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Judicial

FGR le niega procedimiento abreviado a Ana Ligia de Saca por lavado de dinero

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La Fiscalía General de la República (FGR) confirmó que no llegó a un acuerdo con la exprimera dama de la República y esposa del expresidente Antonio Saca, Ana Ligia de Saca para someterse a un procedimiento abreviado a cambio de confesar los delitos por los que se le acusa. Saca quería menos de cinco años, el ministerio público se negó a aceptarlo.

«Ellos solicitaron el procedimiento abreviado, pero luego del análisis de la Fiscalía se le negó porque ellos solicitaron una pena inferior a las expectativas de la representación fiscal, consideramos que un procedimiento abreviado al que se le puede aplicar en este tipo de casos es de cinco años, pero ella pedía menos de cinco» explicó el fiscal del caso.

Agregó que la FGR no descarta la posibilidad de acordar un procedimiento abreviado, pero  la condición es que sea por una pena de cinco años. De todos los acusados en esta ocasión, solo la esposa de Elías Antonio Saca solicitó el beneficio a cambio de la confesión.

«Lo mismo puede suceder en el caso de la señora Ana Ligia y las otras catorce personas, se tiene hasta la etapa previa del inicio de la presentación de pruebas y vista pública que se puede acceder a darles el procedimiento abreviado. No es una negociación, es lo que la ley manda», añadió el representante del ministerio público.

La audiencia se lleva a cabo en el Juzgado Séptimo de Instrucción de San Salvador contra 15 personas ligadas al caso «Destape a la Corrupción II», además de la esposa del expresdiente Saca, actualmente condenado por delitos de corrupción, están acusados el hermano de ella, Óscar Edgardo Mixco Sol.

Ana Ligia de Saca es acusada de lavar unos 22 millones de dólares, que eran parte de los $300 millones que el expresidente Saca confesó haber malversado en su administración y por lo cual fue condenado a diez años de prisión. Saca se sometió al mismo procedimiento que su esposa solicitó a las autoridades.

La opción de juicio abreviado está contemplada por el Código Procesal Penal salvadoreño e indica reducción de la pena, desde la tercera parte del mínimo por los delitos hasta el mínimo propiamente o incluso, dependiendo de lo que se acuse, el arresto domiciliar, a cambio de confesar los delitos y saltarse el proceso judicial.

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Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

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El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.

De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.

Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.

Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.

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En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

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En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.

El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.

El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.

Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).

La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.

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Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

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La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.

El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76

En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.

En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.

Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.

En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.

El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.

Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.

Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.

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