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Magistrado Carlos Sánchez Escobar, Primer nominado y mejor evaluado para CSJ , Sala de lo Constitucional. Pregunta Abierta y Pública sobre tema Constitucional

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Soy Sergio Portillo, Abogado y Notario también ex Fiscal auxiliar de la República.

Con mucho respeto y admiración, he leído la mayoría de sus ponencias y es ejemplarizante la claridad y contundencia como usted defiende los principios Constitucionales y ahora como candidato y seguramente  próximo Magistrado a la Sala de lo Constitucional y seguramente Presidente de la Corte Suprema le solicito con mucho respeto y de manera decorosa como lo exige nuestra ética profesional,

Pido su posición pública ante un hecho gravísimo que por varios años ha mantenido ilegalmente e injustamente a mi defendida la Señorita Hilda Trigueros con una orden de captura, ordenada por su persona en el caso   Ref. 49-UCCO-2016

Mi defendida no tenía ninguna investigación previa en el presente caso  y  de la nada, sin estar denunciada ni formar parte de la investigación del caso escuchas telefónicas caso :

8-DIT-2014,  el día  22 de agosto 2016 fue capturada en su lugar de trabajo.

El artículo 24 de nuestra Constitución dice: “La correspondencia de toda clase es inviolable, interceptada no hará fe ni podrá figurar …..Se prohíbe la interferencia y la intervención de las telecomunicaciones. De manera excepcional  podrá autorizarse judicialmente,…..La información  proveniente de una intervención ilegal carecerá de valor. La violación comprobada a lo dispuesto en este artículo, por parte de cualquier funcionario, será causa justa para la destitución inmediata de su cargo y dará lugar a la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. 

Lic. Carlos Sánchez Escobar, usted como futuro Magistrado es de opinión que este artículo Constitucional puede ser inaplicado por un Juez de cualquier instancia ?

La ley LEIT en su articulo 23 dice que transcurrido el plazo de 6 meses… :

“Destrucción de Oficio

Art. 23. Finalizado el procedimiento de intervención, si la Fiscalía no hubiese presentado requerimiento en el plazo de seis meses, el juez autorizante, previo informe que deberá remitirse sobre esa situación, ordenará la destrucción de toda la grabación y sus transcripciones.”

En vista que la Cámara Primera de lo Penal, engañada por los fiscales auxiliares diciendo que todas las personas involucradas incluyendo mi representada, todos sin excepción tenían autorización del Juez 7 de Instrucción para intervenir sus números telefónicos, lo cual ya se ha comprobado que no fue cierto y que los fiscales utilizaron el engaño para lograr que se les decretara ordenes de capturas y en base a que el Juez 8 de Instrucción  Mario Osmín Mira Montes, también hace caso omiso a esta ley Constitucional, se solicitó a la Honorable Asamblea Legislativa una

“ Interpretación Autentica de la Ley “, la Asamblea Legislativa con 57 votos,  confirmó exactamente el mismo texto plasmado en el articulo 23, el cual no deja la más mínima duda.

Inconforme con dicha Interpretación Auténtica,  el Fiscal General, interpuso un recurso de Inconstitucionalidad, la antigua Sala admitió de forma Express dicho recurso y dictó una medida precautoria y dictó la suspensión del auto reclamado,  el cual no ha sido resuelta.

El Juez Mira Montes,  basado en dicha resolución de la Sala, dictaminó que no se podía pronunciar sobre la nulidad de las escuchas telefónicas mientras no resuelva el recurso la nueva Sala, mas sin embargo ha autorizado la divulgación y entrega de los audios a los fiscales y querellantes, muy a pesar que si la Sala resuelve conforme a derecho y la destrucción seria  obligatoria , el daño a la intimidad que esta consagrado en el art. 24 de nuestra Constitución será irreparable y creería que la responsabilidad penal de este acto recaería  sobre El Juez autorizante y los Fiscales que ilegalmente han hecho  uso de las escuchas vencidas.

Como es un caso emblemático de actualidad que es de incumplimiento Constitucional, le solicito su postura Jurídica Profesional, en vista que estamos próximos a contar, esperamos esta vez con una Sala de lo Constitucional que sea Proba y que no pase por encima de nuestra Constitución.

Con el más grande de los respeto le solicito su pronunciamiento Público .

Atentamente

  • Abogado y Notario Sergio Portillo Toruño 

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    El anterior CAMPO PAGADO es de exclusiva y total responsabilidad de quien lo presenta y firma. Diario Digital Cronio no es responsable por dicho contenido ni es parte de nuestra línea editorial.

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MARN prevé un lunes con fortísimos vientos nortes y temperaturas disminuidas en El Salvador

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Los fortísimos vientos nortes y temperaturas disminuidas seguirán azotando a El Salvador, este lunes, informó el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN).

Según el reporte del meteorólogo Walter Alexander Vanegas, “las temperaturas matutinas se prevén frías –tal como lo están–, y frescas, por la noche”.

Los vientos nortes estarán variando, con velocidades promedio que irán de los 10 a los 25 kilómetros por hora (km/h), con ráfagas ocasionales de entre 40 y 70 Km/h, más sensibles en las zonas altas de la zona occidental.

“El cielo continuará variando, entre despejado y poco nublado, principalmente al final de la tarde e inicio de la noche, en zonas de montaña al norte, sin lluvia”, explicó Vanegas, agregando que “la principal influencia serán los vientos nortes”.

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Baja inflación favoreció los precios estables en El Salvador en 2025

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Al cierre del año 2025, se registró una tasa promedio de inflación de 0.93 % en la economía salvadoreña, la segunda más baja de los últimos cinco años, y, además, se ubica por debajo del promedio de 1.77 % de los últimos 15 años, así lo explicó el presidente del Banco Central de Reserva (BCR), Douglas Rodríguez.

En declaraciones brindadas a «Diario El Salvador», el funcionario explicó que los resultados obtenidos el año pasado respecto a este índice implica que «los ingresos de los hogares están manteniendo su poder adquisitivo para realizar sus gastos de consumo».

«También son beneficiados del incremento de 12 % en el salario mínimo aplicado desde junio de 2025 y el aumento de 17.8 % en las remesas familiares a lo largo del año», aseguró.

Añadió que el panorama estuvo a favor del bolsillo de las familias salvadoreñas que no se vio presionado por repentinas escaladas de precios o desabastecimiento de productos de primera necesidad.

«El comportamiento de los precios en el país durante 2025, no presentó variaciones bruscas sino estables, lo que refleja el efecto positivo de las medidas implementadas por el Gobierno del presidente Nayib Bukele, a través de los agromercados, los cuales inciden en que el costo de los alimentos se mantengan estables y accesible para la población», destacó.

En el análisis de los resultados hasta diciembre de 2025, Rodríguez puso de relieve que apartados con gran perspectiva de consumo reflejaron tasa de inflación a la baja a lo largo del año pasado, entre ellos mencionó transporte con -1.64 %; comunicaciones con -0.88 %; prendas de vestir y calzado con -0.48 %; recreación y cultura con -0.24 %; comportamiento que atribuye a las oscilaciones de los precios internacionales, y de estrategias empresariales para impulsar la demanda interna.

También señaló un crecimiento del ítem de alimentos y bebidas no alcohólicas de 1.29 %, el cual representa aproximadamente el 27 % del gasto de consumo de los hogares.

Por otra parte, el titular del banco estatal también destacó que, la inflación de El Salvador está entre las tres más bajas de Latinoamérica, siendo los países de la región con menores tasas de inflación: Panamá (-0.2 %) y Costa Rica (-1.2 %).

A lo largo de 2025, el país no registró saltos pronunciados en cuanto a este indicador económico, según los datos estadísticos del BCR, en enero la tasa reflejó 0.31 %; en febrero 0.06 %; y en marzo 0.14 %.

Mientras tanto, de enero abril a agosto, los registros inflacionarios de El Salvador fueron negativos con -0.11 % en el cuarto mes del año, -0.21 % en mayo; -0.17 % en junio; -0.14 en julio; y -0.11 % en agosto.

Mientras que, en la última brecha de 2025, las métricas se presentaron en positivo y con leves oscilaciones con 0.36 % en septiembre; 0.93 % en octubre; 1.14 % en noviembre; y 0.91 en diciembre.

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Anuncian disminución en los precios de los combustibles en El Salvador

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La Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM) dio a conocer este lunes los precios de los combustibles en El Salvador para los próximos días del mes febrero de 2026.

De acuerdo con la institución, la gasolina superior disminuirá hasta $0.03 por galón, mientras que la regular bajará $0.01. Por su parte, el diésel aumentará $0.02 su precio en todo el país.

Estos costos se mantendrán vigentes desde este martes 3 hasta el próximo lunes 16 de febrero, según lo determinado por la DGEHM.

En dicho período, el costo de la gasolina regular en la zona central será de $3.54, mientras que para la zona occidental será de $3.55 y para la zona oriental será de $3.58.

Por su parte, la gasolina superior tendrá un valor de $3.80 para la zona central, mientras que para la zona occidental será de $3.81 y oriental de $3.84.

Finalmente, el diésel tendrá un precio de $3.44 para la zona central, mientras que en el occidente del país será de $3.45 y en el oriente de $3.49.

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