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Judicial

Abogados de Enrique Rais presentan denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en Washington, D.C

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Este día, el equipo de abogados que representan a Enrique Rais y su familia, presentaron una Denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con sede en Washington D.C., con la finalidad que el organismo internacional investigue, analice y corrija las constantes violaciones a los derechos humanos cometidas por las autoridades públicas y judiciales de El Salvador, en los casos a los que se vincula al empresario. Entre las instituciones denunciadas se encuentran la Fiscalía General de la República, Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y el Órgano Judicial.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) encargado de la promoción y protección de los derechos humanos en el continente americano. Está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal y tiene su sede en Washington, D.C. Fue creada por la OEA en 1959 y, en forma conjunta con la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), instalada en 1979, es una institución del Sistema Interamericano de protección de los derechos humanos (SIDH).

Entre otras cosas, se ha solicitado al Organismo de Derechos Humanos adscrito a la Organización de Estados Americanos, que verifique y emita un informe sobre las violaciones a derechos fundamentales atribuidas al Estado de El Salvador tales como la violación al derecho a la libertad personal (Art. 7 de la Convención Americana) derecho a ser juzgado por un juez competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley –Juez Natural- (Art. 8.1 de la Convención Americana); el derecho al honor y a la dignidad (Art. 11 de la Convención Americana); la garantía de la presunción de inocencia (Art. 8.2 de la Convención Americana); el derecho a la intimidad y no interceptación ilegal de comunicaciones (Art. 11 de la Convención Americana); el derecho al secreto de la comunicación cliente-abogado (Art. 11 de la Convención Americana) y la garantía de la protección judicial, por medio de un recurso judicial efectivo. (Art. 25 de la Convención Americana) todas en relación con las obligaciones contenidas en los artículos 1 y 2 de la Convención Americana, en perjuicio del señor Enrique Rais.

Pese a que el empresario no ha sido condenado en ningún proceso penal, la petición que activa el sistema interamericano de protección a los derechos humanos pretende que un organismo internacional, legítimamente establecido e imparcial, analice las actuaciones de las Instituciones del Estado en los casos a los que se vincula al empresario Enrique Rais, al estimar los peticionantes que distintos funcionarios del Sistema Penal han generado con su actuar una serie de violaciones a garantías tuteladas por la Convención Americana y que el actual sistema PenalSalvadoreño no ofrece suficientes garantías para la Tutela Judicial Efectiva.

Todo ciudadano o habitante de los países sometidos al sistema interamericano de derechos humanos tiene derecho a acudir a las instancias internacionales para denunciar los atropellos que un Estado a través de sus funcionarios e instituciones ha cometido en su contra”, acotó uno de los juristas del equipo legal del empresario… Aun sin existir una sentencia que ponga fin al proceso, un ciudadano puede solicitar la intervención de la Comisión Interamericana, si el Estado denunciado no ha ofrecido garantías suficientes de tutela judicial efectiva, ya sea por negación del recurso judicial efectivo, por retardación de justicia o por silencio judicial excediendo los plazos razonables previamente determinados por la CIDH”…cerró el profesional del derecho.

Enrique Rais enfrenta desde la Administración del Ex Fiscal Douglas Meléndez una serie de procesos judiciales que han sido cuestionados en su validez y legalidad, a raíz de haberse confirmado la utilización en dichos procesos de escuchas telefónicas donde no consta la existencia previa de una autorización judicial para intervenir comunicaciones del empresario, ni hay garantía de legitimidad de las supuestas escuchas captadas, también se fundamentó en intervenciones telefónicas que según la ley debieron haberse destruido; así como la revelación de coacciones y presiones a empleados de la propia agencia fiscal para que declararan como testigos criteriado en casos de supuesta corrupción.

Por otro lado, distintas voces han surgido recientemente entre la población y en apoyo a la nueva administración del Ejecutivo, que exigen la instalación de una Comisión Internacional Contra la Impunidad en El Salvador, al tenerse la percepción generalizada que ni el sistema judicial ni la Fiscalía General de la República ofrecen suficientes garantías de imparcialidad y objetividad para investigar y resolver conforme a la ley en los procesos penales.

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Prisión para sujeto que asesinó al esposo de su amante en San Miguel

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La Fiscalía General de la República (FGR) logró que Víctor Manuel Benítez Lazo fuera condenado a 25 años de prisión por asesinar al esposo de su amante en San Miguel.

El crimen por el que fue declarado culpable el empresario migueleño ocurrió el 7 de junio de 2025.

La investigación fiscal estableció que el procesado y Rubidia de los Ángeles Castro Zúniga -ya condenada-, mantenía una relación extramarital. Ambos planearon y ejecutaron el homicidio.

Castro Zúniga contrajo matrimonio con la víctima el 29 de marzo de 2025. El día del crimen, con engaños llevó a su esposo hasta una calle rústica que conduce al cantón El Pilón y Loma Larga, en La Unión, donde la mujer y el procesado le dispararon en la cabeza. Posteriormente trasladaron a la víctima hasta un negocio propiedad de Benítez Lazo, ubicado a inmediaciones del puente Luis de Moscos, en la ciudad de San Miguel.

En el lugar se percataron de que la víctima aún estaba con vida, por lo que la asfixiaron hasta causarle la muerte y luego la enterraron en una fosa clandestina.

La víctima fue reportada como desaparecida por su esposa el 10 de junio de 2025.

El 11 de julio de 2025, Castro Zúniga se sometió a un proceso abreviado en el Juzgado Segundo de Paz de San Miguel, donde fue sentenciada a 10 años de prisión por desaparición de personas y a 15 años por homicidio agravado. En total deberá cumplir 25 años de cárcel.

Benítez Lazo era el propietario de una empresa de venta de repuestos y fue condenado por homicidio simple por el Tribunal Primero de Sentencia del distrito de San Miguel.

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Condenan a 15 años de prisión a hombre por extorsionar a un comerciante en Apopa

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El Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador condenó a 15 años de prisión a Julio César Durán Ramos por el delito de extorsión agravada, en perjuicio de un comerciante del distrito de Apopa, municipio de San Salvador Oeste.

De acuerdo con las investigaciones, el 28 de noviembre de 2015 el imputado llegó al negocio de la víctima y se identificó como palabrero de la pandilla 18 que operaba en el sector donde el comerciante desarrollaba su actividad.

Según la investigación, posteriormente Durán Ramos exigió el pago de una renta mensual de 150 dólares y amenazó a la víctima con quitarle la vida si no entregaba el dinero.

Ante las amenazas, el comerciante accedió a pagar la cuota al finalizar cada mes para poder continuar con su actividad laboral.

La Fiscalía informó que eran diferentes personas las que se acercaban a reclamar el dinero de la extorsión y señaló que varios de esos extorsionistas ya han sido procesados y juzgados por separado.

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44 años de prisión para agresores y asaltantes de mujeres

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Irvin Iván Quintanilla Méndez y Ovidio Samuel Gutiérrez Lazo fueron condenados a 44 años de prisión por ofrecer servicios de transporte a mujeres para luego privarlas de libertad, agredirlas sexualmente y despojarlas de sus pertenencias.

La condena fue impuesta por el Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador, que los declaró responsables de los delitos de robo agravado, privación de libertad y otras agresiones sexuales, en perjuicio de dos víctimas, cuyas identidades permanecen bajo régimen de protección.

Durante la vista pública, la Fiscalía General de la República expuso que los condenados habían adoptado un modus operandi para planificar y ejecutar los ataques sexuales, utilizando como fachada un servicio de transporte privado.

Según la investigación presentada por la Fiscalía, las víctimas solicitaban los viajes desde sus lugares de trabajo, ubicados en la zona del Paseo General Escalón, en el distrito de San Salvador, con destino a distintos puntos del área metropolitana.

Mientras se encontraban en el trayecto, los imputados simulaban desperfectos mecánicos en el vehículo. Al detenerse, un delincuente armado salía del baúl para someter y amenazar a la pasajera, con lo que facilitaban la comisión de los delitos.

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