Judicial
Juez ordenó a Roberto Acosta y Raquel Vargas someterse a tratamiento psicológico

La resolución de un tribunal ordena a la presentadora Raquel Vargas y su expareja, el conductor de televisión Roberto Acosta, que acudan a recibir tratamiento psicológico y psiquiátrico luego del proceso por violencia que se presentó en su relación.
El caso fue hecho público por Vargas, quien hizo pública la resolución en sus redes sociales, junto con el testimonio sobre lo que sufrió en “una relación muy dañina” con el conductor.
En el documento también se ordenan una serie de restricciones para Acosta con el fin de proteger a la presentadora de televisión y evitar ocurran más episodios de violencia física o psicológica como los que ocurrieron anteriormente.
En su publicación, Vargas brindó detalles de lo que ocurría en su relación. “Tenemos la costumbre de mostrar en redes sociales lo bueno y lo perfecto, pero yo como muchos de ustedes llevan relaciones soportando la violencia psicológica y física”, dijo.
Asimismo, alertó a todas aquellas mujeres que estén pasando una situación similar a buscar ayuda para lograr salir de este círculo. De igual manera, pidió a las mujeres estar alertas en las relaciones, pues desde un inició siempre hay indicadores que denotan el verdadero comportamiento de este tipo de personas.
“Tienes la relación perfecta, luego se enoja por cualquier circunstancia, en mi caso siempre fue un enojo explosivo, con mucha ofensa, luego se arrepiente, luego pide perdón jurando que no va a volver a pasar y cuando lo perdonas regresa a ser el hombre perfecto y así continuamente se repite ese patrón una y otra vez”, manifestó Vargas.
De igual manera, publicó un documento donde consta que demandó a Acosta para poner un alto definitivo a una relación que nunca le hizo bien.
Este es el escrito que publicó la presentadora en el cual expone detalles de lo que sucedió:

Judicial
Condenan a 10 mareros por atacar a dos hombres por su corte de cabello
Judicial
Decretan instrucción contra King Flyp, acusado de expresiones de violencia contra las mujeres

Foto: Cortesía
Los hechos por los cuales es procesado ocurrieron el 6 de junio de 2025
El Juzgado Octavo de Paz de San Salvador decretó la continuación a la etapa de instrucción del caso penal contra Marvin Ulises Martínez León, mejor conocido en redes sociales como King Flyp, acusado del delito de expresiones de violencia contra las mujeres, previsto y sancionado en el artículo 55, literal C y E de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), en perjuicio de una víctima con régimen de protección.
Durante la audiencia, el juzgado determinó que existen indicios probatorios suficientes sobre la existencia del delito y la probable participación del procesado, motivo por el cual se ordenó que el caso continúe en la etapa de instrucción ante un juzgado LEIV.
Como medida cautelar, se le impusieron medidas sustitutivas a la detención, entre ellas: la prohibición de no acercarse a la víctima por cualquier medio y la obligación de presentarse cada 20 días ante el juzgado especializado LEIV.
Los hechos que motivan el proceso, ocurrieron el 6 de junio de 2025. Por tratarse de un delito contra una mujer, la relación circunstanciada de los hechos permanece bajo reserva total.
Judicial
Conductor enfrentará proceso judicial tras accidente que dejó lesionados a dos policías en Soyapango

Rolando Boanergues L. L., de 31 años, fue presentado en audiencia inicial ante el Juzgado Cuarto de Paz de Soyapango por su presunta implicación en un accidente de tránsito que causó lesiones a dos agentes de la Policía Nacional Civil.
Según la Fiscalía, el hecho ocurrió en el kilómetro 4 de la carretera de Oro, a la altura del puente San José, cuando el imputado habría invadido el carril contrario e impactado con una motocicleta en la que se transportaban los agentes. Las víctimas recibieron incapacidades médicas de hasta ocho días.
La jueza ordenó que el caso pase a conocimiento de un Juzgado de Tránsito de San Salvador y otorgó medidas sustitutivas a la detención, entre ellas la prohibición de salir del país o de su lugar de residencia y la obligación de presentarse cada 30 días ante el tribunal.