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Judicial

Funes y Munguía Payés podrían recibir penas de 14 a 18 años de cárcel por tregua con pandillas

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Condenas de 14 y 18 años podrían recibir el expresidente Mauricio Funes y el exministro de Justicia y Seguridad, David Munguía Payés, si son encontrados culpables y el juez les impone las penas máximas por cada uno de los delitos que la Fiscalía General de la República les atribuye en el caso Tregua.

Este viernes 12 de mayo está previsto que el Juzgado Especializado de Sentencia C de San Salvador culmine el juicio por e ese caso que vincula a exfuncionarios y jefes pandilleros.
Son tres delitos los acusados por el ministerio público; el primero es agrupaciones ilícitas y tiene que ver con haber promovido, facilitado y favorecido a las pandillas con el proceso de la tregua.

El segundo ilícito atribuido es actos arbitrarios, según el ministerio público hubo un exceso en sus facultades para autorizar el traslado de reos desde el penal de Máxima Seguridad a otros reclusorios cuando los indicados para avalarlo eran los jueces de vigilancia penitenciaria.

Y el tercero es incumplimiento de deberes, el cual lo cometieron porque en su calidad de funcionarios públicos omitieron y no hicieron nada para detener las serie de ilegalidades que se estaban dando a raíz de la tregua.

Mauricio Funes enfrenta la vista pública por agrupaciones ilícitas e incumplimiento de deberes. Por el primer delito puede llegar a recibir entre tres y seis años de prisión, el artículo 345 vigente para cuando se dieron los hechos reprocha promover, ayudar, facilitar y favorecer la conformación o permanencia en las agrupaciones, asociaciones u organizaciones.

Mientras que el incumplimiento de deberes es castigado con cárcel de cuatro a seis años y se incrementa en dos años, si ese ilícito da lugar a un hecho delictivo, que fue lo ocurrido con Funes, según la acusación Fiscal.

Si el expresidente es condenado y se le aplica las penas máximas puede llegar a recibir 14 años por los dos delitos.

En el caso de David Munguía Payés, la Fiscalía, además de los dos ilícitos que le atribuye a Funes, también lo señala de haber incurrido en actos arbitrarios castigado con prisión de dos a cuatro años, lo cual indica que si llegara a ser condenado a penas máximas por cada delito, podría recibir 18 años de prisión.

En la vista pública que ya está llegando a la recta final, los abogados defensores de David Munguía Payés han planteado al juez que al momento de emitir el fallo se aplique la subsunción de delitos, es decir, que si la sentencia es condenatoria el delito más complejo como es las agrupaciones ilícitas absorba el incumplimiento de deberes y actos arbitrarios.

De esa manera si el exministro Munguía Payés es condenado la pena se le impondrá solo por agrupaciones ilícitas y se estaría evitando una condena elevada.

Los abogados particulares hicieron esa petición en el juicio, pero el juez les manifestó que esa decisión la iba dejar para el final de la vista pública.

En el caso tregua lo que el ministerio público está buscando es que los dos exfuncionarios sean condenados aplicando el principio de concurso real de delito, es decir que existan penas por cada uno de los ilícitos porque son diferentes hechos punibles.

El primer beneficio que según la Fiscalía se le otorgó a las pandillas como parte del pacto de la tregua fue trasladar a los principales cabecillas de la Mara Salvatrucha y Pandilla 18 recluidos en el penal de máxima seguridad hacia penales comunes. Testigos han llegado a confirmarlo al juicio.

Las pandillas exigieron además, que en cada una de las celdas se les instalara electricidad para poder utilizar aparatos electrónicos y recargar los teléfonos celulares que se les iba permitir ingresar para mantener comunicación.

Los penales de pandillas se convirtieron además en centros de explotación sexual porque se les permitió que ingresaran mujeres y menores de edad a prestar servicios sexuales cuando se organizaban fiestas entre ellas para el día de los reos, la visita íntima se amplió y se modificó el horario para que las parejas de los pandilleros ingresaran a cualquier hora del día, así ha quedado establecido con testimonios de testigos.

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Judicial

Condenan a 10 mareros por atacar a dos hombres por su corte de cabello

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El Tribunal Segundo Contra el Crimen Organizado de San Salvador impuso una pena de 10 años de prisión a diez integrantes de la pandilla MS-13, luego de ser encontrados culpables del delito de limitación ilegal a la libre circulación, en perjuicio de dos ciudadanos en Santa Tecla, departamento de La Libertad.

Según la Fiscalía, los hechos ocurrieron el 18 de diciembre de 2017, cuando las víctimas se dirigían a la zona conocida como Finca Sucesión. En el trayecto fueron interceptadas por dos pandilleros que cuestionaron su corte de cabello, señalando que «no era apropiado para ese lugar» y amenazándolos de muerte.

Minutos después, al intentar retirarse, ambos hombres fueron atacados por otros ocho sujetos que los golpearon durante aproximadamente cinco minutos. Al día siguiente, los mismos fueron nuevamente interceptados por miembros armados de la estructura criminal, quienes los amenazaron con matarlos si no abandonaban su residencia.

Las víctimas, atemorizadas, huyeron de la zona y denunciaron los hechos ante la Policía Nacional Civil.

De los diez condenados, seis fueron procesados en ausencia, en aplicación de las reformas al Código Penal que permiten juzgar a imputados prófugos. Los otros cuatro —identificados como José Feliciano Hernández Tolentino, Ramón de Jesús Avilés Crespín, José Alexander Flores Hernández y Rigoberto de Jesús Pérez Tolentino— ya se encuentran recluidos cumpliendo otras condenas.

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Judicial

Decretan instrucción contra King Flyp, acusado de expresiones de violencia contra las mujeres

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Foto: Cortesía

Los hechos por los cuales es procesado ocurrieron el 6 de junio de 2025

El Juzgado Octavo de Paz de San Salvador decretó la continuación a la etapa de instrucción del caso penal contra Marvin Ulises Martínez León, mejor conocido en redes sociales como King Flyp, acusado del delito de expresiones de violencia contra las mujeres, previsto y sancionado en el artículo 55, literal C y E de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV), en perjuicio de una víctima con régimen de protección.

Durante la audiencia, el juzgado determinó que existen indicios probatorios suficientes sobre la existencia del delito y la probable participación del procesado, motivo por el cual se ordenó que el caso continúe en la etapa de instrucción ante un juzgado LEIV.

Como medida cautelar, se le impusieron medidas sustitutivas a la detención, entre ellas: la prohibición de no acercarse a la víctima por cualquier medio y la obligación de presentarse cada 20 días ante el juzgado especializado LEIV.

Los hechos que motivan el proceso, ocurrieron el 6 de junio de 2025. Por tratarse de un delito contra una mujer, la relación circunstanciada de los hechos permanece bajo reserva total.

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Conductor enfrentará proceso judicial tras accidente que dejó lesionados a dos policías en Soyapango

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Rolando Boanergues L. L., de 31 años, fue presentado en audiencia inicial ante el Juzgado Cuarto de Paz de Soyapango por su presunta implicación en un accidente de tránsito que causó lesiones a dos agentes de la Policía Nacional Civil.

Según la Fiscalía, el hecho ocurrió en el kilómetro 4 de la carretera de Oro, a la altura del puente San José, cuando el imputado habría invadido el carril contrario e impactado con una motocicleta en la que se transportaban los agentes. Las víctimas recibieron incapacidades médicas de hasta ocho días.

La jueza ordenó que el caso pase a conocimiento de un Juzgado de Tránsito de San Salvador y otorgó medidas sustitutivas a la detención, entre ellas la prohibición de salir del país o de su lugar de residencia y la obligación de presentarse cada 30 días ante el tribunal.

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