Judicial
Juzgado procesa como reo ausente a «Samurai», acusado de asesinar a la agente Carla Ayala
En el Juzgado Especializado de Instrucción para una vida Libre de Violencia y Discriminación contra las Mujeres, desarrolla hoy la audiencia preliminar en contra de Juan Josué Castillo Arévalo, de indicativo «Samurai», acusado del feminicidio agravado de la agente Carla Mayarí Ayala Palacios.
La Fiscalía General de la República ha solicitado que se decrete un auto de apertura a juicio para el exagente quien es prófugo desde el día en que fue asesinada Ayala Palacios.
La agente llegó la noche del 28 de diciembre de 2017, a una fiesta navideña en la base del entonces Grupo de Reacción Policial (GRP) y la madrugada del 29 del mismo mes murió tras recibir un disparo en la cabeza que supuestamente le dio Juan Josué Castillo Arévalo.

Cuando la Fiscalía General de la República presentó el dictamen de acusación dijo que la policía fue asesinada por un arrebato o enojo de «Samurai».
Además de Arévalo Castillo, han sido procesados otros 13 imputados entre ellos policías que estaban asignados al extinto Grupo de Reacción Policial (GRP).

El feminicidio agravado es atribuido directamente a Castillo Arévalo quien es prófugo y pese a que se giró orden captura nunca fue localizado. «Samurai» recibió ayuda de otros imputados quienes lo trasladaron hacia el oriente, según las pesquisas la madrugada del 29 de diciembre de 2017 salió de San Salvador rumbo a San Francisco Javier, Usulután y desde ese día nunca se supo de él.
Los demás acusados en este caso ya fueron procesados en Juzgado Especializado de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres por incumplimiento de deberes, cómplice necesario de feminicidio y encubrimiento.
Arévalo Castillo es procesado como reo ausente gracias a las reformas que el año pasado aprobó la Asamblea Legislativa. Fue modificado el artículo 361 del Código Procesal Penal en donde se detalla que «la audiencia preliminar se realizará a pesar de la incomparecencia del imputado sin justa causa».
En el mismo artículo se agrega que «en caso de la negativa del procesado detenido para concurrir, se hará constar por la autoridad designada para estos efectos y el juez realizará la audiencia sin la presencia del procesado».
Las enmiendas también habilitan a los jueces de sentencia a realizar vistas públicas y emitir veredictos condenatorios o absolutorios a imputados ausentes o prófugos.
En el inciso final del artículo 380, los diputados aprobaron que «en caso de rebeldía, el juez advertirá al defensor de éste, a efecto que se presente y se le hagan valer sus derechos como imputado, de lo cual se hará constar su respuesta y se continuará con el desarrollo del juicio».
La Asamblea Legislativa también reformó el artículo 86 para dejar definida la rebeldía de un procesado cuando «sin justa causa no se apersone al juzgado de paz, de instrucción, tribunal de sentencia o cualquier otro juez competente en materia penal, así como a cualquiera de las audiencias del proceso, habiéndosele citado y notificado a él o a su defensor por cualquiera de los medios regulados en este código para tal efecto, debiendo dichos funcionarios declararlo así».
La rebeldía aplicará cuando un imputado se fugue o cuando sea evidente la intención de no comparecer a una diligencia a la cual haya sido citado y legalmente notificado. «Samurai» lleva más de cinco años en calidad de prófugo.
Judicial
22 años de prisión para sujeto que asesinó a director de un centro escolar en Jucuarán, Usulután.
José Misael Oliva Girón es el responsable de asesinar a un director de un centro escolar del distrito de Jucuarán, Usulután.
Por este crimen, la Fiscalía General de la República (FGR) logró que sea condenado a 22 años de prisión.
Según las investigaciones, Oliva golpeó y asfixió a la víctima para robarle su celular. Luego el crimen, el sujeto confesó el asesinato al intentar vender el dispositivo.
La condena ha sido impuesta por el Tribunal de Sentencia de Usulután.
Judicial
Sujeto acusado de violación es condenado a 14 años de cárcel
Edwin Antonio Menjívar Urquilla fue condenado a 14 años de prisión por violación en menor o incapaz, en la modalidad de delito continuado.
Los hechos ocurrieron en el año 2019, en la colonia Santa Teresa, distrito de San Martín, municipio de San Salvador Este, departamento de San Salvador.
Las investigaciones establecieron que la madre de la víctima la mandó a recoger un dinero a la casa de Menjívar. Esta situación fue aprovechada por el imputado para agredirla sexualmente de diferentes maneras.
La víctima salió llorando y este le dio el dinero y una bolsa de dulces para que callara, pero la víctima le contó todo a su madre y ella interpuso la denuncia.
El Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador validó toda la prueba presentada por los fiscales e impuso la pena antes mencionada. Las autoridades suman esfuerzos para ubicar al imputado y que cumpla su condena.
Judicial
15 años de cárcel para dos extorsionistas
En procesos judiciales separados, el Tribunal Primero de Sentencia de San Miguel condenó a 15 años de prisión a dos mujeres pandilleras, integrantes de la estructura terrorista MS-13, quienes fueron pro cesadas y declaradas culpables del delito de extorsión agravada.
Claudia Yesenia Rodríguez Delgado y Ernestina Argueta Argueta recibieron una pena de 15 años de prisión cada una, informó la Fiscalía General de la República (FGR).
En uno de los casos, Rodríguez Delgado, integrante activo de la Mara Salvatrucha, fue individualizada por las autoridades en una entrega controlada de dinero el 16 de diciembre de 2016. La víctima había denunciado a inicios de noviembre del mismo año ser extorsionada por la pandilla, que le exigió dinero bajo amenazas de muerte.
Argueta Argueta fue condenada por una extorsión cometida entre 2012 y 2015. Según las investigaciones, la víctima residía en Ciudad Barrios y entregó semanal mente el dinero a la pandilla MS-13, hasta que interpuso la denuncia ante la Policía Nacional Civil (PNC).




