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Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales
Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.
Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.
En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.
Cercos sanitarios
En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.
“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.
Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.
No se puede aplicar cuarentenas generales
Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.
A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.
“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”
Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.
Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.
La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.
Distanciamiento físico en el trabajo
Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.
También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.
Transporte público
También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.
En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.
Sanciones
El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.
“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.
El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.
La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.
Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.
CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES
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El Salvador y EE. UU. firmaron acuerdo de cooperación regulatoria en energía nuclear
El Salvador y Estados Unidos de América firmaron un Memorando de Entendimiento para el acuerdo entre el Organismo para la Implementación del Programa de Energía Nuclear en El Salvador (OIPEN) y la Comisión Reguladora Nuclear (NRC, por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos, para el intercambio de información técnica y cooperación en materia de seguridad nuclear.
El director general de Energía, Hidrocarburos y Minas de El Salvador, y director del OIPEN Daniel Álvarez, afirmó que este acuerdo permitirá al país aprender sobre el tema regulatorio en energía nuclear con fines pacíficos y calificó este paso como un hito histórico para el país y la región, debido a que es un proyecto a largo plazo.
Asimismo, afirmó que la firma del acuerdo permite al país contar con este aliado estratégico que suma experiencia regulatoria en energía nuclear con fines pacíficos.
«Que ellos hayan firmado este acuerdo con nosotros es de suma importancia pues tenemos que seguir todos los estándares que tienen. El Salvador tiene una gran voluntad de crecimiento y gran capacidad para hacer las cosas», sostuvo.
Según información oficial, el marco regulatorio del futuro organismo regulador salvadoreño fue firmado por Daniel Álvarez, y el director de la NCR, Ho K. Nie, entrará en vigencia en junio de 2026.
El evento se realizó en el marco de la 38 Conferencia Anual de Información Regulatoria de la NCR que se desarrolla en Rockville, Maryland, y que reúne a más de 3,000 participantes de más de 40 países, incluyendo agencias de gobiernos, de la industria y organizaciones internacionales.
Por su parte el Subsecretario de Estado de Estados Unidos, Thomas G. DiNanno, afirmó que el acuerdo compromete a ambas naciones a trabajar juntas desde antes de la firma y entrada en vigor. «Este hito fortalece la asociación bilateral y promueve la seguridad energética y apoya la cooperación económica», añadió.
Mientras que la Embajadora de El Salvador en Estados Unidos, Milena Mayorga, quien participó como testigo de honor en la firma, destacó que este documento «es una muestra más de las sólidas relaciones que existen entre el presidente, Nayib Bukele, y el presidente Donald Trump, quienes tienen una agenda común en otros temas como la seguridad, el combate al narcotráfico y la economía».
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Condenan a pandillero a 12 años de cárcel por limitar circulación
El Tribunal Sexto de Sentencia de San Salvador condenó a 12 años de cárcel al pandillero Elmer Alexander Martínez por el delito de limitación ilegal a la libertad de circulación, en el distrito de Cuscatancingo, en San Salvador.
Según consta en el expediente fiscal, Martínez, alias Snarf, junto a un grupo de pandilleros de la MS 13, llegaron, entre marzo y abril de 2021 a la vivienda de las víctimas y bajo amenazas de muerte, las obligaron a abandonar la casa. Martínez hacía tareas de vigilancia, con arma en mano en la calle, mientras el resto de pandilleros, amenazaban a la víctima.
En su valoración, el Tribunal determinó que se lesionó el derecho a la libertad de circulación y aplicó la pena máxima, que es de 12 años.
En su defensa, el imputado aseguró ser un enfermero de profesión y no haber pertenecido nunca a grupos delincuenciales.
Sin embargo, la jueza valoró el testimonio de las víctimas, que, tal como consta en el expediente, en medio de las amenazas, huyeron del lugar. También constan evidencias sicológicas sobre el trauma sufrido al verse amenazados
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Policía captura a hombre responsable de homicidio en Usulután
La Policía Nacional Civil (PNC) reportó, este viernes, la captura de José David Machado Alvarado, de 27 años de edad, quien es el responsable de cometer un homicidio el jueves por la noche en Usulután, Usulután Este.
La víctima fue un hombre de 40 años quien recibió disparos con arma de fuego.
La PNC detalló que dicha arma fue localizada envuelta en una bolsa plástica y cubierta con piedras.
Machado Alvarado fue arrestado en el distrito de Ozatlán, Usulután Este. Además, será remitido por el delito de homicidio.
«En El Salvador ningún crimen queda impune», enfatizó la PNC.




