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Judicial

Presentan demande de inconstitucionalidad contra el artículo 5 de la Ley de Comercio Electrónico

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El despacho de abogados independiente PRAETORIUM presentó una pieza de inconstitucionalidad contra el artículo 5 de La Ley de Comercio Electrónico, basándose en los artículos 1, 2, 3, 22, 23, 101 y 115 de la Constitución de la República.

Según el abogado y especialista en Derecho Tecnológico, Derecho de Consumo y Derecho Económico y director de PRAETORIUM, Julio Cesar Osegueda Navas, la Ley de comercio electrónico solo protege a grandes empresas, y deja en desventaja a las pequeñas, razón por la que presentan la pieza de inconstitucionalidad.

El pasado 10 de febrero de este año se publicó en el Diario Oficial la Ley de Comercio Electrónico; una normativa robusta en cuanto al abordaje técnico de la regulación en el ámbito digital, considerado como de gran importancia para la seguridad jurídica.

Aunque dicha ley nació con un defecto, en el artículo N° 5 que excluye de su aplicación a las personas consumidoras y con ellas a las micro y pequeñas empresas que por ministerio de ley (art. 34 de la Ley de fomento de las micro y pequeña empresa) también son consideradas consumidoras.

Con ese artículo los consumidores y las MYPES se quedan sin la posibilidad de ser protegidos contra una seria de prácticas empresariales indeseadas para el buen funcionamiento del mercado como:

  • Comunicaciones publicitarias no solicitadas o el apartamiento del cumplimiento de ofertas en páginas web por supuestos errores de comunicación
  • Quedan también al margen los criterios necesarios para considerar como legalmente válidos los actos y contratos en el mundo digital y muchos otros elementos que conforman la riqueza de esta novedosa normativa.

Indefensión que no sólo la podremos apreciar en la aplicación de la Ley en sede administrativa como en el caso de la Defensoría del Consumidor, sino también en lo civil, mercantil y judicial, dado el carácter general de la Ley de Comercio Electrónico.

Por esta exclusión que va en contra hasta de los considerandos de la misma Ley de Comercio Electrónico, se ha planteado esta inconstitucionalidad ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia por la afectación a los artículos 1, 2, 3, 22, 23, 101 y 115 de la Constitución; ya que se configura como un trato desigual sistemático e institucionalizado en detrimento de los derechos e intereses de las personas consumidoras y de las MYPES, su seguridad jurídica y su libertad para contratar, en inclusive una grave afectación al “orden económico” que considera a los consumidores y a las MYPES como un patrimonio nacional y como sujetos de especial y prioritaria atención del Estado. 

Marco Jurídico

En 2010 el Código Procesal Civil y Mercantil reconoció el valor probatorio de ciertos signos mecánicos y electrónicos, pero en 2013 se modificó la Ley de Protección al Consumidor para incorporar el derecho de retracto que puede ser utilizado en transacciones entre no presentes. Mientras, que en 2018 se incluye en la Ley de Protección al Consumidor, un concepto claro sobre Comercio Electrónico y algunas obligaciones para los comerciantes en ese ámbito.

Según datos de la Defensoría del Consumidor en lo que va de 2020 se han atendido 1,399 casos relacionados al comercio electrónico, un aumento del 9,993% en comparación con los 14 casos registrados en 2011; una realidad quizá empujada por los tiempos de pandemia en los que hemos vivido.

Las herramientas digitales llevan más de 20 años, pero hasta hace poco se inició con la regulación. La Defensoría del Consumidor ha anunciado que nunca se ha sancionado un caso relacionado a comercio electrónico porque la ley recientemente fue reformada para incluirlo, esto evidencia que la institucionalidad necesita de herramientas legales que le permitan una intervención adecuada para la protección de los intereses, derechos y necesidades de las personas consumidoras.

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Judicial

30 años de prisión para marero que asesinó a un policía

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Juan José Díaz Salinas, integrante de la MS13, purgará 30 años de prisión por el homicidio de un agente de la Policía Nacional Civil. La condena fue impuesta por el Tribunal de Sentencia de Zacatecoluca.

De acuerdo con la Fiscalía, el homicidio ocurrió el 23 de septiembre de 2017 en un área rural del distrito de San Pedro Masahuat, en La Paz.

«El agente estaba de licencia y se transportaba en su bicicleta cuando Salinas y otros imputados le salieron al paso y, sin mayor discusión, comenzaron a dispararle hasta causarle la muerte en ese lugar», reveló la investigación.

En el fallo, el tribunal impuso también el pago de $2,500 en concepto de responsabilidad civil.

El ministerio público informó que el terrorista cumple otras penas de prisión por varios crímenes cometidos, entre estos, el homicidio de una mujer en el 2017; también por participar en el asesinato de un miembro de su estructura en el 2018, acciones que también fueron cometidas en La Paz.

Entre otros casos, el mismo tribunal condenó recientemente a los hermanos Santos Samuel y Cecilio Rafael Domínguez González, perfilados como integrantes de la pandilla 18. Estos sujetos permanecerán 30 años en prisión por haber asesinado a un hombre con un arma de fuego.

El crimen lo cometieron el 22 de junio de 2021, aproximadamente a la 1:30 del mediodía, cuando la víctima caminaba en la carretera Panorámica, por el caserío El Matazano, cantón San José La Montaña, San Francisco Chinameca, La Paz Oeste.

La investigación determinó que los hermanos interceptaron al hombre y a la fuerza lo condujeron hasta una cervecería. La víctima intentó huir, pero Rafael Domínguez lo golpeó en la cara y cayó al suelo. De inmediato, Santos Domínguez le disparó.

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Judicial

90 años de prisión para pandilleros

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La Fiscalía General de la República (FGR) logró que nueve pandilleros de la MS-13 recibieran penas de hasta 90 años de prisión por delitos cometidos en diferentes zonas de los distritos de Huizúcar y Zaragoza, en el departamento de La Libertad.

El ministerio público informó que los pandilleros Juan Manuel Chávez Aguilar y Danilo Amílcar Araujo Estrada, fueron condenados a 90 años de cárcel, mientras que Alexander Armando Granados Vásquez y William Alfredo Hernández Martínez recibieron penas de 60 años de prisión.

La FGR procesó a los pandilleros por asesinatos cometidos contra un trabajador y de un comerciante. Además, los acusó de la privación de libertad y el homicidio agravado de dos hermanos.

En su cuenta en X la institución recordó que los dos hermanos se dirigían hacia su trabajo cuando los pandilleros, utilizando armas de fuego, le salieron al encuentro para llevárselos a la fuerza hacia un lugar desolado en donde les quitaron la vida.

El informe oficial indica además que otros pandilleros recibieron penas carcelarias que van desde los 30 a los 20 años de prisión. Todos pertenecen a las clicas Teclas Locos Salvatruchos, San Antonio Locos Salvatruchos y Nejapas Locos Salvatruchos de la MS-13.

Las condenas fueron impuestas por el Tribunal Quinto contra el Crimen Organizado de San Salvador.

Por otra parte, la Fiscalía informó que Alexander Joel Torres Moreno, alias el Sangriento (prófugo) y Rigoberto Vladimir Velásquez Amaya, fueron condenados a 40  años de prisión por el homicidio agravado de dos hermanos.

El crimen ocurrió el 11 de junio de 2014 en el sector conocido como  La Quebrada, de la colonia Santa María, del distrito de La Unión. Según la acusación fiscal, Velásquez Amaya se comunicó con una de las víctimas y le pidió que llegara al lugar para hablar, pero era una trampa para asesinarlos.

La FGR logró además, que José Mariano Martínez Calderón sea condenado a 40 años de prisión por los delitos de violación en menor o incapaz continuada y extorsión agravada.

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Judicial

Fallece Abraham Quintanilla, padre de Selena, a los 86 años de edad

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Abraham Quintanilla, padre de la cantante Selena, falleció la mañana de este 13 de diciembre a los 86 años. La noticia fue confirmada por su hijo, el músico A.B. Quintanilla, a través de un mensaje publicado en sus redes sociales.

Abraham Quintanilla fue reconocido por impulsar la carrera artística de Selena y por fungir como productor ejecutivo de la película biográfica sobre su vida estrenada en 1997 y protagonizada por Jennifer López.

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