Nacionales
Infectólogo Jorge Panameño considera necesario prohibir reuniones sociales, religiosas y políticas para evitar COVID-19

El médico con especialidad en infectología, Jorge Panameño, consideró hoy la necesidad que el país cuente con un instrumento jurídico para regular las medidas de prevención ante el COVID-19.
“Si se emite un instrumento jurídico, por cierto, que no tenemos y ya vamos a completar el año de pandemia” puede regular la implementación de los protocolos de bioseguridad y frenar el ritmo de contagios.
A juicio del infectólogo debe de ser un instrumento jurídico de carácter transitorio “que prohíba todo tipo de reunión social, de índole religiosa, política, situaciones en las cuales se van a celebrar actividades que congreguen centenas de personas y que son extremadamente peligrosas como esos festivales musicales que se han estado dando, los últimos que hemos visto en el Puerto de La Libertad y Suchitoto”, agregó Panameño.
En las fiestas que señala el médico, a través de videos se pudo constatar que los asistentes no estaban adoptando ni las medidas más básicas como el uso de tapa boca y el distanciamiento social.
“En los ámbitos familiares debería limitarse porque el problema que tenemos son las festividades que vienen de Navidad y Año Nuevo que podrían dar origen a que se hagan reuniones sociales familiares o de otro tipo privadas, si en este momento no paramos eso, el fruto lo vamos a estar cosechando dentro de dos semanas”, dijo Panameño.
Las condiciones están dadas para fácilmente contagiarse del virus en reuniones sociales donde haya aglomeraciones, se incluye las reuniones familiares.
De continuar en estas condiciones, los sistemas de salud público y privado no van a dar abasto para atender la demanda de pacientes.
“Se pueden emitir ordenanzas o un instrumento jurídico, como se llame, que debería de estar activo no menos de 45 días prohibiendo todo tipo de reuniones y por otro lado medidas por parte de los gobiernos municipales en donde se emitan ordenanzas que busquen hacer obligatorio el uso de la mascarilla”, puntualizó el infectólogo.
Judicial
Decretan instrucción contra King Flyp, acusado de expresiones de violencia contra las mujeres

Foto: Cortesía
Los hechos por los cuales es procesado ocurrieron el 6 de junio de 2025
El Juzgado Octavo de Paz de San Salvador decretó la continuación a la etapa de instrucción del caso penal contra Marvin Ulises Martínez León, mejor conocido en redes sociales como King Flyp, acusado del delito de expresiones de violencia contra las mujeres, previsto y sancionado en el artículo 55, literal C y E de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), en perjuicio de una víctima con régimen de protección.
Durante la audiencia, el juzgado determinó que existen indicios probatorios suficientes sobre la existencia del delito y la probable participación del procesado, motivo por el cual se ordenó que el caso continúe en la etapa de instrucción ante un juzgado LEIV.
Como medida cautelar, se le impusieron medidas sustitutivas a la detención, entre ellas: la prohibición de no acercarse a la víctima por cualquier medio y la obligación de presentarse cada 20 días ante el juzgado especializado LEIV.
Los hechos que motivan el proceso, ocurrieron el 6 de junio de 2025. Por tratarse de un delito contra una mujer, la relación circunstanciada de los hechos permanece bajo reserva total.
Judicial
Conductor enfrentará proceso judicial tras accidente que dejó lesionados a dos policías en Soyapango

Rolando Boanergues L. L., de 31 años, fue presentado en audiencia inicial ante el Juzgado Cuarto de Paz de Soyapango por su presunta implicación en un accidente de tránsito que causó lesiones a dos agentes de la Policía Nacional Civil.
Según la Fiscalía, el hecho ocurrió en el kilómetro 4 de la carretera de Oro, a la altura del puente San José, cuando el imputado habría invadido el carril contrario e impactado con una motocicleta en la que se transportaban los agentes. Las víctimas recibieron incapacidades médicas de hasta ocho días.
La jueza ordenó que el caso pase a conocimiento de un Juzgado de Tránsito de San Salvador y otorgó medidas sustitutivas a la detención, entre ellas la prohibición de salir del país o de su lugar de residencia y la obligación de presentarse cada 30 días ante el tribunal.