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ENTRE LA ESPADA Y LA PARED: Pastor Rivas acepta que conducía ebrio y evita someterse a prueba de cocaína

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Foto Red Informativa SV

El pastor del Tabernáculo de Avivamiento Internacional (TAI), Carlos Rivas, terminó por aceptar que conducía en estado de ebriedad el día que la Policía le detuvo durante la madrugada del pasado 18 de abril.

Centros Judiciales de El Salvador confirmó que el Juzgado 4° de Paz de San Salvador ordenó la suspensión condicional del procedimiento contra el pastor de 52 años, quien fue acusado por la Fiscalía General de la República (FGR) de conducción peligrosa de vehículo automotor en perjuicio de la vida y la integridad personal.

Foto Centros Judiciales El Salvador.

Según el reporte, el viernes pasado por la mañana, la FGR solicitó al Juzgado se diera una salida alterna, como lo es la suspensión condicional del procedimiento, esto en virtud que el imputado a través de su abogado lo había solicitado.

«Para ese mismo día, a las 2 de la tarde, la jueza había autorizado la práctica de un examen toxicológico de intervención corporal a Rivas, consistente en la extracción de cabello a efecto de determinar si el imputado es consumidor crónico de cocaína», detalla el informe. Sin embargo, la prueba no se efectuó debido a que la Fiscalía había llegado a un acuerdo con Rivas y su defensa.

«La Fiscalía solicitó dejar sin efecto dicha diligencia… y solicitó una audiencia especial a la hora que estaba programado dicho examen. En la audiencia especial Carlos Rivas admitió haber manejado bajo los efectos de bebidas alcohólicas el día de la detención» agrega el escrito.

Ante ello, la jueza impuso la regla de conducta de abstenerse de beber bebidas embriagantes y sustancias prohibidas por el período de un año.

Según la acusación, Carlos Rivas fue detenido el día en cuestión entre el Pasaje las Arboledas y Boulevard Constitución de esta capital, por un agente que observó que el vehículo que manejaba el líder religioso ingresó al pasaje de forma rápida y sin poner las vías.

De acuerdo al expediente, Rivas no quiso practicarse la prueba de alcotest, ni colaboró con la experticia de protocolo médico legal de embriaguez.

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Prisión para sujeto que participó en el asesinato de una persona frente al hospital Bloom

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El Tribunal Sexto de Sentencia de San Salvador condenó a Salvador Alvarado Navarrete a 25 años de prisión por el delito de homicidio agravado en perjuicio de J. R. A. L.

El hecho ocurrió el 1 de junio de 2021, a las 9:00 p. m., cuando la víctima se encontraba sentada en una acera cercana al Hospital Nacional Rosales. En ese momento, Alvarado Navarrete, acompañado de otros sujetos, se acercó a la víctima. Al verlos que llevaban armas corto punzantes, la víctima intentó huir.

Según la declaración anticipada de un testigo presencial, los sujetos lo golpearon y lo tiraron al suelo, donde le ocasionaron una serie de lesiones con un corvo, un destornillador y un hacha. Se identificó a Salvador Alvarado como la persona que utilizó el corvo.

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Fallo contra Sigfrido Reyes será dado a conocer el próximo 29 de noviembre

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La Cámara Segunda de lo Civil de la Primera Sección del Centro de San Salvador convocó a las partes para el 29 de noviembre, fecha en la que se dará a conocer el fallo oral del proceso por enriquecimiento ilícito promovido contra el exdiputado por el partido del FMLN, Othón Sigfrido Reyes Morales, y su núcleo familiar, demandados por no haber podido justificar la cantidad de $472,464.04.

 

Las partes expusieron este viernes sus alegatos finales. La Fiscalía General de la República (FGR) solicitó a las magistradas que se declare la existencia del enriquecimiento ilícito sin justa causa, y que los demandados sean condenados a devolver al Estado la siguiente cantidad: $459,714.04 en el caso de Reyes Morales, $12,000 a su cónyuge, Susi Melba Guadalupe Rodríguez Hernández, y $750 a su hijo, Luis Damián Reyes Rodríguez.

 

Los montos reclamados corresponden a presuntas irregularidades encontradas en los rubros de depósito en efectivo, pago de tarjetas de crédito, compras de inmuebles y vehículos, entre otros. Para la FGR, se desconoce el origen lícito de estas cantidades, durante tres períodos en que Reyes fue diputado propietario, del 1 de mayo de 2006 al 30 de abril de 2015.

Por su parte, los apoderados de los demandados solicitaron que se tenga por acreditada las fuentes de ingreso que son de origen lícito de cada una de las supuestas irregularidades, argumentando que la perito judicial no tomó en cuenta las condiciones personales de los demandados como la venta de inmuebles, bonificaciones, entre otros ingresos. Además, en relación con los viáticos, no tomó en cuenta toda la legislación que establece el cómo se dividen (viáticos, gastos de terminales y gastos de viajes), así como el monto diario y quienes aprueban las misiones oficiales.

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Seguirán en prisión 21 personas que presuntamente se dedicaban al narcomenudeo

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El juez uno del Tribunal Cuarto contra el Crimen Organizado de San Salvador desarrolló la audiencia especial de imposición de medidas donde decretó la instrucción formal con la aplicación de la medida cautelar de la detención provisional a 21 personas que fueron capturadas a principios del mes en la comunidad Tutunichapa, en San Salvador. Se les acusada de delitos como tráfico de drogas, actos preparatorios, proposición, conspiración y asociaciones delictivas, así como incumplimiento de deberes, revelación de hechos, actuaciones, documentos y datos secretos por empleado oficial, y agrupaciones ilícitas.

 

Según la acusación, esta estructura de narcomenudeo operaba en San Salvador y distintos mercados de los distritos de Apopa, Soyapango, Ilopango, y departamentos de la zona oriental del país, se le asocia a cuatro células lideradas por Edgardo Bruno Ventura, alias “El Brother”, “Patrón” o “Bruno”, conocido como el “Rey de Mariona”.

 

La Fiscalía sostiene que los sujetos eran los encargados de la comercialización y distribución de droga como marihuana, cocaína y crack. En la estructura investigada desde 2022, los acusados mantenían la jerarquía de líderes, logísticos, proveedores, distribuidores, vendedores, revendedores, colaboradores e informantes.

Durante la audiencia, el juzgador valoró las pruebas indiciarias presentadas por la Fiscalía General de la República como escuchas telefónicas, actas de entrevista de agentes captores y perfiles delincuenciales que arrojan preliminarmente la posible existencia del delito y la probable participación de cada uno de los imputados, por lo que ordenó que el caso continué en investigación en la etapa de instrucción por un plazo de seis meses.

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