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Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales
Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.
Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.
En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.
Cercos sanitarios
En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.
“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.
Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.
No se puede aplicar cuarentenas generales
Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.
A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.
“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”
Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.
Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.
La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.
Distanciamiento físico en el trabajo
Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.
También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.
Transporte público
También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.
En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.
Sanciones
El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.
“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.
El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.
La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.
Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.
CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES
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Capturan en El Salvador a pandillero de la MS-13 detenido previamente en EE. UU.
Las autoridades de seguridad de El Salvador reportaron la captura de Elvis Saúl Flores Sánchez, identificado como miembro activo de la estructura criminal MS-13.
De acuerdo con el ministro Gustavo Villatoro, la detención fue posible gracias al trabajo conjunto entre la Policía Nacional Civil (PNC) y autoridades mexicanas, lo que permitió ubicar al sospechoso y proceder con su captura.
El funcionario también detalló que Flores Sánchez había sido previamente detenido por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) en Los Ángeles, California, en Estados Unidos.
Tras su captura, el sujeto ya se encuentra en territorio salvadoreño, donde enfrentará los procesos judiciales correspondientes por los delitos que se le atribuyen.
«Ahora que se encuentra en territorio salvadoreño, nos encargaremos de que pague por cada uno de los delitos que ha cometido», destacó el funcionario, quien añadió: «Contamos con todas las herramientas necesarias para poder detectarlos y asegurarnos de que lleguen a su único destino: la cárcel».
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Agresores sexuales reciben 10 y 16 años de prisión
Dos hombres fueron condenados a penas de 10 y 16 años por el delito de agresión sexual en menor o incapaz agravada continuada, informó la Fiscalía General de la República.
La pena de 16 años la recibió José Luis Henríquez García quien fue señalado de cometer los abusos cuando la víctima tenía siete años en el distrito de Soyapango, municipio de San Salvador Este, departamento de San Salvador.
El caso fue judicializado en 2024 y las investigaciones fiscales determinaron que el sujeto, quien es familiar de la víctima, aprovechaba las condiciones de vulnerabilidad de ella para cometer las agresiones sexuales, detalló la Fiscalía.
La condena contra el agresor fue impuesta por el Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador, quien además ordenó que el imputado pague $3,000 en concepto de responsabilidad civil.
El segundo condenado es Mauricio Antonio Carpio Alfaro, quien recibió 10 años de prisión. La sentencia fue dictada por el Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador, en presencia del imputado.
La investigación fiscal determinó que Carpio Alfaro era el conductor de un mototaxi que prestaba sus servicios de transporte en el distrito de Ilopango, municipio de San Salvador Este y ahí conoció a la víctima de 14 años.
«Cuando el sujeto transportaba a la víctima la agredió en reiteradas ocasiones», explicó la Fiscalía
En ambos casos, la Fiscalía presentó en el desarrollo de la vista pública abundante prueba documental, pericial y testimonial que permitió demostrar la participación de los imputados en el delito.
Las autoridades de Seguridad han reiterado que no permitirán ningún tipo de violencia o agresión contra personas inocentes y aseguran que todo aquel que decida cometer estos delitos será llevado ante la justicia.
«Seguiremos protegiendo a los más vulnerables y castigando con toda la fuerza del Estado a los depredadores sexuales. Nuestra misión es construir un nuevo país, donde las leyes se respeten», ha dicho el fiscal general, Rodolfo Delgado.
Igualmente, el ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro asegura: «No vamos a tolerar este conjunto de crímenes relacionados contra la vida, la integridad física, contra los grupos vulnerables, tercera edad, niños, mujeres y libertad sexual».
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Sector construcción de El Salvador se posiciona como el más pujante de Centroamérica
La Secretaría Ejecutiva del Consejo Monetario Centroamericano (Secmca) ubica al sector construcción de El Salvador como la actividad económica más fuerte en la región, con un crecimiento de 30.22 %, muy por encima de los sectores que empujaron las economías de los países vecinos.
El dato lo publicó la institución en el «Balance preliminar de la economía de la región CARD 2025», bajo la medición del índice mensual de actividad económica (IMAE).
El IMAE en Centroamérica es un indicador estadístico de corto plazo que mide la evolución de la producción de bienes y servicios en la región, y funciona como un termómetro del producto interno bruto (PIB), pues muestra la variación de todos los sectores de la economía.
De acuerdo con el estudio, ninguna actividad económica en Centroamérica alcanzó el año pasado esas cifras de crecimiento, por ejemplo, indicó que Honduras registra su mayor impulso en actividades financieras, seguros y fondos de pensiones con 12.48 %; seguido por la electricidad y el agua (8.81%), con porcentajes sumamente inferiores a los generados por la construcción salvadoreña.
Mientras que el sector construcción en el vecino país creció solo 0.18 % interanual hasta diciembre, frente al 7.08 % que alcanzó en diciembre de 2024.
Nicaragua, por su parte, registró un repunte en el comercio con 11.54 % interanual, muy cerca del sector pecuario (10.17 %), y el sector construcción creció, según el informe, 6.17 % hasta diciembre de 2025.
Mientras que, en Costa Rica, el sector transporte y almacenamiento fue el más pujante con 7.02 %, seguido de actividades profesionales, científicas y técnicas con un 6.14 %. En este país, el sector construcción registró un crecimiento bajo con 2.42 %, según el «Balance preliminar de la economía de la región CARD 2025».
En El Salvador, el aporte del sector construcción al crecimiento económico en 2025 fue sustantivo, puesto que durante el primer trimestre el crecimiento del producto interno bruto (PIB) fue de 2.4 %, en el segundo se elevó a 4.1 %, en el tercer trimestre alcanzó su máximo con 5.1 %, hasta ubicarse en 3.9 % al cierre del año, según datos del Banco Central de Reserva (BCR).
De acuerdo con datos de la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador (Opamss), se contabilizan más de 680 proyectos en ejecución y por desarrollarse en el Área Metropolitana; de este total, 87 son construcciones en altura con diferentes tamaños, a los que se suman seis torres que superan los 35 niveles de altura.
Luis Rodríguez, director ejecutivo de la Opamss, afirmó que este hito es el resultado de las estrategias del Gobierno del presidente Nayib Bukele, enfocadas en el despegue económico del país.
«El liderazgo de El Salvador a escala centroamericana en el sector construcción refleja este momento único, que ha sido estimulado por la seguridad pública, la inversión local y extranjera y un excelente clima de negocios que catapultan el rubro de la construcción como el motor de la economía, junto con el auge inmobiliario, la generación de empleo y todos los servicios relacionados, que suman más de $5,500 millones de inversión para 2026 en el Área Metropolitana de San Salvador», sostuvo.
Agregó que el aporte de la Opamss en el crecimiento de la industria refleja el trabajo coordinado con el sector constructor. «Nuestra visión es ser un facilitador y promotor para que el desarrollo sea continuo y cumpla un rol técnico e institucional que estimule a que el Área Metropolitana de San Salvador y la franja costera de Surf City 1 sean entornos donde se combine infraestructura, crecimiento económico y bienestar para los salvadoreños», señaló Rodríguez.





