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Judicial

Fiscal general aclara que decisión de no pasar videos de reuniones entre políticos y pandilleros fue del juez

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Raúl Melara, fiscal general de la República, aclaró que la FGR no tiene competencia para pedir al juez que no presente ciertas pruebas en los procesos, ya que esa es competencia exclusiva del juzgador, dijo.

En tal sentido, negó que la Fiscalía haya pedido no presentar los videos que habría grabado el testigo criteriado Noé, quien asegura en estos se ven y escuchan a varios políticos haciendo ofrecimientos de sumas millonarias a pandilleros de la MS 13.

«Voy a ser claro y contundente: La FGR no ha pedido que se excluya la presentación de los videos», respondió Melara a la noticia difundida por medios de comunicación, incluyendo este, que aseguraba que la Fiscalía hubiese hecho tal petición.

En la audiencia celebrada hoy, el juez especializado aseguró que la Fiscalía había solicitado que no se presentaran los videos para no alargar la diligencia que ya lleva 4 semanas.

La defensa estuvo de acuerdo en que los videos no fueran mostrados, aunque se aclaró que siguen siendo parte del proceso.

«Ustedes, Fiscalía, han pedido que se estipule (no desfile en juicio) la prueba documental, entre la que está los videos, y la defensa estuvo de acuerdo», dijo el juez.

Melara, sin embargo, respondió al juez que debe hacerse cargo de las decisiones que toma en las audiencias. «Las decisiones que se toman en las audiencias judiciales son exclusividad del juez a cargo de la misma y debe asumirlas con valentía», encaró el fiscal.

En un tuit, la Fiscalía aclaró que «la decisión de no reproducir audios ni videos fue exclusiva del Juez Especializado de Sentencia A, Godofredo Salazar, y no por solicitud de los fiscales, como ha sido informado de manera imprecisa por algunos medios de comunicación».

Judicial

Pandillera del Barrio 18 condenada a 20 años de prisión por extorsión

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El Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador impuso 20 años de prisión a Silvia Guadalupe Barahona Ramos, miembro de la pandilla Barrio 18, por el delito de extorsión agravada.

Según el informe judicial, Barahona llegó al negocio de la víctima exigiendo dinero bajo amenazas de atentar contra su vida o la de su familia. La persona entregó el dinero, pero de inmediato interpuso la denuncia.

La detenida fue capturada en el marco del Régimen de Excepción y actualmente enfrenta procesos por otros delitos.

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Judicial

Mujer recibe 30 años de cárcel por no auxiliar a su recién nacido tras caer en fosa séptica en Cuscatlán

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El Juzgado de Sentencia de Cojutepeque condenó a 30 años de cárcel a María Antonia Preza Hernández por el delito de homicidio agravado bajo la figura de comisión por omisión, luego de no auxiliar a su recién nacido tras caer en una fosa séptica.

Según la investigación fiscal, los hechos ocurrieron el 30 de marzo de 2024 en Monte San Juan, Cuscatlán Sur. La mujer, que estaba en labor de parto, no solicitó ayuda a sus familiares y tras el nacimiento de la bebé, no intentó salvarla, sino que limpió la escena y se retiró.

El cuerpo de la recién nacida fue descubierto tres días después por familiares. La autopsia del Instituto de Medicina Legal confirmó que la bebé nació con vida y que la causa de su muerte fue asfixia por obstrucción de vías respiratorias.

El tribunal consideró que Hernández incumplió con su deber de auxilio, tipificando su conducta como comisión por omisión, lo que derivó en la condena máxima impuesta por el Juzgado de Sentencia de Cojutepeque.

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Pastor evangélico es condenado por agresión sexual a menor en La Libertad

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Rafael Antonio Gómez Castillo fue condenado a 12 años de prisión por agredir sexualmente a una niña de ocho años durante el 2024 en Sacacoyo, departamento de La Libertad.

Según las investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR), la víctima sufrió maltratos físicos y psicológicos de su madre, al punto que la dejaba varios días encerrada en la vivienda o abandonada en la calle.

«La menor buscaba refugio y comida en la casa de Rafael Gómez, por el lazo familiar; sin embargo, él se aprovechó de la situación y del vínculo que tenía con la niña para abusar de ella en reiteradas ocasiones», señaló la institución.

Ambos se desempeñaban como líderes religiosos de una iglesia de donde fueron expulsados tras darse a conocer los maltratados que ejercían contra la niña.

Los abusos a los que la víctima era sometida fueron denunciados ante las autoridades por otro familiar cercano.

«Gracias a los elementos de prueba documental, pericial y testimonial que presentó la FGR ante el Tribunal Segundo de Sentencia de Sonsonate, se logró demostrar la participación de los imputados en los hechos antes mencionados», informó el ministerio público.

Es así como como Gómez Castillo fue sentenciado por el delito de agresión sexual o menor o incapaz agravada en modalidad continuada.

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