Judicial
Tuitero es enviado a juicio por expresiones de violencia contra diputada de Nuevas Ideas

El Juzgado Especializado Segundo de instrucción para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres, de San Salvador, resolvió este martes enviar a juicio al tuitero Sigfrido Alexander Orellana Meléndez, conocido como Alex Umanzor, o «Chiquillo Periquillo Power», por el delito de expresiones de violencia contra la mujer, amenazas con agravación especial, y acoso través de tecnologías de la información y comunicación, en perjuicio de la diputada de Nuevas Ideas, Alexia Rivas.
La acusación de la diputada hacia el exmilitante de Nuevas Ideas, Alex Umanzor, nace debido a mensajes ofensivos con lenguaje soez por medio de redes sociales, el pasado 17 de agosto de 2022.
Durante la audiencia preliminar, la jueza también ratificó la orden de captura contra Orellana Meléndez. Umanzor vive en Estados Unidos y es procesado con vista al requerimiento. «No puede venir una persona del sexo masculino a realizar este tipo de frases, que no solo la denigran a ella sino a todas las mujeres salvadoreñas», aseguró la fiscal. El Juzgado también admitió toda la prueba.
El pasado 28 de agosto, la diputada informó que el Juzgado Especializado para una Vida Libre de Violencia decretó medidas de protección a favor, entre ellas: se le prohibía a Orellana Meléndez hostigar, acosar a través de redes sociales a la diputada, así como acercarse a su familia.
La solicitud de las medidas de protección de la diputada se originó tras un video publicado por Alex Umanzor donde se refería hacia ella con un lenguaje soez.
El delito de expresiones a violencia regulados en la Ley Especial para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres sanciona con una multa de dos a 25 salarios mínimos, mientras que por el delito de acoso a través de tecnologías de la información y la comunicación establece una pena de prisión de cuatro a seis años.
Sigfrido Alexander Orellana Meléndez también fue acusado el 5 de septiembre por los delitos de proposición, conspiración y apología del delito de sedición, al supuestamente incitar a un golpe de Estado.
Judicial
Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.
De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.
Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.
Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.
Judicial
En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.
El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.
El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.
Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).
La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.
Judicial
Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.
El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76
En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.
En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.
Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.
En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.
El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.
Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.
Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.