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Judicial

Funes y Munguía Payés podrían recibir penas de 14 a 18 años de cárcel por tregua con pandillas

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Condenas de 14 y 18 años podrían recibir el expresidente Mauricio Funes y el exministro de Justicia y Seguridad, David Munguía Payés, si son encontrados culpables y el juez les impone las penas máximas por cada uno de los delitos que la Fiscalía General de la República les atribuye en el caso Tregua.

Este viernes 12 de mayo está previsto que el Juzgado Especializado de Sentencia C de San Salvador culmine el juicio por e ese caso que vincula a exfuncionarios y jefes pandilleros.
Son tres delitos los acusados por el ministerio público; el primero es agrupaciones ilícitas y tiene que ver con haber promovido, facilitado y favorecido a las pandillas con el proceso de la tregua.

El segundo ilícito atribuido es actos arbitrarios, según el ministerio público hubo un exceso en sus facultades para autorizar el traslado de reos desde el penal de Máxima Seguridad a otros reclusorios cuando los indicados para avalarlo eran los jueces de vigilancia penitenciaria.

Y el tercero es incumplimiento de deberes, el cual lo cometieron porque en su calidad de funcionarios públicos omitieron y no hicieron nada para detener las serie de ilegalidades que se estaban dando a raíz de la tregua.

Mauricio Funes enfrenta la vista pública por agrupaciones ilícitas e incumplimiento de deberes. Por el primer delito puede llegar a recibir entre tres y seis años de prisión, el artículo 345 vigente para cuando se dieron los hechos reprocha promover, ayudar, facilitar y favorecer la conformación o permanencia en las agrupaciones, asociaciones u organizaciones.

Mientras que el incumplimiento de deberes es castigado con cárcel de cuatro a seis años y se incrementa en dos años, si ese ilícito da lugar a un hecho delictivo, que fue lo ocurrido con Funes, según la acusación Fiscal.

Si el expresidente es condenado y se le aplica las penas máximas puede llegar a recibir 14 años por los dos delitos.

En el caso de David Munguía Payés, la Fiscalía, además de los dos ilícitos que le atribuye a Funes, también lo señala de haber incurrido en actos arbitrarios castigado con prisión de dos a cuatro años, lo cual indica que si llegara a ser condenado a penas máximas por cada delito, podría recibir 18 años de prisión.

En la vista pública que ya está llegando a la recta final, los abogados defensores de David Munguía Payés han planteado al juez que al momento de emitir el fallo se aplique la subsunción de delitos, es decir, que si la sentencia es condenatoria el delito más complejo como es las agrupaciones ilícitas absorba el incumplimiento de deberes y actos arbitrarios.

De esa manera si el exministro Munguía Payés es condenado la pena se le impondrá solo por agrupaciones ilícitas y se estaría evitando una condena elevada.

Los abogados particulares hicieron esa petición en el juicio, pero el juez les manifestó que esa decisión la iba dejar para el final de la vista pública.

En el caso tregua lo que el ministerio público está buscando es que los dos exfuncionarios sean condenados aplicando el principio de concurso real de delito, es decir que existan penas por cada uno de los ilícitos porque son diferentes hechos punibles.

El primer beneficio que según la Fiscalía se le otorgó a las pandillas como parte del pacto de la tregua fue trasladar a los principales cabecillas de la Mara Salvatrucha y Pandilla 18 recluidos en el penal de máxima seguridad hacia penales comunes. Testigos han llegado a confirmarlo al juicio.

Las pandillas exigieron además, que en cada una de las celdas se les instalara electricidad para poder utilizar aparatos electrónicos y recargar los teléfonos celulares que se les iba permitir ingresar para mantener comunicación.

Los penales de pandillas se convirtieron además en centros de explotación sexual porque se les permitió que ingresaran mujeres y menores de edad a prestar servicios sexuales cuando se organizaban fiestas entre ellas para el día de los reos, la visita íntima se amplió y se modificó el horario para que las parejas de los pandilleros ingresaran a cualquier hora del día, así ha quedado establecido con testimonios de testigos.

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¡Condena insuficiente en Ciudad Delgado! 25 años de prisión por abusar de una mujer ebria y prenderle fuego en sus genitales

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Un juez condenó a 25 años de prisión a Carlos Geovanni Castillo Clavel por el delito de feminicidio agravado en grado de tentativa, tras abusar sexualmente de una mujer en estado de ebriedad y luego rociarla con gasolina para prenderle fuego en Ciudad Delgado, San Salvador.

De acuerdo con la investigación de Centros Judiciales El Salvador (CJES), la víctima y el agresor se conocían desde hacía varios años. Los hechos ocurrieron en la madrugada del 26 de septiembre de 2025, en una vivienda de la colonia San Fernando, donde departían junto a una acompañante.

“Castillo Clavel, aprovechando que la víctima permanecía dormida, abusó de ella. Cuando esta recuperó el conocimiento e intentó retirarse, el agresor la detuvo por la fuerza, la amenazó con quemarla y luego roció gasolina sobre sus piernas y área genital, prendiéndole fuego con un encendedor”, detalló CJES.

La acompañante de la víctima despertó por los gritos, salió de la casa en llamas, pero regresó valientemente para rescatarla. La mujer sufrió quemaduras de segundo grado en el 25% de su cuerpo, lesiones compatibles con abuso sexual y permaneció hospitalizada más de un mes, con su vida en riesgo, según informes del Instituto de Medicina Legal (IML).

El Juzgado Especializado de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación contra las Mujeres de San Salvador consideró en su sentencia que el agresor ejerció violencia previa y violencia simbólica al atacar específicamente el área genital de la víctima. Sin embargo, la intervención oportuna de la tercera persona fue clave para evitar una tragedia fatal.

Esta condena ha generado cuestionamientos sobre la proporcionalidad de las penas en casos de extrema violencia contra las mujeres en El Salvador.

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Prisión para sujeto que asesinó al esposo de su amante en San Miguel

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La Fiscalía General de la República (FGR) logró que Víctor Manuel Benítez Lazo fuera condenado a 25 años de prisión por asesinar al esposo de su amante en San Miguel.

El crimen por el que fue declarado culpable el empresario migueleño ocurrió el 7 de junio de 2025.

La investigación fiscal estableció que el procesado y Rubidia de los Ángeles Castro Zúniga -ya condenada-, mantenía una relación extramarital. Ambos planearon y ejecutaron el homicidio.

Castro Zúniga contrajo matrimonio con la víctima el 29 de marzo de 2025. El día del crimen, con engaños llevó a su esposo hasta una calle rústica que conduce al cantón El Pilón y Loma Larga, en La Unión, donde la mujer y el procesado le dispararon en la cabeza. Posteriormente trasladaron a la víctima hasta un negocio propiedad de Benítez Lazo, ubicado a inmediaciones del puente Luis de Moscos, en la ciudad de San Miguel.

En el lugar se percataron de que la víctima aún estaba con vida, por lo que la asfixiaron hasta causarle la muerte y luego la enterraron en una fosa clandestina.

La víctima fue reportada como desaparecida por su esposa el 10 de junio de 2025.

El 11 de julio de 2025, Castro Zúniga se sometió a un proceso abreviado en el Juzgado Segundo de Paz de San Miguel, donde fue sentenciada a 10 años de prisión por desaparición de personas y a 15 años por homicidio agravado. En total deberá cumplir 25 años de cárcel.

Benítez Lazo era el propietario de una empresa de venta de repuestos y fue condenado por homicidio simple por el Tribunal Primero de Sentencia del distrito de San Miguel.

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Condenan a 15 años de prisión a hombre por extorsionar a un comerciante en Apopa

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El Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador condenó a 15 años de prisión a Julio César Durán Ramos por el delito de extorsión agravada, en perjuicio de un comerciante del distrito de Apopa, municipio de San Salvador Oeste.

De acuerdo con las investigaciones, el 28 de noviembre de 2015 el imputado llegó al negocio de la víctima y se identificó como palabrero de la pandilla 18 que operaba en el sector donde el comerciante desarrollaba su actividad.

Según la investigación, posteriormente Durán Ramos exigió el pago de una renta mensual de 150 dólares y amenazó a la víctima con quitarle la vida si no entregaba el dinero.

Ante las amenazas, el comerciante accedió a pagar la cuota al finalizar cada mes para poder continuar con su actividad laboral.

La Fiscalía informó que eran diferentes personas las que se acercaban a reclamar el dinero de la extorsión y señaló que varios de esos extorsionistas ya han sido procesados y juzgados por separado.

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