Nacionales
Ex magistrado Carlos Ernesto Sanchez Escobar, destituido de su cargo en Sala de lo Constitucional usurpa funciones de Cancillería y evade cumplir con la justicia

AL HONORABILÍSIMO Y EXCELENTÍSIMO CUERPO DIPLOMÁTICO Y ORGANISMOS INTERNACIONALES DESTACADOS EN EL SALVADOR.
EL EQUIPO DE LITIGIO ESTRATÉGICO DEL SR. ENRIQUE RAIS, HACE DEL CONOCIMIENTO:
- Que en una decisión judicial bochornosa y sin precedentes en el país, la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, dictó la resolución de las 9:05 horas del 27 de julio de 2021, suscrita por los Magistrados propietarios, Dr. Guillermo Arévalo Domínguez y Lic. Carlos Ernesto Sánchez Escobar, dentro del incidente de apelación Inc. 92-2021, en la que ordena notificar sin ser parte en esa causa penal, al “Decano de los Representantes de las Misiones Diplomáticas acreditadas en el país -Su Eminencia Reverendísima el Señor Nuncio Apostólico Monseñor Santo Rocco Gangemi- y pide se haga llegar a todas las Embajadas acreditadas en el país.
- Conforme a los Principios de Bangalore sobre la Conducta Judicial, las conductas evidenciadas por ambos Magistrados no cumplen con las garantías de independencia judicial e imparcialidad; primero, porque se arrogan funciones judiciales que a la fecha se encuentran bajo control de otras autoridades (Sala de lo Constitucional y Cámara Segunda de lo Penal, por ejemplo) y de Estado que no son de su competencia, sino que corresponden única y exclusivamente al Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador; y segundo, porque existe un grave conflicto de interés en sus actuaciones recientes, en virtud que la Opinión No. 76/2020 (Enrique Rais-El Salvador) emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria -GTDA- de Naciones Unidas, ha instado a las autoridades competentes del país a realizar una investigación “exhaustiva” e “independiente” sobre las circunstancias de la privación arbitraria de la libertad del Sr. Rais. Lo anterior significa que los citados Magistrados de ser encontrados responsables de tales violaciones, enfrentan responsabilidades administrativas y de naturaleza penal.
- Debido a que el Ilustrado Cuerpo Diplomático inspirado por los principios universales, el derecho internacional consuetudinario, así como la Carta de las Naciones Unidas y otros instrumentos regionales e internacionales, propende hacia la promoción y el respeto universal de los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin distinción alguna, nos vemos obligados, en el nuevo foro abierto por la mencionada Cámara de lo Penal, de forma atenta y respetuosos de la alta investidura diplomática, no solamente en nombre del Sr. Enrique Rais, sino en atención a que ninguna autoridad o Estado, intente sustraerse de su responsabilidad internacional a tutelar los derechos humanos, bajo invocación de un derecho interno contrario a aquellos estándares, a presentar los descargos a todas las mentiras y tergiversaciones que han brotado de aquel Tribunal, de la siguiente manera:
- El Sr. Enrique Rais se encuentra sometido a una persecución penal, iniciada por la Fiscalía General de la República (FGR) bajo titularidad del Exfiscal General Douglas Meléndez, con pruebas ilegales y pruebas espúreas que han provocado privaciones arbitrarias de libertad en su perjuicio, desde el 22 de agosto de 2016.
- La defensa técnica del Sr. Rais, desde agosto de 2016 ejerce todas las acciones legales y administrativas en El Salvador con la finalidad de obtener la reparación de las violaciones a sus derechos humanos; pero al no encontrar una respuesta de las autoridades competentes en un plazo razonable (más de tres años sin respuesta), decidimos acudir ante los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas, donde se presentó comunicación ante el GTDA por la privación arbitraria de libertad que sufre el Sr. Rais.
- El GTDA es el único órgano del sistema internacional de derechos humanos al que la antigua Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas han confiando el mandato específico de recibir y examinar casos de privación arbitraria de la libertad. A este título el GTDA ha interpretado y aplicado las normas jurídicas internacionales sobre privación de libertad promulgadas a nivel nacional, regional e internacional desde 1991.
- El GTDA a fecha 25 de noviembre de 2020, decidió que(…) La privación de libertad de José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -el Pacto-, inscribiéndose en las categorías I y III;y pidió al Gobierno de El Salvador que adopte las medidas necesarias para remediar la situación del Sr. Rais sin dilación alguna y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto.
- El país de Suiza, de incuestionable institucionalidad, decretó en fecha 21 de abril de 2021, absolución fundadada en la prueba recabada durante la investigación realizada y en la Opinión No 76/2020 del GTDA, sobre los hechos juzgados contra el Sr. Rais (mismos hechos por los que se lo acusa en El Salvador)
- La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos -PDDH-, a fecha 28 de junio de 2021, ha establecido que la violación de los derechos al debido proceso, por inobservancia de legalidad y seguridad jurídica; a la libertad personal por detención ilegal; así como incumplimiento a la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones -LEIT-, en perjuicio del Sr. Enrique Rais. El actual Procurador, fue categórico en manifestar que el excesivo plazo para resolver el caso se debió a que su predecesora “archivó” el expediente y allí lo mantuvo durante se mantuvo en el cargo; asimismo, su pronunciamiento se vio sustentando en las opiniones y deliberaciones del GTDA y de otros organismos regionales e internacionales de protección de los derechos humanos.
- El Magistrado Carlos Ernesto Sánchez Escobar como integrante de la Cámara Primera de lo Penal, desmerita la Opinión del GTDA, por no ser un órgano de control con sentido universal sobre el Pacto, porque no ha sido creado por ningún tratado o convención que obligue vinculantemente al Estado de El Salvador, porque no pronuncia resoluciones, sino que emite opiniones y en conclusión porque no cumple con el requisito del artículo 144 de la Constitución de la República, es decir la ratificación de un tratado por El Salvador para ser integrado con fuerza normativa en el derecho interno. ¿Cuál es el trasfondo de esta posición contraria al principio de buena fe y al fin esencial del derecho internacional de los derechos humanos? Queda claro que es evitar que su decisión de contenido arbitrario de fecha 12 de enero de 2017 le traiga consecuencias legales, es decir que se procura su impunidad, lo que la deslegitima totalmente, al contrario de otras autoridades nacionales y extranjeras que precisamente encuentran en el GTDA, los criterios de análisis e interpretación del Pacto.
- Tan a la luz queda el trasfondo de la acción de buscar impunidad por parte del señor Sánchez Escobar, que mientras fue Magistrado de la Sala de lo Constitucional concurrió con su voto reconociendo el cumplimiento de buen fe de los tratados internaciones incluido el pacto (Sentencia, Hábeas Corpus 477-2019); la aplicación de estándares internacionales de protección “Soft Law” (Sentencia, Hábeas Corpus 149-2019) y la exhortación a los Jueces y magistrados competentes en materia penal para acudir a las resoluciones y “recomendaciones” dadas por los distintos órganos internacionales de derechos humanos (Sentencia, Hábeas Corpus 555-2020). Es decir un retroceso jurídico con disfraz de “soberanismo” que pretende mantener el Sistema Judicial excluido del control de organismos que sin asimetrías y localismos puede verificar si se está brindado respuestas a conflictos legales que sean respetuosas de los derechos humanos de todo justiciable sin distinción alguna. Si todo esto no fuera suficiente, basta mirar que el objeto de los derechos humanos es la persona humana (principio pro homine)
- Es tan grave la situación de irrespeto a los derechos humanos, que se pretende por proteger una posición personal por parte de los Magistrados de la Cámara, que también nos hemos visto obligado a documentar todos estos hechos y ponerlos en conocimiento del GTDA, el Relator Especial sobre la Independencia de los magistrados y abogados, el Consejo de Derechos Humanos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien dicho sea de paso, ya conoce este caso de primera mano.
- Por tanto, exhortamos al Cuerpo Diplomático que informen a sus respectivos gobiernos, la intención de los Magistrados Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Guillermo Arévalo Domínguez de irrespetar el cumplimiento de los derechos humanos que son la esencia y fundamento de la democracia.
Lic. Aldo Álvarez Zepeda Lic. Douglas E. Melgar Argueta Lic. Carlos Mirandra Rubio
ABOGADOS Y DEFENSORES PARTICULARES DEL SR. ENRIQUE RAIS
Judicial
Tribunal inicia proceso penal contra 48 alumnos señalados de pertenecer a la «La Raza”

El Tribunal Cuarto contra el Crimen Organizado de San Salvador abrió el proceso penal contra 48 estudiantes y exestudiantes de institutos nacionales, entre ellos 14 menores de edad, acusados de integrar “La Raza”, una nueva estructura delictiva surgida en centros educativos del país.
El caso, llevado con reserva total, incluye imputaciones por delitos relacionados con crimen organizado como agrupaciones ilícitas, lavado de dinero, proposición y conspiración para homicidio, falsificación de moneda, agresión sexual y amenazas.
La audiencia contó con la presencia exclusiva de fiscales, defensores y padres de los menores, quienes fueron trasladados a la sala sin ser expuestos ante los medios. Los adultos enfrentaron la audiencia de forma virtual para la imposición de medidas.
Las capturas se ejecutaron el 24 de junio de 2025, ordenadas por la Fiscalía General de la República, y tuvieron lugar en los institutos General Francisco Menéndez (INFRAMEN), Nacional Técnico Industrial (INTI), Albert Camus y Acción Cívica Militar, tras investigaciones que duraron varios meses.
Las autoridades recibieron información sobre actividades delictivas vinculadas a esta agrupación en los centros escolares y zonas aledañas. Según el gabinete de Seguridad, “La Raza” tenía como objetivos a profesores y agentes policiales, contra quienes dirigía sus acciones criminales.
Los abogados defensores señalaron que no existen pruebas contundentes que demuestren la vinculación de sus clientes con la estructura delictiva, y negaron que los acusados formen parte de “La Raza”. El proceso continúa en desarrollo.
Nacionales
Conductor sin licencia atropella a mujer de 81 años al no permitirle bajar del microbús en Mejicanos

Una mujer de 81 años resultó lesionada la mañana de este jueves tras ser atropellada por un microbús de la ruta 44 en la 29 Avenida Norte, frente al centro comercial Zacamil, en el distrito de Mejicanos, San Salvador Centro.
Según el informe de la Policía Nacional Civil (PNC), el motorista del microbús no esperó a que la víctima descendiera completamente de la unidad, lo que provocó que cayera y sufriera lesiones en las piernas. Fue trasladada a un centro asistencial para recibir atención médica.
El conductor fue identificado como Carlos Elías Baires Flores, de 40 años, quien, según las autoridades, no posee licencia de conducir ni carnet de motorista. Por este motivo, será remitido a las instancias correspondientes por el delito de lesiones.
Las autoridades reiteraron el llamado a los motoristas del transporte público a cumplir con los protocolos de seguridad y contar con los permisos requeridos para operar unidades.
Judicial
Prisión para pandilleros que asesinaron a una mujer tras saber que vivía en una zona controlada por otra estructura

La Fiscalía General de la República (FGR) logró que tres miembros de la pandilla 18 Sureños fueran condenados a 25 años de prisión por el homicidio de una mujer ocurrido en el departamento de La Libertad.
Los condenados fueron identificados como Giovanni Stanley Santamaría Flores, alias Skipi; Giovanni Stanley Castillo Monjes, alias Saiper; y Alex Edgardo Guillén Zacatares, conocido como Orejón. Las investigaciones determinaron que los tres pertenecen a estructuras terroristas activas en la zona.
Según la FGR, el crimen ocurrió luego de que los pandilleros se encontraran con la víctima en un bar, donde uno de ellos entabló conversación y le ofreció una bebida alcohólica. Posteriormente, le propuso llevarla a su casa, pero al enterarse de que vivía en una zona dominada por una pandilla rival, cambiaron el destino.
La mujer subió al vehículo en el que viajaban los tres agresores y, al llegar al sitio acordado, fue atacada a balazos. Los delincuentes la abandonaron creyendo que había muerto.
Minutos después, agentes policiales la encontraron con vida, la auxiliaron y la trasladaron a un centro asistencial, donde falleció a causa de las graves heridas.
La FGR confirmó que los tres implicados ya guardan prisión y enfrentan además otro proceso penal por el delito de agrupaciones ilícitas.