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Nacionales

Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales

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Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.

Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.

En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.

Cercos sanitarios

En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.

“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.

Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.

No se puede aplicar cuarentenas generales

Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.

A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.

“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”

Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.

Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.

La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.

Distanciamiento físico en el trabajo

Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.

También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.

Transporte público

También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.

En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.

Sanciones

El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.

“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.

El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.

La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.

Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.

CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES

NOTA ACÁ

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Corte de Cuentas y el CVPCPA unen esfuerzos para especializar a auditores gubernamentales

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Con el objetivo de mantener la excelencia técnica y consolidar una fiscalización pública de alto nivel, la Corte de Cuentas de la República (CCR) firmó un Convenio de Cooperación Interinstitucional con el Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría (CVPCPA).

El acuerdo fue suscrito por el presidente de la CCR, Walter Salvador Sosa; el primer magistrado, Julio Guillermo Bendek; y el segundo magistrado, José Rodrigo Flores, junto a la directora presidenta del CVPCPA, Cecilia Pereira.

Durante el evento, el presidente Walter Salvador Sosa destacó la importancia de esta cooperación como un paso decisivo hacia una administración pública más sólida y confiable. “Avanzamos con firmeza hacia una gestión pública más profesional, más transparente y cercana a la ciudadanía. Este acto constituye un
peldaño más hacia la formación continua y el desarrollo del talento humano”, expresó.

Uno de los principales beneficios para los auditores de la Corte de Cuentas consiste en facilitar la formación especializada que será impartida en el Centro de Instrucción y Capacitación (CINCAP) de la CCR, para cumplir las 40 horas anuales de actualización requeridas por la Norma de Educación Continuada del CVPCPA.

La misión del CVPCPA es regular y supervisar el desempeño profesional de quienes ejercen la contaduría pública, promoviendo la ética, las buenas prácticas de control de calidad, la educación continua y el cumplimiento regulatorio.

Esta alianza interinstitucional contribuye a la coordinación de
cursos técnicos especializados desarrollados de manera conjunta por ambas instituciones; al cumplimiento del artículo 5 de la Ley de la Corte de Cuentas y al avance de los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional 2025-2028, reafirmando
el compromiso de la CCR con la modernización y el fortalecimiento de la gestión pública.

La Corte de Cuentas de la República reafirma su apuesta por la profesionalización como eje fundamental de una fiscalización innovadora, fortaleciendo la calidad del servicio que se brinda a la ciudadanía y contribuyendo al desarrollo de El Salvador.

El acto oficial se desarrolló en las instalaciones del CINCAP de la CCR

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Dos personas lesionadas en accidente en Zaragoza

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Dos personas resultaron lesionadas este miércoles, durante un percance vial ocurrido sobre el km 25 de la carretera hacia el Puerto de La Libertad, en las cercanías del desvío al Distrito de Zaragoza.

La Policía Nacional Civil informó que un camión que transportaba tierra chocó contra los separadores de la carretera, dejando escombros sobre la vía.

La tierra esparcida sobre la carretera también provocó que un motociclista que transitaba por el lugar derrapara y también resultó lesionado.

Tanto el conductor del conductor del camión como el motociclista fueron trasladados a un centro hospitalario.

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Exportaciones salvadoreñas totalizaron $6,428.5 millones en 2025

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El comercio de bienes salvadoreños cerró el 2025 con cifras positivas. Las estadísticas del Banco Central de Reserva (BCR) revelan que el país comercializó $6,428.5 millones en los distintos mercados internacionales, cifras superiores a las de 2024.

En ese sentido, el flujo comercial representó un crecimiento del 1.9 % comparado con lo registrado en 2024. En detalle, los datos indican que el año pasado, las exportaciones sumaron $117 millones más que en 2024, cuando fueron de $6,311.5 millones.

En el caso del volumen, las exportaciones registraron un crecimiento del 2.9 %, totalizando 3,560.7 millones de kilogramos, lo que representa 99.8 millones de kilogramos más que en 2024.

Estados Unidos sigue siendo el principal comprador de bienes salvadoreños, con $2,086 millones.

Sin embargo, Centroamérica también se posiciona entre los principales destinos, en los que destacan Guatemala, con $1,262.9 millones (+2.5 %); Honduras, con $1,076.2 millones (+5.6 %); Nicaragua con $586.1 millones (+3.9 %) y Costa Rica con $286.3 millones.

A estos mercados se les une también México, con $251.9 millones; Panamá, con $123.5 millones; República Dominicana, con $109.8 millones; España, con $71.6 millones; Bélgica, con $54.8 millones, y el resto del mundo con $519.5 millones.

El BCR indicó que las exportaciones de café alcanzaron los $167.7 millones en 2024, mientras que en el azúcar $161 millones.

Las exportaciones de maquila totalizaron $880.7 millones, con un crecimiento del $0.4 %, mientras que las corrientes fueron $5,447.8 % millones, un 2.1 % más.

Por otra parte, entre los productos más comercializados destacan: «T-shirts» y camisetas, de punto (7.7 %); Suéteres (jerseys), pulóveres, cárdigan, chalecos y artículos similares, de punto (6.1 %); los artículos para el transporte o envasado, de plástico (4.9 %), así como hilos, cables y demás conductores aislados para electricidad (3.4 %).

 

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