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Judicial

Sujeto lesiona a su padre con una rasuradora por no seguir sus ritos satánicos

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El no tener dinero para seguir arrendando un apartamento obligó a  Wilfredo G., a regresar a vivir a la casa de sus padres quienes lo recibieron bajo la condición que no practicara los ritos satánicos debido a la religión que profesaba.

Juan (nombre modificado por seguridad), un comerciante de 60 años de edad, y su esposa Sofía, de 53, tenían conocimiento de que su hijo era partícipe de una religión satánica, por lo que se dedicaba a encender todo tipo de velas para celebrar cultos.

Un mes después de haberse instalado, Wilfredo intentó golpear a su madre con una silla. Además, amenazó a muerte a sus padres luego de ser reprendido por sus prácticas y con ello faltar a la condición establecida.

Dos días después Wilfredo generó el problema que lo llevó a bartolinas. Sus padres encontraron en el interior de la vivienda una estrella de seis picos y en ella estaban posicionadas unas piedras. La pareja decidió destruir el símbolo.

Posteriormente, se dirigieron a su negocio de artesanías, mismo que se ubica entre la calle Rubén Darío y la calle Arce. A la hora del almuerzo, Juan fue a comprar los alimentos y al regresar encontró a Wilfredo gritándole a Sofía. El motivo de este arranque de enojo fue la destrucción de las piedras.

“Hasta aquí van a llegar, este será su último día”, les advirtió el sujeto, quien asumía que la residencia de sus padres estaba destinada a ser un centro para la práctica satánica.

El hombre sacó de su bolsa delantera derecha del pantalón una máquina para afeitar e hirió la mano de su padre. Debido a la lesión, Juan tuvo que ser trasladado hacia una unidad de la Cruz Roja, en donde le tuvieron que saturar uno de sus dedos con cinco puntadas.

La detención en flagrancia

Los comerciantes que se encuentran alrededor del negocio de la pareja alertaron a la Unidad de Emergencia del 911, de la Policía Nacional Civil (PNC), sobre la agresión que Wilfredo realizaba en contra de sus progenitores..

Inmediatamente, dos agentes policiales destacados en la Fuerza de Tarea del Centro Histórico, de la Delegación de San Salvador, detuvieron al sujeto cuando se desplazaba sobre el pasaje Montalvo.

Al realizarle un registro, encontraron que aún portaba la máquina para afeitar. El objeto delató la agresión, el cual se encontraba llena de la sangre de Juan.

El proceso jurídico se inició en el Juzgado 12° de Paz de San Salvador, en donde la madre del imputado declaró que su hijo los golpeaba y los mantenía amenazados de muerte a tal punto que se refería a ellos como “malditos”.

Luego de haber estado detenido provisionalmente tras ser acusado por los delitos de lesiones agravadas y amenazas, el sujeto fue enviado a juicio, pero el juzgado Tercero de Sentencia de San Salvador decretó la suspensión condicional del procedimiento.

Según la resolución, Juan fue sometido a un año de reglas de conducta, por lo que no podrá residir en la casa de las víctimas, además, deberá internarse en la casa de restauración Lourdes y deberá someterse a una evaluación psicológica y psiquiátrica, no deberá ingerir alcohol ni consumir drogas.

Las reglas serán evaluadas por un juez de vigilancia penitenciaria, que verá que Wilfredo las cumpla como es requerido.

Por: El Salvador Times.

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Judicial

Pandillera del Barrio 18 condenada a 20 años de prisión por extorsión

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El Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador impuso 20 años de prisión a Silvia Guadalupe Barahona Ramos, miembro de la pandilla Barrio 18, por el delito de extorsión agravada.

Según el informe judicial, Barahona llegó al negocio de la víctima exigiendo dinero bajo amenazas de atentar contra su vida o la de su familia. La persona entregó el dinero, pero de inmediato interpuso la denuncia.

La detenida fue capturada en el marco del Régimen de Excepción y actualmente enfrenta procesos por otros delitos.

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Judicial

Mujer recibe 30 años de cárcel por no auxiliar a su recién nacido tras caer en fosa séptica en Cuscatlán

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El Juzgado de Sentencia de Cojutepeque condenó a 30 años de cárcel a María Antonia Preza Hernández por el delito de homicidio agravado bajo la figura de comisión por omisión, luego de no auxiliar a su recién nacido tras caer en una fosa séptica.

Según la investigación fiscal, los hechos ocurrieron el 30 de marzo de 2024 en Monte San Juan, Cuscatlán Sur. La mujer, que estaba en labor de parto, no solicitó ayuda a sus familiares y tras el nacimiento de la bebé, no intentó salvarla, sino que limpió la escena y se retiró.

El cuerpo de la recién nacida fue descubierto tres días después por familiares. La autopsia del Instituto de Medicina Legal confirmó que la bebé nació con vida y que la causa de su muerte fue asfixia por obstrucción de vías respiratorias.

El tribunal consideró que Hernández incumplió con su deber de auxilio, tipificando su conducta como comisión por omisión, lo que derivó en la condena máxima impuesta por el Juzgado de Sentencia de Cojutepeque.

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Judicial

Pastor evangélico es condenado por agresión sexual a menor en La Libertad

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Rafael Antonio Gómez Castillo fue condenado a 12 años de prisión por agredir sexualmente a una niña de ocho años durante el 2024 en Sacacoyo, departamento de La Libertad.

Según las investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR), la víctima sufrió maltratos físicos y psicológicos de su madre, al punto que la dejaba varios días encerrada en la vivienda o abandonada en la calle.

«La menor buscaba refugio y comida en la casa de Rafael Gómez, por el lazo familiar; sin embargo, él se aprovechó de la situación y del vínculo que tenía con la niña para abusar de ella en reiteradas ocasiones», señaló la institución.

Ambos se desempeñaban como líderes religiosos de una iglesia de donde fueron expulsados tras darse a conocer los maltratados que ejercían contra la niña.

Los abusos a los que la víctima era sometida fueron denunciados ante las autoridades por otro familiar cercano.

«Gracias a los elementos de prueba documental, pericial y testimonial que presentó la FGR ante el Tribunal Segundo de Sentencia de Sonsonate, se logró demostrar la participación de los imputados en los hechos antes mencionados», informó el ministerio público.

Es así como como Gómez Castillo fue sentenciado por el delito de agresión sexual o menor o incapaz agravada en modalidad continuada.

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