Judicial
Presentan nueva denuncia penal contra exfiscal Douglas Meléndez


Por el delito de omisión en la investigación previsto en el artículo 311 del Código Penal, los abogados del empresario Enrique Rais denunciaron al exfiscal general, Douglas Meléndez, consistiendo los hechos en que el titular de la Fiscalía General de la República (FGR) incumplió sus obligaciones constitucionales de investigar los delitos denunciados y ejercer la respectiva acción penal en contra de las autoridades que en su momento ostentaron el cargo de Presidentes del Banco de Fomento Agropecuario (BFA), particularmente José Guillermo Funes Araujo (ya fallecido) y Nora Mercedes Miranda de López, como también el designado como Interventor del Ingenio “El Carmen”, Óscar Girón Ulloa.
Sobre los hechos, de acuerdo a los abogados, se remontan al año 2001, cuando el entonces Jefe Fiscal de la recién creada Unidad Anticorrupción, Douglas Meléndez, juntamente con su compañero de fórmula, Diego Balmore Escobar, criminalizaron un contrato mercantil para acusar a Enrique Rais sobre un presunto desfalco contra el BFA, que al final se demostró era una acusación ilegal, por la cual Rais fue sobreseido definitivamente. No obstante, mientras existieron las acusaciones penales en su contra, el BFA sin fundamento legal o contractual cortó los créditos al Ingenio “El Carmen” propiedad de Rais, a pesar que todos los pagos estaban al día; y más grave aún nombraron un interventor que utilizó el capital de trabajo, para pagar créditos cuyo vencimiento era posterior, lo que significó la quiebra técnica del negocio.
Frente a las acciones ilegales de las autoridades del BFA que fueron calificadas como Administración Fraudulenta, Daños, Apropiación o Retención Indebida y Actos Arbitrarios, se interpuso en mayo de 2013 una denuncia penal, la que al momento de convertirse Douglas Meléndez en titular de la FGR, giró instrucciones para que la “engavetaran” y de esa manera prescribieran los delitos señalados, todo para seguir perjudicando al empresario.
El delito de omisión en la investigación, tiene una pena de prisión máxima de hasta 5 años, lo cual suma a todos los señalamientos sobre actuaciones ilegales cometidas por el exfiscal general, Douglas Meléndez y otros exfiscales que bajo sus órdenes también realizaron actuaciones arbitrarias e ilegales como coaccionar a testigos y acusados para obtener confesiones sin su plena voluntad y utilizarlas en contra de Enrique Rais.
Judicial
Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.
De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.
Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.
Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.
Judicial
En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.
El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.
El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.
Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).
La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.
Judicial
Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.
El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76
En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.
En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.
Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.
En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.
El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.
Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.
Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.