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Nacionales

Sala de lo Constitucional emite medidas de protección a favor de abogado al que una fiscal “fabricó” pruebas para acusarlo falsamente

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Al conocer este día de un proceso de Hábeas Corpus, interpuesto por un Abogado, que por cuestiones de seguridad se omite su nombre, la Sala de lo Constitucional de forma unánime accedió a su petición y además dictó medidas cautelares con la finalidad de proteger su derecho a la libertad física, el cual se encontraba en riesgo ante la posibilidad que de forma arbitraria la Fiscalía General de la República (FGR), emitiera una orden de detención administrativa.

En el Expediente tramitado bajo la referencia 555-2020, consta que el citado abogado, se encontraba ejerciendo en calidad de Defensor Particular de una persona imputada por los delitos de agrupaciones ilícitas y homicidio agravado, derivado de las diligencias de investigación fiscal 1273-UDV-2015, ante el Juzgado Especializado de Instrucción “C” de San Salvador. Precisamente en el curso de la etapa de instrucción, la Fiscal del Caso solicitó la realización de un anticipo de prueba, correspondiente a la declaración del testigo clave “Mirely” y mientras se llevaba a cabo la diligencia el Abogado realizó objeciones a diversas preguntas realizadas por la agente fiscal, impidiendo que el interrogatorio se desarrollara como esperaba realizarlo, irrespetando la legalidad, por parte de la mencionada fiscal, lo que además dejó entrever que la testigo “Mirely” no estaba realizando una declaración espontánea, sino ajustada a parámetros para los que la había preparado la fiscal.

Al día siguiente continuó el interrogotario, pero el abogado no pudo comparecer desde el inicio por tener otras diligencias, pero al incorporarse fue informado que la testigo “Mirely” en su declaración había vinculado “a un abogado de apellido S” con el cometimiento de conductas ilícitas relacionadas con la divulgación de la identidad de víctimas a pandilleros, lo que resultó en la muerte del testigo clave “Cojute”

En su solicitud de Hábeas Corpus, el abogado afirma que en virtud de estar seguro que de los profesionales que estaban ejerciendo defensa técnica en esa causa penal, era el único con “apellido S” y que nunca tuvo contacto con la persona fallecida, la vinculación efectuada por la testigo sin rostro “Mirely” únicamente pudo deberse a instrucciones recibidas de la fiscal del caso, quien se encontraba adscrita a la Unidad de Delitos de Crimen Organizado de la Fiscalía General de la República (FGR) en una acción revanchista de aquella, por haber dejado previamente en descubierto la manipulación de la testigo.

En el contenido se lee también que ante la preocupación generada por las acciones que la FGR podía realizar a partir de esa prueba falsa, inclusive la de librarle orden de detención administrativa, se movilizó con prontitud presentando denuncia ante la Procuraduría para la Defensa de los Derehos Humanos y ante la Unidad de Auditoría Fiscal de la FGR, sin que ninguna de ambas instituciones le brindara la adecuada protección de sus derechos humanos, sobre todo cuando resalta que la posible manipulación de la declaración de la testigo sin rostro, pero sobre todo las acciones dispuestas por la fiscal del caso para afectarlo, también debían ser valoradads bajo el contexto de su función como defensor de derechos, “lo cual puede producir un efecto disuasorio en el ejercicio de esa labor que también afectaría el desempeño de otros defensores ante la utilización de declaraciones de coimputados o “criteriados” como aparente reacción fiscal contra el trabajo de los abogados en los procesos penales, con lo que se estaría criminalizando tal profesión.”

De hecho, el abogado peticionante invoca como fundamento de su petición los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados, aprobados por el 8º Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente y los Principios y directrices de las Naciones Unidas sobre el acceso a la asistencia jurídica, que tienen como principal exigencia que “Los Estados deben velar porque los proveedores de asistencia jurídica  puedan realizar su trabajo de manera eficaz, libre e independiente.”

La institución Fiscal  ha sido ampliamente cuestionada durante los últimos años, especialmente por el aumento porcentual en el uso de testigos criteraridos y testigos sin rostro como medio principal de prueba en los procesos penales, hace poco más de un año, la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA, 13 de octubre de 2019) en su Editorial reconocía que: “Utilizar a un solo testigo -al que se le da plena credibilidad- para incriminar a cincuenta, cien o cuatrocientas personas viola garantías judiciales básicas, algo que agrava una tendencia procedimental ya anomala.”

Pero también los señalamientos vienen del uso de prueba obtenida de forma ilícita, prueba adulterada y prueba prohibida sobre la cual la FGR ha sustentado múltiples causas penales, como ha sido denunciado por ejemplo en el conocido como caso “CORRUPTELA” donde los agentes fiscales asignados construyeron el caso basados en coacciones a sus propios compañeros fiscales y empleados de la entidad Fiscal; el caso RAIS MARTÍNEZ, construido a partir de intervenciones telefónicas ilegales y de la suplantación de prueba donde una Técnico fiscal afirma en un documento de análisis, que el empresario Enrique Rais, tenía en uso un número telefónico, que en el procedimiento de captación de escuchas tenían constancia que se trataba de otra persona, sin ninguna vinculación con Rais. 

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Judicial

90 años de prisión para pandilleros

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La Fiscalía General de la República (FGR) logró que nueve pandilleros de la MS-13 recibieran penas de hasta 90 años de prisión por delitos cometidos en diferentes zonas de los distritos de Huizúcar y Zaragoza, en el departamento de La Libertad.

El ministerio público informó que los pandilleros Juan Manuel Chávez Aguilar y Danilo Amílcar Araujo Estrada, fueron condenados a 90 años de cárcel, mientras que Alexander Armando Granados Vásquez y William Alfredo Hernández Martínez recibieron penas de 60 años de prisión.

La FGR procesó a los pandilleros por asesinatos cometidos contra un trabajador y de un comerciante. Además, los acusó de la privación de libertad y el homicidio agravado de dos hermanos.

En su cuenta en X la institución recordó que los dos hermanos se dirigían hacia su trabajo cuando los pandilleros, utilizando armas de fuego, le salieron al encuentro para llevárselos a la fuerza hacia un lugar desolado en donde les quitaron la vida.

El informe oficial indica además que otros pandilleros recibieron penas carcelarias que van desde los 30 a los 20 años de prisión. Todos pertenecen a las clicas Teclas Locos Salvatruchos, San Antonio Locos Salvatruchos y Nejapas Locos Salvatruchos de la MS-13.

Las condenas fueron impuestas por el Tribunal Quinto contra el Crimen Organizado de San Salvador.

Por otra parte, la Fiscalía informó que Alexander Joel Torres Moreno, alias el Sangriento (prófugo) y Rigoberto Vladimir Velásquez Amaya, fueron condenados a 40  años de prisión por el homicidio agravado de dos hermanos.

El crimen ocurrió el 11 de junio de 2014 en el sector conocido como  La Quebrada, de la colonia Santa María, del distrito de La Unión. Según la acusación fiscal, Velásquez Amaya se comunicó con una de las víctimas y le pidió que llegara al lugar para hablar, pero era una trampa para asesinarlos.

La FGR logró además, que José Mariano Martínez Calderón sea condenado a 40 años de prisión por los delitos de violación en menor o incapaz continuada y extorsión agravada.

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Nacionales

Minsal recibe certificación del sistema de gestión antisoborno

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El Ministerio de Salud (Minsal) recibió la certificación del Sistema de Gestión Antisoborno bajo la norma internacional ISO 37001, luego de un riguroso proceso de capacitación e innovación.

Esta certificación es otorgada por la Asociación Española de Normalización y Certificación (Aenor), a través de su director para Centroamérica, Arnulfo Pino Figueroa.

La norma es un estándar internacional que especifica los requisitos y proporciona directrices para establecer, implementar, mantener, revisar y mejorar un sistema de gestión antisoborno, orientado a fomentar una cultura de integridad, transparencia y cumplimiento en las instituciones públicas.

Esto ha llevado al Minsal a establecer procedimientos y controles, con el objetivo de prevenir y mitigar riesgos, así como actuar de manera oportuna frente a posibles actos de soborno dentro de la institución.

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Nacionales

MAG fortalece la ganadería en San Miguel Norte

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Ganaderos del distrito de Chapeltique, en San Miguel Norte recibieron la visita de técnicos del Ministerio de Agricultura y Ganadería de El Salvador, quienes junto a la alcaldía Municipal de San Miguel Norte, desarrollamos una campaña de vacunación y desparasitación del ganado, con el fin de combatir rastro del Gusano Barrenador, así como aplicar vitaminas a los semovientes.

«Queremos agradecer al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) por estar participando junto con nosotros y nuestros ganaderos en todo San Miguel Norte, y hoy correspondió a Chapeltique estar colocando desparasitante al ganado», mencionó el alcalde de San Miguel Norte, Carlos Méndez.

Este tipo de acciones se han desarrollado en otros distritos de San Miguel Norte, que fundamentan su economía en el comercio, la agricultura y la ganadería, de momento no se ha dado a conocer el número exacto de alcance que han tenido en el hato ganadero de la zona ya que continúan trabajando.

Los ganaderos beneficiados manifestaron sentirse agradecidos con el apoyo que el MAG les ha brindado junto a la municipalidad y la intervención del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN), ya que estas acciones fortalecen la ganadería en la zona de San Miguel Norte y contribuyen con la economía local.

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