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Judicial

Presentan demande de inconstitucionalidad contra el artículo 5 de la Ley de Comercio Electrónico

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El despacho de abogados independiente PRAETORIUM presentó una pieza de inconstitucionalidad contra el artículo 5 de La Ley de Comercio Electrónico, basándose en los artículos 1, 2, 3, 22, 23, 101 y 115 de la Constitución de la República.

Según el abogado y especialista en Derecho Tecnológico, Derecho de Consumo y Derecho Económico y director de PRAETORIUM, Julio Cesar Osegueda Navas, la Ley de comercio electrónico solo protege a grandes empresas, y deja en desventaja a las pequeñas, razón por la que presentan la pieza de inconstitucionalidad.

El pasado 10 de febrero de este año se publicó en el Diario Oficial la Ley de Comercio Electrónico; una normativa robusta en cuanto al abordaje técnico de la regulación en el ámbito digital, considerado como de gran importancia para la seguridad jurídica.

Aunque dicha ley nació con un defecto, en el artículo N° 5 que excluye de su aplicación a las personas consumidoras y con ellas a las micro y pequeñas empresas que por ministerio de ley (art. 34 de la Ley de fomento de las micro y pequeña empresa) también son consideradas consumidoras.

Con ese artículo los consumidores y las MYPES se quedan sin la posibilidad de ser protegidos contra una seria de prácticas empresariales indeseadas para el buen funcionamiento del mercado como:

  • Comunicaciones publicitarias no solicitadas o el apartamiento del cumplimiento de ofertas en páginas web por supuestos errores de comunicación
  • Quedan también al margen los criterios necesarios para considerar como legalmente válidos los actos y contratos en el mundo digital y muchos otros elementos que conforman la riqueza de esta novedosa normativa.

Indefensión que no sólo la podremos apreciar en la aplicación de la Ley en sede administrativa como en el caso de la Defensoría del Consumidor, sino también en lo civil, mercantil y judicial, dado el carácter general de la Ley de Comercio Electrónico.

Por esta exclusión que va en contra hasta de los considerandos de la misma Ley de Comercio Electrónico, se ha planteado esta inconstitucionalidad ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia por la afectación a los artículos 1, 2, 3, 22, 23, 101 y 115 de la Constitución; ya que se configura como un trato desigual sistemático e institucionalizado en detrimento de los derechos e intereses de las personas consumidoras y de las MYPES, su seguridad jurídica y su libertad para contratar, en inclusive una grave afectación al “orden económico” que considera a los consumidores y a las MYPES como un patrimonio nacional y como sujetos de especial y prioritaria atención del Estado. 

Marco Jurídico

En 2010 el Código Procesal Civil y Mercantil reconoció el valor probatorio de ciertos signos mecánicos y electrónicos, pero en 2013 se modificó la Ley de Protección al Consumidor para incorporar el derecho de retracto que puede ser utilizado en transacciones entre no presentes. Mientras, que en 2018 se incluye en la Ley de Protección al Consumidor, un concepto claro sobre Comercio Electrónico y algunas obligaciones para los comerciantes en ese ámbito.

Según datos de la Defensoría del Consumidor en lo que va de 2020 se han atendido 1,399 casos relacionados al comercio electrónico, un aumento del 9,993% en comparación con los 14 casos registrados en 2011; una realidad quizá empujada por los tiempos de pandemia en los que hemos vivido.

Las herramientas digitales llevan más de 20 años, pero hasta hace poco se inició con la regulación. La Defensoría del Consumidor ha anunciado que nunca se ha sancionado un caso relacionado a comercio electrónico porque la ley recientemente fue reformada para incluirlo, esto evidencia que la institucionalidad necesita de herramientas legales que le permitan una intervención adecuada para la protección de los intereses, derechos y necesidades de las personas consumidoras.

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Judicial

Cárcel para sujeto que violó a una niña de Santa Ana

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A 42 años y ocho meses de cárcel fue condenado José Alfredo Rodríguez Avilés por haber violado a una niña de nueve años en Santa Ana.

La víctima vivía con el hermano menor, la madre y Rodríguez Avilés, quien comenzó a agredirla sexualmente coaccionando a la menor para poder realizarle tocamientos y otras agresiones. Los hechos ocurrieron desde el año 2004 hasta 2006.

Al poco tiempo inició a abusarla sexualmente y pese a que la niña denunció estas acciones con su madre, no le creyó, informó la Fiscalía.

Fue en 2008 cuando las autoridades fueron alertadas por esta situación y sustrajeron a la menor de la vivienda.

El violador fue denunciado, pero huyó del país. «Fue hasta el año 2021 que fue localizado por la INTERPOL y posteriormente entregado a las autoridades salvadoreñas», explicó el ministerio público.

 

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Judicial

Prisión para pandillero que extorsionó a comerciante en Chalatenango

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Elías Elíseo González Escobar, reo ausente, fue condenado a 16 años de prisión por haber extorsionado a un comerciante de Dulce Nombre de María en Chalatenango Centro.

De acuerdo a las investigaciones de la Fiscalía, González y otros hombres identificados como pandilleros de la MS extorsionaron al comerciante desde junio hasta agosto del 2018.

«En ese lapso de tiempo los delincuentes le exigieron en nombre de la pandilla varias cantidades de dinero de manera mensual, asimismo, lo amenazaron manifestándole que si no cumplía con el pago lo matarían junto a su familia», informó el ministerio público.

La víctima denunció el caso y luego, por medio de entregas controladas de dinero, González y el resto de pandilleros fueron capturados.

La condena fue impuesta por el Tribunal de Sentencia de Chalatenango.

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Judicial

Condenan a dos miembros de la MS-13 a más de 200 años de prisión por extorsión

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Centros Judiciales El Salvador informó que Claudia Margarita Juárez, integrante de la clica Viroleños Locos Salvatruchos de la MS-13, fue condenada a 245 años de prisión por extorsión agravada y agrupaciones ilícitas.

La sentencia fue impuesta por el Tribunal Quinto Contra el Crimen Organizado de San Salvador. Según el reporte, Juárez cobraba extorsiones a empresarios del transporte público del distrito de Zacatecoluca, en La Paz Este.

Asimismo, Manuel Antonio Martínez Mena, alias “Yegua”, también miembro de la misma estructura, recibió una condena de 240 años de cárcel por extorsión agravada.

De acuerdo con CJES, el tribunal acreditó 24 casos de extorsión cometidos entre 2018 y 2019, en los que las víctimas entregaron dinero bajo amenazas.

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