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Nacionales

Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales

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Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.

Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.

En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.

Cercos sanitarios

En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.

“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.

Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.

No se puede aplicar cuarentenas generales

Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.

A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.

“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”

Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.

Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.

La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.

Distanciamiento físico en el trabajo

Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.

También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.

Transporte público

También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.

En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.

Sanciones

El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.

“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.

El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.

La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.

Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.

CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES

NOTA ACÁ

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Más de 500 salvadoreños de todas las edades visitan cada día los espacios culturales

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A través del programa Mundo de Arte y Entretenimiento que desarrolla la Dirección de Integración a escala nacional, más de 500 salvadoreños al día tienen acceso a espacios culturales.

«Este no es un esfuerzo aislado, sino un proceso integrador que amplía miradas, fortalece relaciones y naturaliza el acceso a la cultura como parte de la vida, asegurando que cada persona pueda conocer, vivir y hacer propia la riqueza cultural del país», indicó la institución.

Esta iniciativa posibilita el acceso a miles de personas de todas las edades de las zonas urbanas y rurales para que asistan por primera vez a cines, teatros, conciertos y museos.

Asimismo, estudiantes acompañados de sus padres y docentes de diferentes centros educativos del país visitan diferentes espacios como el Museo Nacional de Antropología Dr. David J. Guzmán (MUNA), a través del programa Mundo de Arte y Entretenimiento.

«Con estas experiencias promovemos el intercambio entre comunidades y el mundo del arte y la cultura, fortaleciendo relaciones integradoras y naturalizando este acceso como parte de la vida», agregó.

Asimismo, 100 personas de diferentes comunidades de Usulután y Santa Ana visitaron el parque Saburo Hirao, en San Salvador, con el objetivo de fortalecer experiencias que les permitan redescubrir y naturalizar estas actividades como parte de la vida.

«100 salvadoreños de Jiquilisco, Usulután y Chalatenango vivieron una experiencia inolvidable al visitar Sunset Park, a través del programa Mundo de Arte y Entretenimiento», añadió.

De acuerdo con Integración, la participación de las personas en la naturalización con el arte no se limita a presenciar y a reflexionar sobre los espectáculos; también, aspira a que cada salvadoreño sea capaz de producir arte lo enriquezca de forma personal y a la cultura del país.

«Para alcanzar el desarrollo e ir saliendo de la pobreza, una aspiración del país debería ser que el arte llegue a las comunidades. Se producirá un cambio cultural porque nace una relación naturalizada del pueblo con la cultura», afirmó Integración.

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Ministra de Educación supervisa entrega de paquetes escolares en El Congo

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La ministra de Educación, Karla Trigueros, llegó esta noche hasta el Centro Escolar El Congo, en el distrito del mismo nombre de Santa Ana Este, para verificar la matrícula de la modalidad flexible y supervisar la entrega de paquetes escolares que por primera vez reciben los estudiantes de este sector, que realizan sus estudios en horarios nocturnos.

Para este año, este centro educativo registra una matrícula de 83 estudiantes en los niveles desde primero a noveno grado, en su mayoría jóvenes y adultos, lo que representa un incremento en el número de estudiantes bajo esta modalidad comparado al año pasado.

La ministra destacó que con la entrega de los paquetes, el gobierno del presidente Nayib Bukele garantiza el beneficio para todos los estudiantes del sector público, ya que los estudiantes de esta modalidad recibirán el mismo paquete, con excepción de los uniformes, que recibe el resto de estudiantes en modalidad normal

La ministra Trigueros señaló además que los paquetes representan un incentivo importante para la continuidad de los estudiantes de esta modalidad, que ahora cuentan con herramientas esenciales para avanzar en sus estudios, como las tablets y laptops que se incluyen en el paquete, además de todo el material educativo, que usarán en sus estudios

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Importador de lácteos enfrentará juicio por defraudar al fisco con $1.7 millones

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El Juzgado Segundo de Instrucción de San Salvador envió a juicio al importador de lácteos William Giovany Cruz Molina, por defraudar al fisco con un monto de $1,702,451.46, según la acusación presentada por la Fiscalía General de la República.

El imputado quien tiene la calidad de ausente ante el juez de la causa, comenzó a ser investigado por el ministerio público, luego que el 3 de febrero de 2022, recibiera un informe del director y subdirector de Impuestos Internos informando que tras un procedimiento de fiscalización del impuesto sobre la renta correspondiente al 1 de enero y 31 de diciembre de 2018, habían detectado irregularidades en la declaración presentada por Cruz Molina.

En la fiscalización, los auditores determinaron que el contribuyente del impuesto sobre la renta defraudó al fisco al haber declarado información falsa y ocultar documentos necesarios para la determinación de las obligaciones de pago.

Según la fiscalización de la administración tributaria, el 25 de marzo de 2019, en un formulario declaró cero valores, pero en la misma fecha modificó esa declaración de impuesto sobre la renta para reportar un valor por $1.62, tomándose de esa manera como la última declaración.

En ese formulario el imputado incluyó información falsa ya que no declaró operaciones por rentas gravadas por un monto de $4,591,245.12, de los cuales comprende rentas gravadas por compras no registradas por un valor de $3,108,281.82 proveniente de la compra de queso morolique de origen nicaragüense según declaraciones de mercancías.

También detectaron rentas gravadas no declaradas originadas de incremento patrimonial no justificado por depósitos en cuentas bancarias por un valor de $1,482,963.30.

Ese dinero depositado en dos cuentas en un banco, no fue justificado, Cruz Molina, pese a que le requirieron que detallara el origen de los fondos, no presentó la documentación. Hacienda le pidió comprobante de crédito fiscal o facturas de consumidor final al cual corresponde cada uno de los depósitos, pero no accedió.

Por todos esos hechos, la Fiscalía ordenó la detención el 30 de noviembre de 2022, la Policía Nacional Civil (PNC), lo ubicó y fue puesto a la orden de un juzgado donde le decretaron medidas, pero a la audiencia preliminar ya no se presentó.

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