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Nacionales

Asamblea acuerda nueva ley para la pandemia: No se puede aplicar cuarentenas generales

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Los diputados de la Asamblea Legislativa acordaron una nueva ley con la que buscan contener la pandemia del coronavirus y en ella se contemplan cuestiones como que el Ministerio de Salud debe coordinar acciones con las alcaldías, que los cercos sanitarios solo podrán medir un kilómetro, no se puede ordenar una cuarentena general, y se estipula cárcel para quien limite la libre circulación, entre otras disposiciones.

Esta es la tercera vez que los diputados emiten legislación directa para la pandemia, las ocasiones anteriores han sido vetados por el presidente Nayib Bukele alegando inconstitucionalidad por no consultar con el Ministerio de Salud.

En la normativa, que tiene por nombre Ley especial transitoria para contener la pandemia por la enfermedad Covid-19, se manda al Ministerio a coordinar su trabajo con otras instituciones como alcaldías, iglesias, ONG y a coordinar acciones para “la efectiva atención integral”.

Cercos sanitarios

En el artículo 7 de la normativa se contempla la posibilidad de decretar zonas sujetas a control sanitario, lo que se conoce como cerco sanitario, pero estos no podrán limitar la libre circulación ni otros derechos fundamentales.

“No puede conducir a la suspensión de derechos fundamentales para la totalidad o parte del territorio, en especial el derecho a la libertad de circulación, sino que su único propósito es el monitoreo necesario a cargo de personal de salud”, reza.

Para establecer un cerco sanitario la zona sujeta debe ser menor a un kilómetro cuadrado a la redonda, el periodo no puede ser mayor a 72 horas y se debe implementar vigilancia centinela para la investigación de la diseminación comunitaria.

No se puede aplicar cuarentenas generales

Otra de las medidas que contiene lo emitido por los diputados es que no se puede aplicar cuarentena de manera general para el territorio, solo para los infectados de coronavirus y los sospechosos de haber estado expuestos.

A los infectados no se les pueden limitar la libertad ya que “las medidas deben apegarse estrictamente al campo de salud y no pueden en ningún caso suspender ningún derecho fundamental, especialmente la libertad de circulación”, reza el decreto.

“Estos productos han sido pagados de sus impuestos”

Otro de los aspectos regulados es que el Órgano Ejecutivo debe poner en los paquetes alimentarios que se entreguen a la población la siguiente frase: “Estos productos han sido pagados de sus impuestos”.

Lo anterior, de acuerdo con los legisladores, es porque los ministros y otros funcionarios están haciendo campaña proselitista de cara a las elecciones legislativas y municipales de 2021.

La entrega de los paquetes debe hacerse en conjunto con las alcaldías y no puede participar la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), como lo ha venido haciendo hasta la fecha.

Distanciamiento físico en el trabajo

Se contempla una serie de modificaciones a la ley de prevención de riesgos en los lugares de trabajo para que se contemplen y aseguren medidas como el distanciamiento físico entre los empleados.

También se debe escalonar los horarios de entrada y salida de personal, barreras de protección en los lugares en donde no se pueda mantener más de 2 metros entre trabajadores, reducir actividades presenciales, entre otros.

Transporte público

También se legisla para que los conductores del transporte colectivo usen mascarilla, dispongan de alcohol gel para los pasajeros, desinfección constante en las unidades y no sobrepasar la capacidad de personas de acuerdo con el número de asientos; es decir, no permitir parados en las unidades.

En el caso del transporte selectivo de pasajeros, entiéndanse como taxis o Uber, no podrán llevar a más de tres personas, incluido el conductor, obligatorio el uso del cubrebocas para todos y desinfectar los vehículos.

Sanciones

El artículo 12 de las normas se establece cárcel de cuatro a seis años para quien limite la libertad de circulación u otros derechos fundamentales.

“El funcionario, agente de autoridad, empleado público que ordene una limitación o suspensión del derecho a la libertad de circulación o de cualquier otro derecho constitucional de manera ilegal, mediante un decreto Ejecutivo, acuerdo, resolución o cualquier otro aspecto no legislativo será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación de su cargo por el mismo tiempo”, establece.

El Ministerio de Trabajo o cualquier otra dependencia del Ejecutivo no puede ordenar el cierre de centros de trabajo por causas que esta ley regule.

La ley entra en vigor al publicarse en el diario oficial y tiene una vigencia de ocho meses a partir de ese momento.

Para que pueda publicarse en el diario oficial debe haber completado el proceso de formación de ley, que indica que la misma debe haber sido sancionada por el presidente de la República.

CON INFORMACIÓN: EL SALVADOR TIMES

NOTA ACÁ

Judicial

Prisión para sujeto que asesinó al esposo de su amante en San Miguel

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La Fiscalía General de la República (FGR) logró que Víctor Manuel Benítez Lazo fuera condenado a 25 años de prisión por asesinar al esposo de su amante en San Miguel.

El crimen por el que fue declarado culpable el empresario migueleño ocurrió el 7 de junio de 2025.

La investigación fiscal estableció que el procesado y Rubidia de los Ángeles Castro Zúniga -ya condenada-, mantenía una relación extramarital. Ambos planearon y ejecutaron el homicidio.

Castro Zúniga contrajo matrimonio con la víctima el 29 de marzo de 2025. El día del crimen, con engaños llevó a su esposo hasta una calle rústica que conduce al cantón El Pilón y Loma Larga, en La Unión, donde la mujer y el procesado le dispararon en la cabeza. Posteriormente trasladaron a la víctima hasta un negocio propiedad de Benítez Lazo, ubicado a inmediaciones del puente Luis de Moscos, en la ciudad de San Miguel.

En el lugar se percataron de que la víctima aún estaba con vida, por lo que la asfixiaron hasta causarle la muerte y luego la enterraron en una fosa clandestina.

La víctima fue reportada como desaparecida por su esposa el 10 de junio de 2025.

El 11 de julio de 2025, Castro Zúniga se sometió a un proceso abreviado en el Juzgado Segundo de Paz de San Miguel, donde fue sentenciada a 10 años de prisión por desaparición de personas y a 15 años por homicidio agravado. En total deberá cumplir 25 años de cárcel.

Benítez Lazo era el propietario de una empresa de venta de repuestos y fue condenado por homicidio simple por el Tribunal Primero de Sentencia del distrito de San Miguel.

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Nacionales

Capturan a sujeto tras ingresar a un chalet y hurtar cilindros de gas propano en Sonsonate

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La Policía Nacional Civil (PNC) capturó a Óscar Alfonso Sánchez Hernández, de 25 años, acusado de ingresar a un chalet y hurtar dos cilindros de gas propano en el departamento de Sonsonate.

De acuerdo con el reporte policial, el hecho ocurrió en un negocio ubicado en el caserío Las Cruces, cantón Cuyuapa, distrito de San Antonio del Monte, municipio de Sonsonate Centro.

La PNC informó que Sánchez Hernández ingresó al chalet y sustrajo dos tambos de gas propano.

Tras la denuncia presentada por la propietaria del establecimiento, las autoridades desplegaron un dispositivo de búsqueda que permitió localizar al sospechoso.

Según la institución policial, durante la intervención el hombre confesó el hurto y reveló el lugar donde mantenía escondidos los cilindros de gas propano.

Óscar Alfonso Sánchez Hernández será remitido por el delito de hurto.

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Nacionales

Capturan a sujeto tras agredir y amenazar de muerte a su compañera de vida en Soyapango

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La Policía Nacional Civil (PNC) capturó a Carlos Javier Ventura Chávez, de 34 años, acusado de agredir físicamente a su compañera de vida y amenazarla con quitarle la vida.

De acuerdo con la información policial, el hombre también incendió una motocicleta propiedad de un familiar de la víctima.

Tras recibir la denuncia, agentes de la PNC localizaron y capturaron al sospechoso en la comunidad La Labor, en el distrito de Soyapango, San Salvador Este.

Durante el procedimiento, las autoridades le decomisaron un arma de fuego y cartuchos para la misma. Además, se le practicó una prueba de alcotest, la cual arrojó un resultado de 100° de alcohol.

La PNC informó que Carlos Javier Ventura Chávez será remitido por los delitos de lesiones, amenazas y tenencia y portación ilegal de arma de fuego.

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