Judicial
Exalcalde de San Salvador, Ernesto Muyshondt, seguirá en arresto domiciliario

En una sorpresiva resolución, la Cámara Tercera de lo Penal ha revocado la medida de detención provisional impuesta al exalcalde capitalino, Ernesto Muyshondt.
Cabe mencionar que esta medida fue decretada en audiencia inicial por el juez Tercero de Paz de San Salvador, quien lo acusaba de apropiación indebida de retenciones tributarias.

Según la acusación, Muyshondt habría dejado de pagar al Ministerio de Hacienda importantes sumas correspondientes a los ingresos de la Dirección General de Desechos Sólidos durante su gestión como alcalde. Sin embargo, el tribunal superior ha decidido que el exfuncionario, quien se encuentra hospitalizado desde el 25 de julio en un centro asistencial privado, cumpla arresto domiciliario en lugar de la detención provisional.

La resolución de la Cámara también incluye un cambio de medida para el extesorero municipal, Fernando Heriberto Portillo Linares, quien deberá pagar una fianza de $10,000. Asimismo, se confirman las medidas sustitutivas decretadas a favor del director de Desechos Sólidos, Francisco José Rivera Chacón.
El caso se basa en la retención de impuestos sobre la renta por un monto de $275,145.31, que con multas e intereses aumenta a más de $500,000. Durante la audiencia inicial, se discutió la gravedad de los delitos imputados a los involucrados y la posibilidad de fuga.

La revocatoria de la detención se fundamenta en la falta de fundamentación y en una errada interpretación del Código Procesal Penal. El artículo 331 inciso primero, que especifica el peligro de fuga de un imputado, se refiere a delitos graves como homicidio y extorsión, los cuales no están presentes en este caso. Además, el artículo siguiente, el 332, sugiere que los jueces pueden imponer otras medidas cuando se trate de delitos menores.
La Cámara Tercera de lo Penal consideró las circunstancias fácticas y probatorias del caso, concluyendo que no existe un riesgo extraordinario de fuga u obstaculización de la investigación. Por lo tanto, ha decidido revocar la medida de detención provisional y sustituirla por otras medidas como el arresto domiciliario, una fianza de $50,000 y el uso de brazalete electrónico.
Esta decisión ha generado controversia y sorpresa en el ámbito político y judicial, especialmente debido a la implicación previa de Muyshondt en un proceso por supuestas negociaciones ilícitas con pandillas en busca de beneficios electorales en las elecciones de 2014. En ese caso, el Juzgado Segundo de Instrucción había impuesto medidas similares a las ratificadas por la Cámara Tercera de lo Penal.
La resolución ha dejado una incógnita sobre el futuro del exalcalde y ha avivado el debate sobre la justicia y el sistema penal en el país.
Judicial
Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.
De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.
Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.
Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.
Judicial
En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.
El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.
El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.
Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).
La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.
Judicial
Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.
El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76
En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.
En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.
Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.
En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.
El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.
Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.
Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.