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Nacionales

Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales

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Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.

Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.

En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.

Cercos sanitarios

En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.

“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.

Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.

No se puede aplicar cuarentenas generales

Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.

A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.

“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”

Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.

Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.

La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.

Distanciamiento físico en el trabajo

Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.

También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.

Transporte público

También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.

En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.

Sanciones

El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.

“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.

El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.

La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.

Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.

CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES

NOTA ACÁ

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Despliegan inspectores de la Defensoría del Consumidor en la víspera de la celebración del Día de las madres

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Esta mañana, el presidente de la Defensoría del Consumidor, Ricardo Salazar, encabezó un operativo de verificación en el centro comercial Metrosur de San Salvador, con el fin de validad precios y promociones de artículos alusivos al Día de la madres.

«El Día de las madres es una importante celebración y es así como nuestra institución realiza un despliegue para defender los derechos de los consumidores», comentó Salazar.

El funcionario detalló en porcentajes el comportamiento de los consumidores para esta fecha, teniendo a la base los resultados de la encuesta sobre hábitos y preferencias de consumo de los salvadoreños para esta fecha. (https://www.defensoria.gob.sv/recientes/defensoria-del-consumidor-revela-que-salvadorenos-priorizan-comidas-en-casa-por-el-dia-de-la-madre/)

«Más del 80 % de los salvadoreños manifiesta que celebrará esta fecha, un 47 % indicó que lo harán en sus casas y un 27 % en algún restaurante», indicó. Agregó que más del 30 % realizarán compras vinculadas a arreglos florales, prendas de vestir, pasteles, perfumes, entre otros productos; y un 69 % hará esta actividad en centros comerciales.

«La principal recomendación que nosotros damos a todos los consumidores es que realicen las compras debidamente informados de los términos y condiciones; además, que consulten en el caso de las compras en línea las características de los productos», amplió.

Otra recomendación es guardar los comprobantes de compra ante cualquier situación que se pueda presentar respecto a la garantía, calidad e incumplimiento de entrega de los productos.

Para mayor información, el presidente de la Defensoría comunicó que en las redes sociales de la institución se publicarán los precios de productos como pasteles y arreglos florales.

Denuncias o irregularidades

La Defensoría del Consumidor exhorta a la población a denunciar cualquier irregularidad, incumplimiento de ofertas o promociones, así como posibles abusos en los precios. Como parte de este esfuerzo, la institución habilitó puntos de atención en centros comerciales, en los siguientes horarios y lugares: el 8 de mayo en Metrosur, San Salvador, de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.; en Metrocentro, San Miguel Centro, de 10:30 a.m. a 3:30 p.m.; y en Metrocentro, Santa Ana Centro, de 9:00 a.m. a 2:00 p.m., donde se brindará información, asesoría y recepción de denuncias.

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Envían a juicio a acusada de falsificar documentos

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El Juzgado Primero de Instrucción de San Salvador envió a juicio a Jannette del Carmen Villatoro de Ramírez, de 51 años, acusada del delito de falsedad ideológica.

«En agosto de 2014, la víctima intentó gestionar un crédito hipotecario sobre su vivienda y se enteró que la propiedad ya registraba dos escrituras en las que el inmueble había sido otorgado como garantía de pago», indicó el fiscal del caso.

En dichas escrituras aparecen dos personas distintas otorgando préstamos a favor de Villatoro de Ramírez, quien presuntamente habría tramitado los créditos utilizando los documentos personales de la víctima y la escritura de propiedad. Asimismo, habría acudido acompañada de un hombre que se hizo pasar por la propietaria y firmó los documentos correspondientes.

«Una pericia posterior realizada por la Fiscalía determinó que la firma plasmada en los documentos no correspondía a la propietaria. Además, aunque los documentos utilizados para los trámites eran verdaderos, contenían declaraciones contrarias a la realidad, ya que la víctima no habría estado presente durante el procedimiento», detalló el fiscal.

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Mara Salvatrucha adjudicaba homicidios a la Sombra Negra para despistar investigaciones

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La Mara Salvatrucha intentó, en varios casos, desvincularse de crímenes cometidos por sus 230 clicas [células territoriales] y, para despistar a las fuerzas de seguridad, dejaba carteles sobre los cadáveres atribuyendo los hechos al grupo de exterminio La Sombra Negra.

Ese grupo clandestino, que operó en El Salvador en la década de los 90 y principios de los 2000, estuvo integrado por policías, militares y civiles. Los pandilleros quisieron hacer ver a las autoridades que ellos no tenían que ver con esos homicidios para que ningún terrorista de la estructura fuera investigado y capturado.

Toda es información fue obtenida mediante la herramienta de la intervención a las telecomunicaciones que jueces avalaron y ejercieron función jurisdiccional sobre esa técnica especializa de investigación.

Todo ese accionar y modos operandi de los gatilleros [homicidas de las pandillas] fue avalado por la cúpula de la Mara Salvatrucha integrada por 22 fundadores o ranfleros históricos que están siendo enjuiciados en la audiencia única abierta, junto a otros 464 cabecillas de los 232 programas [estructura jerárquica superior] dirigidas por corredores [cabecillas de alto rango].

Otras de las evidencias presentadas por la Fiscalía Adjunta contra el Crimen Organizado, son varios videos extraídos del teléfono celular decomisado a un corredor de programa, donde se observan torturas y ejecuciones de personas.

Con el material audiovisual se evidencia que la Mara Salvatrucha utilizó como principal método la decapitación de las víctimas, previas torturas. Tras ser decapitadas las mutilaban y enterraban en cementerios clandestinos que fueron avalados instalar en zonas rurales por los ranfleros históricos.

Además, en los audios se registran conversaciones en las que pandilleros reciben instrucciones de que las personas bajo investigación, a quienes se les daba vigilancia y seguimiento, debían ser privadas de libertad y trasladadas a «casas Destroyer»; sin embargo, se les prohibía asesinarlas sin autorización previa de la cúpula y los corredores de programa.

«Definitivamente, se ordenaba que a las personas no las mataran inmediatamente, sino que las capturaran y mantuvieran privadas de libertad mientras se daban los pases y se conseguía la autorización para poderlos matar. Por lo tanto, queda demostrado y suficientemente probado, que nadie podía matar sin la autorización de la ranfla, de los corredores de programa, ellos eran los que tenían la decisión de quien vivía y quien moría en este país», manifestó Max Muñoz, fiscal adjunto contra el crimen organizado.

En más de una semana de reproducción de audios, adquiridos mediante escuchas telefónicas, el Tribunal Sexto contra el Crimen Organizado tuvo acceso a 125 grabaciones donde ha quedado evidenciado la ejecución de 29,000 homicidios acumulados en más de 500 casos.

En uno de los últimos audios se escucha que los pandilleros perseguían una ambulancia en la que era trasladada una víctima a quien le habían disparado en el rostro; los terroristas buscaban a como diera lugar asegurar la muerte para no dejar testigos.

En otra grabación se escuchaban los gritos de las víctimas mientras los pandilleros se burlaban de ellas y sin piedad les asestaban múltiples disparos.

Además de los homicidios en las conversaciones captadas, uno de los pandilleros dice a un cabecilla que tiene un censo de cuánto se estaba pagando en concepto de extorsión en las colonias bajo su control, mientras que sugiere que debían aumentar la cuota, ya que la mara estaba corta de dinero.

También se escuchó como daban indicaciones a abogados para trasladar mensajes hacia los centros penales.

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