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Judicial

Abogados de Enrique Rais presentan denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en Washington, D.C

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Este día, el equipo de abogados que representan a Enrique Rais y su familia, presentaron una Denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con sede en Washington D.C., con la finalidad que el organismo internacional investigue, analice y corrija las constantes violaciones a los derechos humanos cometidas por las autoridades públicas y judiciales de El Salvador, en los casos a los que se vincula al empresario. Entre las instituciones denunciadas se encuentran la Fiscalía General de la República, Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y el Órgano Judicial.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) encargado de la promoción y protección de los derechos humanos en el continente americano. Está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal y tiene su sede en Washington, D.C. Fue creada por la OEA en 1959 y, en forma conjunta con la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), instalada en 1979, es una institución del Sistema Interamericano de protección de los derechos humanos (SIDH).

Entre otras cosas, se ha solicitado al Organismo de Derechos Humanos adscrito a la Organización de Estados Americanos, que verifique y emita un informe sobre las violaciones a derechos fundamentales atribuidas al Estado de El Salvador tales como la violación al derecho a la libertad personal (Art. 7 de la Convención Americana) derecho a ser juzgado por un juez competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley –Juez Natural- (Art. 8.1 de la Convención Americana); el derecho al honor y a la dignidad (Art. 11 de la Convención Americana); la garantía de la presunción de inocencia (Art. 8.2 de la Convención Americana); el derecho a la intimidad y no interceptación ilegal de comunicaciones (Art. 11 de la Convención Americana); el derecho al secreto de la comunicación cliente-abogado (Art. 11 de la Convención Americana) y la garantía de la protección judicial, por medio de un recurso judicial efectivo. (Art. 25 de la Convención Americana) todas en relación con las obligaciones contenidas en los artículos 1 y 2 de la Convención Americana, en perjuicio del señor Enrique Rais.

Pese a que el empresario no ha sido condenado en ningún proceso penal, la petición que activa el sistema interamericano de protección a los derechos humanos pretende que un organismo internacional, legítimamente establecido e imparcial, analice las actuaciones de las Instituciones del Estado en los casos a los que se vincula al empresario Enrique Rais, al estimar los peticionantes que distintos funcionarios del Sistema Penal han generado con su actuar una serie de violaciones a garantías tuteladas por la Convención Americana y que el actual sistema PenalSalvadoreño no ofrece suficientes garantías para la Tutela Judicial Efectiva.

Todo ciudadano o habitante de los países sometidos al sistema interamericano de derechos humanos tiene derecho a acudir a las instancias internacionales para denunciar los atropellos que un Estado a través de sus funcionarios e instituciones ha cometido en su contra”, acotó uno de los juristas del equipo legal del empresario… Aun sin existir una sentencia que ponga fin al proceso, un ciudadano puede solicitar la intervención de la Comisión Interamericana, si el Estado denunciado no ha ofrecido garantías suficientes de tutela judicial efectiva, ya sea por negación del recurso judicial efectivo, por retardación de justicia o por silencio judicial excediendo los plazos razonables previamente determinados por la CIDH”…cerró el profesional del derecho.

Enrique Rais enfrenta desde la Administración del Ex Fiscal Douglas Meléndez una serie de procesos judiciales que han sido cuestionados en su validez y legalidad, a raíz de haberse confirmado la utilización en dichos procesos de escuchas telefónicas donde no consta la existencia previa de una autorización judicial para intervenir comunicaciones del empresario, ni hay garantía de legitimidad de las supuestas escuchas captadas, también se fundamentó en intervenciones telefónicas que según la ley debieron haberse destruido; así como la revelación de coacciones y presiones a empleados de la propia agencia fiscal para que declararan como testigos criteriado en casos de supuesta corrupción.

Por otro lado, distintas voces han surgido recientemente entre la población y en apoyo a la nueva administración del Ejecutivo, que exigen la instalación de una Comisión Internacional Contra la Impunidad en El Salvador, al tenerse la percepción generalizada que ni el sistema judicial ni la Fiscalía General de la República ofrecen suficientes garantías de imparcialidad y objetividad para investigar y resolver conforme a la ley en los procesos penales.

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Judicial

Pandillera del Barrio 18 condenada a 20 años de prisión por extorsión

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El Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador impuso 20 años de prisión a Silvia Guadalupe Barahona Ramos, miembro de la pandilla Barrio 18, por el delito de extorsión agravada.

Según el informe judicial, Barahona llegó al negocio de la víctima exigiendo dinero bajo amenazas de atentar contra su vida o la de su familia. La persona entregó el dinero, pero de inmediato interpuso la denuncia.

La detenida fue capturada en el marco del Régimen de Excepción y actualmente enfrenta procesos por otros delitos.

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Judicial

Mujer recibe 30 años de cárcel por no auxiliar a su recién nacido tras caer en fosa séptica en Cuscatlán

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El Juzgado de Sentencia de Cojutepeque condenó a 30 años de cárcel a María Antonia Preza Hernández por el delito de homicidio agravado bajo la figura de comisión por omisión, luego de no auxiliar a su recién nacido tras caer en una fosa séptica.

Según la investigación fiscal, los hechos ocurrieron el 30 de marzo de 2024 en Monte San Juan, Cuscatlán Sur. La mujer, que estaba en labor de parto, no solicitó ayuda a sus familiares y tras el nacimiento de la bebé, no intentó salvarla, sino que limpió la escena y se retiró.

El cuerpo de la recién nacida fue descubierto tres días después por familiares. La autopsia del Instituto de Medicina Legal confirmó que la bebé nació con vida y que la causa de su muerte fue asfixia por obstrucción de vías respiratorias.

El tribunal consideró que Hernández incumplió con su deber de auxilio, tipificando su conducta como comisión por omisión, lo que derivó en la condena máxima impuesta por el Juzgado de Sentencia de Cojutepeque.

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Judicial

Pastor evangélico es condenado por agresión sexual a menor en La Libertad

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Rafael Antonio Gómez Castillo fue condenado a 12 años de prisión por agredir sexualmente a una niña de ocho años durante el 2024 en Sacacoyo, departamento de La Libertad.

Según las investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR), la víctima sufrió maltratos físicos y psicológicos de su madre, al punto que la dejaba varios días encerrada en la vivienda o abandonada en la calle.

«La menor buscaba refugio y comida en la casa de Rafael Gómez, por el lazo familiar; sin embargo, él se aprovechó de la situación y del vínculo que tenía con la niña para abusar de ella en reiteradas ocasiones», señaló la institución.

Ambos se desempeñaban como líderes religiosos de una iglesia de donde fueron expulsados tras darse a conocer los maltratados que ejercían contra la niña.

Los abusos a los que la víctima era sometida fueron denunciados ante las autoridades por otro familiar cercano.

«Gracias a los elementos de prueba documental, pericial y testimonial que presentó la FGR ante el Tribunal Segundo de Sentencia de Sonsonate, se logró demostrar la participación de los imputados en los hechos antes mencionados», informó el ministerio público.

Es así como como Gómez Castillo fue sentenciado por el delito de agresión sexual o menor o incapaz agravada en modalidad continuada.

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