Nacionales
Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales
Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.
Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.
En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.
Cercos sanitarios
En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.
“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.
Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.
No se puede aplicar cuarentenas generales
Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.
A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.
“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”
Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.
Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.
La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.
Distanciamiento físico en el trabajo
Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.
También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.
Transporte público
También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.
En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.
Sanciones
El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.
“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.
El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.
La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.
Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.
CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES
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Accidente en la carretera a Ilobasco: un vehículo cae a un barranco y otro impacta contra una champa en Andrómeda




Nacionales
¡Escándalo en San Salvador! Denuncian a directiva por supuestamente adueñarse de una calle pública
Una denuncia ciudadana ha generado polémica en San Salvador, luego de que un habitante señalara a una directiva comunitaria por presuntamente apropiarse de una calle de uso público. Un ciudadano denuncia que una directiva se apropió de una calle pública entre Sisimiles y San Antonio Abad, en San Salvador. El señalamiento ha puesto sobre la mesa una situación que preocupa a muchos salvadoreños: las restricciones impuestas por particulares en espacios que deberían estar disponibles para la libre circulación de la población.
Un ciudadano denuncia que una directiva se apropió de una calle pública entre Sisimiles y San Antonio Abad, en San Salvador.
Según el video que circula, solo permiten el paso a quienes viven en las residencias de la zona y bloquean el tránsito libre.
¿Qué opinas de que particulares tomen el control de una vía de dominio público?
#CronioSV #SanSalvador #VíaPública #ElSalvador
— Diario Digital Cronio (@croniosv) October 11, 2026
El denunciante cuestiona que una directiva pueda ejercer control sobre una vía que, según su versión, pertenece al espacio público. Sin embargo, para determinar si existe una ocupación irregular, las autoridades deben verificar la condición legal de la calle, las restricciones denunciadas y si existe alguna autorización municipal. Hasta el momento, no se ha podido confirmar una resolución oficial que establezca responsabilidades contra los señalados.
El caso vuelve a encender el debate sobre quién tiene derecho a controlar las calles de San Salvador. La Alcaldía de San Salvador Centro ha desarrollado operativos para retirar obstáculos colocados en espacios públicos y recuerda que impedir la libre circulación puede constituir una infracción sancionable con multas de entre $51 y $900. La denuncia plantea ahora una pregunta: ¿deben las autoridades intervenir cuando una directiva vecinal restringe el uso de una calle que los ciudadanos consideran pública?
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Última hora: bus de la ruta 111 se incendia por desperfectos mecánicos en carretera a Ilobasco
Un autobús de la ruta 111 se incendió este domingo debido a desperfectos mecánicos en el kilómetro 45.5 de la carretera que conduce hacia Ilobasco, en el sector de Cabañas Oeste (cantón Cerro Colorado, distrito de Ilobasco).
Según la información preliminar, el incidente solo dejó daños materiales y no se reportan personas lesionadas. Elementos del Cuerpo de Bomberos atendieron la emergencia y realizaron las labores de extinción para controlar las llamas y evitar que el fuego se propagara.
El paso vehicular permanece restringido en la zona mientras se completan las labores de atención. Se recomienda a los conductores circular con precaución por el sector y, de ser posible, utilizar rutas alternas.
La rápida respuesta de los equipos de emergencia permitió controlar la situación sin que hubiera heridos.





