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Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales
Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.
Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.
En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.
Cercos sanitarios
En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.
“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.
Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.
No se puede aplicar cuarentenas generales
Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.
A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.
“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”
Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.
Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.
La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.
Distanciamiento físico en el trabajo
Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.
También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.
Transporte público
También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.
En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.
Sanciones
El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.
“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.
El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.
La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.
Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.
CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES
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Juez solicita certificaciones de condenas por crímenes que ordenaron 486 cabecillas de la MS
El juicio contra 486 cabecillas de la Mara Salvatrucha procesados en audiencia única abierta, permanecerá en receso hasta que diversos tribunales envíen unas 20 certificaciones de condenas impuestas a la Mara Salvatrucha, por crímenes que ordenó la ranfla histórica y demás jefes de esa estructura señalados de 47,427 delitos.
A mediados de la segunda semana de mayo cuando la Fiscalía General de la República informó al juez de la causa que estaban listos para exponer extensos alegatos finales, el funcionario judicial informó que iban entrar en una pausa indefinida porque, pese a las solitudes enviadas a varios tribunales de todo el país para que entregaran las certificaciones de juicios que terminaron en condenas en contra de la MS, no se había recibido respuesta.
La última información que se sabe, es que el juez ya volvió a requerir a los tribunales esas certificaciones, que son parte de la prueba documental que el ministerio público ha ofrecido para fortalecer la acusación por múltiples crímenes consumados con el aval de los 486 cabecillas enjuiciados.
Hasta que el tribunal tenga en su sede esa documentación, se reanudará la audiencia única, esas certificaciones de condenas son hechos que la Mara Salvatrucha perpetró entre el 2012 y 2022, período mediante el cual cometieron de 444 casos de homicidios con un total de 29,000 víctimas.
Esos hechos fueron ejecutados por la organización terrorista conformada por 32 programas [estructura jerárquica superior] distribuidos en 230 clicas [células territoriales].
A mediados de mayo lo último que la Fiscalía presentó fue la prueba documental y pericial mediante la lectura para que sea valorada por el juez.
Las agrupaciones ilícitas es el delito principal acusado por el hecho de ser miembros de la Mara Salvatrucha, se incluyen también extorsión, tráfico de armas, tráfico de droga, trata de personas y homicidio.
El ministerio público ha informado que cuando se reinicie con la audiencia van a exponer alegatos finales extensos con varias jornadas en las cuales aclararán al juez la participación de los terroristas en cada uno de los ilícitos atribuidos y que se les condene por cada una de las imputaciones.
Con audios y videos se ha establecido el nivel jerárquico en la MS, para consumar los delitos entre el 2012 y 2022 y acreditar la autoría mediata en los aparatos organizados de poder y no ver a los cabecillas como simples cómplices o inductores, sino como los hombres de atrás, quienes en su calidad de máximos jefes de estructuras ordenaron crímenes a cientos de pandilleros.
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Inicia juicio de 134 terroristas de dos estructuras de MS de Sensuntepeque y San Marcos
Jueces del Tribunal Segundo contra el Crimen Organizado de San Salvador comenzaron este lunes a enjuiciar en audiencia única abierta a 134 terroristas de dos estructuras de la Mara Salvatrucha.
Son dos expedientes únicos diligenciados por separado en esa sede judicial, el primero es en contra de 43 pandilleros de la clica Dalmacia Locos Salvatruchos que por años estuvieron delinquiendo en el distrito de San Marcos, al sur de San Salvador,
Al iniciar la audiencia, la Fiscalía General de la República planteó al tribunal que con la abundante prueba recopilada acreditará que los mareros incurrieron en delitos de crimen organizado.
La principal acusación es por agrupaciones ilícitas y entre los enjuiciados hay dos cabecillas, uno de ellos es el fundador y el otro tiene el rango de corredor de clica.
Para ambos el ministerio público pretende que se les condene a la pena máxima de 60 años de prisión, la reformas que la Asamblea Legislativa aprobó a la Ley contra el Crimen Organizado ordena que fundadores y cabecillas de pandillas deben ser condenados de 45 a 60 años de prisión y en este caso los representantes de la Fiscalía se proponen lograr una condena con la pena máxima.
Además, los terroristas también enfrentan los delitos de tenencia ilegal de armas de fuego, así como posesión y tenencia con fines de tráfico.
En el segundo expediente, son procesados 91 terroristas que durante décadas estuvieron delinquiendo en barrios, colonias, caseríos y cantones de cinco distritos de departamento de Cabañas.
Los imputados enfrentan agrupaciones ilícitas como delito común, pero también son señalados de tráfico ilícito de drogas y organizaciones terroristas cometidos durante su accionar en Sensuntepeque, Ilobasco, Tejutepeque, Jutiapa y Cinquera.
Estos pandilleros fueron detenidos por agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) y miembros de la Fuerza Armada, a través de las incursiones realizadas en el marco del régimen de excepción, esas acciones realizadas les permitieron ingresar a peligrosas colonias.
En Sensuntepeque, detuvieron a los mareros que delinquían en las colonias Los Llanitos, Quinteros y El Moidán, territorios que estaban bajo el dominio de estos terroristas.
En Sensuntepeque, los miembros de estas estructuras estuvieron extorsionando y asesinando personas por varios años.
Los hechos fueron cometidos en el 2012. «Entre los enjuiciados hay un corredor de programa, 3 corredores de clica, 3 corredores de base y varios homeboys que cumplían también con el rol de cabecillas. Además, hay nueve imputados con el rango de chequeo, seis observadores y 44 colaboradores de la pandilla», informó la Fiscalía.
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Medio Ambiente prevé lluvias con actividad eléctrica para los próximos días
Para los próximos días las altas temperaturas retornarán gradualmente a los valores típicos del mes de mayo, esperando así mismo la presencia de lluvias que se espera sean más frecuentes, así lo anunció el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN).
De acuerdo con el pronóstico, esta semana se mantendrá con ambiente caluroso, pero con alta probabilidad de lluvias. Durante la mañana, el cielo estará parcialmente nublado con lluvias puntuales en la zona paracentral y central.
Por la tarde, se esperan tormentas en la cadena montañosa norte, así como en sectores del centro y occidente del país. Mientras que, en la noche, se desplazarán el resto del país, con fuerte intensidad en la zona oriental.
«Toma en cuenta que las lluvias podrían estar acompañadas de actividad eléctrica y ráfagas de viento», indicó el MARN.
Estas condiciones se deben a que continua la influencia del flujo del este levemente acelerado y la vaguada en altura aportando humedad, con lluvias acompañadas de actividad eléctrica. Además, se observa el acercamiento de una nueva onda tropical al norte de Panamá.
El viento estará variando entre 10 a 20 kilómetros por hora, con brisas de hasta 30 km/h.
Por lo que, el evento de ola de calor podría finalizar en los próximos días. A pesar de ello, persistirá un ambiente muy caluroso, acompañado de presencia de bruma, especialmente durante las tardes y noches.
Los equipos mantienen el monitoreo continuo de las condiciones atmosféricas en todo el territorio nacional, con el fin de informar a la población de manera oportuna.
Los rangos de temperatura máxima en la zona oriental oscilarán entre 36 y 39 °C; en la franja costera entre 32 y 36 °C; mientras que, en valles interiores será de 35 °C y en zonas montañosas entre 24 y 30 °C.




