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Judicial

Juez condena a profesor que abusó de una alumna y la dejó embarazada en Ahuachapán

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El profesor Rafael Francisco García Alfaro, de 46 años de edad, fue condenado a 10 años de prisión luego de ser declarado culpable por el delito de violación, en perjuicio de una adolescente que contaba con 17 años de edad al momento de cometido el hecho.

El expediente detalla que en Vista Pública realizada el 29 de noviembre de 2018, fue absuelto el profesor Rafael Francisco García Alfaro, motivo por el cual la representación fiscal interpuso recurso de apelación el 8 de enero de 2019, resolviendo la Cámara de la Tercera Sección de Occidente revocar el fallo de sentencia absolutoria, el 24 de marzo de 2019, la cual fue notificada a representación fiscal el día 03 de abril de 2019.

La relación de los hechos detalla que el profesor García Alfaro, fue detenido en cumplimiento de una Orden Administrativa de detención dictada en su contra, por la Fiscalía General de la República, con base a los hechos que sucedieron en el mes de septiembre del año 2016, a eso de las 3:00 de la tarde, en perjuicio de la víctima quien era de 17 años al momento de los hechos, la cual se encontraba sola, en el aula donde recibía clases, de su Centro Escolar, en el departamento de Ahuachapán.

Dentro de su declaración la víctima manifiesta, que ella se encontraba leyendo una obra, cuando de pronto, cuando el profesor García Alfaro, la llamó para el aula donde él estaba, es decir en frente, por lo que ella como alumna le hizo caso porque pensó que él necesitaba un favor, pero cuando ella se acercó este la tomó por la fuerza y cometió el hecho, luego el imputado la soltó y huye del lugar, y no le contó a nadie lo sucedido, por temor, ya que se sentía muy mal y producto del abuso quedó embarazada.

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Prisión para sujeto que participó en el asesinato de una persona frente al hospital Bloom

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El Tribunal Sexto de Sentencia de San Salvador condenó a Salvador Alvarado Navarrete a 25 años de prisión por el delito de homicidio agravado en perjuicio de J. R. A. L.

El hecho ocurrió el 1 de junio de 2021, a las 9:00 p. m., cuando la víctima se encontraba sentada en una acera cercana al Hospital Nacional Rosales. En ese momento, Alvarado Navarrete, acompañado de otros sujetos, se acercó a la víctima. Al verlos que llevaban armas corto punzantes, la víctima intentó huir.

Según la declaración anticipada de un testigo presencial, los sujetos lo golpearon y lo tiraron al suelo, donde le ocasionaron una serie de lesiones con un corvo, un destornillador y un hacha. Se identificó a Salvador Alvarado como la persona que utilizó el corvo.

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Fallo contra Sigfrido Reyes será dado a conocer el próximo 29 de noviembre

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La Cámara Segunda de lo Civil de la Primera Sección del Centro de San Salvador convocó a las partes para el 29 de noviembre, fecha en la que se dará a conocer el fallo oral del proceso por enriquecimiento ilícito promovido contra el exdiputado por el partido del FMLN, Othón Sigfrido Reyes Morales, y su núcleo familiar, demandados por no haber podido justificar la cantidad de $472,464.04.

 

Las partes expusieron este viernes sus alegatos finales. La Fiscalía General de la República (FGR) solicitó a las magistradas que se declare la existencia del enriquecimiento ilícito sin justa causa, y que los demandados sean condenados a devolver al Estado la siguiente cantidad: $459,714.04 en el caso de Reyes Morales, $12,000 a su cónyuge, Susi Melba Guadalupe Rodríguez Hernández, y $750 a su hijo, Luis Damián Reyes Rodríguez.

 

Los montos reclamados corresponden a presuntas irregularidades encontradas en los rubros de depósito en efectivo, pago de tarjetas de crédito, compras de inmuebles y vehículos, entre otros. Para la FGR, se desconoce el origen lícito de estas cantidades, durante tres períodos en que Reyes fue diputado propietario, del 1 de mayo de 2006 al 30 de abril de 2015.

Por su parte, los apoderados de los demandados solicitaron que se tenga por acreditada las fuentes de ingreso que son de origen lícito de cada una de las supuestas irregularidades, argumentando que la perito judicial no tomó en cuenta las condiciones personales de los demandados como la venta de inmuebles, bonificaciones, entre otros ingresos. Además, en relación con los viáticos, no tomó en cuenta toda la legislación que establece el cómo se dividen (viáticos, gastos de terminales y gastos de viajes), así como el monto diario y quienes aprueban las misiones oficiales.

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Seguirán en prisión 21 personas que presuntamente se dedicaban al narcomenudeo

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El juez uno del Tribunal Cuarto contra el Crimen Organizado de San Salvador desarrolló la audiencia especial de imposición de medidas donde decretó la instrucción formal con la aplicación de la medida cautelar de la detención provisional a 21 personas que fueron capturadas a principios del mes en la comunidad Tutunichapa, en San Salvador. Se les acusada de delitos como tráfico de drogas, actos preparatorios, proposición, conspiración y asociaciones delictivas, así como incumplimiento de deberes, revelación de hechos, actuaciones, documentos y datos secretos por empleado oficial, y agrupaciones ilícitas.

 

Según la acusación, esta estructura de narcomenudeo operaba en San Salvador y distintos mercados de los distritos de Apopa, Soyapango, Ilopango, y departamentos de la zona oriental del país, se le asocia a cuatro células lideradas por Edgardo Bruno Ventura, alias “El Brother”, “Patrón” o “Bruno”, conocido como el “Rey de Mariona”.

 

La Fiscalía sostiene que los sujetos eran los encargados de la comercialización y distribución de droga como marihuana, cocaína y crack. En la estructura investigada desde 2022, los acusados mantenían la jerarquía de líderes, logísticos, proveedores, distribuidores, vendedores, revendedores, colaboradores e informantes.

Durante la audiencia, el juzgador valoró las pruebas indiciarias presentadas por la Fiscalía General de la República como escuchas telefónicas, actas de entrevista de agentes captores y perfiles delincuenciales que arrojan preliminarmente la posible existencia del delito y la probable participación de cada uno de los imputados, por lo que ordenó que el caso continué en investigación en la etapa de instrucción por un plazo de seis meses.

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