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ARENA presenta una reforma a la ley General de Educación que consiste en prohibir a los estudiantes tener celulares dentro de los centros estudiantiles
El partido ARENA presentó una reforma a la Ley General de Educación para efectuar decomisos de celulares o tablets a estudiantes durante las jornadas académicas en escuelas y colegios.
Esta iniciativa es uno de los archivos que tienen en discusión los legisladores que conforman la Comisión de Cultura y Educación.
Según lo planteado en el documento, lo que se pretende es evitar que los alumnos tengan acceso a contenidos que no abonan en su proceso de educación o que los aparatos se conviertan en distractor para su aprendizaje al momento de recibir clases.
“Se ha constatado que a pesar del esfuerzo de los docentes por controlar el uso inadecuado de estos dispositivos en las aulas, persiste el hecho de que algunos alumnos utilizan estos aparatos durante las horas clases (…) distraídos chateando, viendo pornografía y jugando con sus celulares, inclusive interfiriendo en la atención y realizando ciberbullying (ciberacoso) a otros estudiantes”, detalla el documento.
La reforma, que fue firmada por las diputadas tricolores Silvia Ostorga y Lucy de León, considera que los alumnos de educación básica no deben usar los aparatos en las escuelas y que estas deben tener filtros informáticos para evitar que se accedan “contenidos nocivos”.
“Queda terminantemente prohibido para los estudiantes de los niveles de educación inicial, parvularia y básica de centros educativos oficiales y privados el uso de dispositivos móviles e inalámbricos personales, con los que puedan conectarse a Internet, tales como celulares o tablets de todos los tipos y modelos”, establece la reforma al artículo 116-A de la citada ley.
La propuesta exceptúa de la prohibición a los docentes y estudiantes con discapacidad, así como cuando los aparatos sean utilizados o requeridos para efectos pedagógicos como actividades escolares o extracurriculares.
Reforma contempla faltas
En el artículo 116 literal B se establecen ciertas conductas como faltas leves, graves o muy graves no solo de los estudiantes, sino que de los padres de familia.
Es considerada falta leve que los alumnos de educación inicial, parvulario y básica utilicen celulares en los centros escolares, mientras que para los de educación media la falta es el uso fuera de los procesos educativos.
“(Es falta leve) la utilización al interior de los centros educativos de dispositivos móviles por parte de los estudiantes de educación media, para fines distintos a los relacionados con el proceso de enseñanza-aprendizaje”, indica la propuesta.
Como falta grave se considera la reincidencia y se agrega la difusión de “material nocivo” a la salud mental, moral, autoestima o dignidad de estudiantes, docentes u otros de la comunidad educativa.
Al hablar de falta muy grave, la normativa establece incumplir de manera reiterada lo dispuesto y que los padres de familia no tomen carta en el asunto.
“(Es falta muy grave) la falta de toma de medidas correctivas por parte del padre, madre o cuidador responsable de los estudiantes”, agrega.
Celulares decomisados serán parte del inventario de las escuelas
Las sanciones que se establecen por haber cometido las faltas anteriores van desde amonestaciones verbales, con notificaciones a los padres de familia, hasta el decomiso definitivo del dispositivo móvil.
Las amonestaciones y avisos a las padres es para los casos en los que el joven haya cometido una falta leve, como haber portado (aplica para educación inicial, parvularia o básica) o usado el aparato (educación media).
Quienes reincidan o que hayan utilizado los dispositivos para difundir “material nocivo” se les decomisará el dispositivo un mes y serán notificados los padres de familia.
De constatar una falta muy grave “se les decomisará el aparato, el cual pasará a ser utilizado en las actividades académicas de la institución, debiendo registrarlo en el inventario correspondiente”, según el artículo 166-C.
La diputada Lucy de León dijo que la iniciativa «está en proceso de consultas» y que esperan opinión del Ministerio de Educación y de la Asociación de Colegios Privados.
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Multan con $750 a creador de videos por conducción temeraria
El Viceministerio de Transporte (VMT) multó con $750 al creador de contenido «Yeik» por varias infracciones a la Ley de Tránsito.
La institución sancionó al tiktoker luego de la circulación de un video en redes sociales donde el imputado ocasionó un siniestro vial donde colisionó contra otro motociclista.
Las multas fueron por conducir sin estar autorizado ($150); conducir haciendo uso del celular ($150); circular después de las 18 horas y antes de las 6 del día siguiente sin que el motociclista porte chaleco o implementos reflectivos ($150); circular sin placas ($150); conducir en zigzag ($100) y no portar tarjeta de circulación ($50).
Las autoridades también le decomisaron la motocicleta por circular sin placas ni tarjeta de circulación.
Tras conocer las sanciones, el titular del VMT, Nelson Reyes, reaccionó en su cuenta de la red X y escribió: «el respeto a la ley no es opcional. Quien ponga en riesgo la vida de los demás deberá responder por sus acciones. Seguiremos aplicando la normativa con firmeza para garantizar la seguridad vial de todos los salvadoreños».
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Traficante de personas es condenado a ocho años de prisión
A ocho años de prisión fue condenado José Alfredo Centeno Cantón, por el delito de tráfico ilegal de personas.
En el juicio, la Fiscalía General de la República estableció que fue detenido de forma infraganti transportando a 12 personas a quienes pretendía trasladar hasta Guatemala y con una promesa de llevarlos en «un viaje seguro» a Estados Unidos.
Centeno Cantón fue detenido el 15 de enero de 2024, en un retén que agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) habían instalado en el km 92 de la carretera Panamericana, caserío Paraje Galán, cantón San Vicente, de Candelaria de la Frontera, Santa Ana.
El plan del ahora condenado era dirigirse hacia un punto fronterizo no habilitado de la zona, para eludir los controles migratorios, ya que entre las personas que transportaba iban cinco menores de edad, los otros siete eran adultos.
En el proceso judicial se mencionó que todos viajaban en una camioneta, eso llamó la atención de los agentes policiales pues al ir sobrecargada y el nerviosismo que mostraron generó sospecha que podrían estar frente a un caso de tráfico de personas.
Ese control policial siempre ha sido estratégico ya que obligadamente se debe pasar por ese punto y por la ubicación los agentes con su experiencia pueden detectar cualquier irregularidad de los viajeros.
Llamó la atención que en una sola unidad de transporte fueran cinco menores sin ninguno de sus padres o familiares cercanos y que la custodia fuera a cargo de una persona que ni conocían.
Además, al ser entrevistado, hubo incongruencias en las respuestas de los adultos, así como de los niños, no portaban la respectiva documentación que asegura un registro legal en la frontera San Cristóbal, que era la más próxima al control vehicular donde fueron ubicados.
Con la información aportada por las víctimas, los agentes consultaron a sus superiores y luego a la Fiscalía General de la República para detener a Centeno Cantón y que le iniciaron el respectivo proceso penal.
En la fase de investigación el ministerio público obtuvo información de las víctimas, quienes confirmaron que iban hacia Estados Unidos y que los iban a pasar por un punto no habilitado hacia Guatemala.
El plan era que, del vecino país los iban a mover hacia la frontera con México donde serían entregadas a otras personas para continuar la ruta a Estados Unidos ya que ese fue el acuerdo pactado.
«El fiscal del caso dijo que las 12 víctimas eran cinco niños y siete adultos todos salvadoreños y que habían pagado una parte del dinero y la otra la harían efectiva al llegar a su destino», así lo publicó el ministerio público.
En la vista pública el tribunal tuvo acceso a testimonios de las víctimas, así como de los agentes policiales que hicieron el procedimiento de localización de las víctimas y captura del traficante de personas.
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Abogada y estafador son condenados a tres y nueve años de cárcel
La abogada Ángela Maritza Díaz de Vásquez y Douglas Enrique Vega Guerrero, fueron condenados a penas de tres y nueve años de prisión por falsedad documental agravada y estafa.
La primera admitió la falsedad mediante un procedimiento abreviado ante el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, y la pena de tres años es sometida a una suspensión condicional bajo reglas de conducta consistente en no cambiar de domicilio, además queda inhabilitada para ejercer la profesión hasta que haya cumplido la condena; también deberá de pagar $500 a una de las víctimas.
Mientras que Vega Guerrero cumplirá en un centro penal los nueve años por tres casos de estafa, más el pago total de $14,600 en concepto de responsabilidad civil a las tres víctimas que engañó.
La Fiscalía General de la República probó en el juicio que las estafas fueron cometidas entre el 2022 y 2023, en diversos distritos del departamento de San Salvador.
El estafador utilizó redes sociales para ofrecer una variedad de productos, a los afectados les propuso venderles vehículos y les pidió dinero como adelanto.
Los denunciantes dijeron que luego de entregarle diversas cantidades de dinero, Vega Guerrero cortó todo tipo de comunicación y no lo pudieron contactar por ninguna vía.
A una de las víctimas le ofreció un vehículo por $4,800 y le manifestó que para adquirirlo debía darle $4,000 como anticipo, ese hecho ocurrió en mayo de 2023.
En las pesquisas que las autoridades realizaron obtuvieron información del afectado quien dijo que pagó y recibió el automotor, pero el auto presentó desperfectos mecánicos y estaba a nombre de otra persona, quien había denunciado que se lo habían robado.
En la vista pública quedó probado que Douglas Enrique Vega Guerrero, detenido en febrero de 2024, en los tres casos de estafa actuó con dolo, sabía perfectamente que estaba ante hechos de estafa.
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