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Nacionales

Tome nota: Aumentan penas en percances viales ocurridos por causa de la conducción peligrosa

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La Asamblea Legislativa aprobó reformas a los Códigos Penal y Procesal Penal para castigar con mayor rigor el delito de la conducción peligrosa. La iniciativa, que proviene de la presidencia de la República, busca garantizar la seguridad de los salvadoreños por la conducta de algunos conductores irresponsables.

La medida también establece la cero tolerancia de alcohol al conducir, el aumento de las penas de cárcel y modificaciones a la parte de la conciliación.

La nueva normativa prohíbe manejar bajo efectos del alcohol y estupefacientes, en cualquier grado.

Con la reforma al artículo 147-E del Código Penal se aumentan las penas de cárcel en las tragedias viales ocurridas por causa de la conducción peligrosa.

En la ley actual, la pena por dicha causa es de uno a tres años de prisión cuando el percance ocurra con un vehículo automotor liviano.

Con las modificaciones quedan establecidas de la siguiente manera: de 2 a 5 años, cuando el percance es con un vehículo liviano; y de 5 a 10 años, si el accidente es con transporte público o pesado.

Pero las penas se ven aumentadas si en la tragedia hay un homicidio culposo o lesiones culposas graves y quedan de la siguiente forma: un máximo de 10 años, con vehículo liviano; y un máximo de 15 años, si es con transporte colectivo o de carga.

La ley establece, de la siguiente forma, los casos en los que se incurre en la conducción peligrosa: la disputa de la vía entre vehículos, realizar competencias de velocidad en la vía pública, sin permiso de las autoridades.

También están señaladas manejar en estado de ebriedad o bajo los efectos de las drogas y manejar bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o psicoactivas.

Las nuevas medidas establecen que el resultado positivo del examen de alcoholemia en aire espirado o en sangre —realizado por las autoridades en los puntos de control vehicular— se considere prueba suficiente en flagrancia de que se ha cometido el delito de conducción peligrosa.

Si un conductor es declarado culpable de dicho delito, se le privará del derecho de conducir con la suspensión de la licencia.

Los diputados también hicieron una reforma al Código Procesal Penal para garantizar la justicia para las víctimas de percances viales y sus familiares.

Otra medida modifica el artículo 38 del código, que establece los casos de mediación o conciliación entre un imputado y la víctima.

Con la actualización del numeral 2 de dicho artículo, en adelante, cuando haya víctimas en accidentes de tránsito por conducción peligrosa, se procederá penalmente, al margen de la conciliación.

Esto permitirá procesos judiciales más adecuados en los que los perjuicios y daños de los afectados serán considerados de manera más efectiva.

Según los datos del Viceministerio de Transporte (VMT), cuatro personas pierden la vida diariamente por causa de los percances viales en El Salvador.

El VMT también establece la distracción al volante como la primera causa de siniestros viales. En esta muchas veces inciden detalles como hablar por el teléfono celular al conducir.

La conducción peligrosa bajo efectos de alcohol es la séptima causa de tragedias.

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Pandillero de Ayutuxtepeque es condenado a 39 años de cárcel

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Marco Antonio Pérez Hernández fue condenado a 39 años de prisión por homicidio agravado en grado de tentativa, en perjuicio de dos personas, y agrupaciones ilícitas, así resolvió el Tribunal Quinto Contra el Crimen Organizado de San Salvador.

El doble intento de asesinato ocurrió el 1 de junio de 2013 en la comunidad Cristo Redentor, Ayutuxtepeque. El hombre disparó a las víctimas y luego se dio a la fuga; sin embargo, ambas personas sobrevivieron al ataque. Pérez Hernández fue perfilado como el encargado de la cancha Tainys Locos Revolucionarios de la pandilla 18 que delinquía en esa zona y tenía entre 20 y 30 pandilleros bajo sus órdenes.

El juzgador valoró la prueba ofertada por el ente fiscal y condenó al imputado de conformidad con el Código Penal anterior.

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Tribunal recibe prueba en juicio contra Jorge Hernández por evasión de impuestos

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El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador, realizó una nueva jornada del juicio que la Fiscalía General de la República promueve al expresentador de televisión, Jorge Hernández Meléndez, por el delito de evasión de impuestos.

La vista pública se ha estado desarrollando en jornadas interrumpidas, desde finales de febrero de 2026, cuando el tribunal comenzó a recibir la prueba, la cual continuó ayer.

En la acusación del ministerio público se detalla que Hernández Meléndez defraudó al fisco con un monto de $278,814.99; ya que en el 2014 declaró información falsa en el Ministerio de Hacienda.

Cuando el expediente fue judicializado la Fiscalía publicó que en el 2014, el imputado evadió el pago de impuesto sobre la renta en su calidad de contribuyente de la actividad económica consistentes en la prestación de servicios de carácter permanente bajo dependencia laboral en la sociedad Meridiano 89 S.A. de C.V.

Por esa acción ilícita el ministerio público pretende lograr una condena en este expediente que lleva varios años diligenciándose; inició en el Juzgado Octavo de Paz y luego enviado al extinto Juzgado Octavo de Instrucción ara que en la etapa final se asignara al Tribunal Quinto de Sentencia.

Hernández Meléndez, previo al juicio intentó finalizar el proceso con una salida alterna pagando el monto evadido, el juzgado que desarrolló la fase de instrucción le otorgó un plazo para pagar, pero al incumplir, tuvo que enfrentar la audiencia preliminar y ser enviado a juicio.

El procesado también tiene un expediente de extinción de dominio que llevó a la Fiscalía a incautarle 36 bienes entre inmuebles y dinero, para que en una decisión definitiva, el juez especializado se pronuncie.

El expresentador de televisión está bajo arresto domiciliar y con custodia de la Policía Nacional Civil (PNC) por resolución que emitió el Juzgado Octavo de Paz de San Salvador el 11 de marzo del 2019 cuando fue la primera audiencia del proceso.

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Condenan a dos ebrios por homicidio culposo, lesiones y conducción peligrosa

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El Tribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla, La Libertad condenó a dos ebrios que provocaron accidentes de tránsito en los que hubo un fallecido y dos lesionados.

En el primer expediente mediante procedimiento abreviado, impuso tres años excarcelables a Leonel Chicas Márquez, por homicidio culposo y conducción peligrosa.

Al otorgarle una suspensión condicional de la ejecución de la pena, quedó sujeto al cumplimiento de reglas de conducta por el mismo período y el pago de $10,000 en concepto de responsabilidad civil a favor de los familiares del fallecido.

El accidente ocurrió la madrugada del 2 de agosto de 2025, cuando en estado de ebriedad invadió el carril contrario y colisionara con el vehículo de Jaime Edgardo Aguilar Romero, quien falleció en el periférico Claudia Lars, de San Juan Opico.

La segunda condena fue para Héctor M. A., quien recibió dos años, aplicándole la suspensión condicional de la ejecución de la pena, pero deberá pagar $5,500 por lesiones culposas en perjuicio de dos personas.

Según la acusación, la madrugada del 28 de marzo de 2025, en el km 30 de la carretera hacia San Juan Opico, La Libertad Centro, el imputado impactó la parte trasera de una motocicleta en la que viajaban dos personas. En la prueba de alcotest, detectaron que conducía con 159 grados de alcohol.

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