Judicial
Presentan demande de inconstitucionalidad contra el artículo 5 de la Ley de Comercio Electrónico

El despacho de abogados independiente PRAETORIUM presentó una pieza de inconstitucionalidad contra el artículo 5 de La Ley de Comercio Electrónico, basándose en los artículos 1, 2, 3, 22, 23, 101 y 115 de la Constitución de la República.
Según el abogado y especialista en Derecho Tecnológico, Derecho de Consumo y Derecho Económico y director de PRAETORIUM, Julio Cesar Osegueda Navas, la Ley de comercio electrónico solo protege a grandes empresas, y deja en desventaja a las pequeñas, razón por la que presentan la pieza de inconstitucionalidad.
El pasado 10 de febrero de este año se publicó en el Diario Oficial la Ley de Comercio Electrónico; una normativa robusta en cuanto al abordaje técnico de la regulación en el ámbito digital, considerado como de gran importancia para la seguridad jurídica.
Aunque dicha ley nació con un defecto, en el artículo N° 5 que excluye de su aplicación a las personas consumidoras y con ellas a las micro y pequeñas empresas que por ministerio de ley (art. 34 de la Ley de fomento de las micro y pequeña empresa) también son consideradas consumidoras.
Con ese artículo los consumidores y las MYPES se quedan sin la posibilidad de ser protegidos contra una seria de prácticas empresariales indeseadas para el buen funcionamiento del mercado como:
- Comunicaciones publicitarias no solicitadas o el apartamiento del cumplimiento de ofertas en páginas web por supuestos errores de comunicación
- Quedan también al margen los criterios necesarios para considerar como legalmente válidos los actos y contratos en el mundo digital y muchos otros elementos que conforman la riqueza de esta novedosa normativa.

Indefensión que no sólo la podremos apreciar en la aplicación de la Ley en sede administrativa como en el caso de la Defensoría del Consumidor, sino también en lo civil, mercantil y judicial, dado el carácter general de la Ley de Comercio Electrónico.
Por esta exclusión que va en contra hasta de los considerandos de la misma Ley de Comercio Electrónico, se ha planteado esta inconstitucionalidad ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia por la afectación a los artículos 1, 2, 3, 22, 23, 101 y 115 de la Constitución; ya que se configura como un trato desigual sistemático e institucionalizado en detrimento de los derechos e intereses de las personas consumidoras y de las MYPES, su seguridad jurídica y su libertad para contratar, en inclusive una grave afectación al “orden económico” que considera a los consumidores y a las MYPES como un patrimonio nacional y como sujetos de especial y prioritaria atención del Estado.
Marco Jurídico

En 2010 el Código Procesal Civil y Mercantil reconoció el valor probatorio de ciertos signos mecánicos y electrónicos, pero en 2013 se modificó la Ley de Protección al Consumidor para incorporar el derecho de retracto que puede ser utilizado en transacciones entre no presentes. Mientras, que en 2018 se incluye en la Ley de Protección al Consumidor, un concepto claro sobre Comercio Electrónico y algunas obligaciones para los comerciantes en ese ámbito.
Según datos de la Defensoría del Consumidor en lo que va de 2020 se han atendido 1,399 casos relacionados al comercio electrónico, un aumento del 9,993% en comparación con los 14 casos registrados en 2011; una realidad quizá empujada por los tiempos de pandemia en los que hemos vivido.
Las herramientas digitales llevan más de 20 años, pero hasta hace poco se inició con la regulación. La Defensoría del Consumidor ha anunciado que nunca se ha sancionado un caso relacionado a comercio electrónico porque la ley recientemente fue reformada para incluirlo, esto evidencia que la institucionalidad necesita de herramientas legales que le permitan una intervención adecuada para la protección de los intereses, derechos y necesidades de las personas consumidoras.
Judicial
Condenan a 90 años de prisión a seis pandilleros por el asesinato de un agente policial en Sonsonate

El Tribunal Tercero contra el Crimen Organizado de Santa Ana impuso una condena de 90 años de prisión a seis miembros de la clica San Cocos Salvatruchos, perteneciente a la MS-13, tras ser encontrados culpables de la desaparición y homicidio agravado de un agente de la Policía Nacional Civil (PNC), ocurrido en enero de 2022 en Sonsonate.
Los condenados fueron identificados como Eduardo José Cruz Hernández, David Eduardo Hernández Zeledón y Marco Daniel Cruz Hernández, quienes estuvieron presentes durante la vista pública. En tanto, Roberto Benjamín Rodríguez Padilla, Miguel Ángel Cortez Lozano y Nelson Alexánder Chacón Rivas fueron condenados en ausencia y deberán cumplir la pena una vez sean capturados.
De acuerdo con la Fiscalía General de la República (FGR), el agente Nahúm Elías Hernández Escobar fue privado de libertad el 2 de enero de 2022 en la colonia Sensunapán, cuando se disponía a visitar a unos familiares. En ese momento fue interceptado por los pandilleros, quienes lo obligaron a bajar de su vehículo y lo trasladaron por la fuerza en otro automóvil.
Posteriormente, fue llevado a las orillas del río Sensunapán, donde fue asesinado y enterrado en una fosa clandestina. Su cuerpo fue localizado seis días después, el 8 de enero, e identificado mediante una prueba de ADN debido al avanzado estado de descomposición.
Los seis implicados fueron encontrados culpables de los delitos de homicidio agravado, desaparición de personas y agrupaciones ilícitas. Según la resolución judicial, cada uno recibió 60 años por homicidio agravado, 25 por desaparición y 5 por pertenecer a estructuras criminales.
La FGR reiteró su compromiso de llevar ante la justicia a quienes atenten contra la vida de servidores públicos y la seguridad de los salvadoreños.
Judicial
Tribunal inicia proceso penal contra 48 alumnos señalados de pertenecer a la «La Raza”

El Tribunal Cuarto contra el Crimen Organizado de San Salvador abrió el proceso penal contra 48 estudiantes y exestudiantes de institutos nacionales, entre ellos 14 menores de edad, acusados de integrar “La Raza”, una nueva estructura delictiva surgida en centros educativos del país.
El caso, llevado con reserva total, incluye imputaciones por delitos relacionados con crimen organizado como agrupaciones ilícitas, lavado de dinero, proposición y conspiración para homicidio, falsificación de moneda, agresión sexual y amenazas.
La audiencia contó con la presencia exclusiva de fiscales, defensores y padres de los menores, quienes fueron trasladados a la sala sin ser expuestos ante los medios. Los adultos enfrentaron la audiencia de forma virtual para la imposición de medidas.
Las capturas se ejecutaron el 24 de junio de 2025, ordenadas por la Fiscalía General de la República, y tuvieron lugar en los institutos General Francisco Menéndez (INFRAMEN), Nacional Técnico Industrial (INTI), Albert Camus y Acción Cívica Militar, tras investigaciones que duraron varios meses.
Las autoridades recibieron información sobre actividades delictivas vinculadas a esta agrupación en los centros escolares y zonas aledañas. Según el gabinete de Seguridad, “La Raza” tenía como objetivos a profesores y agentes policiales, contra quienes dirigía sus acciones criminales.
Los abogados defensores señalaron que no existen pruebas contundentes que demuestren la vinculación de sus clientes con la estructura delictiva, y negaron que los acusados formen parte de “La Raza”. El proceso continúa en desarrollo.
Judicial
Prisión para pandilleros que asesinaron a una mujer tras saber que vivía en una zona controlada por otra estructura

La Fiscalía General de la República (FGR) logró que tres miembros de la pandilla 18 Sureños fueran condenados a 25 años de prisión por el homicidio de una mujer ocurrido en el departamento de La Libertad.
Los condenados fueron identificados como Giovanni Stanley Santamaría Flores, alias Skipi; Giovanni Stanley Castillo Monjes, alias Saiper; y Alex Edgardo Guillén Zacatares, conocido como Orejón. Las investigaciones determinaron que los tres pertenecen a estructuras terroristas activas en la zona.
Según la FGR, el crimen ocurrió luego de que los pandilleros se encontraran con la víctima en un bar, donde uno de ellos entabló conversación y le ofreció una bebida alcohólica. Posteriormente, le propuso llevarla a su casa, pero al enterarse de que vivía en una zona dominada por una pandilla rival, cambiaron el destino.
La mujer subió al vehículo en el que viajaban los tres agresores y, al llegar al sitio acordado, fue atacada a balazos. Los delincuentes la abandonaron creyendo que había muerto.
Minutos después, agentes policiales la encontraron con vida, la auxiliaron y la trasladaron a un centro asistencial, donde falleció a causa de las graves heridas.
La FGR confirmó que los tres implicados ya guardan prisión y enfrentan además otro proceso penal por el delito de agrupaciones ilícitas.