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Política

Ofertan declaraciones de esposa e hija de diputado de ARENA Alberto Romero

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En la segunda sesión de labores de la Comisión Especial de Antejuicio contra el diputado de ARENA, Alberto Romero, para estudiar la petición de la Fiscalía General de la República (FGR) para que se le retire el fuero constitucional al parlamentario de ARENA, Alberto Romero, quien por 23 años ha representado al departamento de Cuscatlán.

El abogado defensor del diputado del tricolor, Ernesto Parada, solicitó a la mesa de trabajo suspender el desarrollo del procedimiento y ponerlo en libertad, porque según él “no hay fundamentos para el desarrollo del proceso”.

Esta petición no tiene sentido, debido a que el proceso de antejuicio ha seguido todos los requerimientos que la ley establece, iniciando con la diligencia del fiscal general de la República, Rodolfo Delgado.

Por su parte, ante la petición realizada por Parada sobre dejar en libertad a Romero, el diputado fiscal Giovanny Zaldaña mencionó que dicho caso no es vinculante con los delitos que se desarrollan en la comisión.

Zaldaña explicó que el miembro de la fracción arenera se encuentra retenido, desde el pasado 23 de agosto, por el delito de resistencia agresiva, según un informe de la Policía Nacional Civil (PNC).

Asimismo, la diputada fiscal Marcela Pineda argumentó que rechaza la solicitud del abogado defensor, pues el objetivo es eliminar la barrera que proporciona el fuero constitucional para que la FGR pueda continuar con sus labores de investigación sobre $1,162,388.05 millones resguardados en cuatro cuentas bancarias.

La parlamentaria indicó que Romero posee otras 28 cuentas de banco, mismas que deberán ser investigadas por las autoridades competentes.

Para continuar con el caso, ambos diputados fiscales ofrecieron presentar pruebas testimoniales, entre ellas las declaraciones testimoniales de Ana Lourdes de Romero y

Lourdes Romero de Marroquín, esposa e hija respectivamente del parlamentario en cuestión.

Además, ofertaron la declaración testimonial de peritos financieros que realizaron la investigación de enriquecimiento ilícito en el año 2020; la declaración de María de Jesús Guardado, quien fungió como asesora de la Asamblea Legislativa hasta el 30 de abril de 2021; la declaración de Ricardo Gutierrez Romero, colaborador administrativo en este Órgano de Estado; la de David Fernando Vaquerano, quien laboró como ordenanza de la Asamblea hasta 2018 y quien realizó diversos depósitos monetarios en una cuenta bancaria de la esposa de Romero; la declaración de Ana Ortiz Lemus, asistente de fracción de ARENA hasta 2018.

También ofertaron entre la prueba documental la copia de la documentación legal de la Fundación para el Desarrollo de Cuscatlán y la documentación financiera de dicha asociación.

El proceso civil contra Alberto Romero inició luego de que la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) detectara irregularidades en su patrimonio.

El pasado 14 de agosto, la Cámara de la Segunda Sección del Centro de Cojutepeque lo declaró responsable de enriquecimiento ilícito en los periodos presidenciales del arenero Elías Antonio Saca (2004-2009) y del FMLN Mauricio Funes (2009-2014). A Romero se le ordenó devolver al Estado $445,766.05 y se le inhabilitó para ejercer cualquier cargo público por un periodo de 10 años.

La Fiscalía continúo con las investigaciones y detectó más de una veintena de inconsistencias en el patrimonio del diputado: entre 2011 y 2022, según la institución, el arenero obtuvo ingresos mayores a $1,612.388.00 millones sin que él lograra justificarlos.

El 23 de agosto, en la sesión plenaria 120, el fiscal general de la República, Rodolfo Delgado, solicitó a la Asamblea Legislativa que se le elimine el fuero al miembro del tricolor, para poderlo procesar penalmente por los delitos señalados.

El parlamentario de la fracción tricolor ha desempeñado el cargo durante 23 años. Entre 2000 y 2006 fue diputado suplente. Desde entonces y hasta la fecha obtuvo una curul como propietario.

Además, Romero fungió como vicepresidente de la Junta Directiva de la Asamblea Legislativa en tres periodos, desde el 2009 a 2015 y de 2018-2021.

El funcionario, quien es ingeniero agrónomo de profesión, también fue jefe de la fracción arenera durante tres años (2015-2018).

De acuerdo a la Fiscalía, el funcionario oriundo de Cojutepeque tuvo ingresos sin justificar de $1,162,388.05, por lo que dicha institución le atribuye los referidos delitos. El enriquecimiento ilícito está tipificado en el artículo 333 del Código Penal y es castigado con una pena de entre dos y cuatro años de prisión. El otro cargo penal está regulado en el artículo 4 de la Ley Contra el Lavado de Dinero y Otros Activos y tiene una pena de cinco a 15 años de cárcel y la cancelación de 50 a 2,500 salarios mínimos vigentes al momento que se dicte la sentencia.

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Política

TSE establece calendario electoral para el voto en el extranjero en 2027

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Los salvadoreños residentes en el exterior podrán ejercer su derecho al voto de manera remota a partir del 30 de enero de 2027, según el calendario electoral para el sufragio en el extranjero publicado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE). La modalidad en línea estará disponible hasta el 28 de febrero, fecha en que también se realizará la votación presencial, de acuerdo con el huso horario de cada país.

Como parte de la planificación electoral, el TSE activará el Plan General de Elecciones (Plagel), que comprende 22 programas enfocados en logística, tecnología y operatividad. Estas acciones tienen como objetivo garantizar la seguridad del proceso, la accesibilidad para los votantes en el exterior y la capacitación de los actores clave en los países con mayor concentración de la diáspora salvadoreña.

«Te compartimos algunas de las actividades más importantes para que puedas ejercer el sufragio desde cualquier lugar del mundo», publicó el TSE en su cuenta oficial de X (antes Twitter).

Entre las fechas más relevantes del calendario figura la suspensión para modificar el domicilio en el Documento Único de Identidad (DUI) con fines electorales, la cual entrará en vigor el 27 de febrero de 2026. Asimismo, la promoción institucional del voto en el exterior comenzará el 8 de octubre de 2025 y se extenderá hasta el 31 de agosto de 2026.

El proceso de creación y cierre del Registro Electoral para el Voto Electrónico (REVEL) en todas sus modalidades se desarrollará del 16 de junio de 2025 al 4 de noviembre de 2026. Además, se realizarán simulacros y pruebas del sistema de votación entre el 27 de julio de 2026 y el 12 de febrero de 2027.

La organización de la Junta Electoral de Voto en el Extranjero (JELVEX), encargada de supervisar la votación remota, está prevista entre el 27 de agosto y el 28 de noviembre de 2026. Los preparativos de las papeletas de votación, tanto para el sistema remoto como para la modalidad presencial electrónica, se llevarán a cabo entre el 18 y el 30 de diciembre de ese mismo año.

La presidenta del TSE, Roxana Soriano, hizo un llamado a la diáspora, a los partidos políticos y a las instituciones aliadas a sumarse al proceso electoral de 2027. “Juntos construiremos un proceso ejemplar, donde la voluntad de la diáspora se refleje con integridad, respeto y equidad”, expresó.

En las elecciones generales de 2024, un total de 331,756 salvadoreños votaron desde el exterior; de ellos, 242,110 lo hicieron a través de Internet (73 %) y 89,646 de manera presencial (27 %).

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Política

Partidos políticos deberán convocar elecciones internas en marzo de 2026

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Los partidos políticos legalmente inscritos en El Salvador deberán comenzar a convocar elecciones internas a partir del 6 de marzo de 2026, como parte del calendario electoral previo a los comicios legislativos y municipales programados para el 28 de febrero de 2027.

De acuerdo con el cronograma publicado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), los institutos políticos tendrán hasta el 29 de julio de 2026 para desarrollar sus procesos internos y definir a los candidatos que competirán por diputaciones a la Asamblea Legislativa y por los concejos municipales.

Estas actividades se realizan en cumplimiento de lo estipulado en la Ley de Partidos Políticos. El artículo 37-B establece que la comisión electoral de cada partido debe convocar a elecciones internas con al menos seis meses de anticipación a la convocatoria oficial a elecciones nacionales. Asimismo, el artículo 37-K indica que dichos procesos deberán completarse a más tardar dos meses antes de esa convocatoria, prevista para el 30 de septiembre de 2026.

Una vez concluidos los procesos internos, cada partido deberá oficializar a sus candidatos mediante su inscripción ante el TSE. Según el calendario electoral, la inscripción para diputaciones a la Asamblea Legislativa y al Parlamento Centroamericano se realizará entre el 1.º de octubre y el 19 de noviembre de 2026, mientras que para concejos municipales el plazo será del 9 al 19 de noviembre de ese mismo año, conforme lo establece el artículo 142 del Código Electoral.

Actualmente, el TSE registra como partidos inscritos a ARENA, FMLN, Democracia Salvadoreña (DS), Fuerza Solidaria, GANA, Nuevas Ideas, PAIS, PCN, FPS, PDC y VAMOS. En 2023, al menos 12 partidos convocaron procesos internos en cumplimiento del calendario previo a las elecciones generales celebradas en 2024.

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Política

Asamblea Legislativa avala solicitud del Ejecutivo para seguir entregando subsidio al gas

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Con el propósito de evitar que factores externos eleven el precio que los salvadoreños pagan por el cilindro de gas propano, con 60 votos, la Asamblea Legislativa prorrogó, hasta el 31 de mayo de 2026, la Ley Especial y Transitoria para la Estabilización de los Precios del Gas Licuado de Petróleo.

La medida beneficiará a más del 80 % de la población, permitiéndoles seguir adquiriendo el producto, en sus diferentes presentaciones, a un precio accesible.

Este marco legal fue aprobado el 13 de junio de 2023 para contrarrestar la constante fluctuación del precio internacional de los hidrocarburos, el cual incide directa y negativamente en el precio que paga la población.

El diputado William Soriano explicó que de no aprobarse esta prórroga –que vence el próximo 31 de mayo– a partir de junio de 2025 las familias podrían adquirir el gas para cocinar a un precio de hasta $15.00 por cilindro.

“Esta medida temporal permite estabilizar los precios del gas licuado de petróleo para beneficiar a las amas de casa, las que hace las pupusas, a las que tienen comedor; ellas no van a tener que pagar los crecimientos o fluctuaciones del gas licuado de petróleo que ustedes usan para cocinar o en sus negocios”, expresó el legislador.

Durante el estudio del anteproyecto, el director general de subsidios del Ministerio de Hacienda, Juan Francisco Grande, explicó a los diputados que las condiciones que originaron la emisión de la ley siguen afectando la economía de las familias, por lo que es necesario ampliar su vigencia por 12 meses.

Además, detalló que este mecanismo consiste en transferencias de subsidios dirigidas a los consumidores y canalizadas, a través de las empresas envasadoras que comercializan gas licuado por medio de cilindros.

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