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Judicial

Miembro activo de la MS obligó a una menor a fumar marihuana para luego abusar sexualmente de ella

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Un miembro de estructuras delincuenciales identificado como  Luis Martín Gómez Vásquez, alias “Pantro”, miembro activo de la MS-13, fue condenado a 15 años de prisión tras ser encontrado culpable por obligar a una menor de edad a tener relaciones.

Según detalla la jefe fiscal, el Juzgado de Sentencia de Sensuntepeque emitió la sentencia condenatoria  contra el imputado y también contra otro menor de edad implicado en el mismo caso y quien deberá enfrentar 10 años de internamiento.

La declaración de la víctima, y de varios testigos, describen que el 14 de julio de 2016, alrededor de las 7:50 de la mañana, la adolescente junto a sus compañeros de grado, se encontraban en la cancha de fútbol  de una comunidad de la jurisdicción de Ciudad Victoria, en Cabañas, cuando  se le acerco el infractor Rolando N., quien la tomó de la mano por la fuerza y  la llevó hacia una zona verde.

Cuando los demás niños vieron eso, trataron de gritar y el sujeto les hizo señal que les iba a cortar la cabeza, luego Rolando N., se la entregó Luis Martín Gómez Vásquez, al cual le dijo “vaya aquí te la traigo; yo me quedaré posteando”, por lo que el imputado se internó más en el monte.

En ese momento, «Pantro» se internó más en el monte y obligó a la víctima fumarse un cigarro de marihuana, después de la tirarla al suelo procede a abusarla sexualmente. Luego la amenazó para que no dijera nada: «Estabas bien rica y no le digas a nadie lo que paso porque si no te mato, y a toda tu familia”, le dijo.

Durante la vista pública desarrollada en el Juzgado de Sentencia de Sensuntepeque, el fiscal del caso contó con prueba testimonial, entre ellas las Declaraciones Anticipadas de la víctima con Régimen de Protección clave “Celeste”; así como la del testigo clave “Colibrí”, ambas bajo la modalidad de Cámara Gesell.

Entre la prueba documental presentada se encuentra el acta de denuncia, Certificación de Partida de Nacimiento de víctima, Acta de inspección ocular policial croquis de ubicación y Álbum fotográfico, Acta de Pesquisa Policial, Asentamiento de DUI, Acta de Incautación de Evidencias, Reconocimiento de Personas, Diligencias de Intervención Corporal.

Y entre la Prueba Pericial, está el Reconocimiento Médico Forense de las partes íntimas, Peritaje Psicológico y Social de víctima, Análisis Serológico de Evidencias recolectadas, Análisis Comparativo de ADN, Análisis Interpretativo del Álbum  Fotográfico de la Inspección Corporal del imputado.

Imagen de referencia.

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Condenan a 10 mareros por atacar a dos hombres por su corte de cabello

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El Tribunal Segundo Contra el Crimen Organizado de San Salvador impuso una pena de 10 años de prisión a diez integrantes de la pandilla MS-13, luego de ser encontrados culpables del delito de limitación ilegal a la libre circulación, en perjuicio de dos ciudadanos en Santa Tecla, departamento de La Libertad.

Según la Fiscalía, los hechos ocurrieron el 18 de diciembre de 2017, cuando las víctimas se dirigían a la zona conocida como Finca Sucesión. En el trayecto fueron interceptadas por dos pandilleros que cuestionaron su corte de cabello, señalando que «no era apropiado para ese lugar» y amenazándolos de muerte.

Minutos después, al intentar retirarse, ambos hombres fueron atacados por otros ocho sujetos que los golpearon durante aproximadamente cinco minutos. Al día siguiente, los mismos fueron nuevamente interceptados por miembros armados de la estructura criminal, quienes los amenazaron con matarlos si no abandonaban su residencia.

Las víctimas, atemorizadas, huyeron de la zona y denunciaron los hechos ante la Policía Nacional Civil.

De los diez condenados, seis fueron procesados en ausencia, en aplicación de las reformas al Código Penal que permiten juzgar a imputados prófugos. Los otros cuatro —identificados como José Feliciano Hernández Tolentino, Ramón de Jesús Avilés Crespín, José Alexander Flores Hernández y Rigoberto de Jesús Pérez Tolentino— ya se encuentran recluidos cumpliendo otras condenas.

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Decretan instrucción contra King Flyp, acusado de expresiones de violencia contra las mujeres

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Foto: Cortesía

Los hechos por los cuales es procesado ocurrieron el 6 de junio de 2025

El Juzgado Octavo de Paz de San Salvador decretó la continuación a la etapa de instrucción del caso penal contra Marvin Ulises Martínez León, mejor conocido en redes sociales como King Flyp, acusado del delito de expresiones de violencia contra las mujeres, previsto y sancionado en el artículo 55, literal C y E de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), en perjuicio de una víctima con régimen de protección.

Durante la audiencia, el juzgado determinó que existen indicios probatorios suficientes sobre la existencia del delito y la probable participación del procesado, motivo por el cual se ordenó que el caso continúe en la etapa de instrucción ante un juzgado LEIV.

Como medida cautelar, se le impusieron medidas sustitutivas a la detención, entre ellas: la prohibición de no acercarse a la víctima por cualquier medio y la obligación de presentarse cada 20 días ante el juzgado especializado LEIV.

Los hechos que motivan el proceso, ocurrieron el 6 de junio de 2025. Por tratarse de un delito contra una mujer, la relación circunstanciada de los hechos permanece bajo reserva total.

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Conductor enfrentará proceso judicial tras accidente que dejó lesionados a dos policías en Soyapango

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Rolando Boanergues L. L., de 31 años, fue presentado en audiencia inicial ante el Juzgado Cuarto de Paz de Soyapango por su presunta implicación en un accidente de tránsito que causó lesiones a dos agentes de la Policía Nacional Civil.

Según la Fiscalía, el hecho ocurrió en el kilómetro 4 de la carretera de Oro, a la altura del puente San José, cuando el imputado habría invadido el carril contrario e impactado con una motocicleta en la que se transportaban los agentes. Las víctimas recibieron incapacidades médicas de hasta ocho días.

La jueza ordenó que el caso pase a conocimiento de un Juzgado de Tránsito de San Salvador y otorgó medidas sustitutivas a la detención, entre ellas la prohibición de salir del país o de su lugar de residencia y la obligación de presentarse cada 30 días ante el tribunal.

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