Judicial
ÚLTIMA HORA: Alcalde Muyshondt y su Concejo Municipal fueron denunciados en la fiscalía por malversación de fondos

El Alcalde de San Salvador, fue denunciado por el Apoderado de MIDES, Lic. Carlos Miranda, por presunta malversación de los fondos de las Tasas de disposición final de desechos sólidos al cobrar y utilizar tasas municipales para un fin distinto, sin pagar los más de 2.9 millones de dólares que adeuda a MIDES.
Las Tasas por Servicios Municipales, tienen uso único y exclusivo, en este caso es para el pago de la disposición final de los desechos las cuales ya fueron cobradas mes a mes a través de las facturas de energía eléctrica, sin embargo, según el denunciante “existe un capricho antojadizo y muy probablemente basado en intereses oscuros por afectar a MIDES, del que también la comuna capitalina es socia a través del COAMSS (Consejo de Alcaldes del Área Metropolitana de San Salvador).
Y es que de acuerdo a la denuncia no se han trasladado los pagos por el manejo, tratamiento y disposición final de los desechos sólidos recolectados y trasladados al relleno sanitario que ya prestó MIDES desde el mes de agosto de 2018 y según el abogado penalista: “a pesar de encontrarse vigente el contrato, ante los avisos de cobro, el alcalde se inventó una emergencia ambiental, que por cierto no le prosperó en el Juzgado Ambiental, por ser falaz y así utilizó fondos públicos para contratar una empresa propiedad del señor Salume, que no posee los permisos del MARN ni la capacidad técnica para recibir entre 660 a 800 toneladas diarias de basura de San Salvador, las de Santa Tecla y otras 18 alcaldías. El permiso para procesar en el relleno de La Libertad era para 42 toneladas diarias y fue hasta el 10 de diciembre del 2018 que de forma el Ministerio de Medio Ambiente autorizó e incrementó hasta un máximo de 500 toneladas diarias, recibiendo a la fecha más de un mil toneladas diarias excediéndose en más de 700 toneladas de su capacidad autorizada lo que deriva en una contaminación ambiental.
El Juzgado Ambiental tiene conocimiento de ello y ya existe un dictamen técnico del equipo multidiciplinario ambiental de la Corte Suprema de Justicia, resolución que en su numeral 5 obligaba a la Ministra Lina Pohl a cumplir con el Art. 19 de la Ley de Medio Ambiente el cual le ordenaba iniciar el procedimiento sancionatorio, tal como reza el Art. 91 de la citada ley, cosa que la Ministra desobedeció.
Los incumplimientos a la ley Penal, provocará una verdadera emergencia ambiental para las personas que residen en los municipios aledaños al Puerto de La Libertad, ya que se contaminará el suelo y los mantos acuíferos.
La responsabilidad penal recaerá sobre la Ministra Lina Polh, por haber otorgado permisos de forma irregular y más grave aún, por no haber iniciado el proceso sancionatorio contra PULSEM, por haber estado operando sin permiso ambiental de funcionamiento y ahora por no estar ejerciendo los controles para garantizar que el relleno sanitario de Melara no esté operando por arriba del doble de la capacidad que le fue autorizada.
La Corte de Cuentas de la República, también ha iniciado al trámite administrativo para auditar las supuestas irregularidades atribuidas al señor Alcalde Ernesto Muyshondt y al Concejo Municipal Plural de la ciudad de San Salvador, con funciones desde el uno de mayo de dos mil dieciocho al treinta de abril de dos mil veintiuno, basado principalmente a que mientras se encontraba vigente el contrato con MIDES, el concejo municipal plural emitió un decreto de emergencia, basado en un supuesto paro técnico que nunca existió, y fue la base para contratar de forma directa los servicios de la sociedad Gestión Integral de Desechos, S.A. de C.V., Sociedad que No posee ningún permiso ambiental, por lo que debe investigarse también los sobre precios y sus diferencias entre lo que paga la Alcaldia de San Salvador al Señor Salume, único propietario y lo que éste le paga al relleno sanitario PULSEM, para conocer si no hay adicionalmente una administración fraudulenta en contra del accionista quien es la Alcaldia de La Libertad, siendo este el accionista más afectado de esta malversación de fondos públicos, dijo el abogado Juan Andrés Santamaría, también apoderado legal de la empresa de Manejo Integral de Desechos Sólidos, MIDES.

Judicial
Condenan a mujer por tráfico de marihuana en Soyapango

El Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador condenó a seis años de prisión a Isis Tamara Elena Mejía, tras ser hallada culpable del delito de posesión y tenencia de droga con fines de tráfico.
De acuerdo con el expediente judicial, la captura se efectuó el 16 de julio de 2024 durante un allanamiento en su vivienda, ubicada en la urbanización Sierra Morena II, en Soyapango, luego de una denuncia ciudadana que alertaba sobre la venta de estupefacientes en el lugar.
Durante la inspección, agentes de la Policía Nacional Civil encontraron una bolsa negra con 405 gramos de marihuana en el baño, así como otra bolsa con 445 gramos en una de las habitaciones de la casa. La imputada fue detenida en el sitio y posteriormente procesada penalmente.
Las autoridades estimaron el valor de la droga incautada en $1,494.24.
Judicial
En juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, declararán 130 testigos

En el juicio contra la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Montano, han declarado 11 testigos hasta la fecha, incluyendo tres peritos, dos bajo régimen de protección, un sindicalista y varios empleados municipales.
El proceso, que inició hace dos semanas pero ha sido interrumpido en varias ocasiones, busca esclarecer los delitos que la Fiscalía General de la República (FGR) investigó y judicializó con una amplia variedad de pruebas, reforzadas ahora con los testimonios presentados.
El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador conoce el caso por los delitos de: apropiación o retención de cuotas laborales, incumplimiento de deberes, malversación, infracción de condiciones laborales o de seguridad social, negociaciones ilícitas, actos arbitrarios y falsedad ideológica.
Además de Montano, también son procesados el abogado Ricardo Roque Baires y los prófugos Ruth Raquel Aguilar de Montano (extesorera municipal), Salvador Orlando Montano (exdirector de asuntos estratégicos) y Francisco Antonio Henríquez (exgerente financiero).
La Fiscalía busca que todos los imputados sean condenados por los delitos que se les atribuyen.
Judicial
Condenan por enriquecimiento ilícito al exdiputado Rodolfo Parker y su familia

La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador, condenó por enriquecimiento ilícito de $1,680,918.35 al exdiputado prófugo Rodolfo Parker Soto y su grupo familiar.
El exfuncionario deberá devolver $516,174.49, su esposa Cristina Renate Wein de Parker $330,939.22. sus hijos, Andrés Rodolfo Parker Wein pagará $731,123.88, Sofía Cristina Parker Wein, tendrá que devolver $19,700 y Katya Renate Parker Wein, $82.980.76
En el fallo de la audiencia probatoria, quedó establecido el incremento patrimonial no justificado que tuvo el exfuncionario en un juicio civil que fue ordenado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tras recibir un informe de la Sección de Probidad.
En la demanda, fiscales de la Unidad Anticorrupción probaron una serie de irregularidades consistentes en depósitos a cuentas corrientes, compra de vehículos, pagos de préstamos de adquisición de viviendas, consolidación de deudas y pago de tarjetas de crédito, todo con dinero cuyo origen no supieron justificar.
Todas esas inconsistencias no fueron desvanecidas en Probidad cuando a Parker y su grupo familiar los emplazados para presentar documentación, las declaraciones juradas revisadas evidenciaron desde el inicio un enriquecimiento ilícito.
En su resolución, los magistrados luego de recibir la prueba le dieron la razón a la Fiscalía y aplicaron dos artículos de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos.
El artículo 20 los condena a reintegrar el dinero obtenido ilícitamente. «Cuando la sentencia fuere condenatoria, los responsables de enriquecimiento sin causa justa serán condenados a restituir al estado o al municipio, lo que le hubieren adquirido indebidamente», destaca la ley.
Y el artículo 21 destaca que cuando un funcionario o empleado público sea encontrado culpable quedará inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por diez años.
Cuando iniciaron el proceso los fiscales plantearon un incremento patrimonial no justificado de $2,311,138.47, pero en el fallo de la audiencia probatoria quedó establecido un monto de $1.6 millones.