Judicial
Torre de Babel en tribunales, varios testigos se contradicen en juicio contra una mujer

Las contradicciones entre tres testigos y la víctima denominada como “Sabrina” deslumbraron en la sala de audiencias 3-B del centro judicial “Isidro Menéndez”. No coincidieron los relatos que culparían a la imputada.
Luego de permanecer durante cinco días detenida en las bartolinas de Apopa, Margarita (nombre cambiado por protección) tuvo que pasar por un proceso penal al ser culpada por el delito de privación de libertad de “Sabrina”, una niña de 10 años de edad, que recibió ese sobrenombre bajo el régimen de protección a víctimas.
La mujer de 36 años de edad habría cometido una acción que la llevó hasta el Tribunal 5° de Sentencia: tratar de proteger a “Sabrina” de un supuesto maltrato hecho por parte de sus padres, según lo indicó ella misma ante el juez.
El pasado 4 de diciembre, Margarita enfrentó la audiencia de vista pública, en donde los testigos de la Fiscalía General de la República (FGR), identificados con las claves “Milagro”, “Esperanza” y “Leonor”, emitieron sus versiones de los hechos. A ellos se agregaron las palabras de la menor de edad.
Las contradicciones entre los tres testigos y “Sabrina” deslumbraron en la sala de audiencias 3-B del centro judicial “Isidro Menéndez”.
Las declaraciones generaron más dudas respecto a los hechos que realmente ocurrieron aquel 29 de mayo de 2017, día en el que “Sabrina” habría sido privada de libertad por Margarita.
Las declaraciones confusas
El juez escuchó tanto a la implicada como a la víctima y a los testigos presentados por Fiscalía. Desde un inicio, el expediente judicial -resguardado en el Tribunal 5° de Sentencia- presenta una versión distinta a lo planteado en la vista pública.
En un primer momento, se manejó que Margarita, a través de la amistad que su hija Camila tiene con “Sabrina” por haber sido compañeras del 5° grado que cursaban en el mismo centro de estudio, llevaría a la niña a una fiesta en la que asistirían pandilleros.
Esa versión no fue abordada ni por “Milagro” ni “Esperanza” y ni “Leonor” en el momento en que aportaron sus declaraciones. Incluso, la primera testigo no comunicó que al llegar a “rescatar” a la niña se encontrase algún miembro de alguna estructura criminal.
Otro punto dudoso fue cuando “Leonor” indicó que en una tarde va dos veces a hacer compras al mercado que se ubica acerca de la colonia, en donde habitan en Apopa. El cruce de horas fue lo que cayó en confusión a la parte de la defensa de Margarita.
En un primer momento, “Leonor” expresó que el día de los hechos ella salió al centro de venta popular a las 2:00 de la tarde, que retornó a las 2:10 y que volvió a salir hasta que regresó a las 5:00 de la tarde, junto a “Milagro” y “Esperanza”.
Al ser cuestionada por la abogada de la acusada, la testigo con clave no logró desenmarañar lo que había relatado en el principio de su relato.
Por su parte, “Milagro” indicó que Margarita le había dado unas joyas a “Sabrina” cuando estaba en la casa de esta con el fin de mantenerla entretenida. La testigo indicó que la bisutería estaba en las piernas de la niña. “Leonor” contradijo esto.
Al contar lo “que ella había visto”, aseguró que las joyas habían sido entregadas a la víctima en la entrada del colegio, justo en el momento en que la había llevado como era costumbre.
Otro punto que no convergió en los relatos fue el sitio en donde habrían interpuesto la denuncia en un primer momento, unos dijeron que fue ante la FGR y otros ante la Policía Nacional Civil (PNC).
La libertad de Margarita
El juez valoró la prueba presentada y llegó a la conclusión de que las versiones de los testigos, incluyendo la de la misma víctima, no era coherente, pues se reflejó la contradicción en la acusación de los hechos.
Ante esto, Margarita pudo respirar tranquila nuevamente, dejar los nervios a un lado, pues el fallo brindado en el juicio fue a su favor: absolutorio.
Judicial
Mujer recibe 30 años de cárcel por no auxiliar a su recién nacido tras caer en fosa séptica en Cuscatlán

El Juzgado de Sentencia de Cojutepeque condenó a 30 años de cárcel a María Antonia Preza Hernández por el delito de homicidio agravado bajo la figura de comisión por omisión, luego de no auxiliar a su recién nacido tras caer en una fosa séptica.
Según la investigación fiscal, los hechos ocurrieron el 30 de marzo de 2024 en Monte San Juan, Cuscatlán Sur. La mujer, que estaba en labor de parto, no solicitó ayuda a sus familiares y tras el nacimiento de la bebé, no intentó salvarla, sino que limpió la escena y se retiró.
El cuerpo de la recién nacida fue descubierto tres días después por familiares. La autopsia del Instituto de Medicina Legal confirmó que la bebé nació con vida y que la causa de su muerte fue asfixia por obstrucción de vías respiratorias.
El tribunal consideró que Hernández incumplió con su deber de auxilio, tipificando su conducta como comisión por omisión, lo que derivó en la condena máxima impuesta por el Juzgado de Sentencia de Cojutepeque.
Judicial
Pastor evangélico es condenado por agresión sexual a menor en La Libertad

Rafael Antonio Gómez Castillo fue condenado a 12 años de prisión por agredir sexualmente a una niña de ocho años durante el 2024 en Sacacoyo, departamento de La Libertad.
Según las investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR), la víctima sufrió maltratos físicos y psicológicos de su madre, al punto que la dejaba varios días encerrada en la vivienda o abandonada en la calle.
«La menor buscaba refugio y comida en la casa de Rafael Gómez, por el lazo familiar; sin embargo, él se aprovechó de la situación y del vínculo que tenía con la niña para abusar de ella en reiteradas ocasiones», señaló la institución.
Ambos se desempeñaban como líderes religiosos de una iglesia de donde fueron expulsados tras darse a conocer los maltratados que ejercían contra la niña.
Los abusos a los que la víctima era sometida fueron denunciados ante las autoridades por otro familiar cercano.
«Gracias a los elementos de prueba documental, pericial y testimonial que presentó la FGR ante el Tribunal Segundo de Sentencia de Sonsonate, se logró demostrar la participación de los imputados en los hechos antes mencionados», informó el ministerio público.
Es así como como Gómez Castillo fue sentenciado por el delito de agresión sexual o menor o incapaz agravada en modalidad continuada.
Judicial
Acabó con la vida de su bebé recién nacida y recibió 30 años de prisión

La Fiscalía General de la República (FGR) consiguió que María Antonia Preza fuera condenada a 30 años de cárcel por el homicidio agravado de una bebé recién nacida.
Según las investigaciones, en marzo de 2024, Preza dio a luz en una fosa séptica y no informó a nadie sobre el parto, procediendo a limpiar la escena para eliminar evidencias.
Tres días después, familiares hallaron el cuerpo de la bebé y notificaron a las autoridades. La autopsia reveló que la menor respiró al nacer y murió posteriormente por asfixia debido a la aspiración de heces.