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Enrique Rais demanda judicialmente a La Prensa Gráfica por daños morales por haber divulgado noticias falsas para atacarlo

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Los suscritos apoderados del señor Enrique Rais, hacemos del conocimiento público, que el día miércoles 11 de mayo de 2022, por instrucciones de nuestro cliente, quien ha sido sistemáticamente víctima de una agenda de noticias falsas y difamatorias (“Fake News”) por el periódico “LA PRENSA GRÁFICA” hemos interpuesto ante el Sistema Judicial Salvadoreño una Demanda Civil en contra de la Sociedad DUTRIZ HERMANOS, S.A. DE C.V. (dueña del citado rotativo) representada legalmente por el Sr. José Roberto Dutriz, exigiendo una reparación por daños morales ocasionados al Sr. Rais, que asciende a la suma de US $5 millones de Dólares.

Hacemos público este comunicado, para evitar que LA PRENSA GRÁFICA, intente indebidamente victimizarse, cobijándose “artificiosamente” en el derecho a la libertad de prensa, el cual en ningún momento se está atacando o colocando en riesgo; por el contrario, queremos que se verifique su cumplimiento legal y ético, para evitar que LA PRENSA GRÁFICA siga mancillando tan noble derecho de la libertad de expresión y del acceso a la información de una sociedad democrática, por medio de agendas de “LAWFARE” (manipulación de investigaciones periodísticas para perfilar y fundar juicios criminales) con el objetivo de generar noticias falsas para destruir “proyectos de vida” de muchísimas personas, incluyendo al Sr. Enrique Rais. Como lo demostraremos a continuación:

  • El jueves 31 de agosto de 2017, La Prensa Gráfica (LPG) por medio de su Revista Séptimo Sentido publica un artículo tendencioso y totalmente falso denominado “UNA SERIE DE CORREOS INVOLUCRA A RAIS Y MERINO EN NEGOCIACIÓN ILÍCITA CON PUERTO CORTÉS” noticia que se fundamenta en correos con información de naturaleza empresarial, cuyo contenido versa sobre el interés de participar en un concurso internacional para operar el Puerto Marítimo de Cortés, en la República de Honduras; proceso en que finalmente se decide no participar, ni formar el asocio con las empresas mencionadas en la publicación, ante la falta de viabilidad para cumplir con los criterios de selección. Por lo que ni siquiera se participó en el proceso de precalificación, este argumento por sí solo desbarata todas las especulaciones de “negociaciones ilícitas” que aborda la noticia en mención en contra del Sr. Rais. Esa información fue además ilegalmente divulgada por la LPG al haber sido entregada indebidamente por el abogado que en ese momento ejercía como apoderado legal del Sr. Rais y sus empresas, lo que constituye un patrocinio infiel y puede ser constitutivo de otros delitos que ya fueron denunciados ante la Fiscalía General de la República, especialmente cuando esos correos electrónicos fueron editados y descontextualizados para aparentar hechos delictivos. La libertad de prensa, no puede nunca ser utilizada como pretexto para violentar otros derechos fundamentales como el derecho al honor y la privacidad.
  • La información publicada en la citada nota, del 31 de agosto de 2017, se refiere a hechos sucedidos entre los años 2012 y 2013, haciendo suposiciones y conjeturas para señalar supuestos intentos de soborno, que no existieron en la realidad.  Bastaba revisar que en ese expediente del Concurso Público, ya en el año 2013 (es decir cuatro años antes de la publicación) constaban tanto las actas de precalificación de los participantes (de los que no forma parte el Sr. Rais, ni sus empresas, ni asocio), las certificaciones de las evaluaciones que avalan el procedimiento realizadas por la respetable firma auditora PriceWaterhouseCooper, por el Tribunal Superior de Cuentas de Honduras y finalmente por el hecho que en el año 2020 el proyecto se liquidó quedando demostrado que no existieron contingencias judiciales por ninguna clase de reclamo o acción legal. ¿Por qué LA PRENSA GRÁFICA deliberadamente no revisó o no quiso divulgar la información que era de acceso público desde el 2014 y que botaba todo el argumento del “fraude” que ese medio se inventó? ¿O solamente pretendía generar una noticia para criminalizar al Sr. Rais nuevamente con hechos falsos y sin ningún fundamento?
  • Queremos dejar muy en claro, que no estamos ejerciendo ninguna acción penal, sino que nuestra reclamación es de orden civil ante las pruebas que demuestran que se publicaron hechos falsos, se afectó el derecho a la privacidad de nuestro cliente y se le perjudicó a futuro en su desarrollo integral, ya que esas noticias fueron posteriormente retomadas por otros organismos e instituciones con incidencia en los derechos del Sr. Rais, por ejemplo, por WOLA (Washington Office on Latin America) en trabajos conjuntos con el IDHUCA y por Congresistas de los Estados Unidos de América al solicitar la incorporación del Sr. Rais en la Magnitsky Act, lo que finalmente no se produjo, al presentar en aquel país el Sr. Rais todas las pruebas que desvanecían las falsas acusaciones que dieron inicio por las publicaciones de LA PRENSA GRÁFICA en su contra, pero que fueron desestimadas por las autoridades correspondientes.
  • El Sr. Enrique Rais, como resultado de una persecución penal que ha sido certificada como ilegal y arbitraria tanto por la Organización de Naciones Unidas (ONU) como por las autoridades del Ministerio Público de Suiza, ha comprobado su inocencia, sobre los mismos hechos que LA PRENSA GRÁFICA lo ha señalado y con los que lo ha colocado en una situación de riesgo reputacional. Por lo que cualquier acto de “victimización” de este medio de prensa, es únicamente parte de su intento por mantener un “status quo” creado a base de mentiras y falsedades. Por eso su distintivo de “Noticias de verdad” solamente causa desaprobación y burla ante la sociedad civil.
  • La hipocresía de LA PRENSA GRÁFICA, es de tal magnitud que en su edición de fecha 11 de mayo de 2022 publica como titular: “GOBIERNO VIOLA LOS DERECHOS HUMANOS”, en defensa de las pandillas, que tanto flagelo han ocasionado a la sociedad salvadoreña, basado en las consideraciones de una ONG de activismo en derechos humanos; pero al Sr. Rais, continúa denominándolo “prófugo” aún y cuando la Organización de Naciones Unidas, es decir la máxima autoridad mundial en materia de derechos humanos ha expresado que la causa penal seguida contra Enrique Rais fue ilegal y su privación de libertad arbitraria, contraria a lo que ha sostenido de forma permanente LA PRENSA GRÁFICA al referirse al caso del Sr. Rais.
  • Asimismo, el Sr. Rais, pide a la población que evalúe lo siguiente:

¿Tiene credibilidad LA PRENSA GRÁFICA o está claro que su función sesgada de la realidad finge deberse a la libertad de prensa, pero en realidad lo mueven otros intereses de orden político y particular?

 ¿Es justo que amparados artificiosamente en la libertad de prensa, medios de comunicación social como LA PRENSA GRÁFICA, con claro sentido de “activismo político” pretendan falsear la realidad para beneficiar sus agendas en contra de un empresario, un proyecto, un Gobierno?

¿Deben responder de forma legal y patrimonialmente los medios de prensa cuando se demuestra con pruebas claras y objetivas su contribución en dañar al honor, la moral y el patrimonio de personas, por medio de prácticas “LAWFARE” o pueden invocar el derecho a la libertad de prensa como un absoluto que le genera inmunidad e impunidad ante la Administración de Justicia?

Estos son aspectos que el Sr. Enrique Rais pretende que alcancen un debate de altura judicial, porque son de interés particular pero también para la sociedad civil y para la consolidación del Estado de Derecho. Por tal motivo, estas acciones legales realizadas se enmarcan en la defensa, el honor y dignidad del Sr. Enrique Rais, violentados bajo un uso abusivo, antiético y contrario a la verdadera naturaleza de la libertad de prensa, por medio de divulgación de noticias falsas en su contra durante al menos los últimos siete años. Exigencias que cumplen los estándares conforme lo establecido en los artículos 13.2 letra a) y 14 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

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Sala de lo Constitucional fija criterios legales y éticos para el uso de inteligencia artificial en instituciones públicas y tribunales

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La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador emitió una resolución que fija criterios éticos y legales para el uso de la inteligencia artificial generativa en instituciones públicas y en el sistema judicial.

La decisión se adoptó el 13 de marzo de 2026 dentro del proceso de inconstitucionalidad 57-2025. El caso surgió después de que ciudadanos utilizaron inteligencia artificial para redactar una demanda.

Ante esa situación, el tribunal analizó el alcance del uso de esta tecnología. Además, explicó qué se entiende por inteligencia artificial, cuáles son sus tipos y cómo funciona.

Análisis de la relación entre inteligencia artificial y derechos fundamentales

Durante el proceso, la Sala revisó normas nacionales e internacionales sobre el desarrollo y uso de inteligencia artificial.

El tribunal también examinó cómo estas herramientas interactúan con los derechos fundamentales de las personas.

Según la resolución, la inteligencia artificial puede ofrecer beneficios en la gestión pública. Sin embargo, también puede generar riesgos si no existen controles adecuados.

Por ello, la Sala subrayó la necesidad de aplicar criterios éticos y jurídicos en su implementación.

Uso de inteligencia artificial en la administración pública

La resolución indicó que la inteligencia artificial puede agilizar trámites, mejorar la eficiencia institucional y apoyar la gestión pública.

No obstante, el tribunal advirtió que el uso de sistemas automatizados debe evitar riesgos como la discriminación algorítmica causada por sesgos en los sistemas.

Por esa razón, las instituciones deben aplicar controles que garanticen transparencia y respeto a los derechos ciudadanos.

Límites al uso de IA en la administración de justicia

En el ámbito judicial, la Sala señaló que toda persona tiene derecho a un juez humano y a un procurador humano.

Por lo tanto, el uso de inteligencia artificial en tribunales debe mantenerse bajo supervisión humana obligatoria.

El tribunal estableció varios principios para el uso responsable de esta tecnología. Entre ellos destacan transparencia, responsabilidad, privacidad, control humano y prevención de riesgos.

Además, incluyó criterios de igualdad, verificación, ética, buenas prácticas y adaptación constante.

Con esta resolución, la Sala busca equilibrar el avance tecnológico con las obligaciones del Estado y la protección de los derechos de los ciudadanos.

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Claudia Ortiz desconfía de las intenciones de la implementación de la cadena perpetua

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La diputada de VAMOS, Claudia Ortiz, no ha tardado en expresarse de las nuevas reformas aprobada en la Asamblea Legislativa en la que se permite cadena perpetua a pandilleros, asesinos y violadores.

Ortiz reiteró que el aumento de años a una condena no da justicia a las víctimas.

Además cree que está reforma puede traer «problemas» para las personas que son procesadas por tres delitos mencionados anteriormente.

Claudia Ortiz fue la única que votó en contra de la reforma al artículo 27 para condenar a cadena perpetua a pandilleros, violadores y asesinos.

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Un fallecido tras accidente laboral en Chalatenango

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Esta mañana un joven trabajador murió al caer sobre su cuerpo un promontorio de laminas que habían llegado a dejar a una ferretería en el Cantón Coyolito, jurisdicción de Tejutla, Chalatenango.

Socorristas de Comandos de Salvamento de El Salvador, seccional de Aguilares fueron alertados y al llegar al lugar del percance, realizaron maniobras para poder recuperar al joven quien fue identificado como Juan Joel Vargas Rosa, de 20 años.

Sin embargo, pese a los esfuerzos realizados por los cuerpos de socorro y del SEM, la persona perdió la vida, debido a los traumas sufridos al caer sobre su cuerpo el peso de las láminas desde una altura de dos metros.

Dos trabajadores más que estaban en el lugar lograron salir a tiempo y evitar de esta manera una tragedia mayor.

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