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Nacionales

Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales

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Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.

Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.

En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.

Cercos sanitarios

En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.

“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.

Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.

No se puede aplicar cuarentenas generales

Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.

A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.

“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”

Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.

Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.

La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.

Distanciamiento físico en el trabajo

Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.

También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.

Transporte público

También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.

En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.

Sanciones

El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.

“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.

El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.

La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.

Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.

CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES

NOTA ACÁ

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Defensoría lanza programa para garantizar la seguridad de productos en el mercado

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El presidente de la Defensoría del Consumidor, Ricardo Salazar, lanzó el programa de «Cumplimiento en seguridad de productos para la protección de los consumidores», el cual está dirigido a proveedores que comercializan a escala nacional.

«Está dirigido a aquellos proveedores que comercializan a escala nacional y se busca el cumplimiento de la Ley de Protección al Consumidor en lo relativo a los productos seguros», explicó Salazar.

El funcionario señaló que el programa busca fomentar la buena práctica, impulsar una cultura de respeto, transparencia y responsabilidad. Además, las empresas que formen parte de este fortalecerán sus conocimientos legales.

«El conocimiento de esta materia de seguridad de productos, a través de la capacitación de la Defensoría, lo van a elevar y lo van a tener. Igualmente, nosotros vamos a reconocer a aquellos (proveedores) que están dentro del programa», indicó.

La institución ha trabajado desde el año 2019, en la implementación de estrategias vinculadas al desarrollo de programas que fomenten la buena práctica y el cumplimiento de la Ley de Protección al Consumidor en los diferentes proveedores de bienes y servicios.

«El interés de nuestra institución y del Gobierno del presidente Nayib Bukele es generar este tipo de iniciativas para que podamos asegurar un mercado en el cual la seguridad de productos esté presente», destacó.

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Último crucero de la temporada atracará el sábado en Acajutla

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El Salvador está por finalizar la temporada de cruceros más importante de los últimos años, remarcando así que el país es un destino atractivo para las navieras internacionales y para los visitantes extranjeros.

En ese sentido, la ministra de Turismo, Morena Valdez, confirmó a «Diario El Salvador», que este fin de semana atracará el último crucero de la temporada en el puerto de Acajutla, en Sonsonate.

«Esta semana, específicamente el sábado, estaremos recibiendo el último crucero de la temporada 2025-2026. Es un crucero que viene por primera vez y vamos a tener alrededor de 1,000 cruceristas», afirmó la ministra Valdez.

Las estadísticas del Ministerio de Turismo (Mitur) indican que durante la temporada 2025-2026 (de octubre a mayo) 14 navieras internacionales han atracado en el puerto de Acajutla, en Sonsonate; y algunos lo hicieron en el puerto de La Unión. El último en llegar fue el Koningsdam, el 19 de abril.

El Mitur también destacó que durante esta temporada se han atendido a 25,000 visitantes internacionales que viajaban en cada uno de los buques. Además, solo este año se han recibido 10 cruceros en las terminales marítimas del país.

«Nuestros destinos culturales, históricos y naturales continúan conquistando a turistas internacionales. La temporada proyecta más de 25,000 visitantes, consolidando a El Salvador como un destino atractivo en la industria de cruceros», afirmó la cartera de Estado.

Al respecto, la directora ejecutiva de la Corporación Salvadoreña de Turismo (Corsatur), Alejandra Durán, aseguró que para la presente temporada se proyectaron entre 14 y 18 cruceros, por lo que se convierte en «la más grande que hemos tenido» en el país.

También destacó que la llegada de estos cruceristas genera la famosa economía naranja, ya que impulsa el movimiento de emprendedores, artistas, turoperadores, entre otros.

«Estas visitas se suman a toda la estrategia de cruceros y de atracción de visitantes que estamos teniendo con eventos, y por supuesto con toda la dinámica que el sector público y privado está realizando en conjunto», comentó Durán.

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Acusado de feminicidio enfrentará juicio en San Salvador

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Gabriel López Meléndez fue enviado a juicio por el delito de feminicidio agravado en perjuicio de su compañera de vida, así decidió el Juzgado Especializado Segundo de Instrucción para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de San Salvador.

De acuerdo con la investigación de la Fiscalía General de la República, los hechos ocurrieron el 3 de agosto de 2025 en el distrito de Apopa a raíz de una discusión que se prolongó durante varias horas hasta que el sujeto comenzó a agredir físicamente a la víctima.

«Mientras la pareja se encontraba en una habitación de su vivienda junto a uno de sus hijos, López, motivado por celos, habría comenzado una discusión y golpeó a la víctima en el estómago y el resto del cuerpo hasta quitarle la vida», se detalló en la acusación.

Posteriormente, López acudió a socorristas para solicitar ayuda, sin embargo, cuando estos llegaron, la víctima ya había muerto por las múltiples lesiones.

En el peritaje forense, que fue parte del desfile de pruebas de la Fiscalía, se determinó que la causa de muerte fue un trauma cerrado de abdomen de tipo contuso.

La investigación determinó que López Meléndez y la víctima mantenían una relación sentimental marcada por violencia psicológica y física ejercida por él. Además, el imputado intentaba controlarla y la maltrataba tras constantes episodios de celos.

Al valorar la oferta probatoria del ministerio público, el juzgado identificó elementos suficientes y relevantes para admitir la acusación y remitir el proceso a la etapa de sentencia. Asimismo, ratificó la medida cautelar de detención provisional contra el procesado, que se enfrenta a una posible condena de más de 30 años de prisión.

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