Judicial
Anciano acusado de ser el autor intelectual de quitarle la vida a su nieto de 9 años queda absuelto por falta de pruebas
Según el veredicto del Tribunal 1° de Sentencia de la ciudad y departamento de Santa Ana, José Antonio Cruz, de 75 años a quien la Fiscalía General de la República (FGR) acusaba de ser el autor intelectual del homicidio agravado en perjuicio de un niño de nuevo años, quedó absuelto.
Durante la vista pública, el Ministerio Público no logró acreditar la participación del imputado en la comisión del delito; y debido a la falta de pruebas no se logró quebrantar su presunción de inocencia, por lo que fue puesto en libertad.
Por este mismo caso, el pasado 12 de agosto uno de los Jueces de este mismo Tribunal impuso una condena de 30 años de prisión a Pablo Gilberto Martínez Vásquez, de 19 años, quien a través de la prueba desfilada en juicio se comprobó que fue la persona que ejecutó el crimen contra el menor de edad.
El hecho por el que ambos sujetos fueron acusados ocurrió el 23 de agosto del año 2019, en el caserío La Garita, cantón Casas de Teja, del municipio de Candelaria de la Frontera, en Santa Ana.
En ese lugar, el menor de nueve años fue asesinado con arma blanca; y la causa de su muerte, según autopsia realizada, fue fallo cardio circulatorio letal, desencadenado por hemorragia producida por una herida en la vena yugular, causada por heridas corto contundentes múltiples en el cuello.
Según el dictamen de acusación, Cruz fue el autor intelectual del hecho; y Martínez Vásquez el autor material. El primero le ofreció dinero al segundo a cambio de asesinar al niño.
Fue así como el supuesto autor material se lo llevó hasta un lugar desolado. Ahí sacó un corvo y le produjo múltiples heridas hasta dejarlo sin vida. El cadáver del menor fue encontrado por la Policía la noche del mismo día, luego de que sus parientes interpusieran la denuncia respectiva por su desaparición en horas de la tarde.
Puedes leer sobre este tema:
Judicial
Prisión para sujeto que participó en el asesinato de una persona frente al hospital Bloom
El Tribunal Sexto de Sentencia de San Salvador condenó a Salvador Alvarado Navarrete a 25 años de prisión por el delito de homicidio agravado en perjuicio de J. R. A. L.
El hecho ocurrió el 1 de junio de 2021, a las 9:00 p. m., cuando la víctima se encontraba sentada en una acera cercana al Hospital Nacional Rosales. En ese momento, Alvarado Navarrete, acompañado de otros sujetos, se acercó a la víctima. Al verlos que llevaban armas corto punzantes, la víctima intentó huir.
Según la declaración anticipada de un testigo presencial, los sujetos lo golpearon y lo tiraron al suelo, donde le ocasionaron una serie de lesiones con un corvo, un destornillador y un hacha. Se identificó a Salvador Alvarado como la persona que utilizó el corvo.
Judicial
Fallo contra Sigfrido Reyes será dado a conocer el próximo 29 de noviembre
La Cámara Segunda de lo Civil de la Primera Sección del Centro de San Salvador convocó a las partes para el 29 de noviembre, fecha en la que se dará a conocer el fallo oral del proceso por enriquecimiento ilícito promovido contra el exdiputado por el partido del FMLN, Othón Sigfrido Reyes Morales, y su núcleo familiar, demandados por no haber podido justificar la cantidad de $472,464.04.
Las partes expusieron este viernes sus alegatos finales. La Fiscalía General de la República (FGR) solicitó a las magistradas que se declare la existencia del enriquecimiento ilícito sin justa causa, y que los demandados sean condenados a devolver al Estado la siguiente cantidad: $459,714.04 en el caso de Reyes Morales, $12,000 a su cónyuge, Susi Melba Guadalupe Rodríguez Hernández, y $750 a su hijo, Luis Damián Reyes Rodríguez.
Los montos reclamados corresponden a presuntas irregularidades encontradas en los rubros de depósito en efectivo, pago de tarjetas de crédito, compras de inmuebles y vehículos, entre otros. Para la FGR, se desconoce el origen lícito de estas cantidades, durante tres períodos en que Reyes fue diputado propietario, del 1 de mayo de 2006 al 30 de abril de 2015.
Por su parte, los apoderados de los demandados solicitaron que se tenga por acreditada las fuentes de ingreso que son de origen lícito de cada una de las supuestas irregularidades, argumentando que la perito judicial no tomó en cuenta las condiciones personales de los demandados como la venta de inmuebles, bonificaciones, entre otros ingresos. Además, en relación con los viáticos, no tomó en cuenta toda la legislación que establece el cómo se dividen (viáticos, gastos de terminales y gastos de viajes), así como el monto diario y quienes aprueban las misiones oficiales.
Judicial
Seguirán en prisión 21 personas que presuntamente se dedicaban al narcomenudeo
El juez uno del Tribunal Cuarto contra el Crimen Organizado de San Salvador desarrolló la audiencia especial de imposición de medidas donde decretó la instrucción formal con la aplicación de la medida cautelar de la detención provisional a 21 personas que fueron capturadas a principios del mes en la comunidad Tutunichapa, en San Salvador. Se les acusada de delitos como tráfico de drogas, actos preparatorios, proposición, conspiración y asociaciones delictivas, así como incumplimiento de deberes, revelación de hechos, actuaciones, documentos y datos secretos por empleado oficial, y agrupaciones ilícitas.
Según la acusación, esta estructura de narcomenudeo operaba en San Salvador y distintos mercados de los distritos de Apopa, Soyapango, Ilopango, y departamentos de la zona oriental del país, se le asocia a cuatro células lideradas por Edgardo Bruno Ventura, alias “El Brother”, “Patrón” o “Bruno”, conocido como el “Rey de Mariona”.
La Fiscalía sostiene que los sujetos eran los encargados de la comercialización y distribución de droga como marihuana, cocaína y crack. En la estructura investigada desde 2022, los acusados mantenían la jerarquía de líderes, logísticos, proveedores, distribuidores, vendedores, revendedores, colaboradores e informantes.
Durante la audiencia, el juzgador valoró las pruebas indiciarias presentadas por la Fiscalía General de la República como escuchas telefónicas, actas de entrevista de agentes captores y perfiles delincuenciales que arrojan preliminarmente la posible existencia del delito y la probable participación de cada uno de los imputados, por lo que ordenó que el caso continué en investigación en la etapa de instrucción por un plazo de seis meses.