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Judicial

Decreto presidencial que regula las fases de la reapertura económica tiene vigencia hasta el término del día 23 de agosto

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La noche del viernes, la Sala de lo Constitucional emitió una sentencia de inconstitucionalidad en contra del Decreto Ejecutivo número 32, el cual regula las fases de la reapertura económica; no obstante, difiere sus efectos hasta el 23 de agosto.

Es decir, que los magistrados decidieron mantener la vigencia del decreto presidencial hasta el final del día domingo 23 de agosto próximo; lo que significa que la fase 1 de reapertura económica sigue su curso normal, pero llegada esa fecha, «el Órgano Ejecutivo tiene terminantemente prohibido emitir una regulación idéntica o similar a la que ahora se declara su invalidez».

Además, la resolución aclara que su contenido contradice los parámetros constitucionales establecidos en la sentencia emitida, relacionados con la suspensión y limitación de derechos fundamentales; «sin embargo, por lo explicado, este producirá efectos jurídicos hasta el 23 de agosto del corriente año, dicha fecha inclusive», dice el documento.

A su vez, la sentencia habilita al ministerio de Salud a tomar todas las medidas necesarias («incluso extraordinarias») para prevenir el contagio de COVID-19.

Se espera que en este tiempo el Órgano Ejecutivo y Legislativo lleguen a un acuerdo, la Sala resuelva controversias y que todos actúen de manera racional para llevar por un rumbo correcto la salud y la economía de la población salvadoreña.

Sobre el Decreto Ejecutivo 32

El Decreto Ejecutivo 32 llamado «Protocolos sanitarios para garantizar los derechos a la salud y a la vida de las personas, en el proceso de reactivación gradual de la economía, durante la pandemia por covid-19, aplicables a las zonas central, occidental y oriental de la República de El Salvador» fue publicado el 29 de julio pasado por la noche. Con esa normativa, la Presidencia pretendía normar la fases de la vida económica. La segunda fase estaba para que iniciara el próximo 20 de agosto.

Sin embargo, la Sala consideró que lo que en realidad está haciendo el Ejecutivo con ese decreto es «prohibir la realización de las actividades económicas a las que el decreto se refiere, mientra no llegue la fecha cuya reapertura corresponde a los rubros que se vayan reactivando».

A juicio de la Sala, lo anterior no significa que un proceso o protocolo de reactivación económica gradual no pueda ser regulado de forma autónoma. Sin embargo, establece que le correspondería a la Asamblea Legislativa emitir una normativa que contemple esas medidas, debido a que se trata de limitación de derechos, por lo que «es el ente que constitucionalmente tiene la competencia en nuestro país para ello».

Puedes leer:

https://cronio.sv/nacionales/presidente-bukele-la-sala-de-lo-constitucional-acaba-de-declarar-inconstitucionales-las-fases-de-reapertura-economica/
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Judicial

Condenan a 15 pandilleros de la MS-13 en San Miguel

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El Tribunal Segundo contra el Crimen Organizado de San Miguel impuso penas de entre 8 y 155 años de prisión a 15 miembros de la Mara Salvatrucha, tras ser hallados culpables de cometer diversos delitos, entre ellos homicidio agravado, intento de homicidio y organizaciones terroristas.

Los condenados pertenecían a las clicas Molinos Locos Salvatruchos y Los Ángeles Locos Salvatruchos, donde desempeñaban distintos rangos como homeboys, chequeos y paros. La Fiscalía General de la República (FGR) presentó pruebas que fueron determinantes para lograr las condenas.

Uno de los crímenes más atroces atribuidos al grupo ocurrió en noviembre de 2017 en el cantón Las Trancas, distrito de Ozatlán, donde una mujer fue privada de libertad, llevada a un cerro, asesinada con arma de fuego, desmembrada y enterrada. Su cadáver fue localizado en junio de 2018. La víctima habría sido asesinada por ser pareja de un exmiembro retirado de la pandilla, según la FGR.

Éver Wilfredo Herrera Gómez, alias el Satánico, recibió la condena más severa: 155 años de prisión por cuatro homicidios agravados y un intento de homicidio. Otro de los sentenciados, Élmer Vladimir Rivas Ayala, alias el homeboy de la L.A, fue condenado a 42 años por homicidio agravado y participación en organizaciones terroristas.

Las autoridades reafirmaron su compromiso de continuar el combate frontal contra las estructuras criminales responsables de múltiples hechos de violencia en el país.

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Judicial

Prisión para dos miembros de la pandilla 18 por extorsión en San Salvador

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El Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador condenó a Rogelio Manfredo Sánchez Hércules a 11 años de prisión y a Diana Liseth Medrano Catedral a 10 años, por el delito de extorsión agravada.

Según la Fiscalía, las pruebas presentadas durante el juicio demostraron la responsabilidad de ambos imputados, quienes pertenecen a la pandilla 18 y operaban en los distritos de Nejapa y Apopa, al norte de San Salvador.

El delito ocurrió en agosto de 2022, cuando los acusados amenazaron a la víctima con un arma de fuego exigiéndole pagos mensuales para no atentar contra su vida o la de sus familiares. Ante el temor, la víctima accedió al pago pero denunció inmediatamente el caso a las autoridades.

Tras las investigaciones, Sánchez y Medrano fueron capturados y procesados. El tribunal validó las evidencias y dictó la condena conforme al grado de participación de cada uno.

Además, ambos enfrentan otro proceso judicial por el delito de agrupaciones ilícitas.

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Judicial

Exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, condenada a 10 años de prisión

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El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador sentenció a 10 años de cárcel a la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Patricia Montano de Martínez, por los delitos de incumplimiento de deberes y negociaciones ilícitas, informó la Fiscalía General de la República (FGR).

Durante el juicio, la Fiscalía demostró que Montano tomó decisiones arbitrarias para destinar fondos municipales, priorizando gastos en eventos artísticos y fiestas patronales por encima del pago de prestaciones laborales a empleados de la alcaldía. La malversación asciende a $282,621.52 dólares.

La investigación surgió tras denuncias de empleados municipales por impago de salarios y prestaciones durante 2022. Además, se reveló que Ricardo Arturo Roque Baires, otro de los imputados, asesoraba jurídicamente al concejo a cambio de un nombramiento como jefe de transporte, y que Montano le adjudicó ilegalmente un proyecto.

Aunque Montano enfrentaba cargos adicionales por apropiación o retención de cuotas laborales, malversación y violaciones laborales, fue absuelta de estos debido a que la comuna no tenía liquidez para efectuar pagos y que se negociaron con las AFP para solventarlos después. También se aclaró que la aprobación de presupuestos para las fiestas patronales correspondía al concejo municipal, no solo a la exalcaldesa.

La condena se desglosa en 6 años por incumplimiento de deberes y 4 años por negociaciones ilícitas. Los otros tres imputados fueron absueltos y quedaron en libertad por orden del tribunal.

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