municipales (CAM) genera confianza a comerciantes y pobladores que caminan por la plaza central Noé Canjura, situada frente a las oficinas distritales. Actualmente, la municipalidad trabaja en el segundo tramo de la calle San Rafael, donde hay importante actividad comercial.

Para la generación de espacios de sana convivencia se inauguró el centro recreativo de la colonia Popotlán II, que tiene cancha de baloncesto y de fútbol, pista atlética, sendero peatonal, área de descanso, juegos infantiles y salón de usos múltiples con capacidad para más de 30,000 personas. Este proyecto lo entregó el Ministerio de Seguridad Pública y Justicia.

Asimismo, Apopa presenta condiciones para generar fluidez en la circulación vehicular, por lo que el Ministerio de Obras Públicas anunció la construcción de un «bypass» entre la carretera Troncal del Norte, por la que circulan cerca de 50,000 vehículos, y la autopista Este-Oeste (conocida como carretera de Oro).

A criterio de José Urbina, alcalde de San Salvador Oeste, esta obra «terminará con el estrés del terrible tráfico». Por su parte, la empresa privada está invirtiendo en el distrito. La compañía Urbánica desarrolla el proyecto habitacional Valle Dulce con una inversión estimada de $1,000 millones para edificar Portal Valterra y Alturas del Valle; este último contará con 160 apartamentos distribuidos en dos torres.

Apopa está conformado por 285 colonias y una población de 129,083 habitantes, según el censo de 2024.

Más allá de su tradicional festival de las bolas de fuego, celebrado cada 31 de agosto, Nejapa también experimenta importantes avances en desarrollo local.

«Hemos visto más presencia de turistas no solo por la seguridad, sino porque las calles han sido reparadas, esto permite la entrada del transporte urbano y comercial», manifestó Alejandra Hernández, habitante del distrito, de modo que hay mayor demanda de movilidad en Nejapa.

 

En este sentido, el taxista Juan López comentó: «Hay más movimiento de personas en el centro de la ciudad y el comercio se ha incrementado, y más personas disfrutan en el parque central». La alcaldía recuperó espacios en la avenida Norberto Morán, en la 5.ª, 9.ª y la 11.ª calle poniente del centro histórico, también en la avenida Eliseo Mijango. Además, instaló nuevos servicios sanitarios en el mercado municipal Plaza España.

Actualmente, remodela el Complejo Recreativo El Cambio, cuyas instalaciones cuentan con dos canchas de fútbol, una de grama natural y otra sintética; una cancha de baloncesto techada, la pista de patinaje y el área de juegos mecánicos para beneficiar a residentes de las comunidades El Cambio, Las Armenias y El Jabalí.

Nejapa tiene alrededor de 85 colonias y su población total es de 35,673 habitantes, según el censo de 2024. El Gobierno central pondrá al alcance de los ciudadanos servicios de salud de primer nivel con el nuevo Hospital Nacional de Nejapa, invirtiendo $50 millones para la edificación y el equipamiento, para beneficiar a pobladores de Aguilares, Apopa, Guazapa y Chalatenango.

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Pandillero es condenado a 20 años de cárcel por homicidio en El Paisnal

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A 20 años de cárcel fue condenado Francis Guadalupe Cruz Aguilar, por el delito de homicidio agravado cometido el 24 de diciembre de 2013, en el distrito de El Paisnal, municipio de San Salvador Norte.

La pena se la impuso el Tribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla, La Libertad, tras revisar la prueba que la Fiscalía General de la República presentó en el juicio y con la cual demostró que el prófugo asesinó a José Eladio Franco Moreno.

 

En la acusación expuesta por el ministerio público, Cruz Aguilar fue parte de un grupo de siete pandilleros que interceptó a la víctima para privarla de libertad en El Paisnal.

Fue hasta el 27 de diciembre que encontraron cuerpo de Franco Moreno, desmembrado a la orilla del río Acelhuate, en la jurisdicción de ese distrito.

Para probar la participación que Cruz Aguilar tuvo en el crimen, la Fiscalía presentó al tribunal la declaración de un testigo quien presenció el hecho, su declaración fue clave para que se emitiera la condena.

El testigo dijo que el ahora condenado hizo labores de vigilancia mientras los demás miembros de la pandilla estaban asesinando a la víctima, se apostó en lugar para alertar a los criminales sobre la presencia de autoridades policiales.

Al momento del fallo el tribunal dio validez y credibilidad a la declaración del testigo quien identificó a Cruz Aguilar como parte del grupo criminal y su participación fue activa y clave para ejecutar el crimen.

 

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