Judicial
Limpiaparabrisas que intimidaban a conductores con señas de pandillas seguirán en prisión

El Tribunal Segundo Contra el Crimen Organizado ordenó que siete limpiaparabrisas y cobradores informales de parqueo permanezcan en prisión preventiva, tras ser acusados de los delitos de coacción y agrupaciones ilícitas.
De acuerdo con la Fiscalía General de la República (FGR), los imputados operaban en distintos semáforos de la capital, donde presuntamente intimidaban a conductores mediante señas alusivas a estructuras criminales. La FGR señaló que exigían dinero u objetos de valor a cambio de no causar daños a los vehículos o atentar contra sus ocupantes.
Los sospechosos fueron capturados entre el 8 y el 10 de mayo en las inmediaciones de la 25ª Avenida Norte y la Alameda Juan Pablo II, en San Salvador. Las autoridades explicaron que la investigación se desarrolló con técnicas especializadas y el apoyo de inteligencia policial.
Los detenidos fueron identificados como Julio César Aldana, Luis Alonso Ramos Molina, Maycol Javier Haslan Pavón, Kevin Alexander Navarro Méndez, José Miguel Arteaga Melgar, Ariel Francisco Montes Hernández y Héctor René Renderos Navarro.
Un informe de análisis criminal elaborado por la Policía Nacional Civil (PNC) reveló el modo de operar del grupo, cuya estructura —según las autoridades— buscaba evadir la detección policial mientras cometía los delitos.
Durante la audiencia, la jueza consideró que existen suficientes elementos indiciarios para mantener detenidos a los imputados mientras continúa la investigación.
La FGR dispone ahora de un plazo de cuatro meses para ampliar el proceso y presentar pruebas adicionales que serán evaluadas en la audiencia preliminar.
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Decretan instrucción contra King Flyp, acusado de expresiones de violencia contra las mujeres

Foto: Cortesía
Los hechos por los cuales es procesado ocurrieron el 6 de junio de 2025
El Juzgado Octavo de Paz de San Salvador decretó la continuación a la etapa de instrucción del caso penal contra Marvin Ulises Martínez León, mejor conocido en redes sociales como King Flyp, acusado del delito de expresiones de violencia contra las mujeres, previsto y sancionado en el artículo 55, literal C y E de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), en perjuicio de una víctima con régimen de protección.
Durante la audiencia, el juzgado determinó que existen indicios probatorios suficientes sobre la existencia del delito y la probable participación del procesado, motivo por el cual se ordenó que el caso continúe en la etapa de instrucción ante un juzgado LEIV.
Como medida cautelar, se le impusieron medidas sustitutivas a la detención, entre ellas: la prohibición de no acercarse a la víctima por cualquier medio y la obligación de presentarse cada 20 días ante el juzgado especializado LEIV.
Los hechos que motivan el proceso, ocurrieron el 6 de junio de 2025. Por tratarse de un delito contra una mujer, la relación circunstanciada de los hechos permanece bajo reserva total.