Nacionales
Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales
Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.
Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.
En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.
Cercos sanitarios
En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.
“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.
Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.
No se puede aplicar cuarentenas generales
Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.
A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.
“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”
Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.
Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.
La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.
Distanciamiento físico en el trabajo
Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.
También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.
Transporte público
También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.
En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.
Sanciones
El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.
“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.
El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.
La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.
Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.
CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES
Sucesos
Incendio destruye dos apartamentos en la colonia Zacamil de San Salvador; Bomberos evita que las llamas se propaguen
Un incendio estructural consumió dos apartamentos del edificio 440, ubicado en la urbanización José Simeón Cañas, conocida como colonia Zacamil, en San Salvador. La emergencia se registró este sábado 10 de octubre y movilizó a elementos del Cuerpo de Bomberos de El Salvador, quienes trabajaron para controlar las llamas y evitar que el fuego alcanzara otras viviendas del complejo habitacional.
De acuerdo con la información proporcionada por las autoridades, los dos apartamentos resultaron afectados por el incendio, que generó preocupación por el riesgo de propagación hacia las unidades residenciales cercanas. La intervención de los equipos de emergencia permitió concentrar las labores de extinción en el área afectada, evitando que el siniestro se extendiera a otros sectores del edificio.

El Cuerpo de Bomberos desplegó personal especializado para ejecutar maniobras de control y liquidación del fuego, procedimientos destinados a detener el avance de las llamas y eliminar los focos de combustión que podrían provocar una reactivación. Hasta el momento del reporte inicial, los equipos continuaban trabajando en el lugar, mientras se desarrollaban las acciones necesarias para asegurar la zona.
Las causas del incendio todavía no han sido determinadas. Se espera que las inspecciones correspondientes, realizadas por el Cuerpo de Bomberos y la Policía Nacional Civil (PNC), permitan establecer dónde comenzó el fuego y qué circunstancias provocaron su propagación. Tampoco se ha confirmado oficialmente si hubo personas lesionadas, ni se ha divulgado una estimación económica de las pérdidas materiales ocasionadas por el siniestro.
El incidente vuelve a poner de manifiesto la importancia de las medidas de prevención de incendios en edificios residenciales, donde la cercanía entre apartamentos puede facilitar la propagación del fuego. Las autoridades recomiendan revisar periódicamente las instalaciones eléctricas, evitar la sobrecarga de tomacorrientes y mantener despejadas las rutas de evacuación. Ante cualquier emergencia de este tipo, la población puede comunicarse con el Cuerpo de Bomberos al 913 para solicitar asistencia inmediata.

ENTREGA ESPECIAL
A 40 años del terremoto de 1986: los 10 segundos que devastaron San Salvador y dejaron más de 1,500 muertos
Este sábado 10 de octubre de 2026, El Salvador recuerda una de las tragedias más dolorosas de su historia. Hace exactamente 40 años, a las 11:49 de la mañana del viernes 10 de octubre de 1986, un terremoto de magnitud 5.7 sacudió violentamente San Salvador y convirtió en escombros edificios, viviendas y centros de trabajo. Bastaron aproximadamente 10 segundos para cambiar la vida de miles de familias y dejar una profunda huella en la memoria colectiva de los salvadoreños.

El movimiento telúrico tuvo su origen en fallas geológicas locales, a poca profundidad y muy cerca de la capital, factores que explican su enorme capacidad destructiva. La tragedia dejó aproximadamente 1,530 personas fallecidas, 10,000 heridas y alrededor de 200,000 damnificados, según estimaciones históricas. Las pérdidas materiales alcanzaron unos 1,031 millones de dólares, una cifra devastadora para un país que, además, atravesaba uno de los períodos más difíciles del conflicto armado.

Uno de los episodios más dolorosos ocurrió en el edificio Rubén Darío, ubicado en el centro de San Salvador, cuya estructura colapsó y sepultó a cientos de personas. También resultaron gravemente afectados el Gran Hotel San Salvador, el edificio Dueñas, el Hospital Nacional de Niños Benjamín Bloom y numerosas construcciones históricas. La escuela Santa Catalina, en el barrio San Jacinto, fue otro de los escenarios de la tragedia. Incluso el Monumento al Divino Salvador del Mundo sufrió daños cuando la imagen cayó de su pedestal, convirtiéndose en una de las fotografías más recordadas de aquel desastre.

En medio del caos, los gritos de auxilio y las calles cubiertas de escombros, surgieron innumerables historias de solidaridad. Socorristas, bomberos, voluntarios y ciudadanos trabajaron durante horas y días para rescatar sobrevivientes, utilizando herramientas improvisadas y, en muchos casos, sus propias manos. Equipos de emergencia de Guatemala se sumaron a las labores de búsqueda, mientras cientos de familias permanecían en las calles por temor a nuevas sacudidas. Durante los cuatro días posteriores se registraron centenares de réplicas que prolongaron la angustia de una población golpeada por la pérdida de sus seres queridos.

Cuatro décadas después, el terremoto del 10 de octubre de 1986 sigue siendo una herida abierta en la historia salvadoreña, pero también un recordatorio de la importancia de la prevención, las construcciones seguras y la preparación ante emergencias. Aunque San Salvador ha cambiado su paisaje urbano y muchas de las estructuras destruidas desaparecieron, los recuerdos permanecen entre quienes sobrevivieron a aquella mañana. Hoy, el país honra a las víctimas, reconoce la valentía de los rescatistas y recuerda que, en apenas 10 segundos, una ciudad entera puede cambiar para siempre.
Judicial
Condenan a cadena perpetua a pandilleros de la MS-13 capturados durante el régimen de excepción en El Salvador
El Tribunal Cuarto Contra el Crimen Organizado de San Salvador impuso condenas de cadena perpetua a integrantes de la Mara Salvatrucha (MS-13), capturados durante el régimen de excepción y procesados por delitos relacionados con homicidios, desapariciones, extorsiones y actividades de organizaciones terroristas. La Fiscalía General de la República (FGR) confirmó las sentencias el viernes 9 de octubre de 2026, como parte de los procesos judiciales contra estructuras pandilleriles que operaban en la capital y sus alrededores.
Entre los condenados se encuentran Josué Germain González Mejía, identificado por las autoridades como corredor de clica, y Giovanni Andrés Hernández, señalado como homeboy dentro de la organización criminal. Según las investigaciones fiscales, ambos formaban parte de estructuras que mantenían presencia en diferentes sectores de San Salvador, donde se les atribuyeron hechos violentos y actividades delictivas contra la población.
#CombateAPandillas | Cadena perpetua para pandilleros de la MS-13.
La @FGR_SV logró que demostrar que estos criminales mantenían el control en diferentes zonas de la capital y sus alrededores, en donde cometieron diversos casos de homicidios, desapariciones, extorsiones, organizaciones terroristas, agrupaciones ilícitas, entre otros.
Todos fueron capturados gracias al Régimen de Excepción.
Entre los condenados a cadena perpetua están Josué Germain González Mejía, quien tenía el rango de corredor de clica, y Giovanni Andrés Hernández, identificado como homeboy.
Las condenas fueron impuestas por el Tribunal Cuarto Contra el Crimen Organizado de San Salvador.
— Fiscalía General de la República El Salvador (@FGR_SV) October 9, 2026
La Fiscalía aseguró que durante el proceso judicial presentó elementos probatorios relacionados con homicidios, desapariciones de personas, extorsiones, agrupaciones ilícitas y delitos vinculados con organizaciones terroristas. Sin embargo, la institución no precisó el número total de personas condenadas en este caso, las fechas de los hechos investigados ni las circunstancias particulares de cada delito. Las sentencias fueron dictadas por el Tribunal Cuarto Contra el Crimen Organizado de San Salvador.
Estas condenas se producen después de las reformas constitucionales y penales aprobadas en marzo de 2026, mediante las cuales El Salvador incorporó la prisión perpetua para delitos de extrema gravedad, como homicidio, violación y terrorismo. La modificación del artículo 27 de la Constitución permitió establecer esta sanción, cuya aplicación contempla mecanismos de revisión judicial después de determinados períodos de cumplimiento. En septiembre se conocieron las primeras sentencias bajo el nuevo marco legal, por lo que las resoluciones contra integrantes de la MS-13 representan nuevos casos de aplicación de esta pena.
Los condenados habían sido detenidos durante el régimen de excepción, vigente desde el 27 de marzo de 2022 y prorrogado periódicamente por la Asamblea Legislativa. El Gobierno sostiene que esta medida ha contribuido a reducir los homicidios y desarticular estructuras criminales, mientras organizaciones de derechos humanos han expresado preocupación por las garantías procesales en determinados casos. Las nuevas sentencias reflejan la aplicación del endurecimiento de las penas contra delitos graves en El Salvador, en medio de la continuidad de los procesos judiciales relacionados con las pandillas.




