Nacionales
Se esperan lluvias para este jueves por paso de onda tropical por el país
Para este jueves, 15 de octubre, se esperan chubascos y tormentas moderadas a ocasionalmente fuertes y dispersas, por la tarde y la noche, iniciando en toda la franja norte y luego desplazándose al suroeste por la zona centro y occidente rumbo a la costa.
El viento por la mañana y la noche del noreste, y por la tarde el ingreso de la brisa marina de componente sur, entre 8 a 18 km/h en todos los períodos. El ambiente estará muy cálido durante el día, y fresco por la noche. Estas condiciones están influenciadas por el paso de una onda tropical que desde ayer genero lluvias sobre el país.
En la costa de El Salvador, las condiciones previstas de oleaje y viento en el mar son apropiadas para actividades como pesca, transporte y turismo marítimo.
Principal
Asamblea aprueba ley que busca proteger derechos de los depositantes ante entidades en problemas
Con la finalidad de proteger la estabilidad del sistema bancario del país, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron, con 56 votos, la creación de la Ley para la Estabilidad del Sistema Financiero y Garantía de Depósitos.
Los parlamentarios indicaron que el objetivo de esta normativa es regular la preparación y ejecución de los procesos de recuperación y resolución de entidades financieras y brindar las facultades necesarias a la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) como autoridad de resolución.
Además de la firmeza del sistema bancario, se contará con la continuidad de los servicios financieros esenciales y los derechos de los depositantes de entidades en problemas.
Ante esta normativa, que consta de 121 artículos, se creará confianza entre los depositantes, debido a que sabrán que su dinero estará seguro y creará una mayor competencia sobre las tasas de interés hacia los usuarios, argumentaron diputados oficialistas.
De acuerdo a lo plasmado en el artículo 2, el reglamento será aplicable a las siguientes entidades:
Bancos regulados por la Ley de Bancos, excepto el Banco de Fomento Agropecuario (BFA).
Sociedades de ahorro y crédito reguladas por la Ley de Sociedades de Ahorro y Crédito.
Bancos cooperativos regulados por la Ley de Bancos Cooperativos.
También a las asociaciones cooperativas que se encuentre en proceso de adecuación gradual de conformidad.
Un comité coordinador para monitorear riesgos sistémicos
Según lo expuesto en la plenaria, con dicha ley se creará un Comité de Estabilidad Financiera, que coordinará a las organizaciones ante cualquier evento de crisis en las instituciones del sistema financiero del país. Además, tendrá la obligación de monitorear la evolución de los riesgos de este sistema monetario.
Dicho comité estará integrado por los titulares del Banco Central de Reserva (BCR), de la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), del Ministerio de Hacienda y del Instituto de Garantía de Depósitos (IGD).
Entre las facultades de dicho comité, según lo establece el artículo 6 de la ley, está el monitoreo de riesgos del sistema financiero; coordinar las diferentes actividades entre sus miembros para poder enfrentar de forma consistente potenciales crisis; emitir recomendaciones que considere necesarias para mitigar riesgos que pudiera afectar el sistema financiero; y emitir los instrumentos administrativos necesarios para su funcionamiento; entre otros.
Plan de recuperación, de resolución y evaluación de entidades
El Comité de Estabilidad Financiera tendrá actualizado un plan de recuperación, en el que contemplará las medidas y acciones que adoptará la entidad con el fin de restablecer su posición financiera en el caso que se produjera un deterioro de la misma.
Ese plan deberá ser aprobado por el Órgano de Administración de cada entidad y deberá de ser remitido a la Superintendencia del Sistema Financiero, en un plazo de 10 días.
Los procesos de recuperación de las entidades financieras o procesos de resolución para procurar la salida ordenada de una entidad del sistema financiero son para minimizar el impacto en la estabilidad financiera.
Por “resolución” se entenderá –de acuerdo a la regulación- por el proceso por medio del cual se ejecutan las medidas necesarias para que una entidad pueda salir del sistema financiero de forma ordenada o, si fuera el caso, facilitar la continuidad de sus funciones esenciales.
Es por eso que la ley establecerá que las entidades financieras deberán elaborar y actualizar un plan de recuperación.
Es así que el BCR tendría la potestad de conceder créditos o financiamiento a instituciones bancarias, bancos cooperativos, sociedades de ahorro y crédito para atender retiros de depósitos en caso de haber un deterioro en la estructura de liquidez de una o más instituciones o para prevenir iliquidez del sistema.
En cuanto a los objetivos de la resolución, la SSF es la máxima autoridad para esto de conformidad a las disposiciones de la ley y esto servirá para proteger los depósitos del público, para mantener la continuidad de los servicios financieros esenciales y procurar la estabilidad del sistema financiero.
Principal
Diputados disuelven INSAFOCOOP, sus funciones serán absorbidas por otras entidades de gobierno
Con el fin de promover y fomentar una mayor eficiencia del cooperativismo en el país, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron, con 56 votos, la Ley de Disolución, Liquidación y Traslado de Funciones del Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo (INSAFOCOOP).
Esta normativa permitirá descentralizar las actividades que realiza la institución (creada en 1969 como rector del cooperativismo en El Salvador) y redistribuir sus atribuciones y competencias en entidades especializadas que formen parte de la organización administrativa del Estado.
Es decir, que al dividir las actividades del INSAFOCOOP se logrará mejorar la eficiencia operativa, mantener la competitividad y fortalecer el régimen jurídico, de organización, económico y de gestión pública de todo el sistema cooperativo.
Los diputados señalaron que con esta aprobación, se tomará en cuenta las particularidades y necesidades de cada sector productivo. Además, se dotará a la administración pública de las herramientas jurídicas suficientes para servir al interés público de manera eficiente.
El INSAFOCOOP deberá colaborar con la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) enviando toda la información requerida sobre las cooperativas, según lo establece la normativa aprobada, que consta de 22 artículos.
¿Cuáles son las ventajas de la descentralización del INSAFOCOOP?
En la discusión realizada en el pleno legislativo, este viernes, se detallaron al menos tres ventajas de distribuir las funciones de la institución, que hasta hoy era la única encargada de velar por las cooperativas a nivel nacional.
Se obtendrá mayor atención especializada en función del área económica a la que se dedica la cooperativa, lo cual fortalece el control de las entidades.
Habrá mayor fomento de la integración cooperativa, dado que se establece la elaboración e implementación de una política de impulso y desarrollo al cooperativismo con apoyo de diferentes entidades del Estado.
Establecerá disposiciones especiales para las asociaciones cooperativas de ahorro y crédito, que estarán bajo la regulación de BCR y supervisión de la SSF.
¿Cómo se distribuirán las facultades del INSAFOCOOP?
El artículo 8 de la ley señala que tras la descentralización del INSAFOCOOP otras entidades asumirán las atribuciones de este instituto.
Las facultades y competencias de esta institución sobre las Asociaciones y Confederaciones de Cooperativas pasarán a las siguientes entidades estatales: Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (CONAMYPE), Ministerio de Vivienda y al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología.
Por ejemplo, el Banco Central de Reserva regulará y la Superintendencia supervisará a las cooperativas de ahorro y crédito y a las cooperativas de seguros; mientras que la CONAMYPE supervisará las cooperativas de producción artesanal, de profesionales, de comercialización producción industrial o agro-industrial; y así por sectores.
Judicial
Fallo contra Sigfrido Reyes será dado a conocer el próximo 29 de noviembre
La Cámara Segunda de lo Civil de la Primera Sección del Centro de San Salvador convocó a las partes para el 29 de noviembre, fecha en la que se dará a conocer el fallo oral del proceso por enriquecimiento ilícito promovido contra el exdiputado por el partido del FMLN, Othón Sigfrido Reyes Morales, y su núcleo familiar, demandados por no haber podido justificar la cantidad de $472,464.04.
Las partes expusieron este viernes sus alegatos finales. La Fiscalía General de la República (FGR) solicitó a las magistradas que se declare la existencia del enriquecimiento ilícito sin justa causa, y que los demandados sean condenados a devolver al Estado la siguiente cantidad: $459,714.04 en el caso de Reyes Morales, $12,000 a su cónyuge, Susi Melba Guadalupe Rodríguez Hernández, y $750 a su hijo, Luis Damián Reyes Rodríguez.
Los montos reclamados corresponden a presuntas irregularidades encontradas en los rubros de depósito en efectivo, pago de tarjetas de crédito, compras de inmuebles y vehículos, entre otros. Para la FGR, se desconoce el origen lícito de estas cantidades, durante tres períodos en que Reyes fue diputado propietario, del 1 de mayo de 2006 al 30 de abril de 2015.
Por su parte, los apoderados de los demandados solicitaron que se tenga por acreditada las fuentes de ingreso que son de origen lícito de cada una de las supuestas irregularidades, argumentando que la perito judicial no tomó en cuenta las condiciones personales de los demandados como la venta de inmuebles, bonificaciones, entre otros ingresos. Además, en relación con los viáticos, no tomó en cuenta toda la legislación que establece el cómo se dividen (viáticos, gastos de terminales y gastos de viajes), así como el monto diario y quienes aprueban las misiones oficiales.