Judicial
Honorable Corte en Pleno le da la razón al empresario Enrique Rais al no procesarlo en tribunales de crimen organizado. ¿Será que el sistema de justicia también le dará la razón de la persecución que ha denunciado durante mucho tiempo el empresario?

Después de haber evaluado la Corte Suprema de Justicia y confirmado que la resolución por medio de la cual el Juzgado Especializado de instrucción “C” de San Salvador, estaba apegada a derecho cuando decidió no asumir competencia para conocer sobre la causa penal intentada contra Enrique Rais, Hugo Blanco Rais, Francisco Grimaldi y Ernesto Gutiérrez, decidió remitir nuevamente el expediente al Juzgado 2o de Instrucción, autoridad que de forma incomprensible y retomando literalmente una resolución judicial de otro Tribunal, como en su momento se hizo ver, pretendió que el caso se ventilare como hechos de crimen organizado, lo que ahora ha quedado confirmado por el máximo Tribunal del país, que no es así, por lo que se pierde toda la base que la fiscalía intentó presentar para acusar al empresario, su sobrino y dos abogados.
El caso penal seguido contra Rais, se encuentra fundado en las mismas escuchas cuestionadas sobre su legalidad y su autenticidad que han sido utilizadas en el caso conocido como “Rais-Martínez” y en un testigo anónimo con criterio de oportunidad, al que Fiscalía pretende generar un anticipo de prueba y que según la defensa de algunos imputados, no se ha permitido investigar a profundidad sobre la forma en que ha declarado, como su presencia o no en el país, al momento de presuntamente rendir sus declaraciones ante dos fiscales de la Unidad de Crimen Organizado de la FGR, mientras Wil Walter Ruiz Ponce, primo hermano del Ex Fiscal General Douglas Meléndez, era Jefe de esa unidad. Tampoco se ha informado por los fiscales del caso, ante que autoridad judicial se autorizó el criterio de oportunidad de ese supuesto testigo.
También es importante destacar, según los abogados defensores de Hugo Blanco Rais, que “la decisión ilegal que adoptó el Juzgado 2o de Instrucción, ha sido causa de violación a garantías para los procesados en este caso.” Según los profesionales del derecho, cuando ese Tribunal a fecha 31 de julio de 2019, se declara incompetente de manera infundada y remite el expediente a la jurisdicción especializada, se contaba con el plazo prorrogado de seis meses para que la defensa aportara toda la prueba de descargo correspondiente y pudiera desvirtuar los elementos de prueba con los que supuestamente contaba la representación fiscal; sin embargo el Juzgado Especializado de Instrucción “C” el día 09 de agosto de 2019, confirma que el caso no tiene relación con “actos de criminalidad organizada” y además confirma que el juzgado remitente (2o de instrucción) “utilizó los mismos fundamentos que el Tribunal Primero de Sentencia para declinar su competencia”, en pocas palabras que “plagió el fallo” y esto provocó que el caso tuviera que ir a conocimiento de la Corte Suprema de Justicia, quien resolvió el conflicto de competencia hasta finales de enero de 2020 y los abogados únicamente hemos conocido de la resolución hasta el día 14 de febrero de 2020, eso es dos días después que venció el plazo de instrucción a estas alturas ya improrrogable.
Según los defensores de Blanco Rais, irresponsablemente la Unidad de Prensa del Centro Judicial Isidro Menéndez comunica que ahora la Fiscalía General de la República cuenta con cinco días hábiles para presentar el dictamen de acusación y señalar fecha para audiencia preliminar; cuando en realidad estamos ante un situación sumamente compleja, porque el Sistema Judicial tuvo a nuestro cliente sin un “Juez Natural” que atendiera la causa durante el plazo de instrucción, ante el que poder hacer peticiones, solicitudes, ofertar y proponer la producción de prueba, interponer Excepciones o cualquier otro tipo de acciones para comprobar la inocencia del procesado.
“Acá hay un gran reto para el Fiscal General, afirmaron los abogados, en hacer prevalecer el Estado de Derecho, pues si no ha existido etapa de instrucción, por cauas no atribuibles a los procesados, sino por un grave error judicial del Juez 2o de Instrucción, no hay fundamentos para establecer un Dictamen de Acusación, ya que la prueba existente fue cuestionada desde la audiencia inicial, al ser señalada por el Juzgado 8o de Paz como insuficiente. No se trata solamente que la Fiscalía acuse, se trata del ente que debe velar también porque se tutelen los derechos y garantías de los procesados”- reiteraron. Finalmente, también dejaron entrever que en caso la Fiscalía actúe ilegalmente formulando dictamen de acusación, acudirán ante la Sala de lo Constitucional, ya que en este caso se han violado derechos fundamentales como la seguridad jurídica, el debido proceso y el derecho de defensa.
Internacionales
Guatemala extradita a El Salvador al empresario Jorge Leonel Gaitán Paredes por hurto agravado

La Policía Nacional de Guatemala, con apoyo de INTERPOL, entregó a las autoridades salvadoreñas al empresario Jorge Leonel Gaitán Paredes, de 67 años, requerido por el delito de hurto agravado.
La extradición se realizó en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Tercero de Sentencia Penal de Guatemala, emitida el 5 de marzo, tras la solicitud de la Fiscalía General de la República de El Salvador. Gaitán Paredes había estado recluido en la cárcel Mariscal Zavala y, una vez resuelta su situación legal en Guatemala, fue trasladado a través de la frontera de Valle Nuevo, donde fue recibido por agentes de INTERPOL de El Salvador.
Judicial
Hombre recibe 66 años de prisión por violar y asesinar a niña en Soyapango

El Juzgado Especializado de Sentencia para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de San Salvador declaró culpable a Edwin Mauricio Alvarado Lazo, por los delitos de feminicidio agravado y agresión sexual en menor e incapaz, imponiéndole una condena de 66 años de cárcel.
De acuerdo con la confesión presentada ante la jueza, el 9 de octubre de 2023 la víctima de 7 años, pasaba frente a la vivienda del procesado, quien la llamó e hizo ingresar.
Una vez dentro, la asfixió mientras estaba sentada en un sofá y posteriormente la agredió físicamente.
Más tarde, introdujo el cuerpo en un saco y lo abandonó en un área verde del reparto La Campanera.
Durante la vista pública, testigos relataron que previamente habían tenido altercados con el imputado por su conducta indebida hacia menores de la zona.
El juzgado identificó la misoginia y el desprecio hacia las mujeres en las acciones del condenado al atacar a una menor de edad y desechar su cuerpo.
Judicial
Envían a juicio a Napoleón Duarte y familia por enriquecimiento ilícito

La Fiscalía General de la República informó que el exministro de Turismo, José Napoleón Duarte Durán, y su grupo familiar enfrentarán audiencia probatoria por presunto enriquecimiento ilícito por un total de $572,015.22.
Duarte Durán ocupó cargos públicos entre 2009 y 2019, incluyendo ministro de Turismo, presidente de la Corporación Salvadoreña de Turismo (Corsatur) y director del Consejo Salvadoreño del Café.
Durante ese período, la Fiscalía detectó 72 irregularidades patrimoniales en Duarte Durán y su familia que no pudieron justificar. Entre las inconsistencias se incluyen depósitos en cuentas corrientes, pagos con tarjetas de crédito y diferencias entre ingresos y egresos.
Por separado, a su esposa María Cristina Benítez de Duarte se le detectaron cuatro irregularidades por $79,344.53; a su hijo José Napoleón Duarte Benítez, 23 irregularidades por $218,904.74; a su hija María Cristina Duarte de González, 9 irregularidades por $64,919.42; y a Juan Carlos Duarte Benítez, 15 irregularidades por $82,762.53.
La audiencia preparatoria se realizó en la Cámara Segunda de lo Civil de la Primera Sección del Centro de San Salvador, que admitió toda la prueba documental y pericial presentada por la Fiscalía.