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Judicial

Decreto presidencial que regula las fases de la reapertura económica tiene vigencia hasta el término del día 23 de agosto

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La noche del viernes, la Sala de lo Constitucional emitió una sentencia de inconstitucionalidad en contra del Decreto Ejecutivo número 32, el cual regula las fases de la reapertura económica; no obstante, difiere sus efectos hasta el 23 de agosto.

Es decir, que los magistrados decidieron mantener la vigencia del decreto presidencial hasta el final del día domingo 23 de agosto próximo; lo que significa que la fase 1 de reapertura económica sigue su curso normal, pero llegada esa fecha, «el Órgano Ejecutivo tiene terminantemente prohibido emitir una regulación idéntica o similar a la que ahora se declara su invalidez».

Además, la resolución aclara que su contenido contradice los parámetros constitucionales establecidos en la sentencia emitida, relacionados con la suspensión y limitación de derechos fundamentales; «sin embargo, por lo explicado, este producirá efectos jurídicos hasta el 23 de agosto del corriente año, dicha fecha inclusive», dice el documento.

A su vez, la sentencia habilita al ministerio de Salud a tomar todas las medidas necesarias («incluso extraordinarias») para prevenir el contagio de COVID-19.

Se espera que en este tiempo el Órgano Ejecutivo y Legislativo lleguen a un acuerdo, la Sala resuelva controversias y que todos actúen de manera racional para llevar por un rumbo correcto la salud y la economía de la población salvadoreña.

Sobre el Decreto Ejecutivo 32

El Decreto Ejecutivo 32 llamado «Protocolos sanitarios para garantizar los derechos a la salud y a la vida de las personas, en el proceso de reactivación gradual de la economía, durante la pandemia por covid-19, aplicables a las zonas central, occidental y oriental de la República de El Salvador» fue publicado el 29 de julio pasado por la noche. Con esa normativa, la Presidencia pretendía normar la fases de la vida económica. La segunda fase estaba para que iniciara el próximo 20 de agosto.

Sin embargo, la Sala consideró que lo que en realidad está haciendo el Ejecutivo con ese decreto es «prohibir la realización de las actividades económicas a las que el decreto se refiere, mientra no llegue la fecha cuya reapertura corresponde a los rubros que se vayan reactivando».

A juicio de la Sala, lo anterior no significa que un proceso o protocolo de reactivación económica gradual no pueda ser regulado de forma autónoma. Sin embargo, establece que le correspondería a la Asamblea Legislativa emitir una normativa que contemple esas medidas, debido a que se trata de limitación de derechos, por lo que «es el ente que constitucionalmente tiene la competencia en nuestro país para ello».

Puedes leer:

https://cronio.sv/nacionales/presidente-bukele-la-sala-de-lo-constitucional-acaba-de-declarar-inconstitucionales-las-fases-de-reapertura-economica/

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Tribunal condena a Erick Sánchez a 35 años de cárcel por homicidio agravado en San Salvador

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El Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador condenó a 35 años de prisión a Erick Daniel Sánchez Liévano por el delito de homicidio agravado en perjuicio de Ana A. Asimismo, lo condenó al pago de la responsabilidad civil en abstracto.

 

El hecho ocurrió en San Salvador el 16 de febrero de 2019, en horas de la mañana. Uno de los testigos declaró haber recibido una llamada telefónica de su madre, quien le informó que la habían subido a un vehículo y luego la comunicación se cortó. Posteriormente, un sujeto llamó exigiéndole 10 mil dólares o, de lo contrario, matarían a su madre. El familiar llamó inmediatamente al Sistema de Emergencias 911 para denunciar el secuestro.

Ese mismo día, a las 4:30 de la tarde, el testigo recibió otra llamada donde le reiteraron que no se trataba de una broma. A la mañana siguiente, volvieron a llamar para comunicarles que el plazo había vencido.

Luego de localizar el cuerpo, la autopsia determinó que Ana falleció el 16 de febrero y que presentaba heridas por arma blanca en el cuello, tórax y abdomen.

 

Al momento de la captura de Sánchez, se le incautaron dos teléfonos celulares. Se demostró que uno de los números telefónicos estuvo en el lugar del hecho y que fue utilizado para realizar las llamadas a los familiares de la víctima, exigiendo el pago del rescate.

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Admiten pruebas en contra de Guillermo Mata, ex diputado del FMLN

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La Fiscalía General de la República logró que la Cámara Ambiental de Santa Tecla admitiera la totalidad de las pruebas presentadas en contra del exdiputado del FMLN Guillermo Francisco Mata Bennet y sus dos hijos, procesados por enriquecimiento ilícito, al no poder justificar el incremento de su patrimonio por un monto de $271,314.75 dólares.

 

A Mata Bennet, que fungió como diputado en los periodos 2012-2015 y 2015-2018, se le señalan inconsistencias por un monto de $13,270.00 dólares.

A Guillermo Eduardo Mata Mayorga, se le señalan $251,685.80 dólares.

A Jorge Alberto Mata Mayorga, se le reclaman $6,358.85 dólares. En total, son 15 irregularidades en depósitos bancarios, pago de préstamos hipotecarios, pago de tarjetas de crédito, compra de vehículos, entre otros, que no pudieron justificar.

 

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30 años de cárcel para secuestrador de Apopa

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El Tribunal Quinto Contra el Crimen Organizado de San Salvador condenó a 30 años de prisión a Sifredo Norberto Martínez Corquín, quien es acusado por el delito de secuestro agravado.

En diciembre del 2010, el imputado junto a otros pandilleros de la 18, privaron de libertad a la víctima que residía en Valle Verde, distrito de Apopa, y la mantuvieron secuestrada por varios días hasta que le quitaron la vida.

«El día 3 de diciembre de 2010, la víctima clave Fernanda, fue secuestrada en la colonia Valle Verde 3, del municipio de Apoya, por sujetos pertenecientes a la pandilla 18 que operaban en el sector, entre este grupo de pandilleros se encontraba el señor Sifredo Norberto Martínez Corquín, alias el Negro, quien colaboró en el traslado desde una casa a la otra donde estuvo privada de libertad la víctima, quien el día 4 de diciembre de 2010, lastimosamente fue asesinada y enterada por dichos pandilleros en la zona», indicó el fiscal del caso.

La fuente detalló que el cuerpo de la víctima fue localizado en el sector conocido como la Arenera, Apopa.

«El cadáver de clave Fernanda fue encontrado en el sector de la Arenera mutilado y enterrado casi un año después, en el 2011», señaló el fiscal.

Agregó «en virtud de ello, el Tribunal Quinto contra el crimen organizado juez 1 de San Salvador, consideró la prueba testimonial, documental y pericial declarando al imputado responsable penalmente, condenandolo a 30 años de prisión, por el delito de secuestro agravado».

Este pandillero también es procesado por otros delitos.

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