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Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales
Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.
Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.
En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.
Cercos sanitarios
En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.
“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.
Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.
No se puede aplicar cuarentenas generales
Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.
A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.
“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”
Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.
Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.
La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.
Distanciamiento físico en el trabajo
Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.
También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.
Transporte público
También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.
En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.
Sanciones
El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.
“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.
El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.
La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.
Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.
CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES
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Benefician a 250 pacientes con jornada de cirugías oftalmológicas
Médicos especializados en oftalmología de Suecia, El Salvador y España desarrollaron una jornada quirúrgica que brindó atención a 250 pacientes con padecimientos de cataratas, estrabismo y pterigión.
Esta jornada estuvo a cargo del doctor salvadoreño, residente en Suecia, Frank Rico; la organización sueca Visión para todos y Rotary Internacional; así como médicos de los Hospitales Nacionales Zacamil y Benjamín Bloom.
El doctor Frank Rico, quien tiene una década de residir en Suecia, explicó que el proyecto nació, precisamente, en la representación diplomática de El Salvador en la nación europea, una oportunidad en la que planteó la necesidad de atender a niños y adultos con diferentes padecimientos oculares.
«Tuvimos una reunión con la viceministra Patricia Godínez, que entonces era la embajadora en Suecia, y hablamos de organizar esta campaña junto a Vision for all [Visión para todos], la cual está liderada por el salvadoreño Nelson Gómez y quien ha traído en varias ocasiones jornadas de entrega de lentes», dijo Rico.
En una de las jornadas pasadas, los especialistas llegaron a la conclusión que además de facilitar lentes para la población, era necesario realizar procedimientos quirúrgicos especializados.
«Logramos conseguir un grupo de 25 operantes, entre médicos, enfermeras que estaban operando cataratas», mencionó Rico, quien destacó, además, la incursión de colegas y compañeros en Suecia.
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Norman Quijano comenzará su condena de 13 años por negociación con pandillas
La Fiscalía General de la República (FGR) confirmó la ejecución de la condena de 13 años y cuatro meses de prisión impuesta a Norman Quijano, exalcalde de San Salvador y excandidato presidencial por el partido ARENA. Esta medida se hace efectiva tras su arribo al país el pasado 26 de enero, luego de ser capturado y deportado por las autoridades de los Estados Unidos, poniendo fin a un periodo de evasión de la justicia que inició en abril de 2021.
La condena fue emitida originalmente en abril de 2024 por la Cámara Segunda de lo Penal de San Salvador, tras un juicio realizado en ausencia gracias a las reformas del Código Procesal Penal. El tribunal encontró a Quijano culpable de los delitos de fraude electoral y agrupaciones ilícitas, al demostrarse que pactó con cabecillas de pandillas durante su campaña presidencial en 2014. Las investigaciones fiscales, sustentadas en pruebas del caso Operación Cuscatlán, revelaron reuniones directas donde se ofrecieron beneficios penitenciarios y sumas de dinero a cambio de apoyo en las urnas.
Tras su ingreso a territorio salvadoreño, el exfuncionario fue sometido a una evaluación médica que incluyó electrocardiogramas y radiografías de tórax. La defensa de Quijano ha manifestado que el procesado se encuentra bajo control cardiológico desde el año 2006 debido a padecimientos de hipertensión arterial y angina inestable, factores de riesgo que requieren medicación diaria constante dentro del sistema penitenciario.
A pesar de los alegatos de salud, la Cámara Segunda de lo Penal ordenó la detención provisional del imputado y su traslado inmediato al Centro Penal La Esperanza, conocido como Mariona. La sede judicial determinó mantener la medida cautelar más gravosa tras considerar que existe un riesgo elevado de fuga, señalando que la presencia de Quijano en El Salvador no responde a su voluntad propia, sino a la acción coercitiva y estratégica de las autoridades que lograron su captura y deportación desde Texas.
En el ámbito procesal, la audiencia de revisión de medidas programada para este 28 de enero fue cancelada debido a que aún se encuentra pendiente de resolución un recurso de apelación interpuesto ante la Sala de lo Penal en junio de 2024. Su abogado defensor, Lisandro Quintanilla, ha indicado que la sentencia aún no está en firme y que buscarán agotar las instancias correspondientes, incluyendo un posible recurso de casación, con el objetivo de solicitar medidas sustitutivas a la detención en el futuro.
Además de la pena de prisión, la condena conlleva la inhabilitación para ejercer cargos públicos y la suspensión de sus derechos ciudadanos. Las autoridades salvadoreñas han procedido a notificar formalmente al Parlamento Centroamericano (PARLACEN) sobre la situación jurídica de Quijano para oficializar su inhabilitación del cargo que ostentaba.
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Niño de un año de edad cae a una canaleta y no sobrevive en Sonsonate
Un niño de un año de edad falleció este día en la hacienda Atalaya, en el distrito de Acajutla, Sonsonate, luego de caer de manera accidental en una canaleta de agua, según reportes preliminares.
De acuerdo con la información inicial, el menor habría sufrido el percance dentro del sector, por causas que aún se encuentran bajo investigación. Autoridades competentes se desplazaron a la zona para realizar las diligencias correspondientes y determinar con exactitud cómo ocurrieron los hechos.
Familiares, amigos y vecinos del menor expresaron su pesar por lo sucedido, un hecho que ha generado consternación entre los habitantes de la comunidad. Las autoridades reiteraron que será el proceso investigativo el que establezca las circunstancias del incidente.


