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Nacionales

Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales

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Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.

Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.

En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.

Cercos sanitarios

En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.

“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.

Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.

No se puede aplicar cuarentenas generales

Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.

A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.

“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”

Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.

Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.

La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.

Distanciamiento físico en el trabajo

Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.

También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.

Transporte público

También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.

En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.

Sanciones

El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.

“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.

El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.

La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.

Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.

CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES

NOTA ACÁ

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Hijo de Catalino Miranda es condenado a siete años de prisión

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El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a siete años de prisión a Adalberto Antonio Miranda Zepeda, hijo del fallecido Catalino Miranda, tras encontrarlo responsable del delito de estafa agravada en perjuicio de una víctima.

De acuerdo con los hechos acreditados en juicio, el 16 de mayo de 2019, Miranda Zepeda solicitó al Centro Nacional de Registros (CNR) el retiro de un documento de cancelación de mutuo hipotecario que no había sido inscrito, con el propósito de subsanar prevenciones señaladas por dicha institución; posteriormente, el documento fue presentado nuevamente por otra persona.

Sin embargo, la víctima no firmó dicha cancelación y la Sección del Notariado de la Corte Suprema de Justicia informó que el documento era inexistente; además, se estableció que el notario no se encontraba en el país en la fecha en que supuestamente fue suscrito.

Asimismo, el dolo se evidenció cuando el procesado, en su calidad de administrador único de ACOSTES de R. L., suscribió con la víctima una novación del contrato de mutuo con garantía prendaria sobre 78 unidades de buses. No obstante, posterior a la firma de la novación, esas mismas unidades fueron dadas como garantía ante otras instituciones financieras.

Los hechos se originaron en 2019, cuando la víctima otorgó un contrato de mutuo con garantía hipotecaria y prendaria por $1,800,000 a favor de su padre Catalino Ezequiel Miranda Arteaga (ya fallecido) y de su tío José Braulio Miranda Arteaga, quienes en ese entonces eran los representantes de ACOSTES de R. L. y ACOSTES de El Salvador S. A. de C. V. Con el tiempo, los obligados dejaron de cumplir con los pagos.

Además, el tribunal condenó en abstracto la responsabilidad civil, a fin de que la víctima pueda ejercer su derecho en la vía correspondiente. Esto debido a que no se demostró el monto exacto del perjuicio, ya que la víctima concilió con uno de los imputados, José Braulio Miranda Arteaga.

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«La Romina» recobrará su libertad luego de confesar los delitos contra bienes policiales

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Hamlet Rafael de Paz Escobar, conocido como “La Romina” recobrará su libertad luego de confesar los delitos de daños a una patrulla policial y hurto de una gorra de un agente, en enero de 2025. Hasta hoy, Romina está detenida en el penal de Jucuapa.

La audiencia se desarrolló de forma virtual, debido a que el imputado permanece en prisión mientras avanza el proceso judicial en su contra, en cumplimiento de las disposiciones establecidas por las autoridades.

De acuerdo con información judicial, el caso continúa en etapa de análisis, por lo que serán las instancias correspondientes las que determinen las responsabilidades del acusado conforme avance el procedimiento.

El aval a este tipo de proceso podría permitir una resolución más ágil del caso, siempre que se cumplan las condiciones legales requeridas, incluyendo la aceptación de los hechos por parte del imputado.

Hasta el momento, las autoridades no han brindado mayores detalles sobre el avance específico del caso, aunque reiteraron que el proceso sigue activo.

Según el expediente fiscal, una patrulla de la PNC auxiliaba a una persona y habían dejado el vehículo estacionado; como a 15 metros aproximadamente estaba Romina, quien aprovechó que los agentes se alejaron para hurtar la gorra.

La Policía Nacional Civil (PNC) reportó la captura de Romina el 23 de enero de 2025, cuando fue interceptada sobre el bulevar El Hipódromo, en el distrito de San Salvador.

Previo a su captura, la tiktoker subió un video en sus redes sociales donde aparentemente se encontraba a bordo de una patrulla policial, mostró una gorra de la PNC y activó la bocina del vehículo.

En agosto de 2024, la tiktoker fue acusada de robo y amenazas en contra de un conductor de aplicaciones.

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Proyecto de agua potable en Sacacoyo lleva 97 % de avance

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La Dirección de Obras Municipales (DOM) informó que la segunda fase del proyecto de agua potable que se ejecuta en el distrito de Sacacoyo, en el municipio de La Libertad Oeste, lleva un 97 % de avance.

Para finalizar la obra en su totalidad, la DOM ejecuta los últimos detalles que consisten en la implementación de válvulas, cajas para filtrado de lodo y aire, pintura y acabados de la infraestructura.

De acuerdo con la institución, la segunda fase del proyecto comprende la construcción de una cisterna en la zona del pozo, instalación de una bomba sumergible, dos bombas más para rebombeo a una segunda cisterna y una subestación de suministro eléctrico.

Asimismo, incluye la instalación de tres bombas más de rebombeo en la cisterna intermedia para empujar el agua a través de la red de impelencia de más de 3.5 kilómetros, hasta el tanque principal de más 400 metros cúbicos -4 veces más en capacidad al sistema anterior- con su respectiva subestación eléctrica.

 

La DOM detalló que este proyecto está acompañado de una obra civil que consta de casetas para el control eléctrico y rebombeo, así como para vigilancia, sumado al muro perimetral con block y alambre navaja en la parte superior.

 

Este nuevo sistema de agua potable abastecerá a más de 1,800 habitantes del sector.

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