Judicial
Inició audiencia de Sentencia contra diputado Reynaldo Cardoza para despojarle bienes ilícitos

Este día inició la audiencia de sentencia a cargo del Juzgado Especializado de Extinción de Dominio en la que deberá resolver si despoja de 12 inmuebles y cinco productos financieros registrados a titularidad del diputado Reynaldo Antonio López Cardoza y de su esposa Alma Yaneth Gutiérrez de López.
Un equipo de fiscales de la Unidad Especializada de Extinción de Dominio se presentó desde esta mañana a la audiencia de sentencia para demostrar, con abundante prueba, el origen injustificado que los bienes han tenido y en consecuencia deberán pasar a favor del Estado, según sea la resolución judicial.
“La acción de extinción de dominio se ha incoado en 10 inmuebles en titularidad del señor Cardoza y 2 a nombre de la señora de López. De igual forma, se tienen 3 depósitos bancarios a nombre de él y 2 registrados a nombre de la señora de López y los cuales suman un total de $134,800.35”, explicó el fiscal del caso.
Afirmó que durante la audiencia se demostrará que los bienes tienen un origen ilícito, durante el periodo del año 2,000 al 2,015, provenientes de la tipología de los delitos de Lavado de dinero, Tráfico ilegal de personas y un enriquecimiento que no fue establecido por actividades lícitas.
Hasta esta tarde, se han centrado en que el juez deba resolver algunos incidentes propuestos por la parte defensora.
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Decretan instrucción contra King Flyp, acusado de expresiones de violencia contra las mujeres

Foto: Cortesía
Los hechos por los cuales es procesado ocurrieron el 6 de junio de 2025
El Juzgado Octavo de Paz de San Salvador decretó la continuación a la etapa de instrucción del caso penal contra Marvin Ulises Martínez León, mejor conocido en redes sociales como King Flyp, acusado del delito de expresiones de violencia contra las mujeres, previsto y sancionado en el artículo 55, literal C y E de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), en perjuicio de una víctima con régimen de protección.
Durante la audiencia, el juzgado determinó que existen indicios probatorios suficientes sobre la existencia del delito y la probable participación del procesado, motivo por el cual se ordenó que el caso continúe en la etapa de instrucción ante un juzgado LEIV.
Como medida cautelar, se le impusieron medidas sustitutivas a la detención, entre ellas: la prohibición de no acercarse a la víctima por cualquier medio y la obligación de presentarse cada 20 días ante el juzgado especializado LEIV.
Los hechos que motivan el proceso, ocurrieron el 6 de junio de 2025. Por tratarse de un delito contra una mujer, la relación circunstanciada de los hechos permanece bajo reserva total.