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Técnicas del MARN violan la Ley para conceder autorización a empresa de Salume
Tomado de La Noticia SV
Continúan los señalamientos en contra de la alcaldesa de Soyapango, Nercy Montano y de personal técnico del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) por estar encaminando sus actuaciones con el fin de favorecer ilegalmente una empresa propiedad del Sr. Salume que administra el botadero municipal del Puerto de La Libertad.
De acuerdo a una fuente al interior de la municipalidad de Soyapango, la alcaldesa juntamente con familiares cercanos negociaron trasladar el contrato por la disposición final de la basura a favor de la empresa PULSEM, propiedad de Salume; esta negociación cuyos términos de fondo se desconocen al menos en parte del Concejo Municipal, se da al momento en que PULSEM ha sido cuestionada por haber estado brindando a otras municipalidades servicios fuera de la capacidad para recepción de basura que le fue autorizada por el MARN, durante los años 2017 y 2018.
El principal caso fue el de la municipalidad de Santa Tecla, que durante la administración del Exalcalde Roberto d’Aubuisson del partido ARENA, contrató la empresa PULSEM a pesar que ésta ocultó que solamente contaba con permiso para dar disposición final a 42 toneladas diarias de basura, cuando la alcaldía tecleña trasladaba unas 160 toneladas diaria de basura al sitio. Por estos hechos la Corte de Cuentas de la República (CCR) sancionó al Exalcalde y su concejo municipal por graves reparos patrimoniales. Sin embargo, a pesar de esa resolución la actual administración municipal de Santa Tecla no aplicó la ley de contrataciones del Estado, que establece la inhabilitación por cinco años a quienes invoquen hechos falsos para recibir contratos, sino que le brindó un nuevo contrato a Salume cuyo valor era casi $7 dólares más alto por tonelada de basura recibida que el otro ofertante.
Técnica del MARN pretende “brincarse” la ley.
La misma fuente informó a este medio que la empresa PULSEM, que en el año 2011 siendo Viceministra del MARN Lina Pohl, hoy prófuga de la justicia, recibió una modificación al permiso ambiental para pasar de relleno manual (20 toneladas de basura por día) a relleno semimecanizado (42 toneladas de basura por día) sin realizar un Estudio de Impacto Ambiental; ahora está a punto de ser favorecido por las técnicas ambientales María Fernanda González y Luisa María Cañas Villacorta, quienes pretenden emitir un dictamen técnico autorizando un aumento para pasar a recibir 1 mil toneladas diarias de basura, sin cumplir con los procedimientos que establece la Ley de Medio Ambiente.
Consultado el abogado ambientalista Edgar Lemus, sobre la procedencia y legalidad en las actuaciones del personal del MARN, manifestó que “ningún funcionario o autoridad está por encima de la ley y menos para favorecer los intereses particulares de un empresario, destacando que la Ley de Medio Ambiente requiere para la modificación de cualquier proyecto y especialmente los que tienen relación con el manejo, tratamiento y disposición final de la basura de la presentación de un formulario ambiental para que se generen los términos de referencia sobre los que se ha de producir el Estudio de Impacto Ambiental, mismo que debe ser dispuesto en consulta pública ante las comunidades que podrán verse afectadas por el proyecto o sus modificaciones. Por el contrario, acá el MARN no está protegiendo las comunidades y el medio ambiente, sino que se está saltando la ley para favorecer un negocio privado de Salume.”
El abogado Lemus también hizo de conocimiento que ha presentado una demanda ante la Sala de lo Constitucional para que evalúe si el permiso ambiental entregado a la empresa de Salume, con las modificaciones de los años 2011 y 2018 son o no legales, pues existían pruebas de incumplimientos de medidas ambientales y a pesar de eso fue autorizada por Lina Pohl, primero como viceministra y luego ministra del MARN. También cuestionó que las Directoras de Gestión Ambiental del MARN, primero Manlia Romero y luego Celina Monterrosa no hayan tomado en cuenta los informes y consultas ciudadanas que cuestionaban la autorización del relleno sanitario en la zona protegida del bosque Walter Thilo Deininger y la afectación de las reservas de agua superficiales y subterráneas de la zona. “Acá pueden haber hechos de corrupción por parte de exfuncionarios y tomando en cuenta la reforma penal que evita que tales hechos prescriban el abogado manifestó que presentará en los próximos días las denuncias correspondientes para que se investigue y se llegue a la verdad sobre la legitimidad o no de esas autorizaciones”. Concluyó.
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Miembro del Barrio 18 capturado en vuelo federal
El ministro de Seguridad de El Salvador, Gustavo Villatoro, informó sobre la captura de un integrante de la organización criminal Barrio 18, quien intentó ingresar al país en un vuelo federal sin presentar alertas migratorias previas.
El detenido fue identificado como Edwin Alejandro Castro Hernández, alias «Street boy», quien, según las autoridades, quedó al descubierto durante los controles especializados realizados en el aeropuerto.
De acuerdo con la información oficial, Castro Hernández es señalado de pertenecer a la estructura «Tayni Wayniss Sureños», vinculada al control criminal de sectores del distrito de Ilopango.
Villatoro aseguró que el capturado enfrentará el proceso penal correspondiente por su presunta participación en actividades relacionadas con organizaciones terroristas.
En un pronunciamiento oficial, el ministro sostuvo que mantendrá las acciones de seguridad para evitar que estructuras criminales vuelvan a operar en el país. «Actuamos con inteligencia, decisión y con el compromiso de no volver jamás al pasado», señaló.
También afirmó que continuará reforzando los controles migratorios y de seguridad para impedir el ingreso de miembros de pandillas o estructuras criminales al territorio nacional.
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Ordenan a COASPAE la devolución de $462 mil a 25 socios
El Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor ordenó a la Asociación Cooperativa de Ahorro y Crédito de Profesionales en Administración de Empresas y Carreras Afines (Coaspae de R.L.) que devuelva a un grupo de 25 socios la cantidad de $462 mil 914.53, al considerar que la institución financiera ha cometido una falta grave al no permitirles retirar sus ahorros y sus depósitos a plazos fijos ya vencidos.
La resolución del Tribunal es de diciembre de 2025, pero varios de los afectados han sido notificados a lo largo del primer trimestre de 2026. Además, la devolución no se ha hecho aún efectiva porque COASPAE contrarrestó con una demanda ante un Juzgado de lo Cotencioso Administrativo, lo cual pone en pausa el proceso hasta que exista una sentencia definitiva.
Los 25 socios antes citados presentaron sus reclamos ante la Defensoría del Consumidor a finales de 2024, después que COASPAE se negara a devolverles el dinero que tenían en la institución. Durante el proceso de conciliación, según la resolución, la cooperativa no se presentó a dos citatorios, pero sí lo hizo en la fase sancionatoria, donde argumentó que la entidad tenía falta de liquidez y que por esa razón no podía reintegrar el dinero a los ahorrantes.
El Tribunal sostutvo que el argumento de COASPAE era insuficiente y determinó que la cooperativa había cometido una infracción grave, según el artículo 43 literal e de la Ley de Protección al Consumidor, que consiste en “No entregar los bienes o prestar los servicios en los términos contratados”.
La resolución dicta que debe devolver $462 mil 914.53 a los 25 socios afectados, más una multa de poco más de $200 mil que también debe ser repartida entre los socios.
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Ebrio que portaba arma es condenado a 10 años de cárcel
A 10 años de prisión fue condenado Lucio Antonio Castellanos, por el delito de tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de armas de fuego.
La pena se la impuso el Juzgado Sexto de Paz de San Salvador en un juicio sumario [proceso judicial corto] que definió la situación jurídica del imputado de forma ágil.
Fue capturado el 7 de noviembre de 2025, en la Avenida Isidro Menéndez y 10a. Calle Poniente, en San Salvador, tras una denuncia que recibió la Policía Nacional Civil (PNC), en la que se alertaba que un hombre se desplazaba a pie portando un arma de fuego en la cintura.
Los agentes verificaron que no portaba licencia, y además estaba ebrio, con 255 grados de alcohol.
Condenan a diez años de cárcel a hombre por tenencia ilegal de arma de fuego




