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Judicial

Jefe de farmacia del hospital psiquiátrico suministró anestesia vencida a casi 100 pacientes y ahora enfrentará juicio

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El jefe de farmacia del hospital psiquiátrico de Soyapango es señalado de permitir el suministro de medicamento vencido a casi un centenar de pacientes que fueron intervenidos quirúrgicamente en 2015 y de los cuales en varios casos se tiene registro de complicaciones en el quirófano del sanatorio del cual el director estaba al tanto de dicha situación.

Pese a tener ocho años de laborar en el hospital nacional psiquiátrico “Dr. José Molina Martínez”, el químico farmacéutico y jefe de farmacia, Mauricio F., de 37 años de edad, decidió suministrar Propofol 1% que ya había caducado a 94 pacientes quienes no se enteraron de lo sucedido. 

La denuncia de los 94 casos fue interpuesta por miembros del sindicato de los trabajadores del Ministerio de Salud (Sitramisal) la cual llegó a oídos de la Dirección General de Medicamentos (DGM) quienes realizaron una investigación en la farmacia que dio como resultado el hallazgo de 66 ampollas vencidas en dos lotes diferentes.

El 14 de septiembre de 2015, inspectores fiscales y miembros de la DGM llegaron la farmacia central, almacenes y quirófanos del hospital, para verificar lo que hasta ese entonces se manejaba como rumores.

El informe de las autoridades señaló que 43 ampolletas vencieron en enero de 2015 y que otras 23 en abril del mismo año. Es decir que el producto disponible en farmacia tenía más de siete meses de caducidad.

Luego de las investigaciones, se determinó que en mayo 31 pacientes fueron inyectadas con la anestesia vencida, mientras que en junio se contabilizaron otros 63 pacientes a los que se le aplicó el medicamento.

El director estaba al tanto de todo

Tras ser procesado, el 6 de noviembre del 2018 -durante la audiencia preliminar-, la defensa del imputado señaló que no había pruebas suficientes para comprobar un daño certero en la salud de las personas que habían sido atendidas con dicho anestésico debido a que ningún paciente ha interpuesto alguna denuncia.

Asimismo, señalaron que el imputado no era el único que estaba de acuerdo en dicho procedimiento y apuntaron a otras autoridades de avalar dicha decisión entre ellos el director del centro de salud.

“Si tenía conocimiento previo que el medicamento estaba vencido, de hecho tuvimos una reunión con el director y con otro doctor que en ese momento era jefe de operaciones. Para mí mala suerte no quedó ningún documente que estableciera que si tuvimos esa reunión y que llegamos al acuerdo de utilizar el medicamento”, señaló el imputado.

Al mismo tiempo, Mauricio señaló que una tecnóloga del centro asistencial también estaba al tanto de la situación y que únicamente se limitó a revisar la receta para llevarla a la sala de operaciones donde se introdujo a uno de los pacientes.

Otro de los puntos de los cuales la defensa se auxilió fue en la falta de abastecimiento de dicho insumo, elemento que no ha sido comprobado ante el tribunal a cargo del proceso.

“Cambio de conducta” en pacientes

En el expediente judicial presentado por este caso se señaló el caso de pacientes a quienes los médicos y enfermeras que los atendían observaron extraños comportamientos luego de aplicarles la anestesia.

En un documento firmado por los galenos se informó que el paciente experimentó “cambios de conducta” luego de finalizar el efecto de Propofol 1%; mientras que otro, luego de salir del efecto de la anestesia, “presentó un lenguaje arrastrado y somnoliento y que no se podía mantener en pie”.

Por su parte, la Junta de Vigilancia de la Profesión Químico Farmacéutico emitió una sanción económica en contra del hospital -que no está especificada en el expediente judicial- por lo que debido a esto tomaron medidas en la utilización de Propofol 1%.

Luego de más de tres años de procesos judiciales, este jueves el tribunal Tercero de sentencia realizara la vista pública en contra del jefe de farmacia del hospital a quien se le atribuye el delito de despacho o comercio indebido de medicamentos en perjuicio de la salud pública.

 

Nota de El Salvador Times

Judicial

Condenan a dos extranjeros a 13 años de cárcel por transportar 150 kilos de cocaína en La Libertad Costa

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El Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Tecla condenó a 13 años de prisión a cada uno de dos extranjeros por tráfico ilícito de drogas, tras un procedimiento en el que fueron incautados 150 kilogramos de cocaína. El cargamento tenía un valor comercial estimado de $3,770,000, según los análisis periciales incorporados al proceso.

Los condenados son Luis Alfredo García Guevara, de nacionalidad guatemalteca, y Harinton Javier Ruiz, nicaragüense. Ambos fueron intervenidos el 5 de noviembre de 2025, después de que elementos de la Fuerza Aérea y de la Marina Nacional detectaran la embarcación en la que navegaban frente a las costas salvadoreñas.

El procedimiento continuó en la playa La Bocana de Mizata, en La Libertad Costa, donde las autoridades inspeccionaron la lancha. Durante la revisión encontraron cinco bultos que contenían 150 paquetes de cocaína, con un peso total de 150 kilogramos, confirmado mediante las pericias realizadas.

La sentencia fue emitida tras la valoración de los elementos presentados durante el juicio, entre ellos las inspecciones y los análisis de la sustancia decomisada. El tribunal estableció la responsabilidad de los dos procesados por el transporte del cargamento e impuso la misma pena de prisión a ambos.

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Judicial

Conducción peligrosa en El Salvador: avalan reformas para reforzar sanciones y controles

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La Comisión de Seguridad Nacional y Justicia de la Asamblea Legislativa emitió el 20 de octubre tres dictámenes favorables para reformar los códigos Penal y Procesal Penal, además de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Las propuestas buscan combatir la conducción peligrosa y reforzar la responsabilidad de quienes operan o entregan vehículos de transporte colectivo y de carga.

El paquete contempla conducir con alcohol en la sangre o el aliento, bajo efectos de drogas, disputar la vía o participar en carreras sin autorización. También incorpora manejar autobuses o vehículos de carga sin la licencia correspondiente y responsabilizar a los propietarios que entreguen estas unidades a personas que no estén habilitadas para conducirlas.

Durante la discusión se señalaron penas de dos a cinco años por conducción peligrosa y de cinco a diez años cuando se trate de transporte público de pasajeros o de carga. Si estos hechos provocan homicidio culposo o lesiones culposas muy graves, las sanciones pueden alcanzar hasta 15 años para los conductores de esas unidades. Estos rangos ya aparecen en la reforma penal de diciembre de 2024, por lo que no deben presentarse como aumentos completamente nuevos.

Otro componente busca restringir la conciliación y otras formas de terminar el proceso en determinados casos vinculados con conducción peligrosa, además de fortalecer los controles sobre las condiciones mecánicas de los vehículos. El informe oficial consultado confirma el aval de la comisión; esa etapa debe distinguirse de la aprobación del pleno y de la posterior entrada en vigor de las reformas.

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Prisión provisional para mujer acusada de estafar $57,283 con supuesto negocio de comida

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El Juzgado Cuarto de Paz de San Salvador ordenó detención provisional contra Patricia Lissette L. de I., de 53 años, acusada de estafa agravada en perjuicio de ocho personas. Según el requerimiento fiscal, el supuesto fraude asciende a $57,283.50, entregados como inversión en un negocio de distribución de comida preparada.

Los hechos investigados ocurrieron entre 2022 y 2026. De acuerdo con la acusación, la mujer ofrecía ganancias a quienes aportaran dinero al supuesto emprendimiento, una propuesta con la que habría convencido a las víctimas de entregar distintas cantidades.

La investigación señala que la imputada no pagaba los rendimientos prometidos y posteriormente interrumpía la comunicación con los afectados. La promesa de obtener ganancias y la posterior falta de contacto forman parte del mecanismo de engaño descrito en el expediente fiscal.

Durante la audiencia inicial, el juez consideró que existían indicios suficientes sobre el delito y la probable participación de la acusada, por lo que ordenó que el proceso continuara a la etapa de instrucción. La mujer permanecerá detenida provisionalmente mientras avanza el caso; esta resolución no constituye una condena.

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