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Magistrado Carlos Sánchez Escobar, Primer nominado y mejor evaluado para CSJ , Sala de lo Constitucional. Pregunta Abierta y Pública sobre tema Constitucional
Soy Sergio Portillo, Abogado y Notario también ex Fiscal auxiliar de la República.
Con mucho respeto y admiración, he leído la mayoría de sus ponencias y es ejemplarizante la claridad y contundencia como usted defiende los principios Constitucionales y ahora como candidato y seguramente próximo Magistrado a la Sala de lo Constitucional y seguramente Presidente de la Corte Suprema le solicito con mucho respeto y de manera decorosa como lo exige nuestra ética profesional,
Pido su posición pública ante un hecho gravísimo que por varios años ha mantenido ilegalmente e injustamente a mi defendida la Señorita Hilda Trigueros con una orden de captura, ordenada por su persona en el caso Ref. 49-UCCO-2016
Mi defendida no tenía ninguna investigación previa en el presente caso y de la nada, sin estar denunciada ni formar parte de la investigación del caso escuchas telefónicas caso :
8-DIT-2014, el día 22 de agosto 2016 fue capturada en su lugar de trabajo.
El artículo 24 de nuestra Constitución dice: “La correspondencia de toda clase es inviolable, interceptada no hará fe ni podrá figurar …..Se prohíbe la interferencia y la intervención de las telecomunicaciones. De manera excepcional podrá autorizarse judicialmente,…..La información proveniente de una intervención ilegal carecerá de valor. La violación comprobada a lo dispuesto en este artículo, por parte de cualquier funcionario, será causa justa para la destitución inmediata de su cargo y dará lugar a la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.
Lic. Carlos Sánchez Escobar, usted como futuro Magistrado es de opinión que este artículo Constitucional puede ser inaplicado por un Juez de cualquier instancia ?
La ley LEIT en su articulo 23 dice que transcurrido el plazo de 6 meses… :
“Destrucción de Oficio
Art. 23. Finalizado el procedimiento de intervención, si la Fiscalía no hubiese presentado requerimiento en el plazo de seis meses, el juez autorizante, previo informe que deberá remitirse sobre esa situación, ordenará la destrucción de toda la grabación y sus transcripciones.”
En vista que la Cámara Primera de lo Penal, engañada por los fiscales auxiliares diciendo que todas las personas involucradas incluyendo mi representada, todos sin excepción tenían autorización del Juez 7 de Instrucción para intervenir sus números telefónicos, lo cual ya se ha comprobado que no fue cierto y que los fiscales utilizaron el engaño para lograr que se les decretara ordenes de capturas y en base a que el Juez 8 de Instrucción Mario Osmín Mira Montes, también hace caso omiso a esta ley Constitucional, se solicitó a la Honorable Asamblea Legislativa una
“ Interpretación Autentica de la Ley “, la Asamblea Legislativa con 57 votos, confirmó exactamente el mismo texto plasmado en el articulo 23, el cual no deja la más mínima duda.
Inconforme con dicha Interpretación Auténtica, el Fiscal General, interpuso un recurso de Inconstitucionalidad, la antigua Sala admitió de forma Express dicho recurso y dictó una medida precautoria y dictó la suspensión del auto reclamado, el cual no ha sido resuelta.
El Juez Mira Montes, basado en dicha resolución de la Sala, dictaminó que no se podía pronunciar sobre la nulidad de las escuchas telefónicas mientras no resuelva el recurso la nueva Sala, mas sin embargo ha autorizado la divulgación y entrega de los audios a los fiscales y querellantes, muy a pesar que si la Sala resuelve conforme a derecho y la destrucción seria obligatoria , el daño a la intimidad que esta consagrado en el art. 24 de nuestra Constitución será irreparable y creería que la responsabilidad penal de este acto recaería sobre El Juez autorizante y los Fiscales que ilegalmente han hecho uso de las escuchas vencidas.
Como es un caso emblemático de actualidad que es de incumplimiento Constitucional, le solicito su postura Jurídica Profesional, en vista que estamos próximos a contar, esperamos esta vez con una Sala de lo Constitucional que sea Proba y que no pase por encima de nuestra Constitución.
Con el más grande de los respeto le solicito su pronunciamiento Público .
Atentamente
- Abogado y Notario Sergio Portillo Toruño
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Sistema de retención infantil reduce hasta un 71 % el riesgo de muerte en niños
El uso correcto del sistema de retención infantil (SRI) reduce el riesgo de muerte y de lesiones graves en niños, ya que en el caso de un accidente protege zonas vulnerables, especialmente la cabeza, el cuello y la columna. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), los traumatismos por accidentes de tránsito son la principal causa de muerte de niños y jóvenes a escala mundial.
En ese sentido, la directora del Fondo para la Atención a las Víctimas de Accidentes de Tránsito (Fonat), Bessy Guzmán, destacó que los SRI reducen hasta un 71 % el riesgo de muerte. Asimismo, el Gobierno salvadoreño ha sumado esfuerzos para impulsar una estrategia nacional de seguridad vial infantil para reducir los índices de siniestralidad.
«Actualmente nos encontramos en el Decenio de Acción para la Seguridad Vial [2021–2030], el cual busca reducir la siniestralidad vial y la tasa de mortalidad por accidentes de tránsito a la mitad. Medidas como usar el cinturón de seguridad, la utilización de cascos certificados y de los sistemas de retención infantil están encaminadas a ayudarnos a llegar a esa reducción», dijo Guzmán.
Desde el Viceministerio de Transporte (VMT) y el Fonat se ejecutan medidas preventivas para garantizar la seguridad vial de los niños. Entre estas destacan capacitaciones sobre el uso de las SRI, la conformación de comités de seguridad vial en centros escolares y la intervención de conductores y peatones sobre la movilidad segura en las calles y carreteras. Asimismo, trabajan en la toma de conciencia sobre la importancia de usar correctamente estos sistemas en el vehículo.
A partir de diciembre de 2025, en El Salvador usar el SRI es obligatorio. Como pasajeros de vehículos, los menores de 12 años no podrán viajar en el asiento delantero, mientras que los niños menores de cinco años deben ser trasladados en un SRI de acuerdo con su peso y estatura.
El incumplimiento de esta normativa se considera una falta muy grave y se sancionará con una multa de $150. Para garantizar la seguridad de los menores de edad, el Fonat recomienda no poner en marcha el vehículo antes de que todos los ocupantes tengan puesto el cinturón de seguridad y los niños estén colocados en el SRI.
De igual manera, ningún ocupante puede tomar bebidas calientes en el carro, ya que podría lesionar a los niños en un choque o un frenado brusco.
«Los sistemas de retención infantil no deben utilizarse si ya han sido parte de un siniestro vial o si alguna de sus piezas ha caducado; vea la fecha de vencimiento en la parte de atrás», indicó el Fonat
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Apopa y Nejapa renacen con el reordenamiento de sus centros históricos
Los distritos de Apopa y Nejapa, que conforman San Salvador Oeste, viven una transformación sin precedentes que incluye el reordenamiento de sus centros históricos, la recuperación de espacios deportivos y de convivencia familiar, el mejoramiento de la red vial y el desarrollo de importantes proyectos que generan fuentes de empleo y progreso local.
«Diario El Salvador» recorrió ambas ciudades para constatar dichos cambios y conversar con los ciudadanos sobre cómo les benefician, tomando en cuenta que por años estas localidades se estancaron debido a la delincuencia.
«El centro de Apopa era un caos, desorden por las ventas, inseguridad por las maras, problemas de tráfico vehicular, sin espacios peatonales donde caminar, sin iluminación», enumeró Juan Portillo. Sin embargo, también se refirió a la actual transformación de Apopa.
«Los cambios son evidentes; vemos que la alcaldía ha hecho lo suyo en el centro histórico, y el Gobierno del presidente [Nayib] Bukele ha generado condiciones para atraer inversión privada y grandes obras al municipio».
La gobernanza municipal ha efectuado intervenciones para recuperar espacios en el casco urbano, como en la calle La Estación, la avenida Quirino Chávez y la calle Leonardo Azcúnaga, frente a la parroquia Santa Catarina, principal templo de la feligresía católica en la ciudad apopense. Por las noches, la iluminación y la presencia del Cuerpo de Agentes Municipales (CAM) genera confianza a comerciantes y pobladores que caminan por la plaza central Noé Canjura, situada frente a las oficinas distritales. Actualmente, la municipalidad trabaja en el segundo tramo de la calle San Rafael, donde hay importante actividad comercial.
Para la generación de espacios de sana convivencia se inauguró el centro recreativo de la colonia Popotlán II, que tiene cancha de baloncesto y de fútbol, pista atlética, sendero peatonal, área de descanso, juegos infantiles y salón de usos múltiples con capacidad para más de 30,000 personas. Este proyecto lo entregó el Ministerio de Seguridad Pública y Justicia.
Asimismo, Apopa presenta condiciones para generar fluidez en la circulación vehicular, por lo que el Ministerio de Obras Públicas anunció la construcción de un «bypass» entre la carretera Troncal del Norte, por la que circulan cerca de 50,000 vehículos, y la autopista Este-Oeste (conocida como carretera de Oro).
A criterio de José Urbina, alcalde de San Salvador Oeste, esta obra «terminará con el estrés del terrible tráfico». Por su parte, la empresa privada está invirtiendo en el distrito. La compañía Urbánica desarrolla el proyecto habitacional Valle Dulce con una inversión estimada de $1,000 millones para edificar Portal Valterra y Alturas del Valle; este último contará con 160 apartamentos distribuidos en dos torres.
Apopa está conformado por 285 colonias y una población de 129,083 habitantes, según el censo de 2024.
Más allá de su tradicional festival de las bolas de fuego, celebrado cada 31 de agosto, Nejapa también experimenta importantes avances en desarrollo local.
«Hemos visto más presencia de turistas no solo por la seguridad, sino porque las calles han sido reparadas, esto permite la entrada del transporte urbano y comercial», manifestó Alejandra Hernández, habitante del distrito, de modo que hay mayor demanda de movilidad en Nejapa.
En este sentido, el taxista Juan López comentó: «Hay más movimiento de personas en el centro de la ciudad y el comercio se ha incrementado, y más personas disfrutan en el parque central». La alcaldía recuperó espacios en la avenida Norberto Morán, en la 5.ª, 9.ª y la 11.ª calle poniente del centro histórico, también en la avenida Eliseo Mijango. Además, instaló nuevos servicios sanitarios en el mercado municipal Plaza España.
Actualmente, remodela el Complejo Recreativo El Cambio, cuyas instalaciones cuentan con dos canchas de fútbol, una de grama natural y otra sintética; una cancha de baloncesto techada, la pista de patinaje y el área de juegos mecánicos para beneficiar a residentes de las comunidades El Cambio, Las Armenias y El Jabalí.
Nejapa tiene alrededor de 85 colonias y su población total es de 35,673 habitantes, según el censo de 2024. El Gobierno central pondrá al alcance de los ciudadanos servicios de salud de primer nivel con el nuevo Hospital Nacional de Nejapa, invirtiendo $50 millones para la edificación y el equipamiento, para beneficiar a pobladores de Aguilares, Apopa, Guazapa y Chalatenango.
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Pandillero es condenado a 20 años de cárcel por homicidio en El Paisnal
A 20 años de cárcel fue condenado Francis Guadalupe Cruz Aguilar, por el delito de homicidio agravado cometido el 24 de diciembre de 2013, en el distrito de El Paisnal, municipio de San Salvador Norte.
La pena se la impuso el Tribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla, La Libertad, tras revisar la prueba que la Fiscalía General de la República presentó en el juicio y con la cual demostró que el prófugo asesinó a José Eladio Franco Moreno.
En la acusación expuesta por el ministerio público, Cruz Aguilar fue parte de un grupo de siete pandilleros que interceptó a la víctima para privarla de libertad en El Paisnal.
Fue hasta el 27 de diciembre que encontraron cuerpo de Franco Moreno, desmembrado a la orilla del río Acelhuate, en la jurisdicción de ese distrito.
Para probar la participación que Cruz Aguilar tuvo en el crimen, la Fiscalía presentó al tribunal la declaración de un testigo quien presenció el hecho, su declaración fue clave para que se emitiera la condena.
El testigo dijo que el ahora condenado hizo labores de vigilancia mientras los demás miembros de la pandilla estaban asesinando a la víctima, se apostó en lugar para alertar a los criminales sobre la presencia de autoridades policiales.
Al momento del fallo el tribunal dio validez y credibilidad a la declaración del testigo quien identificó a Cruz Aguilar como parte del grupo criminal y su participación fue activa y clave para ejecutar el crimen.




