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Nacionales

Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales

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Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.

Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.

En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.

Cercos sanitarios

En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.

“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.

Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.

No se puede aplicar cuarentenas generales

Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.

A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.

“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”

Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.

Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.

La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.

Distanciamiento físico en el trabajo

Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.

También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.

Transporte público

También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.

En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.

Sanciones

El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.

“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.

El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.

La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.

Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.

CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES

NOTA ACÁ

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Economia

Sorteo LOTRA N.o 461 dedicado a “Velando por la estabilidad y transparencia del Sistema Financiero” de la Superintendencia del Sistema Financiero

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La Lotería Nacional de Beneficencia realizó el Sorteo LOTRA N.º 461, dedicado a la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), bajo el lema “Velando por la estabilidad y transparencia del Sistema Financiero”.

Con esta dedicatoria se reconoció la labor de la SSF como entidad responsable de supervisar y regular el sistema financiero salvadoreño. Su trabajo contribuye a la estabilidad del sistema, la transparencia de las operaciones y la protección de los usuarios de los servicios financieros.

Previo al inicio del sorteo, se realizó la presentación de los Premios Mayores y los Maletines de Balotas de Colores, elementos que acompañaron el desarrollo de la jornada.

Al finalizar la fase previa, el gerente general de la Lotería Nacional de Beneficencia, Héctor Aguiar, entregó el cuadro conmemorativo del sorteo al superintendente adjunto de Pensiones, Raúl López Velado, en representación de la SSF.

Los resultados del Sorteo LOTRA N.º 461 fueron los siguientes:

  • Primer Premio: $175,000, correspondiente al billete N.º 32164, no vendido.
  • Segundo Premio: $20,000, correspondiente al billete N.º 13782, no vendido.
  • Tercer Premio: $10,000, correspondiente al billete N.º 38248, vendido.

La lista completa de números ganadores puede consultarse en el sitio web de la Lotería Nacional de Beneficencia.

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Nacionales

Menor reportada como desaparecida es localizada sana y salva

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La Fiscalía General de la República (FGR) informó que una menor de edad que había sido reportada como desaparecida fue localizada sana y salva.

Tras recibir la denuncia por la desaparición de la niña, las autoridades activaron el protocolo de búsqueda en coordinación con la Policía Nacional Civil (PNC).

“Afortunadamente, ha sido localizado sin ser víctima de ningún delito”, reportó la Fiscalía.

Posteriormente, la menor fue entregada a sus familiares.

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Nacionales

Adolescente que viajaba en motocicleta muere tras accidentarse en Sonsonate

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Un adolescente de 15 años falleció en un accidente de tránsito ocurrido en la carretera que conduce hacia Sonsonate, en las cercanías del desvío a Izalco, Sonsonate.

De manera preliminar, el joven fue identificado como Brayan, originario del caserío Nueva Esperanza, ubicado en las proximidades del lugar donde ocurrió el fatal accidente.

Habitantes del sector expresaron su conmoción ante la tragedia que terminó con la vida del adolescente.

Las autoridades acudieron a la escena para realizar las investigaciones correspondientes y determinar las causas que originaron el accidente.

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