Nacionales
Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales
Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.
Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.
En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.
Cercos sanitarios
En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.
“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.
Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.
No se puede aplicar cuarentenas generales
Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.
A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.
“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”
Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.
Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.
La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.
Distanciamiento físico en el trabajo
Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.
También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.
Transporte público
También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.
En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.
Sanciones
El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.
“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.
El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.
La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.
Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.
CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES
Economia
Sorteo LOTRA N.o 463 dedicado a + Deportes de INDES
El Sorteo LOTRA No. 463 fue dedicado a +Deportes de INDES, plataforma de comunicación que acerca a la ciudadanía el acontecer deportivo nacional y el trabajo desarrollado por el Instituto Nacional de los Deportes de El Salvador (INDES).
+Deportes inició sus transmisiones el 28 de agosto de 2023, a través de Canal 10, como un espacio de comunicación y difusión institucional. Desde entonces, informa sobre proyectos, programas, actividades y resultados del INDES, además de brindar cobertura a diferentes disciplinas, competencias y atletas.
A pocos días de cumplir tres años al aire, +Deportes también ha extendido su cobertura más allá de las fronteras nacionales, con enlaces y reportes desde escenarios deportivos internacionales. Entre estos destacan la World Winners Cup de fútbol playa, en Italia, y los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos de Santiago de Chile, acercando a la audiencia el desempeño de atletas salvadoreños en competencias internacionales.
El programa también da seguimiento a las principales iniciativas, ligas, disciplinas y actividades desarrolladas por el INDES, contribuyendo a mantener informada a la población sobre el desarrollo del deporte en El Salvador.
Durante la fase previa del sorteo, Natán Flores, productor de +Deportes, participó en la presentación de los Premios Mayores, mientras que Eugenio Calderón, presentador del programa, realizó la presentación de los maletines de balotas de colores.
Como parte de la dedicatoria, el presidente de la Lotería Nacional de Beneficencia, Javier Milián, entregó el marco conmemorativo del sorteo a René Martínez, presidente del INDES, como reconocimiento a la labor de +Deportes en la difusión del acontecer deportivo nacional.
Resultados del Sorteo LOTRA No. 463
- Primer Premio: $555,000 – Billete No. 09518, vendido.
- Segundo Premio: $20,000 – Billete No. 22054, vendido.
- Tercer Premio: $10,000 – Billete No. 39680, vendido.
La lista completa de números ganadores puede consultarse en el sitio web de la Lotería Nacional de Beneficencia.
Nacionales
315 personas han fallecido atropelladas en El Salvador este año
Ariana Valeria Henríquez, de 19 años, estudiante de Psicología de la Universidad de El Salvador (UES), murió atropellada el 28 de mayo de 2026, cuando intentaba abordar un bus de la ruta 1 en la avenida Don Bosco, contiguo a la UES.
De acuerdo con la información proporcionada, la joven sufrió un desequilibrio mientras intentaba subir a la unidad. El conductor del autobús aceleró antes de que Henríquez lograra abordar y, durante la marcha, la unidad la atropelló con las llantas delanteras.
Henríquez forma parte de las 315 personas que han fallecido tras ser arrolladas por unidades de transporte entre el 1 de enero y el 25 de agosto de 2026, según estadísticas del Observatorio Nacional de Seguridad Vial (Onasevi). En ese mismo periodo también murieron 23 ciclistas y 433 motociclistas en accidentes viales.
El conductor de la ruta 1 involucrado en el hecho fue detenido y acusado por el delito de homicidio culposo, por lo que deberá responder ante las autoridades por lo ocurrido.
Durante 2025, un total de 499 personas murieron tras ser atropelladas. Entre las causas de estos hechos se encuentran la excesiva velocidad de las unidades de transporte, la distracción de los conductores, problemas mecánicos y la conducción en estado de ebriedad. No obstante, también se registran casos en los que existe responsabilidad atribuible a los peatones.
Según las cifras oficiales, durante 2025, en 60 casos de personas fallecidas tras ser atropelladas se determinó que la causa estuvo relacionada con imprudencia del peatón.
Los datos del Onasevi también indican que en 2024 murieron 507 personas atropelladas a nivel nacional, mientras que en 2023 se registraron 487 fallecidos. La cifra más alta se reportó en 2022, con 549 personas muertas tras ser atropelladas.
Responsabilidad del peatón
El Reglamento General de Tránsito y Seguridad Vial establece disposiciones tanto para los conductores como para los peatones.
El artículo 95 obliga a los ciudadanos a actuar con precaución y prohíbe bajar o subir pasajeros de vehículos en movimiento, así como viajar en estribos, portezuelas, capotas o parrillas.
La normativa también establece que los conductores del transporte colectivo deben respetar las paradas de buses en los lugares establecidos.
En las áreas urbanas, el artículo 96 señala que los peatones deben transitar únicamente por las aceras y cruzar por las zonas de seguridad. Cuando existan pasarelas, deben utilizarlas.
Para las zonas rurales, el artículo 97 establece que los peatones deben transitar por las calzadas de las carreteras y hacerlo por el lado izquierdo, según la dirección de su marcha.
Nacionales
Distracción al volante termina en accidente de tránsito en Santa Tecla
Tres vehículos se vieron involucrados en un accidente de tránsito registrado esta mañana en el distrito de Santa Tecla, La Libertad.
Según reportes ciudadanos, el percance ocurrió sobre el bulevar Sur, en dirección hacia el Puerto de La Libertad, antes de llegar al centro comercial Las Joyas.
Las autoridades no reportaron personas lesionadas a causa del accidente, únicamente daños materiales.
De momento, se desconocen las causas que provocaron la colisión. Sin embargo, no se descarta que la distracción al volante haya sido uno de los factores que originaron el percance.








