Judicial
Conductor de Uber acusado de agredir sexualmente a una clienta asegura que no fue una violación: «Fue una relación casual como pasa en el siglo XXI»

El conductor de UBER acusado de agredir sexualmente a una de sus clientas fue llevado esta mañana ante un juzgado de Paz, donde se defendió de las imputaciones y aseguró que no la violó, sino que se dio una «relación casual» de mutuo acuerdo.
«No fue una violación, fue una relación casual normal como pasa con una persona y yo todavía fui a dejar a la persona a su casa y luego yo seguí trabajando. Llegué a mi casa y llegó la Policía», aseguró el joven acusado.
José Edgardo Morales Minero, de 21 años de edad, fue capturado el pasado 5 de noviembre horas después de que presuntamente agredió sexualmente a una de sus clientas que pidió el servicio de UBER.
El imputado aseguró que no conoce a la joven, pero que solo fue un encuentro sexual que se dio de mutuo acuerdo. «De repente se la tirás a una chera y pasa. Todavía me dio cigarros y me dijo ‘dejame aquí porque más adelante es peligroso, no te metás hasta ahí’. La dejo hasta su pasaje, me da cigarros para el camino y me dice `tranquilo, escríbime’. Yo no esperaba que esto me pasara», dijo el joven ante la prensa.
Según la acusación de la Fiscalía, la víctima habría pedido servicio de UBER hasta su casa, pero el joven se habría detenido a la orilla de la carretera para agredir a la clienta. El imputado asegura que sí se estacionaron a la orilla de la calle y fue cuando sostuvieron relaciones sexuales.
La Fiscalía asegura que la mujer contactó a Morales Minero a través de la la plataforma Uber, luego de que la fuera a recoger aprovechó que eran aproximadamente las 5:30 de la mañana. El imputado sostiene que la mujer venía de una fiesta disfraces esa madrugada cuando ocurrieron los hechos.
«Yo no la he violado, ni tampoco la agredí, simplemente fue una relación casual como pasa en el siglo XXI. Me han matado civilmente, ni siquiera se me preguntó nada», sostuvo.
El imputado señaló que a raíz de lo ocurrido se ha afectado a su familia, a su hija y a su pareja actual, porque no han ocurrido los hechos como se han señalado. «Los dos estábamos de acuerdo con que pasaran las cosas. Yo en ningún momento la forcé. Se me acusa de algo que es mentira», sentenció.
Durante su detención a Morales se le incautó un vehículo marca Toyota modelo Yaris color gris con placas P 335-616 así como tres celulares.
El detenido será acusado por el delito de violación sexual, el cual está previsto y sancionado según el artículo 158 del Código Penal.
Por: El Salvador Times.
Judicial
Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.
De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.
Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.
Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.
Judicial
En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.
El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.
El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.
Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).
La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.
Judicial
Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.
El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76
En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.
En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.
Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.
En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.
El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.
Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.
Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.