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Judicial

Dos costarricenses culpan al gerente de su empresa por mal manejo de dinero; sin embargo, ellos también enfrentaran audiencia por el delito de estafa

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El Juzgado 7° de Instrucción de San Salvador,  instaló la audiencia preliminar contra Jack Liberman y Gary Liberman acusados por el delito de estafa agravada en perjuicio de una sociedad anónima. El juez Miguel Angel García  escuchó este día las intervenciones de las partes y programó la resolución para el 23 de noviembre.

Según el fiscal del caso los acusados, en su calidad de propietarios  de la empresa de capital costarricense,  Modern Plastics,    presuntamente ordenaron al  Gerente General de su empresa en El Salvador,  falsificar unos quedan para cobrar servicios  prestados  a la sociedad ofendida  por un monto de 274 mil dólares,   el periodo  del 27 de enero de 2013 a febrero de 2014.

Señaló que los procesados al enterarse que los estaban  acusando como costarricenses  interpusieron  una denuncia en contra de su ex empleado y  así presuntamente  tapar el ilícito , por lo que fue acusado el pasado mes de octubre en el 9° de Paz,  por el delito  administración fraudulenta y donde las víctimas son los procesados.

La fiscalía manifestó que cuentan con  un testigo criteriado quien manifiesta en su declaración  que él alteró los quedan  por órdenes de su superior, es decir  Jack Liberman,  con el objetivo de hacer volumen de cobros  y quedarse con el dinero.

Por su parte el grupo de defensores de los empresarios señalaron al testigo criteriado  como el responsable de desorden  administrativo y del mal uso del dinero  y manifestaron que cuentan con documentación extendida por  dos bancos corroborando que el gerente  libró  varios cheques a la empresa  Coanza en Costa Rica,  que no tiene ninguna  relación con sus clientes.

Aceptan que el dinero ingresó a la sociedad de sus clientes, pero  que después fue retirado por el testigo criteriado de la cuenta de  empresa Modern Plastic  aseguran que dicha investigación debe ser enfocado en este testigo porque él es quien falsificó la documentación,  y se la presentó a la sociedad ofendida y asi retiró el dinero, aseguran.

Por su parte la querella en sus alegatos señaló  que nunca dijeron que los procesados  se beneficiaron de manera personal con el dinero de su cliente, “ellos culpan a su gerente general del mal manejo  del dinero, pero esto  no los excluye  de su responsabilidad”.

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Judicial

Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

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El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.

De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.

Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.

Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.

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En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

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En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.

El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.

El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.

Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).

La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.

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Judicial

Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

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La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.

El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76

En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.

En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.

Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.

En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.

El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.

Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.

Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.

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