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Tome nota: Aumentan penas en percances viales ocurridos por causa de la conducción peligrosa

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La Asamblea Legislativa aprobó reformas a los Códigos Penal y Procesal Penal para castigar con mayor rigor el delito de la conducción peligrosa. La iniciativa, que proviene de la presidencia de la República, busca garantizar la seguridad de los salvadoreños por la conducta de algunos conductores irresponsables.

La medida también establece la cero tolerancia de alcohol al conducir, el aumento de las penas de cárcel y modificaciones a la parte de la conciliación.

La nueva normativa prohíbe manejar bajo efectos del alcohol y estupefacientes, en cualquier grado.

Con la reforma al artículo 147-E del Código Penal se aumentan las penas de cárcel en las tragedias viales ocurridas por causa de la conducción peligrosa.

En la ley actual, la pena por dicha causa es de uno a tres años de prisión cuando el percance ocurra con un vehículo automotor liviano.

Con las modificaciones quedan establecidas de la siguiente manera: de 2 a 5 años, cuando el percance es con un vehículo liviano; y de 5 a 10 años, si el accidente es con transporte público o pesado.

Pero las penas se ven aumentadas si en la tragedia hay un homicidio culposo o lesiones culposas graves y quedan de la siguiente forma: un máximo de 10 años, con vehículo liviano; y un máximo de 15 años, si es con transporte colectivo o de carga.

La ley establece, de la siguiente forma, los casos en los que se incurre en la conducción peligrosa: la disputa de la vía entre vehículos, realizar competencias de velocidad en la vía pública, sin permiso de las autoridades.

También están señaladas manejar en estado de ebriedad o bajo los efectos de las drogas y manejar bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o psicoactivas.

Las nuevas medidas establecen que el resultado positivo del examen de alcoholemia en aire espirado o en sangre —realizado por las autoridades en los puntos de control vehicular— se considere prueba suficiente en flagrancia de que se ha cometido el delito de conducción peligrosa.

Si un conductor es declarado culpable de dicho delito, se le privará del derecho de conducir con la suspensión de la licencia.

Los diputados también hicieron una reforma al Código Procesal Penal para garantizar la justicia para las víctimas de percances viales y sus familiares.

Otra medida modifica el artículo 38 del código, que establece los casos de mediación o conciliación entre un imputado y la víctima.

Con la actualización del numeral 2 de dicho artículo, en adelante, cuando haya víctimas en accidentes de tránsito por conducción peligrosa, se procederá penalmente, al margen de la conciliación.

Esto permitirá procesos judiciales más adecuados en los que los perjuicios y daños de los afectados serán considerados de manera más efectiva.

Según los datos del Viceministerio de Transporte (VMT), cuatro personas pierden la vida diariamente por causa de los percances viales en El Salvador.

El VMT también establece la distracción al volante como la primera causa de siniestros viales. En esta muchas veces inciden detalles como hablar por el teléfono celular al conducir.

La conducción peligrosa bajo efectos de alcohol es la séptima causa de tragedias.

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Vehículo decomisado en San Salvador con droga y armas pasa al Estado

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Un vehículo decomisado por Inteligencia Policial con droga y armas de fuego, pasó al Estado, según una resolución que emitió el Juzgado Especializado en Extinción de Dominio con sede en San Salvador.

El automotor, propiedad de Marcelo Rolando Rivas Bonilla, fue incautado en la Avenida Cuba, del barrio San Jacinto, San Salvador, a German Stanley Martínez Aguilar, Héctor Geovanny Mayora Rosales y Jocelyn Rosario Arévalo Martínez.

Les decomisaron dos armas de fuego tipo micro UZI, calibre 9 milímetros, 453 porciones pequeñas y una porción grande de marihuana.

 

 

 

En la audiencia de sentencia, quedó establecido que el propietario del vehículo fue negligente al no cumplir con la debida diligencia que exige la ley y respaldarse con un contrato de arrendamiento, ya que cuatro días antes del hecho lo prestó a German Stanley Martínez Aguilar.

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Pandillero es condenado a 15 años por extorsión

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El extorsionista de la pandilla 18, Víctor Alejandro Valle Zelaya, fue condenado a 15 años de prisión por el Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador.

En la vista pública quedó establecido que entre enero del 2021 a marzo del 2022, junto a un grupo de pandilleros llegó al negocio de una víctima con régimen de protección en Apopa, para exigirle $125 mensuales a cambio de dejarlo trabajar y no asesinarlo junto a su familia.

Valle Zelaya, como miembro activo de la pandilla 18, las fuerzas de seguridad lo detuvieron en octubre de 2025 en el marco del régimen de excepción.

El caso comenzó a ser investigado luego que el comerciante interpusiera la denuncia ante las autoridades. Mencionó que fue coaccionado por el imputado y los demás terroristas para pagar la cuota de dinero mensual

En el fallo judicial se mencionó que la principal prueba y que resultó clave para emitir la sentencia condenatoria, fue el testimonio de la persona afectada. La víctima lo identificó plenamente ante el tribunal, dijo que fue uno de los chantajistas que llegaba a retirar el dinero y que lo mantenía amenazado a muerte, la colaboración del denunciante sirvió para emitir el veredicto condenatorio por extorsión agravada.

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Penas de 25 a 45 años son impuestas a 60 terroristas

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Penas de 25 a 45 años de cárcel fueron impuestas a 60 terroristas de la Mara Salvatrucha que delinquían en tres distritos del departamento de Cuscatlán.

En la audiencia única abierta, el Tribunal Tercero contra el Crimen Organizado de San Salvador, los encontró responsables por el delito de agrupaciones ilícitas.

La Fiscalía General de la República, acreditó que son integrantes de la clica Walter Locos Salvatruchos y determinó los rangos de cada uno de los pandilleros.

A Luis Alonso Díaz Fernández, alias Lunático, el juez lo sentenció a 45 años de prisión, el ministerio público probó que tenía el rango de encargado de base del programa Cuscatlán, una estructura superior de donde dependía la célula territorial Walter.

Esta agrupación tenía un perímetro de cobertura que comenzaba desde la entrada a Cojutepeque, próximo a Instituto Nacional Walter Thilo Deininger y se extendía hacia los distritos de Monte San Juan y Santa Cruz Michapa.

Al momento de emitir el fallo, el tribunal también condenó a 24 imputados a 30 años de prisión. Se detalló que 16 tenían el rango de homeboy, cinco el de chequeo y tres el de observación.

Otros 35 pandilleros con el rango de colaboradores activos recibieron 25 años de cárcel y deberán permanecer en diversos centros penales donde han permanecido desde que fueron detenidos por agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) y miembros de la Fuerza Armada.

 

 

Los representantes del ministerio público presentaron en la audiencia prueba que vinculó a los procesados a la Mara Salvatrucha y la participación en una serie de actividades delincuenciales que estuvieron ejecutando en la zona norponiente de Cojutepeque.

Esta estructura extorsionó y asesinó durante varios años, pero con la entrada en vigencia del régimen de excepción, las fuerzas de seguridad arrestaron a cada uno de sus miembros a través de las incursiones realizadas entre el 2022 y 2025.

Cuando los detuvieron fueron acusados en varios expedientes, pero tras la reforma a la Ley contra el Crimen Organizado, la Fiscalía General de la República los agrupó en un solo expediente para asignarles una causa y enjuiciarlos como estructura, solicitando al tribunal que les aplicara las penas máximas por el delito de agrupaciones ilícitas, por su pertenencia a la Mara Salvatrucha

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