Judicial
Pandillero homicida es condenado a 80 años de prisión
La unidad especializada de delitos de Homicidio y Antipandillas de la Fiscalía General de la República logró condenar a José Manuel Rivas Guevara a 80 años de prisión por el delito de Homicidio Agravado en perjuicio de cuatro víctimas.
Rivas Guevara, alias “Tamal”, es miembro de la clica Unionenses Locos Salvatruchos de la Mara Salvatrucha, MS-13, que operaba en los departamento de La Unión y Usulután, al oriente del país.
Los hechos ocurrieron el 5 de agosto de 2009 en cantón Amapalita, departamento de La Unión, donde el implicado, junto a otros miembros de dicha organización criminal que ya han sido condenados por este mismo hecho, asesinaron a las víctimas, quienes también eran parte de la misma estructura delincuencial.
Las investigaciones de la Fiscalía establecieron que las víctimas, miembros de la MS también, tenían un negocio de venta de droga, sin que los líderes de la Mara lo supieran, por lo que decidieron matarlos a todos.
El tribunal de sentencia especializado de San Miguel validó toda la investigación de la Fiscalía y decidió condenar al imputado a 20 años de prisión por cada víctima. Totalizando así, 80 años los que deberá permanecer en prisión.
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Procesan a sujeto por presuntamente traficar drogas por un monto de US$154 mil
Esta mañana se instaló la audiencia preliminar en contra de Kevin Alexander Miranda Santamaria, a quién las autoridades le acusas de ser narcotraficante.
Según las autoridades fiscales, la Policía Nacional Civil realizó un allanamiento en la vivienda del sujeto a quién le encontraron cocaína, marihuana y anfetaminas, valoradas en $153,992,00.
Así mismo, se le decomisó un arma de fuego sin su respectiva documentación y una cantidad de $20,690.00. en efectivo.
Los delitos que se le atribuyen son: tráfico ilícito, tenencia, portación o conducción ilegal de arma de fuego y casos especiales de lavado de dinero.
Las autoridades dicen contar con las suficientes pruebas que incriminan al sujeto para que sea enviado a prisión.
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Prisión para sujeto que participó en el asesinato de una persona frente al hospital Bloom
El Tribunal Sexto de Sentencia de San Salvador condenó a Salvador Alvarado Navarrete a 25 años de prisión por el delito de homicidio agravado en perjuicio de J. R. A. L.
El hecho ocurrió el 1 de junio de 2021, a las 9:00 p. m., cuando la víctima se encontraba sentada en una acera cercana al Hospital Nacional Rosales. En ese momento, Alvarado Navarrete, acompañado de otros sujetos, se acercó a la víctima. Al verlos que llevaban armas corto punzantes, la víctima intentó huir.
Según la declaración anticipada de un testigo presencial, los sujetos lo golpearon y lo tiraron al suelo, donde le ocasionaron una serie de lesiones con un corvo, un destornillador y un hacha. Se identificó a Salvador Alvarado como la persona que utilizó el corvo.
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Fallo contra Sigfrido Reyes será dado a conocer el próximo 29 de noviembre
La Cámara Segunda de lo Civil de la Primera Sección del Centro de San Salvador convocó a las partes para el 29 de noviembre, fecha en la que se dará a conocer el fallo oral del proceso por enriquecimiento ilícito promovido contra el exdiputado por el partido del FMLN, Othón Sigfrido Reyes Morales, y su núcleo familiar, demandados por no haber podido justificar la cantidad de $472,464.04.
Las partes expusieron este viernes sus alegatos finales. La Fiscalía General de la República (FGR) solicitó a las magistradas que se declare la existencia del enriquecimiento ilícito sin justa causa, y que los demandados sean condenados a devolver al Estado la siguiente cantidad: $459,714.04 en el caso de Reyes Morales, $12,000 a su cónyuge, Susi Melba Guadalupe Rodríguez Hernández, y $750 a su hijo, Luis Damián Reyes Rodríguez.
Los montos reclamados corresponden a presuntas irregularidades encontradas en los rubros de depósito en efectivo, pago de tarjetas de crédito, compras de inmuebles y vehículos, entre otros. Para la FGR, se desconoce el origen lícito de estas cantidades, durante tres períodos en que Reyes fue diputado propietario, del 1 de mayo de 2006 al 30 de abril de 2015.
Por su parte, los apoderados de los demandados solicitaron que se tenga por acreditada las fuentes de ingreso que son de origen lícito de cada una de las supuestas irregularidades, argumentando que la perito judicial no tomó en cuenta las condiciones personales de los demandados como la venta de inmuebles, bonificaciones, entre otros ingresos. Además, en relación con los viáticos, no tomó en cuenta toda la legislación que establece el cómo se dividen (viáticos, gastos de terminales y gastos de viajes), así como el monto diario y quienes aprueban las misiones oficiales.