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Nacionales

Tome nota: Aumentan penas en percances viales ocurridos por causa de la conducción peligrosa

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La Asamblea Legislativa aprobó reformas a los Códigos Penal y Procesal Penal para castigar con mayor rigor el delito de la conducción peligrosa. La iniciativa, que proviene de la presidencia de la República, busca garantizar la seguridad de los salvadoreños por la conducta de algunos conductores irresponsables.

La medida también establece la cero tolerancia de alcohol al conducir, el aumento de las penas de cárcel y modificaciones a la parte de la conciliación.

La nueva normativa prohíbe manejar bajo efectos del alcohol y estupefacientes, en cualquier grado.

Con la reforma al artículo 147-E del Código Penal se aumentan las penas de cárcel en las tragedias viales ocurridas por causa de la conducción peligrosa.

En la ley actual, la pena por dicha causa es de uno a tres años de prisión cuando el percance ocurra con un vehículo automotor liviano.

Con las modificaciones quedan establecidas de la siguiente manera: de 2 a 5 años, cuando el percance es con un vehículo liviano; y de 5 a 10 años, si el accidente es con transporte público o pesado.

Pero las penas se ven aumentadas si en la tragedia hay un homicidio culposo o lesiones culposas graves y quedan de la siguiente forma: un máximo de 10 años, con vehículo liviano; y un máximo de 15 años, si es con transporte colectivo o de carga.

La ley establece, de la siguiente forma, los casos en los que se incurre en la conducción peligrosa: la disputa de la vía entre vehículos, realizar competencias de velocidad en la vía pública, sin permiso de las autoridades.

También están señaladas manejar en estado de ebriedad o bajo los efectos de las drogas y manejar bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o psicoactivas.

Las nuevas medidas establecen que el resultado positivo del examen de alcoholemia en aire espirado o en sangre —realizado por las autoridades en los puntos de control vehicular— se considere prueba suficiente en flagrancia de que se ha cometido el delito de conducción peligrosa.

Si un conductor es declarado culpable de dicho delito, se le privará del derecho de conducir con la suspensión de la licencia.

Los diputados también hicieron una reforma al Código Procesal Penal para garantizar la justicia para las víctimas de percances viales y sus familiares.

Otra medida modifica el artículo 38 del código, que establece los casos de mediación o conciliación entre un imputado y la víctima.

Con la actualización del numeral 2 de dicho artículo, en adelante, cuando haya víctimas en accidentes de tránsito por conducción peligrosa, se procederá penalmente, al margen de la conciliación.

Esto permitirá procesos judiciales más adecuados en los que los perjuicios y daños de los afectados serán considerados de manera más efectiva.

Según los datos del Viceministerio de Transporte (VMT), cuatro personas pierden la vida diariamente por causa de los percances viales en El Salvador.

El VMT también establece la distracción al volante como la primera causa de siniestros viales. En esta muchas veces inciden detalles como hablar por el teléfono celular al conducir.

La conducción peligrosa bajo efectos de alcohol es la séptima causa de tragedias.

Judicial

Sujeto recibe 20 años de prisión por intentar asesinar a su compañera de vida

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Rodrigo Alejandro González Franco fue condenado a 20 años de prisión por intentar asesinar a su compañera de vida, informó la Fiscalía General de la República (FGR).
El fallo fue emitido por el Juzgado Especializado de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de San Salvador, a solicitud presentada por la Fiscalía.

El hecho ocurrió el 7 de marzo de 2026, cuando González Franco llegó a la vivienda de la víctima, ubicada en una comunidad del distrito de Ilopango, municipio de San Salvador Este.

De acuerdo con lo establecido durante el proceso, González Franco comenzó a ingerir bebidas alcohólicas y, minutos después, golpeó en varias ocasiones a su compañera de vida. Esta conducta fue calificada durante el juicio penal como feminicidio agravado tentado.

Las pruebas presentadas por el Ministerio Público también establecieron que el ahora condenado intentó asfixiar a la víctima. Sin embargo, la hija de ella intervino para poner fin a la agresión.

Posteriormente, la víctima y sus familiares acudieron a interponer la denuncia ante la Policía Nacional Civil (PNC), lo que permitió la captura de González Franco en el término de flagrancia.

Semanas después, la Fiscalía inició el proceso penal en un juzgado de paz de Ilopango, mientras que la fase de instrucción fue conocida por juzgados especializados de la mujer.

«Durante el proceso judicial, la representación fiscal presentó elementos probatorios que fueron contundentes para demostrar la vinculación del imputado con los hechos atribuidos», publicó el Ministerio Público.

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Judicial

Cárcel para sujeto que ingresaba a hurtar a hospitales

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Omar Iván Alfaro Cruz fue condenado a 12 años de prisión por el delito de hurto agravado y al pago de $1,000 en concepto de responsabilidad civil, informó la Fiscalía General de la República (FGR).

De acuerdo con la investigación realizada por la Fiscalía, Alfaro Cruz se hacía pasar como paciente o acompañante para sustraer objetos de valor de empleados o del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).

El condenado aprovechaba que el personal se encontraba realizando sus labores para hurtar teléfonos celulares y otros objetos de valor que permanecían a la vista.

Uno de los hechos ocurrió el 2 de mayo de 2025, cuando ingresó al Hospital Médico Quirúrgico, en San Salvador. Al llegar al área de Neumología, esperó a que ocurriera una emergencia para hurtar una tablet propiedad del ISSS.

La sentencia condenatoria fue dictada durante un juicio sumario por el Juzgado Décimo Segundo de Paz de San Salvador. Este procedimiento permitió agilizar el desarrollo del juicio.

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Nacionales

El Salvador cierra el domingo 4 de octubre con cero homicidios, según la PNC

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La Policía Nacional Civil (PNC) informó que El Salvador finalizó el domingo 4 de octubre con cero homicidios registrados en el país.

De acuerdo con las estadísticas compartidas por las autoridades, en lo que va del año se contabilizan 235 días sin asesinatos. Octubre acumula cuatro días sin homicidios, mientras que septiembre registró 24 jornadas con cero violencia.

Asimismo, agosto cerró con 25 días sin homicidios; julio, con 27; junio, con 28; mayo registró 26; abril, 27; marzo, 23; febrero, 24, y enero, 27.

Desde la entrada en vigencia del régimen de excepción, las autoridades contabilizan 1,223 días sin homicidios. Mientras que, desde la llegada del presidente Nayib Bukele al cargo, el 1 de junio de 2019, se registra un acumulado de 1,372 días sin jornadas violentas.

Según la información proporcionada, estos resultados se atribuyen al Plan Control Territorial (PCT) y al régimen de excepción, aprobado en marzo de 2022 y vigente hasta el momento en el país.

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