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Nacionales

Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales

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Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.

Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.

En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.

Cercos sanitarios

En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.

“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.

Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.

No se puede aplicar cuarentenas generales

Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.

A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.

“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”

Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.

Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.

La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.

Distanciamiento físico en el trabajo

Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.

También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.

Transporte público

También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.

En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.

Sanciones

El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.

“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.

El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.

La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.

Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.

CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES

NOTA ACÁ

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Condenan a 12 años de cárcel a extorsionista de Cuscatancingo

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El Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador emitió una condena de 12 años de prisión en contra de Andrés de Jesús Rodríguez, por extorsión agravada, en perjuicio de un comerciante del distrito de Cuscatancingo en San Salvador.

Según el expediente judicial, la víctima es un propietario de un negocio de productos varios, quien fue visitado por Rodríguez para exigirle dinero en concepto de renta.

En primera instancia, el comerciante denunció que, desde mediados de 2021, una mujer llegó a su negocio y se identificó como integrante de la pandilla MS13 y le exigió $75 mensuales a cambio de respetarle la vida.

 

Por temor a represalias, la víctima estuvo pagando la extorsión de forma mensual hasta que en diciembre de 2023 le exigieron $75 adicionales en concepto de aguinaldo. Fue así que el 27 de diciembre decidió interponer la denuncia ante la policía.

Como consecuencia, Rodríguez llegó con amenazas en contra de la víctima, advirtiendo que si no entregaba el dinero enfrentaría las consecuencias. Sin embargo, ante la denuncia, el sujeto fue capturado y procesado por el delito de extorsión.

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Enjuician a pandilleros acusados de extorsionar a empresario de San Salvador

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Una estructura criminal de la pandilla MS13 enfrenta juicio en el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador por el delito de extorsión agravada en perjuicio de un empresario.

De acuerdo a la investigación fiscal, son tres pandilleros quienes comenzaron a cometer el delito desde el año 2014. Exigían sumas de dinero a cambio de no atentar contra la vida de la víctima.

En el año 2019, el empresario decidió interponer la denuncia y se inició el proceso de investigación con participación de la Fiscalía General de la República (FGR) y de la Policía Nacional Civil. De esta manera, mediante el mecanismo de entregas controladas de dinero, lograron identificar a los criminales que cobraban la extorsión.

«Los extorsionistas no recibían directamente el dinero, sino que obligaban a que la víctima lo dejara escondido en algún lugar. No era personal el recibimiento del dinero, sin embargo, con estrategias logramos las capturas. Ahora van a responder ante la justicia por estos hechos cometidos», explicó el fiscal que lleva el caso.

 

Los pandilleros involucrados en estos hechos fueron capturados a mediados de 2019. Para fundamentar la investigación, la Fiscalía cuenta con cinco testigos de cargo que rendirán sus declaraciones durante la vista pública

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Hombre que intentó asesinar a una mujer con un ladrillo será enjuiciado

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El Juzgado Especializado Primero de Instrucción para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de San Salvador envió a juicio al imputado William Alexander Reyes Guerra, de 25 años, quien es acusado de feminicidio agravado en grado de tentativa.

De acuerdo a la investigación fiscal, en octubre de 2025, residentes de la urbanización Ciudad Futura del Distrito de Cuscatancingo alertaron a la Policía Nacional Civil de una escena de violencia. Cuando llegaron al lugar encontraron a la víctima inconsciente y con sangrado en la cabeza, producto de un golpe con un ladrillo que le propinó Reyes Guerra.

Las autoridades encontraron al imputado afuera de la vivienda, mientras la mujer aún no recuperaba el conocimiento. Al ser señalado como el culpable, la Policía capturó a Reyes Guerra, durante el periodo de flagrancia.

Según la investigación fiscal, el detenido tiene antecedentes de violencia psicológica, emocional y física. Además, considerando que la víctima es una persona adulta mayor, el Juzgado ordenó la apertura a juicio y ratificó la medida cautelar de detención provisional contra el agresor debido a la gravedad del delito atribuido.

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