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Nacionales

Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales

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Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.

Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.

En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.

Cercos sanitarios

En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.

“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.

Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.

No se puede aplicar cuarentenas generales

Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.

A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.

“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”

Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.

Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.

La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.

Distanciamiento físico en el trabajo

Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.

También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.

Transporte público

También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.

En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.

Sanciones

El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.

“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.

El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.

La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.

Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.

CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES

NOTA ACÁ

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El Puerto de Acajutla registra un crecimiento del 11.2 % en el movimiento de carga durante 2025

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El movimiento de carga en importaciones y exportaciones del Puerto de Acajutla creció 11.2 % en toneladas métricas durante 2025, consolidando su papel estratégico en la economía nacional y en el fortalecimiento de la cadena de abastecimiento del país.

Este incremento fue impulsado principalmente por el mayor movimiento de granos básicos, combustibles, materias primas, productos industriales y carga general, rubros fundamentales para el funcionamiento de los sectores productivos y comerciales de El Salvador.

De acuerdo con datos de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA), el fortalecimiento de la infraestructura y la eficiencia operativa del puerto han permitido dinamizar el comercio exterior, garantizar el abastecimiento interno y generar condiciones favorables para la atracción de inversión.

El crecimiento en el movimiento de carga no solo refleja una mayor actividad logística, sino que también se traduce en más competitividad, generación de empleo y desarrollo económico para el país.

La actividad portuaria es un motor clave que conecta a El Salvador con los mercados internacionales y respalda el desempeño de la industria, la agricultura y el comercio.

Asimismo, el fortalecimiento de los puertos contribuye directamente a la estabilidad de los precios, la disponibilidad de productos esenciales y el crecimiento sostenido de la economía nacional.

Las autoridades reiteraron su compromiso de continuar impulsando acciones orientadas a la modernización, eficiencia y competitividad de los puertos, como parte de una visión estratégica para posicionar a El Salvador como un referente logístico en la región.

Con resultados como los obtenidos en 2025, el Puerto de Acajutla reafirma su importancia como uno de los principales pilares del comercio exterior y del desarrollo económico del país.

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La DOM avanza en la renovación de centro escolar en Nueva Concepción

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La Dirección de Obras Municipales (DOM) reconstruye las instalaciones del Centro Escolar María Pilar Diez Ulzurrum Romeo, del cantón Chilamate, en Nueva Concepción, Chalatenango; que beneficiará a más de 100 estudiantes.

Los equipos avanzan con los trabajos en estructuras metálicas, colado con material de concreto hidráulico en zapatas y pisos de diferentes módulos, la construcción del área de basurero y colocación de base de suelo cemento.

Este proyecto comprende la construcción de cuatro módulos, uno de estos de dos niveles, que tendrán seis aulas para los alumnos de parvularia a sexto grado que provienen de los caseríos Arracaos, Metayate, lotificación San Francisco, La Labranza y colonia Buena Vista.

En otros módulos construyen áreas de recepción, archivo, sala de reuniones, cocina y comedor. También, avanzan en la construcción de una plaza para actos cívicos, muro perimetral y una fachada o portón principal.

Esta obra es parte del proyecto Dos Escuelas por Día, una iniciativa del presidente Nayib Bukele para reconstruir y renovar más de 5,000 escuelas públicas de todo el país.

La DOM está ejecutando más de un centenar de este proyecto y a la fecha ha entregado 19 escuelas completamente renovadas.

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Condenan a 20 años de prisión a dos sujetos por robo agravado en Berlín, Usulután

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La Fiscalía General de la República (FGR) informó sobre la condena de dos sujetos acusados de robo agravado.

Se trata de Marcos Samuel Santos Sigarán y José Aquilino Guido Martínez fueron condenados a 20 años de prisión tras ser hallados culpables del delito de robo agravado, cometido en Berlín, departamento de Usulután.

De acuerdo con las investigaciones, los sujetos cubrieron sus rostros con gorros pasamontañas y abordaron a la víctima en la vía pública para exigirle la entrega de sus pertenencias.

Ante la negativa, uno de ellos la amenazó con un cuchillo, generando temor y poniendo en riesgo su integridad

La víctima interpuso de inmediato la denuncia y logró identificar a los responsables, lo que permitió a las autoridades desplegar un operativo que culminó con la captura de ambos individuos momentos después del hecho.

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