Judicial
Juzgado procesa como reo ausente a «Samurai», acusado de asesinar a la agente Carla Ayala

En el Juzgado Especializado de Instrucción para una vida Libre de Violencia y Discriminación contra las Mujeres, desarrolla hoy la audiencia preliminar en contra de Juan Josué Castillo Arévalo, de indicativo «Samurai», acusado del feminicidio agravado de la agente Carla Mayarí Ayala Palacios.
La Fiscalía General de la República ha solicitado que se decrete un auto de apertura a juicio para el exagente quien es prófugo desde el día en que fue asesinada Ayala Palacios.
La agente llegó la noche del 28 de diciembre de 2017, a una fiesta navideña en la base del entonces Grupo de Reacción Policial (GRP) y la madrugada del 29 del mismo mes murió tras recibir un disparo en la cabeza que supuestamente le dio Juan Josué Castillo Arévalo.

Cuando la Fiscalía General de la República presentó el dictamen de acusación dijo que la policía fue asesinada por un arrebato o enojo de «Samurai».
Además de Arévalo Castillo, han sido procesados otros 13 imputados entre ellos policías que estaban asignados al extinto Grupo de Reacción Policial (GRP).

El feminicidio agravado es atribuido directamente a Castillo Arévalo quien es prófugo y pese a que se giró orden captura nunca fue localizado. «Samurai» recibió ayuda de otros imputados quienes lo trasladaron hacia el oriente, según las pesquisas la madrugada del 29 de diciembre de 2017 salió de San Salvador rumbo a San Francisco Javier, Usulután y desde ese día nunca se supo de él.
Los demás acusados en este caso ya fueron procesados en Juzgado Especializado de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres por incumplimiento de deberes, cómplice necesario de feminicidio y encubrimiento.
Arévalo Castillo es procesado como reo ausente gracias a las reformas que el año pasado aprobó la Asamblea Legislativa. Fue modificado el artículo 361 del Código Procesal Penal en donde se detalla que «la audiencia preliminar se realizará a pesar de la incomparecencia del imputado sin justa causa».
En el mismo artículo se agrega que «en caso de la negativa del procesado detenido para concurrir, se hará constar por la autoridad designada para estos efectos y el juez realizará la audiencia sin la presencia del procesado».
Las enmiendas también habilitan a los jueces de sentencia a realizar vistas públicas y emitir veredictos condenatorios o absolutorios a imputados ausentes o prófugos.
En el inciso final del artículo 380, los diputados aprobaron que «en caso de rebeldía, el juez advertirá al defensor de éste, a efecto que se presente y se le hagan valer sus derechos como imputado, de lo cual se hará constar su respuesta y se continuará con el desarrollo del juicio».
La Asamblea Legislativa también reformó el artículo 86 para dejar definida la rebeldía de un procesado cuando «sin justa causa no se apersone al juzgado de paz, de instrucción, tribunal de sentencia o cualquier otro juez competente en materia penal, así como a cualquiera de las audiencias del proceso, habiéndosele citado y notificado a él o a su defensor por cualquiera de los medios regulados en este código para tal efecto, debiendo dichos funcionarios declararlo así».
La rebeldía aplicará cuando un imputado se fugue o cuando sea evidente la intención de no comparecer a una diligencia a la cual haya sido citado y legalmente notificado. «Samurai» lleva más de cinco años en calidad de prófugo.
Judicial
Prisión para sujeto que abusó de una niña de nueve años

La Fiscalía General de la República (FGR) informó que Miguel Ángel Mejía Orellana fue condenado a 30 años de cárcel por el delito de violación.
De acuerdo con el ministerio público, Mejía Orellana se aprovechó del vínculo cercano que tenía con la familia de la menor, de nueve años, para abusarla sexualmente en momentos que se encontraba sola.
«Mejía la amenazó para que no dijera nada. La mamá de la víctima se enteró de lo sucedido e inmediatamente interpuso la denuncia», detalló la FGR en su cuenta oficial de X.
Según información oficial, los hechos ocurrieron en julio 2024 en Nueva Concepción, Chalatenango.
Judicial
Prisión para profesor que abusó de una alumna

El Tribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla, en La Libertad, condenó a 12 años de prisión a un profesor de matemáticas por agredir sexualmente a una de sus alumnas.
«Los hechos sucedieron el 23 de mayo de 2024. El imputado, identificado con las siglas M. J. R. R., fungía como profesor de matemáticas cuando agredió a la víctima, según se demostró en el desfile probatorio durante la vista pública», indicó la fiscal del caso.
La fuente detalló que el docente se aprovechó, en los momentos que se encontraba a solas con la estudiante de primaria.
«El imputado aprovechaba para tocarle el cuerpo, y a pesar del miedo que le tenía al profesor, la menor le confesó a la madre lo que ocurría», señaló la fiscal.
Por esos hechos, el Tribunal condenó al imputado a 12 años de prisión por el delito de agresión sexual en menor e incapaz, en su modalidad continuada.
Judicial
Cárcel para mujer que vendió 100 gallinas ponedoras y nunca las entregó

A tres años de cárcel fue condenada una mujer que estafó a otra con la venta de 100 gallinas de postura que nunca entregó, informó Centros Judiciales El Salvador (CJES), la tarde del viernes.
Se trata de Jennifer del Carmen Rivera fue condenada a la pena de tres años de prisión al ser declarada responsable penal y civilmente del delito de estafa por el Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Tecla.
CJES detalló que, el 26 de octubre de 2023, en el distrito de Jicalapa, en La Libertad Costa, la víctima contactó a la imputada a través de Marketplace de la plataforma de Facebook, para gestionar la entrega de las gallinas, y la ahora condenada le exigió un depósito a su cuenta bancaria por $256. La víctima realizó el depósito y, tras varios días de espera, nunca recibió el producto.
“Basándose en engaños, le hizo creer que era dueña de una granja y le prometió la venta de 100 gallinas de postura que nunca entregó”, añadió Centros.
Finalmente, el Tribunal valoró todas las pruebas y concluyó que había suficiente evidencia del delito y por ello la condenó a tres años tras las rejas.