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Nacionales

Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales

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Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.

Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.

En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.

Cercos sanitarios

En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.

“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.

Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.

No se puede aplicar cuarentenas generales

Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.

A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.

“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”

Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.

Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.

La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.

Distanciamiento físico en el trabajo

Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.

También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.

Transporte público

También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.

En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.

Sanciones

El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.

“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.

El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.

La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.

Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.

CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES

NOTA ACÁ

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Conductores protagonizan fuerte accidente en San Vicente

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Un aparatoso accidente de tránsito se registró este mediodía en Tecoluca, departamento de San Vicente, cuando dos vehículos particulares colisionaron en una de las carreteras más transitadas de la zona, según informaron las autoridades.

Agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) llegaron al lugar para procesar la escena y determinar la responsabilidad de los conductores involucrados.

De manera preliminar, se presume que la excesiva velocidad habría sido una de las causas del percance. Hasta el momento, no se ha confirmado si hubo personas lesionadas o fallecidas.

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FOTOS | Pastor interrumpe vela y obliga a sacar ataúd bajo la lluvia

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La vela de un motociclista que falleció ayer lunes en un accidente sobre la carretera que de El Rosario conduce a Jujutla, en Ahuachapán, fue interrumpida por el pastor José Alberto Serrano, de la Iglesia Pentecostal Unida en Copinulapa.

De acuerdo con familiares de la víctima, el líder religioso se molestó porque feligreses de otra congregación solicitaron realizar un culto adicional al fallecido dentro del templo. Ante ello, el pastor expresó que “con un culto bastaba” y, en un momento de ira, ordenó suspender la vela.

Los asistentes tuvieron que sacar el ataúd bajo la lluvia y trasladarlo a una vivienda cercana, facilitada por un vecino, mientras cubrían el féretro con sacos. La situación ha generado indignación en la comunidad por la actitud del pastor.

La Policía Nacional Civil (PNC) fue alertada del hecho y acudió al lugar para intervenir.

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Autoridades destruyen más de 10 toneladas de cigarrillos decomisados en el marco del Plan Anticontrabando

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El Gobierno del presidente Nayib Bukele continúa combatiendo las estructuras criminales que afectan las finanzas públicas a través del contrabando. Este martes, las autoridades informaron sobre la destrucción de 7,618,040 unidades de cigarrillos, equivalentes a 10.28 toneladas, con un valor aproximado de 2.1 millones de dólares en impuestos, almacenaje y multas.

El anuncio fue hecho por el ministro de Hacienda, Jerson Posada; el ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro; el director general de Aduanas, Benjamín Mayorga; y el fiscal adjunto para la Defensa de los Intereses del Estado, Jonathan Mata. Posada enfatizó que la acción envía “un mensaje claro y firme: en el nuevo El Salvador el crimen no tiene espacio y la ley se respeta”.

La destrucción de los cigarrillos se llevó a cabo en la planta Geocycle, en Metapán, Santa Ana, mediante un proceso ambientalmente seguro.

Esta medida forma parte del Plan Anticontrabando liderado por la Dirección General de Aduanas, que ha permitido importantes decomisos en puntos fronterizos no habilitados y rutas fiscales.

Según Posada, el comercio ilícito de cigarrillos daña a consumidores, comercios legales e industrias establecidas, además de desestabilizar los mercados y generar competencia desleal. La Dirección General de Aduanas continuará ejecutando operativos en coordinación con la Policía Nacional Civil, la Fuerza Armada y la Fiscalía General de la República para prevenir y combatir el contrabando y otros ilícitos aduaneros.

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