Judicial
Honorable Corte en Pleno le da la razón al empresario Enrique Rais al no procesarlo en tribunales de crimen organizado. ¿Será que el sistema de justicia también le dará la razón de la persecución que ha denunciado durante mucho tiempo el empresario?
Después de haber evaluado la Corte Suprema de Justicia y confirmado que la resolución por medio de la cual el Juzgado Especializado de instrucción “C” de San Salvador, estaba apegada a derecho cuando decidió no asumir competencia para conocer sobre la causa penal intentada contra Enrique Rais, Hugo Blanco Rais, Francisco Grimaldi y Ernesto Gutiérrez, decidió remitir nuevamente el expediente al Juzgado 2o de Instrucción, autoridad que de forma incomprensible y retomando literalmente una resolución judicial de otro Tribunal, como en su momento se hizo ver, pretendió que el caso se ventilare como hechos de crimen organizado, lo que ahora ha quedado confirmado por el máximo Tribunal del país, que no es así, por lo que se pierde toda la base que la fiscalía intentó presentar para acusar al empresario, su sobrino y dos abogados.
El caso penal seguido contra Rais, se encuentra fundado en las mismas escuchas cuestionadas sobre su legalidad y su autenticidad que han sido utilizadas en el caso conocido como “Rais-Martínez” y en un testigo anónimo con criterio de oportunidad, al que Fiscalía pretende generar un anticipo de prueba y que según la defensa de algunos imputados, no se ha permitido investigar a profundidad sobre la forma en que ha declarado, como su presencia o no en el país, al momento de presuntamente rendir sus declaraciones ante dos fiscales de la Unidad de Crimen Organizado de la FGR, mientras Wil Walter Ruiz Ponce, primo hermano del Ex Fiscal General Douglas Meléndez, era Jefe de esa unidad. Tampoco se ha informado por los fiscales del caso, ante que autoridad judicial se autorizó el criterio de oportunidad de ese supuesto testigo.
También es importante destacar, según los abogados defensores de Hugo Blanco Rais, que “la decisión ilegal que adoptó el Juzgado 2o de Instrucción, ha sido causa de violación a garantías para los procesados en este caso.” Según los profesionales del derecho, cuando ese Tribunal a fecha 31 de julio de 2019, se declara incompetente de manera infundada y remite el expediente a la jurisdicción especializada, se contaba con el plazo prorrogado de seis meses para que la defensa aportara toda la prueba de descargo correspondiente y pudiera desvirtuar los elementos de prueba con los que supuestamente contaba la representación fiscal; sin embargo el Juzgado Especializado de Instrucción “C” el día 09 de agosto de 2019, confirma que el caso no tiene relación con “actos de criminalidad organizada” y además confirma que el juzgado remitente (2o de instrucción) “utilizó los mismos fundamentos que el Tribunal Primero de Sentencia para declinar su competencia”, en pocas palabras que “plagió el fallo” y esto provocó que el caso tuviera que ir a conocimiento de la Corte Suprema de Justicia, quien resolvió el conflicto de competencia hasta finales de enero de 2020 y los abogados únicamente hemos conocido de la resolución hasta el día 14 de febrero de 2020, eso es dos días después que venció el plazo de instrucción a estas alturas ya improrrogable.
Según los defensores de Blanco Rais, irresponsablemente la Unidad de Prensa del Centro Judicial Isidro Menéndez comunica que ahora la Fiscalía General de la República cuenta con cinco días hábiles para presentar el dictamen de acusación y señalar fecha para audiencia preliminar; cuando en realidad estamos ante un situación sumamente compleja, porque el Sistema Judicial tuvo a nuestro cliente sin un “Juez Natural” que atendiera la causa durante el plazo de instrucción, ante el que poder hacer peticiones, solicitudes, ofertar y proponer la producción de prueba, interponer Excepciones o cualquier otro tipo de acciones para comprobar la inocencia del procesado.
“Acá hay un gran reto para el Fiscal General, afirmaron los abogados, en hacer prevalecer el Estado de Derecho, pues si no ha existido etapa de instrucción, por cauas no atribuibles a los procesados, sino por un grave error judicial del Juez 2o de Instrucción, no hay fundamentos para establecer un Dictamen de Acusación, ya que la prueba existente fue cuestionada desde la audiencia inicial, al ser señalada por el Juzgado 8o de Paz como insuficiente. No se trata solamente que la Fiscalía acuse, se trata del ente que debe velar también porque se tutelen los derechos y garantías de los procesados”- reiteraron. Finalmente, también dejaron entrever que en caso la Fiscalía actúe ilegalmente formulando dictamen de acusación, acudirán ante la Sala de lo Constitucional, ya que en este caso se han violado derechos fundamentales como la seguridad jurídica, el debido proceso y el derecho de defensa.
Judicial
22 años de prisión para sujeto que asesinó a director de un centro escolar en Jucuarán, Usulután.
José Misael Oliva Girón es el responsable de asesinar a un director de un centro escolar del distrito de Jucuarán, Usulután.
Por este crimen, la Fiscalía General de la República (FGR) logró que sea condenado a 22 años de prisión.
Según las investigaciones, Oliva golpeó y asfixió a la víctima para robarle su celular. Luego el crimen, el sujeto confesó el asesinato al intentar vender el dispositivo.
La condena ha sido impuesta por el Tribunal de Sentencia de Usulután.
Judicial
Sujeto acusado de violación es condenado a 14 años de cárcel
Edwin Antonio Menjívar Urquilla fue condenado a 14 años de prisión por violación en menor o incapaz, en la modalidad de delito continuado.
Los hechos ocurrieron en el año 2019, en la colonia Santa Teresa, distrito de San Martín, municipio de San Salvador Este, departamento de San Salvador.
Las investigaciones establecieron que la madre de la víctima la mandó a recoger un dinero a la casa de Menjívar. Esta situación fue aprovechada por el imputado para agredirla sexualmente de diferentes maneras.
La víctima salió llorando y este le dio el dinero y una bolsa de dulces para que callara, pero la víctima le contó todo a su madre y ella interpuso la denuncia.
El Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador validó toda la prueba presentada por los fiscales e impuso la pena antes mencionada. Las autoridades suman esfuerzos para ubicar al imputado y que cumpla su condena.
Judicial
15 años de cárcel para dos extorsionistas
En procesos judiciales separados, el Tribunal Primero de Sentencia de San Miguel condenó a 15 años de prisión a dos mujeres pandilleras, integrantes de la estructura terrorista MS-13, quienes fueron pro cesadas y declaradas culpables del delito de extorsión agravada.
Claudia Yesenia Rodríguez Delgado y Ernestina Argueta Argueta recibieron una pena de 15 años de prisión cada una, informó la Fiscalía General de la República (FGR).
En uno de los casos, Rodríguez Delgado, integrante activo de la Mara Salvatrucha, fue individualizada por las autoridades en una entrega controlada de dinero el 16 de diciembre de 2016. La víctima había denunciado a inicios de noviembre del mismo año ser extorsionada por la pandilla, que le exigió dinero bajo amenazas de muerte.
Argueta Argueta fue condenada por una extorsión cometida entre 2012 y 2015. Según las investigaciones, la víctima residía en Ciudad Barrios y entregó semanal mente el dinero a la pandilla MS-13, hasta que interpuso la denuncia ante la Policía Nacional Civil (PNC).


