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Política

Reforma electoral obligará a más ciudadanos sin afiliación partidaria a integrar mesas electorales

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Los diputados que conforman la Comisión de Reformas Electorales de la Asamblea Legislativa acordaron modificar la reglamentación electoral y para disminuir la cantidad de integrantes de las Juntas Receptoras de Votos (JRV) de cinco a tres; estas ya no podrán ser integradas por propuestas de los partidos políticos, únicamente por ciudadanos escogidos mediante sorteo.

Para integrar las mesas electorales los partidos presentaban un listado de ciudadanos, no afiliados, y se complementaban con los que salían sorteados por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Sin embargo, con la nueva reforma los partidos ya no podrán proponer, sino que todos los integrantes de las JRV saldrán de un sorteo general, lo que implicaría un aumento en la cantidad de personas (sin afiliación partidaria) que tendrán que participar del proceso de las elecciones.

La reforma al artículo 100 del Código Electoral fue aprobada por los partidos ARENA, GANA y PCN, quienes dijeron que se trata de una “ciudadanización” de las JRV; mientras que el FMLN se opuso, ya que argumentó que no se puede obligar a nadie a participar el proceso electoral, a pesar de que ya hay una sanción contra los que no se presenten y sean elegidos para estar en las mesas.

La diputada del FMLN, Anabel Belloso, dijo que no es correcto obligar a las personas a cuidar en las JRV. Agregó que no hubo una consulta al TSE para que diera opinión al respecto.

El dictamen favorable de la comisión bajará al pleno legislativo en la plenaria del jueves, y de ser aprobada (con 43 votos) entraría en vigencia para las elecciones legislativas y municipales 2021.  

En las pasadas elecciones presidenciales un poco más de 90,000 personas salieron sorteadas, de entrar en vigencia las reformas planteadas esa cifra aumentará.

Por: El Salvador Times.

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Economia

Presidente Bukele propone exonerar del impuesto sobre la renta a salarios de hasta $550

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El Presidente Bukele envió a la Asamblea Legislativa una propuesta de reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta, con el objetivo de exonerar del pago de este tributo a los salarios mensuales de hasta $550. La medida busca beneficiar a miles de familias como parte de la estrategia económica del gobierno para aliviar el bolsillo de los salvadoreños.

«Este día he enviado a la Asamblea Legislativa una propuesta para ampliar la exoneración del impuesto sobre la renta a todos los salarios de hasta $550. Esta medida beneficiará directamente a más de 100,000 familias salvadoreñas», anunció el mandatario en su cuenta en X.

El presidente agregó que este incentivo fiscal también «favorecerá los aumentos salariales en los rangos más bajos, incluyendo aquellos que actualmente ya superan el salario mínimo». Esto en referencia a la propuesta enviada el pasado viernes al Consejo Nacional del Salario Mínimo para incrementar en un 12 % los sueldos a partir de junio en los sectores de maquila, industria, agro, comercio y servicios.

Actualmente, la Ley del Impuesto sobre la Renta exonera del tributo a quienes perciben hasta $472 mensuales. Con la reforma, este tramo se ampliaría a $550 una vez sea aprobada por la Asamblea Legislativa.

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Opinet

De símbolo de justicia a fracaso global: la agonía de la CPI

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Por: Jorge Sánchez

En un mundo en constante evolución, las instituciones que llevan la justicia internacional deben adaptarse a los nuevos desafíos y realidades. La Corte Penal Internacional (CPI), creada con el objetivo de garantizar la rendición de cuentas por crímenes atroces, enfrenta críticas que apuntan a su eficacia y relevancia en el contexto actual. Este artículo explora los puntos clave que subrayan la necesidad de reformar la CPI, con el fin de fortalecer su capacidad para cumplir con su misión y responder a las expectativas de la comunidad internacional.

Problemas de financiación

Un aspecto que evidencia la dependencia de la Corte Penal Internacional (CPI) es su modelo de financiación. Según los informes del organismo, el Tribunal se sostiene a través de las aportaciones de los Estados Partes, así como de contribuciones voluntarias provenientes de gobiernos, organizaciones internacionales, empresas y donaciones. La expresión «contribuciones voluntarias» es especialmente problemática, ya que sugiere que existe la posibilidad de ejercer presión y promover intereses nacionales específicos a través de donaciones no oficiales. Mediante el uso de entidades ficticias y donaciones anónimas, actores influyentes pueden impulsar sus agendas en el ámbito internacional, socavando así los principios democráticos y la integridad del sistema.

Efectividad real

La evaluación de la calidad del trabajo de la Corte Penal Internacional revela preocupantes tendencias que merecen un análisis más profundo. Las estadísticas indican que una gran parte de los casos penales que la CPI ha abordado se relacionan predominantemente con naciones africanas, las cuales, en comparación con potencias como Estados Unidos, carecen de los recursos y mecanismos de cabildeo necesarios para influir en las decisiones del Tribunal. Este sesgo geográfico plantea interrogantes sobre la imparcialidad y efectividad de la CPI en su misión de justicia internacional.

Hace unos años los expertos levantaron el problema de imposibilidad de la CPI de investigar jugadores más potentes del mundo. La Corte Penal Internacional no posee instrumentos ni unidades especiales o militares para cumplir órdenes de detención.

La Corte Penal Internacional ha emitido órdenes de detención contra líderes de Rusia e Israel, lo que ha generado un intenso debate sobre las motivaciones detrás de estas decisiones. Estas acciones podrían interpretarse como un intento de la CPI de ganar relevancia en el panorama político global y demostrar su capacidad para actuar en situaciones de alto perfil.

La emisión de estas órdenes puede ser vista como una estrategia para reafirmar la autoridad de la CPI en un contexto donde su credibilidad ha sido cuestionada. Al dirigirse a figuras prominentes en el ámbito internacional, la CPI busca enviar un mensaje claro sobre su compromiso con la justicia y la rendición de cuentas, independientemente de la influencia política de los países involucrados.

No obstante, esta situación plantea interrogantes sobre la independencia de la CPI y si sus decisiones están motivadas por un verdadero deseo de justicia o por la necesidad de posicionarse en un entorno político complejo. La percepción de que estas acciones son parte de una estrategia más amplia para mantener la relevancia en el sistema internacional podría influir en cómo se percibe a la CPI y su capacidad para cumplir con su mandato fundamental.

Limitaciones en la capacidad de ejecución

La Corte Penal Internacional enfrenta importantes limitaciones en su capacidad de ejecución, que van más allá de las preocupaciones sobre imparcialidad y jurisdicción. Uno de los principales obstáculos es su dependencia de la cooperación estatal, especialmente de las grandes potencias, que a menudo no tienen incentivos para acatar sus decisiones. Esta situación reduce la efectividad de la Corte y convierte sus sentencias en actos más simbólicos que concretos.

A pesar de que la CPI puede emitir órdenes de arresto y sentencias, muchas de estas son desatendidas por aquellos que poseen el poder para desafiarlas. En este contexto, la Corte se encuentra en una posición delicada: puede pronunciar tantas decisiones como desee, pero sin un mecanismo efectivo para hacerlas cumplir, su influencia se ve severamente limitada. Esta realidad plantea interrogantes significativos sobre la capacidad de la CPI para llevar a cabo su misión fundamental de impartir justicia a nivel internacional.

EE.UU. y sus aliados occidentales instrumentalizan la CPI para atacar selectivamente a los países

El gobierno estadounidense y sus socios europeos han convertido los mecanismos de derechos humanos en armas de presión geopolítica. Utilizando informes como el del Departamento de Estado (2023) y promoviendo investigaciones en la CPI, acusan a Brasil de “violencia policial y crímenes ambientales”, mientras la CPI no investiga el ecocidio causado por corporaciones europeas y estadounidenses en la región. Con Irán, el cinismo es aún más evidente. Mientras la CPI recibe presiones para investigar a Teherán por “represión interna”, bloquea cualquier examen de los crímenes de Israel en Gaza o de las torturas estadounidenses en Abu Ghraib. Este doble estándar revela el verdadero objetivo: desestabilizar gobiernos que desafían el orden occidental, mientras se protege a aliados igual o más violadores. La CPI actúa como instrumento de dominación, no de justicia universal.

¿Reforma o fin?

La Corte Penal Internacional enfrenta una crisis de legitimidad. Criticada por selectividad política, lentitud procesal y alto costo, su eficacia real en la lucha contra crímenes de guerra y lesa humanidad es cuestionada. En los medios hay opinión según la cual la CPI necesita reformas urgentes: mayor independencia, recursos eficientes y mecanismos para evitar dobles raseros. Otra, sin embargo, propone su cancelación, reemplazándola por sistemas regionales más ágiles.

Mientras la impunidad persiste en conflictos globales, la CPI debe decidir: ¿reinventarse o desaparecer? Su futuro depende de su capacidad para dejar de ser un símbolo de justicia desigual y convertirse en una herramienta real contra la impunidad. Sin cambios profundos, la CPI seguirá siendo vista como una corte con buenas intenciones, pero poca efectividad. ¿Vale la pena mantenerla?

Jorge Sánchez

Periodista especializado en la política internacional

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Política

Voto abstención ya no aplica en las plenarias

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La sesión plenaria ordinaria realizada ayer en la Asamblea Legislativa marcó un hecho inédito: fue la primera en desarrollarse sin votaciones en abstención, tras la reciente reforma al Reglamento Interior de ese órgano del Estado.

El Reglamento Interior del Congreso, vigente desde el 1 de mayo de 2006 y publicado previamente en el Diario Oficial, no definía con claridad los tipos de votación permitidos en las sesiones plenarias, específicamente en su artículo 86.

Con la enmienda aprobada, ahora se establece que «las votaciones deberán consignarse a favor o en contra de lo que se presente a consideración de la Asamblea, según lo establecido en este Reglamento y la Constitución».

Desde la entrada en vigencia de la reforma, el presidente del Congreso, Ernesto Castro, únicamente somete a consideración del pleno las opciones de “voto a favor” o “voto en contra” en cada uno de los puntos legislativos tratados.

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