Política
ÚLTIMA HORA – Admiten demanda para declarar inconstitucional candidatura de Josué Alvarado de VAMOS
Una demanda de inconstitucionalidad contra la candidatura presidencial de Josué Alvarado, del partido VAMOS, fue admitida por la Sala encargada de estos procesos, informó la Corte Suprema de Justicia (CSJ) este miércoles.
Según la demanda, el Tribunal Supremo Electoral, TSE, no debió inscribir la candidatura de Alvarado por no ser parte del estado seglar, ya que “dicho candidato es ministro, pastor o reverendo de un determinado culto religioso cuyos estatutos están publicados en el Diario Oficial y fueron agregados al expediente”.
El artículo 82 de la Constitución prohíbe a ministros de cualquier culto religioso pertenecer a partidos políticos y optar a cargos de elección popular.
La Sala no ha detenido la candidatura del candidato presidencial de VAMOS pero si resultara electo y su inscripción es declarada inconstitucional no podrá tomar posesión del cargo.
“El demandante, en lo medular, argumentó que el TSE no podía autorizar la inscripción del candidato por el partido político VAMOS, porque no pertenece al estado seglar (es decir que no tenga vinculación con algún estamento clerical o religioso) ya que, afirmó, dicho candidato es ministro, pastor o reverendo de un determinado culto religioso, cuyos estatutos están publicados en el Diario Oficial”, explicó la CSJ en un comunicado.
Según la demanda, la candidatura de Alvarado viola el artículo 82 de la Constitución de la República “que prohíbe a los ministros de cualquier culto religioso pertenecer a partidos políticos y optar a cargos de elección popular y, además, vulnera el artículo 72 ordinal 3 de la Constitución en cuanto al derecho al sufragio pasivo”.
La Corte aclara que la Sala de lo Constitucional no ha emitido ninguna medida cautelar en la que se suspenda provisionalmente la candidatura de Alvarado, pero “de resultar electo” y se declarase inconstitucional su inscripción, no podrá asumir el cargo de presidente y este pasará a la persona electa como vicepresidente, en este caso Roberto Ocampo.
Además, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) tiene diez días hábiles para justificar la inscripción de la candidatura de Alvarado. Este último también tendrá una audiencia para pronunciarse por los señalamientos de la demanda.
La Sala de lo Constitucional admitió una demanda de inconstitucionalidad contra la candidatura presidencial de Josué Alvarado, fundador del partido Vamos, por no comprobar que pertenece al mundo seglar, es decir, por ser pastor de una iglesia cristiana.
La Sala, sin embargo, no dictaminó medidas cautelares, por lo que Alvarado podrá seguir participando en el proceso electoral del 3F. La demanda fue admitida el pasado viernes 11 de enero, y se dio a conocer hasta este miércoles 16.
Sala admite demanda de inconstitucionalidad contra inscripción de candidatura del señor Josué Alvarado por el TSE https://t.co/grZALq8xQH
— Sala de lo Cnal. (@SalaCnalSV) 16 de enero de 2019
Política
ARENA confirma participación electoral en medio de críticas por baja afluencia en internas
Judicial
Fiscal general afirma que la cadena perpetua es una medida adecuada
La comisión política continuó ayer con el estudio para la ratificación del acuerdo constitucional 6 aprobado por la Asamblea Legislativa el pasado 17 de marzo.
Durante la sesión de trabajo, los diputados recibieron al fiscal general de la república, Rodolfo Delgado, quien argumentó la necesidad de ratificar la enmienda.
El funcionario explicó que la modificación al artículo 27 de la Constitución de la República que conlleva la prisión perpetua a asesinos, violadores y terroristas, «es adecuada en un contexto donde se ha realizado un combate de frente hacia el mayor enemigo que tenía la sociedad salvadoreña, identificado como pandillas».
Agregó que actualmente el 90 % de los pandilleros procesados se encuentra dentro del sistema penitenciario, que ahora tiene condiciones adecuadas para atender a los reclusos.
Delgado destacó que la iniciativa de reforma está dirigida a personas que «decidieron vivir al margen de la ley», que «son un foco de peligro persistente para la estabilidad de todo el sistema de leyes», puesto que al día de hoy no dan garantías de que en el futuro cumplirán la ley.
«Hoy por hoy, no sabemos si el día de mañana, estas personas salen de prisión, van a volver a delinquir o van a volver a enquistarse en las comunidades de donde fueron extraídos con un gran esfuerzo, donde estaban acostumbrados a delinquir», aseveró Delgado.
En ese sentido, consideró que lo más conveniente es «mantener neutralizados a todos los que forman parte de esas organizaciones a través de la custodia que debe ser adecuada al peligro que ellos representan».
Delgado aclaró que esto no es una «venganza», sino «medidas justificadas en la prevención de futuros delitos que cometan estas personas en dado caso salgan».
El presidente de la comisión, Ernesto Castro, reiteró que continuarán apoyando las medidas que garanticen la seguridad de los salvadoreños.
De forma paralela, la iniciativa de ratificación para la cadena perpetua está siendo abordada por otros actores, como el analista Marvin Aguilar.
En la entrevista Encuentro manifestó que «es más caro tener preso a alguien que educarlo, con esto no se quiere decir que liberen a los pandilleros, pero este gobierno eso está decidiendo, que reprimir a la gente es mejor que educar a las personas. El costo económico de mantener la cadena perpetua por cada preso al año en el país es entre $1,200 a $1,400».
Política
CCR se prepara de cara a elecciones 2027
En el marco del proceso electoral 2027, la Corte de Cuentas de la República (CCR) se prepara para implementar la contraloría respectiva.
Walter Sosa, presidente de la CCR, afirmó que se reforzarán los mecanismos para la emisión de constancias a los aspirantes de candidaturas a la presidencia y vicepresidencia de la república, diputados y concejos municipales.
«En términos prácticos, esto implica que la CCR verifica que los aspirantes a candidatos no tengan sentencias condenatorias pendientes de pago. Es decir, revisamos en las siete Cámaras de Primera Instancia y en la Cámara de Segunda Instancia que los aspirantes a candidatos no tengan al momento de la solicitud sentencia ejecutoriada pendiente de pago», explicó.
Lo anterior se ejecuta de conformidad con los artículos 152, 160 y 166 del Código Electoral, los que establecen que los aspirantes deben presentar una constancia extendida por el presidente de la CCR, en cumplimiento de un requisito indispensable para su inscripción.
«Para garantizar el cumplimiento de esta disposición legal, la Corte de Cuentas mantiene de forma permanente el servicio de emisión de constancias y, durante los períodos electorales, refuerza su capacidad operativa para agilizar este proceso emitiendo un instructivo que socializaremos en el momento propicio de acuerdo con el calendario electoral, contribuyendo así a la transparencia y legalidad del evento electoral», puntualizó el presidente del ente contralor.





