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Nacionales

Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales

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Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.

Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.

En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.

Cercos sanitarios

En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.

“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.

Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.

No se puede aplicar cuarentenas generales

Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.

A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.

“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”

Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.

Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.

La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.

Distanciamiento físico en el trabajo

Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.

También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.

Transporte público

También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.

En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.

Sanciones

El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.

“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.

El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.

La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.

Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.

CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES

NOTA ACÁ

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Tome nota: Habrá cierres parciales y totales en carretera al puerto de La Libertad por instalación de pasarela

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Los conductores que circulan por la carretera al puerto de La Libertad deberán tomar precauciones ante una serie de cierres parciales y totales programados debido a trabajos de instalación de una pasarela peatonal en el sector de Tuscania.

El Viceministerio de Transporte informó que las intervenciones iniciarán el 25 de mayo y se extenderán hasta el 3 de junio, con restricciones escalonadas en distintos horarios.

Según las autoridades, del 25 al 29 de mayo se realizará el cierre de un carril por sentido entre las 10:00 de la mañana y las 2:00 de la tarde. Además, el 1 de junio se ejecutará un cierre nocturno de un carril en sentido hacia el Puerto de La Libertad, desde las 10:00 de la noche hasta las 2:00 de la madrugada del 2 de junio.

Posteriormente, entre las 10:00 de la noche del 2 de junio y las 5:00 de la madrugada del 3 de junio, la restricción vehicular será en sentido hacia San Salvador.

Como parte de los trabajos, también se implementarán cierres totales de la carretera durante una hora los días 2 y 3 de junio, específicamente entre las 2:00 y las 3:00 de la madrugada.

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Agente del CAM pierde la vida tras ser impactado por un microbús

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Un motociclista del Cuerpo de Agentes Metropolitanos falleció la mañana de este domingo tras ser embestido por una coaster de la ruta 11, según confirmó la Policía Nacional Civil.

Las autoridades identificaron al conductor del transporte público como Luis Enrique Hernández Martínez, de 34 años, quien presuntamente no respetó la luz roja del semáforo y no portaba licencia de conducir.

El accidente ocurrió sobre la 3ª Avenida Norte y 3ª Calle Poniente, en el centro de San Salvador. De acuerdo con la información oficial, el agente falleció en el lugar.

La PNC indicó que Hernández Martínez será remitido por el delito de homicidio culposo.

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Capturan a jovencito con 27 porciones de marihuana en Chalatenango

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Personal de las divisiones de Antinarcóticos e Inteligencia de la Policía Nacional Civil capturó la madrugada de este domingo a José Iván Navarro Palacios, de 22 años, durante un procedimiento desarrollado en el departamento de Chalatenango.

Según las autoridades, al detenido se le incautó una maleta de viaje en la que transportaba 27 porciones de marihuana, empaquetadas en cantidades de una libra cada una. Además, durante el operativo se decomisó un teléfono celular y la tarjeta de circulación de una motocicleta.

El procedimiento fue ejecutado mediante una orden de allanamiento en una vivienda ubicada en la colonia El Roble 2, en el distrito de El Paraíso, Chalatenango Centro.

De acuerdo con la información oficial, Navarro Palacios será remitido ante las autoridades judiciales por el delito de tráfico ilícito de drogas.

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