Judicial
Exmilitar vendió a título personal 16 armas de fuego adquiridas de forma ilegal, por el delito pasará 10 años de prisión

El mayor retirado Miguel Ángel Pocasangre Escobar, de 53 años, fue condenado a 10 años de prisión por el Tribunal 3° de Sentencia de San Salvador.
Los actos ilegales cometidos por el militar fueron comercio y depósito de armas, en perjuicio de la paz pública.
“El militar retirado vendió a título personal 16 armas de fuego en diferentes fechas en la ciudad de San Salvador, las cuales adquirió de forma irregular entre 1994 y 1995, siendo vendidas entre 2005 y 2012” indicaron fuentes judiciales.
Según las investigaciones estas armas en su primera matricula no poseen elementos de ley de esos años, tampoco corre dicha documentación en el Ministerio de Defensa. En siete de las 16 armas de fuego se produjeron alteraciones y modificaciones en el número de serie original.
La vista pública contra Pocasangre se desarrolló desde el 18 de octubre, continuando el 19, 22, 25, asimismo 1, 6, 9 y 19 de noviembre, además el 3 de diciembre, este último se recibió informes sobre las armas de fuego del Ministerio de la Defensa Nacional y la Policía Nacional Civil.
Además, en la audiencia desfilaron 16 testigos de cargo, aparte de las pruebas documentales, como el peritaje balístico, peritaje físico-químico realizado a 11 de las 16 armas.
El tribunal concluyó que las matrículas de las armas se realizaron de manera fraudulenta, no se acreditó el origen lícito, por lo tanto Pocasangre vendió armas que fueron alteradas sus series, por lo cual fue declarado culpable.
Este juicio fue ordenado por la Cámara Primera de lo Penal de Primera Sección del Centro, luego de la apelación presentada por la Fiscalía, ya que en abril de 2016, había sido sobreseído definidamente, quedando libre de cargos, esto por un juzgado de instrucción en audiencia preliminar.
Unidad Especializada de Crimen Organizado informa: tribunal 3° de Sentencia de S.S. condenó a 10 años de cárcel al coronel Miguel Ángel Pocasangre Escobar, por Comercio Ilegal de Armas de Fuego, en 16 casos; lo anterior porque se consideró que se trataba de delito continuado. pic.twitter.com/DnKRN6rhDT
— Fiscalía El Salvador (@FGR_SV) 10 de diciembre de 2018
Judicial
Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.
De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.
Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.
Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.
Judicial
En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.
El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.
El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.
Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).
La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.
Judicial
Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.
El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76
En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.
En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.
Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.
En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.
El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.
Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.
Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.