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Nacionales

Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales

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Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.

Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.

En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.

Cercos sanitarios

En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.

“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.

Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.

No se puede aplicar cuarentenas generales

Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.

A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.

“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”

Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.

Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.

La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.

Distanciamiento físico en el trabajo

Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.

También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.

Transporte público

También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.

En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.

Sanciones

El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.

“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.

El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.

La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.

Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.

CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES

NOTA ACÁ

Judicial

Mujer acusada de quebrar a pedradas los vidrios de vehículos seguirá en prisión

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El Juzgado Primero de Paz de San Salvador decretó instrucción formal con detención provisional contra Silvia Cecilia Orellana, de 41 años, quien es acusada por dos personas de lanzar piedras a los parabrisas de sus vehículos mientras circulaban por distintos puntos de San Salvador. La imputada es procesada por el delito de daños en perjuicio patrimonial.

De acuerdo con la investigación fiscal, Orellana fue detenida el pasado 21 de junio de 2026 en San Salvador, luego de ser denunciada por presentar un comportamiento agresivo.

Según el expediente judicial, el primer hecho ocurrió cerca del puente de la colonia El Bosque, donde la mujer lanzó una piedra que impactó el vehículo de una de las víctimas, provocando rayones en el capó y daños en el parabrisas delantero, el cual quedó astillado.

El segundo caso se registró cuando otra víctima transitaba por la avenida Cuscatancingo, en la intersección con la calle Buenos Aires. En ese lugar, Orellana también lanzó piedras contra el automóvil, ocasionando que el parabrisas delantero quedara totalmente destruido.

Durante la audiencia inicial, el tribunal determinó que los indicios presentados acreditan la existencia del delito y la probable participación de la imputada, por lo que el proceso continuará en la fase de instrucción con la acusada en detención provisional.

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Judicial

Prisión para marero que extorsionaba a un comerciante en San Salvador

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El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador condenó a 16 años de prisión a Kevin Alexander Ochoa Cornejo, miembro de la MS13, por el delito de extorsión agravada en perjuicio de un comerciante de San Salvador.

De acuerdo con las investigaciones, Ochoa Cornejo, junto a otros pandilleros, extorsionaba a empresarios y comerciantes de la calle Concepción, en el centro de San Salvador.

Según el expediente fiscal, a una de las víctimas le exigieron el pago mensual de $100 en concepto de extorsión, bajo la amenaza de atentar contra su vida, la de sus empleados o la de su familia si no cumplía con la exigencia.

El comerciante manifestó que no disponía del dinero al momento en que se lo solicitaron. Ante ello, los pandilleros accedieron a otorgarle más días de plazo, pero incrementaron la cantidad exigida a $200.

Las investigaciones determinaron que el 20 de junio de 2022 Ochoa Cornejo acudió al lugar acordado para cobrar los $200 producto de la extorsión.

La víctima decidió interponer la denuncia, lo que permitió la captura del imputado y su posterior sometimiento a un proceso judicial que concluyó con una condena de 16 años de prisión.

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Nacionales

Equipo salvadoreño rescata de los escombros a una víctima de los terremotos en Venezuela

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El equipo de Búsqueda y Rescate Urbano (USAR) de El Salvador participó este viernes en el rescate de una persona en el edificio Bahía Mar, ubicado en el estado de La Guaira, Venezuela, una de las zonas más afectadas por los dos terremotos registrados el pasado miércoles.

Desde tempranas horas, los rescatistas salvadoreños se desplazaron hacia la urbanización Caribe y el edificio Bahía Mar para apoyar las labores de búsqueda y rescate en una de las áreas más impactadas por los sismos de magnitud 7.2 y 7.5, ocurridos el pasado 24 de junio en Venezuela.

La misión humanitaria cuenta además con el apoyo de la unidad canina, entre cuyos integrantes se encuentra el perro Rambo, con amplia experiencia en la localización y rescate de víctimas en escenarios de terremotos.

El líder de la misión humanitaria El Salvador-Venezuela, Roberto Giovanni Cortez, destacó la preparación del personal desplegado. «Todo el personal tiene la capacidad y la experiencia para la búsqueda y rescate urbano, en contextos de estructuras colapsadas como el que estamos viviendo en el panorama aquí en Venezuela», expresó.

En un acto de solidaridad, el presidente Nayib Bukele informó sobre el envío de 300 rescatistas y 150 toneladas de equipos, medicamentos y alimentos para apoyar al pueblo venezolano. La ayuda humanitaria ha sido trasladada a ese país mediante seis aviones.

Hasta las últimas horas, las autoridades de Venezuela reportan un saldo de 586 víctimas mortales a causa de los terremotos, más de 2,900 personas heridas y miles de desaparecidos.

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