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Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales

Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.
Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.
En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.
Cercos sanitarios
En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.
“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.
Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.
No se puede aplicar cuarentenas generales
Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.
A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.
“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”
Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.
Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.
La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.
Distanciamiento físico en el trabajo
Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.
También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.
Transporte público
También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.
En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.
Sanciones
El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.
“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.
El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.
La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.
Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.
CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES
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El CAM retiene a sujeto captado en vídeo destruyendo la ciclovía del bypass en Usulután

Un hombre fue sorprendido rompiendo el pavimento del Bypass, en las cercanías de Plaza Mundo Usulután, sin contar con la autorización del Ministerio de Obras Públicas (MOP), lo que representa una infracción a la normativa vigente.
Según informaron las autoridades, el sujeto no había gestionado el permiso correspondiente, por lo que su acción se consideró ilegal.
Agentes del Cuerpo de Agentes Municipales de Usulután (CAM) intervinieron de inmediato para detener la destrucción de la vía.
“El procedimiento fue suspendido para que se realicen los trámites legales y técnicos correspondientes, y así recibir instrucciones adecuadas sobre cómo ejecutar este tipo de intervenciones”, detallaron fuentes municipales.
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MOP y Fovial responden rápidamente a emergencias por árboles caídos en vías

Equipos del Ministerio de Obras Públicas (MOP) y del Fondo de Conservación Vial (Fovial) atendieron varias emergencias este sábado, luego de que las lluvias provocaran la caída de árboles en diferentes puntos del oriente del país.
Uno de los incidentes ocurrió en la calle que conduce hacia Santiago de María, en Usulután, donde cuadrillas del MOP realizaron trabajos para remover un árbol caído que obstruía parcialmente el paso. Las autoridades pidieron a los conductores circular con precaución y atender las indicaciones del personal en la zona.
Otro hecho se registró sobre la Carretera Panamericana, en el kilómetro 122, a la altura del desvío de Los Tanques, en el cantón El Papalón, Moncagua, departamento de San Miguel. El paso vehicular fue habilitado luego de que las cuadrillas retiraran por completo el árbol colapsado.
Asimismo, se atendió una emergencia en la carretera que conecta los municipios de Tecapán y California, Usulután, también afectada por la caída de un árbol que impedía el tránsito.
Las instituciones reiteran su compromiso de mantener las carreteras despejadas y seguras, y recomiendan precaución al conducir durante las lluvias.
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Confirman disponibilidad de insumos para controlar el gusano barrenador en todo el país

El viceministro ad honorem de Agricultura y Ganadería, Óscar Domínguez, informó que ya hay disponibilidad de insumos para combatir el gusano barrenador en todo el territorio salvadoreño, tanto de producción nacional como importados.
“Nuestro equipo se encuentra desplegado en jaripeos, ferias ganaderas y también a través de unidades móviles, acercando estos insumos a los productores. El país ya cuenta con todas las herramientas necesarias para enfrentar esta amenaza, ahora nos corresponde estar atentos y vigilar a nuestros animales”, indicó Domínguez.
El funcionario instó a los ganaderos a curar cualquier herida en sus animales y adquirir los sprays mata gusanos, disponibles desde los $10. Además, anunció que a partir del próximo mes iniciará la fabricación de un spray especializado para uso en caninos.
Para más información sobre disponibilidad y puntos de distribución, los interesados pueden comunicarse al número 6968-2973. Asimismo, para reportar casos o solicitar asistencia técnica, están habilitados los teléfonos 2202-0881 y 2202-0226.