Nacionales
Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales
Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.
Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.
En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.
Cercos sanitarios
En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.
“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.
Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.
No se puede aplicar cuarentenas generales
Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.
A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.
“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”
Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.
Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.
La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.
Distanciamiento físico en el trabajo
Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.
También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.
Transporte público
También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.
En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.
Sanciones
El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.
“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.
El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.
La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.
Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.
CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES
Nacionales
Trágico accidente de motocicleta cobra la vida de una mujer en Ciudad Arce
Una mujer falleció y un hombre resultó lesionado en un accidente de tránsito registrado durante la madrugada en la carretera antigua que conecta Santa Ana con San Salvador, a la altura del caserío La Providencia, en Ciudad Arce.
De acuerdo con el reporte de Comandos de Salvamento Ciudad Arce, en el percance estuvo involucrada una motocicleta en la que se transportaban dos personas, un hombre y una mujer.
Los socorristas brindaron asistencia al hombre y posteriormente lo trasladaron a un centro asistencial cercano para recibir atención médica.
Al llegar al lugar, los equipos de emergencia verificaron que la mujer ya no presentaba signos vitales.

Judicial
Inicia juicio contra nueve mareros que violaron y estrangularon víctima
El juicio contra nueve integrantes de la clica y programa Hollywood de la MS, procesados por el delito de feminicidio agravado, inició este sábado, según informó la Fiscalía General de la República (FGR).
De acuerdo con la investigación fiscal, el 12 de octubre de 2021 los imputados citaron a la víctima a un inmueble ubicado en el cantón Las Pilas, en San Ignacio, Chalatenango. En ese lugar, presuntamente la acusaron de ser informante de las autoridades.
Según el fiscal del caso, la mujer fue agredida verbal y sexualmente y posteriormente estrangulada. La investigación también establece que los imputados arrojaron el cadáver a un pozo de la localidad, donde fue encontrado por las autoridades tres días después.
La Fiscalía indicó que cuenta con prueba documental, pericial y testimonial para sustentar la acusación, incluyendo declaraciones de varios testigos. Uno de ellos habría identificado la participación de los procesados en los hechos.
De los nueve imputados, siete se encuentran presentes en la vista pública: Francisco Avelar, Sergio Mauricio Murcia Reyes, Tito Armando Regalado Maldonado, Jesús Vásquez Rodríguez, Yonathan Armando Ardón Rivera, Víctor Manuel Rivera Vásquez y José Ignacio López Vásquez.
La institución señaló que estos dos últimos también enfrentan cargos por actos preparatorios, proposición, conspiración y asociaciones delictivas. Asimismo, Óscar Arnoldo Huezo Mena, alias “Chiva”, y Giovanny de Jesús Vásquez Chavarría, alias “Curra”, fueron declarados rebeldes en el proceso y son procesados por los mismos delitos adicionales.
La representación fiscal informó que solicitará las penas máximas de prisión para los nueve acusados. La vista pública continuará el lunes con la declaración de otros testigos.
Nacionales
Capturan a hombre acusado de asesinar a una mujer en Chalchuapa
La Policía Nacional Civil (PNC) informó sobre la captura de Armando Adelio García Martínez, de 40 años de edad, señalado de cometer un homicidio en Chalchuapa, Santa Ana Oeste.
De acuerdo con el reporte policial, la víctima fue una mujer de 34 años, quien sufrió lesiones en la cabeza provocadas con un objeto contundente. La institución indicó además que la víctima mantenía una relación sentimental con García Martínez.
Tras su captura, las autoridades informaron que el hombre será remitido por el delito de homicidio.




