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Nacionales

ARENA presenta una reforma a la ley General de Educación que consiste en prohibir a los estudiantes tener celulares dentro de los centros estudiantiles

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El partido ARENA presentó una reforma a la Ley General de Educación para efectuar decomisos de celulares o tablets a estudiantes durante las jornadas académicas en escuelas y colegios.

Esta iniciativa es uno de los archivos que tienen en discusión los legisladores que conforman la Comisión de Cultura y Educación.

Según lo planteado en el documento, lo que se pretende es evitar que los alumnos tengan acceso a contenidos que no abonan en su proceso de educación o que los aparatos se conviertan en distractor para su aprendizaje al momento de recibir clases.

“Se ha constatado que a pesar del esfuerzo de los docentes por controlar el uso inadecuado de estos dispositivos en las aulas, persiste el hecho de que algunos alumnos utilizan estos aparatos durante las horas clases (…) distraídos chateando, viendo pornografía y jugando con sus celulares, inclusive interfiriendo en la atención y realizando ciberbullying (ciberacoso) a otros estudiantes”, detalla el documento.

La reforma, que fue firmada por las diputadas tricolores Silvia Ostorga y Lucy de León, considera que los alumnos de educación básica no deben usar los aparatos en las escuelas y que estas deben tener filtros informáticos para evitar que se accedan “contenidos nocivos”.

“Queda terminantemente prohibido para los estudiantes de los niveles de educación inicial, parvularia y básica de centros educativos oficiales y privados el uso de dispositivos móviles e inalámbricos personales, con los que puedan conectarse a Internet, tales como celulares o tablets de todos los tipos y modelos”, establece la reforma al artículo 116-A de la citada ley.

La propuesta exceptúa de la prohibición a los docentes y estudiantes con discapacidad, así como cuando los aparatos sean utilizados o requeridos para efectos pedagógicos como actividades escolares o extracurriculares.

Reforma contempla faltas

En el artículo 116 literal B se establecen ciertas conductas como faltas leves, graves o muy graves no solo de los estudiantes, sino que de los padres de familia.

Es considerada falta leve que los alumnos de educación inicial, parvulario y básica utilicen celulares en los centros escolares, mientras que para los de educación media la falta es el uso fuera de los procesos educativos.

“(Es falta leve) la utilización al interior de los centros educativos de dispositivos móviles por parte de los estudiantes de educación media, para fines distintos a los relacionados con el proceso de enseñanza-aprendizaje”, indica la propuesta.

Como falta grave se considera la reincidencia y se agrega la difusión de “material nocivo” a la salud mental, moral, autoestima o dignidad de estudiantes, docentes u otros de la comunidad educativa.

Al hablar de falta muy grave, la normativa establece incumplir de manera reiterada lo dispuesto y que los padres de familia no tomen carta en el asunto.

“(Es falta muy grave) la falta de toma de medidas correctivas por parte del padre, madre o cuidador responsable de los estudiantes”, agrega.

Celulares decomisados serán parte del inventario de las escuelas

Las sanciones que se establecen por haber cometido las faltas anteriores van desde amonestaciones verbales, con notificaciones a los padres de familia, hasta el decomiso definitivo del dispositivo móvil.

Las amonestaciones y avisos a las padres es para los casos en los que el joven haya cometido una falta leve, como haber portado (aplica para educación inicial, parvularia o básica) o usado el aparato (educación media).

Quienes reincidan o que hayan utilizado los dispositivos para difundir “material nocivo” se les decomisará el dispositivo un mes y serán notificados los padres de familia.

De constatar una falta muy grave “se les decomisará el aparato, el cual pasará a ser utilizado en las actividades académicas de la institución, debiendo registrarlo en el inventario correspondiente”, según el artículo 166-C.

La diputada Lucy de León dijo que la iniciativa «está en proceso de consultas» y que esperan opinión del Ministerio de Educación y de la Asociación de Colegios Privados. 

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Se prevé lluvias en Santa Ana, Chalatenango y Ahuachapán para este lunes en El Salvador

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Lluvias sectorizadas en los departamentos de Santa Ana, Chalatenango y Ahuachapán se pronostican para este lunes 11 de mayo, de acuerdo al meteorólogo de Medio Ambiente y Recursos Naturales de El Salvador, Jonathan Hernández.

Luego de una mañana de cielos poco nublados en la cordillera volcánica y sectores de la zona norte del país, habrá lluvias breves cerca del mediodía al sur de la cordillera del Bálsamo.

Mientras que por la tarde, se prevé cielo parcialmente nublado en la cordillera volcánica y la zona norte, con lluvias breves en el sector sur de la cordillera Apaneca-Ilamatepec.

Durante la noche, el cielo estará mayormente nublado, con lluvias en la zona norte, occidente y sectores del centro del país.

«Estamos esperando lluvias más sectorizadas hacia el occidente del país, en horas del mediodía tendremos algunas lluvias en la cordillera del bálsamo, en horas de la tarde en el sector de la cordillera Apaneca-Ilamatepec y sobre la zona norte de Santa Ana, y para horas de la noche sobre la zona norte de Santa Ana y Chalatenango que tenderían a desplazarse sobre el departamento de Santa Ana, Ahuachapán y en la madrugada para la zona costero central», amplió Hernández.

Añadió que el calor continuará influenciando la temperatura acercándola a los 40 °C.

«El calor va a continuar sobre nuestro país, hoy esperamos temperaturas máximas para zonas altas entre 24 y 30 °C, valles interiores de 31 a 37 °C, la zona oriental entre los 34 hasta los 39 °C y no descartamos que a nivel local puedan superarse estas temperaturas, y en el caSo del occidente entre los 33 hasta los 36 °C», dijo el meteorólogo.

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Violador de adolescente es condenado a más de 26 años de prisión

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A 26 años y ocho meses de cárcel fue condenado el violador R. E. R. V., quien fue encontrado responsable de abusar de forma continuada de una adolescente a quien embarazó.

La pena se la impuso el Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Tecla, departamento de La Libertad, en la vista pública realizada por el delito de violación en menor o incapaz agravada.

Según la acusación que presentó la Fiscalía General de la República, el hombre quien convivía en la misma vivienda de la adolescente, aprovechaba cuando la víctima se quedaba sola para consumar los abusos sexuales.

El ministerio público plasmó en el expediente judicial que las constantes violaciones se dieron entre marzo de 2023 y septiembre de 2024 en el municipio de La Libertad Centro.

El caso comenzó a ser investigado cuando la madre llevó a la adolescente a pasar consulta a un centro asistencial, el personal que la atendió informó que estaba embarazada, por lo que el hecho fue denunciado ante las autoridades.

Por el tipo de delito y tratarse de una menor de edad, el expediente llegó hasta la fase de vista pública con reserva total del proceso.

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Condena de hasta 81 años de cárcel para pandilleros de Nejapa

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Penas de hasta 81 años de prisión fueron impuestas a 23 terroristas homicidas de la Mara Salvatrucha, que delinquieron entre el 2015 y 2016 en la jurisdicción de Nejapa.

En la vista pública, la Fiscalía General de la República probó a la jueza dos, del Tribunal Quinto Contra el Crimen Organizado de San Salvador, que como miembros activos de la célula territorial Nejapa Locos Salvatruchos, consumaron los delitos siguiendo órdenes de cabecillas del Programa Libertad [estructura jerárquica superior].

La mayor condena de 81 años de cárcel fue para William Alexander Castillo Zaldaña, alias «Saiper» y Daniel Adonías Ochoa Carranza, alias «Callejero», por tres casos de homicidio agravado y agrupaciones ilícitas.

La jueza también encontró responsables de dos homicidios a Jonathan Alexander Huezo Molina y a Jonathan Alexander Sánchez Farfán, alias «Tigre de Nejapa», quienes recibieron 56 años de prisión, además fueron sentenciados por su pertenencia a la Mara Salvatrucha.

El fallo judicial también ordena prisión de 31 años para Edwin Ernesto Ramírez, alias «Snoopy»; Jonathan Alexander Díaz Osuna, alias «Chonta»; Mauricio Alberto Sánchez Mesa, alias «Mystic» y Rodrigo Ernesto Nerio Aragón, alias «Ángel Black», por un caso de homicidio agravado y agrupaciones ilícitas.

Otros 15 pandilleros fueron condenados a diversas penas aplicándoles el Código Penal anterior, recibieron cinco años de prisión por los delitos de agrupaciones ilícitas y proposición y conspiración en homicidio agravado.

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