Judicial
Nicolás Adriano Salume y exalcalde d’Aubuisson son demandados penalmente en Fiscalía General de la República

El Exalcalde d’Aubuisson otorgó ilegalmente a empresa de Salume, que no tenía permiso ambiental de funcionamiento, un contrato donde cobró más de US$1 millón de Dólares.
El Abogado especialista en Derecho Ambiental y Derecho Administrativo, Edgar Lemus, interpuso la denuncia penal ante la Fiscalía General de la República (FGR), en contra del exalcalde de Santa Tecla, Roberto d’Aubuisson, por los delitos de estafa (en grado de cómplice) y negociaciones ilícitas y contra Nicolás Adriano Salume Pacas, representante legal de la empresa PULSEM, que es administradora del botadero municipal del Puerto de La Libertad, por el delito de estafa, en perjuicio de las finanzas de la municipalidad de Santa Tecla, las cuales defraudaron por un monto superior a US $ 1 millón 300 mil Dólares.

Proceso de contratación amañado para favorecer a Salume.
De acuerdo al citado abogado, los hechos denunciados se suscitaron durante el año 2017, en el que el entonces Alcalde d’Aubuisson, juntamente con otros miembros del Concejo Municipal y varios empleados municipales, incluido el hermano del ex fiscal Raul Melara, crearon ilegalmente las condiciones para dejar de cumplir el contrato de “Servicios de disposición final de los desechos sólidos generados en el municipio de Santa Tecla”, el cual se encontraba vigente y obligaba a la municipalidad tecleña depositar la basura recolectada en el relleno sanitario de Nejapa, que si contaba con todos los permisos ambientales y la capacidad técnica autorizada por el MARN.

La forma adoptada para romper unilateralmente consistió en colocarse en mora por un monto aproximado de US $250 mil Dólares, que la Alcaldía no canceló a la compañía propietaria del Relleno de Nejapa. El exalcalde d’Aubuisson, por medio de la manipulación de procedimientos se inventó una Declaratoria de Urgencia y abrió un procedimiento de “Contratación directa” por el servicio de disposición final de la basura, el cual fue adjudicado a la empresa PULSEM, propiedad de Salume, el cual tendría vigencia entre el 31 de julio al 31 de diciembre de 2017, por un monto de US $ 867,875.47.

Adicionalmente durante el año 2018, para evitar que se pudieran conocer las anomalías en la contratación realizada de la empresa de Salume, se realizaron únicamente prórrogas el contrato, inclusive en exceso de las que permite la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP).
Ante los múltiples signos de ilicitud, la Corte de Cuentas de la República recibió denuncia ciudadana que produjo la realización de un Examen Especial que fiscalizó el proceso de contratación Directa CD 07/2017 AMST efectuado por la Municipalidad de Santa Tecla, en el que Corte de Cuentas, determinó que la Alcaldía Municipal de Santa Tecla (AMST) incurrió en graves ilegalidades al otorgar el contrato a la empresa de Salume.


Auditoría efectuada por la Contraloría de la República que arrojó las irregularidades
cometidas por la AMST para adjudicar la empresa PULSEM, propiedad de Salume.

Entre las principales irregularidades por las que se solicita que se abra investigación en contra del Exalcalde Roberto d’aubuisson, se detectaron las siguientes:
- La Alcaldía de Santa Tecla deliberadamente dejó de pagar al proveedor del Servicio de disposición final de la basura, para romper el contrato.
- La Alcaldía de Santa Tecla emitió un calificativo de urgencia, seis días después de haber finalizado el supuesto hecho que produjo la emergencia.
- La resolución razonada emitida por la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad, para autorizar la contratación directa de la empresa de Salume, se firmó tres meses después de haberse formalizado el contrato de servicios.
Un contrato millonario para una empresa sin permiso de funcionamiento.
Para el licenciado Lemus, la comisión del delito de Estafa queda en total evidencia cuando la empresa PULSEM, propiedad de Salume, ante el requerimiento técnico consistente en comprobar que se cuenta con permiso ambiental de funcionamiento para el sitio de disposición ofertado, en lugar de presentar tal permiso (porque no lo poseía) muestra otro documento que no cumplía con los requisitos de los Arts. 19 y 20 inciso 2º de la Ley de Medio Ambiente; y pese a ello, se le otorgó el contrato.

Recuerda el profesional del derecho, que se comete Estafa cuando el oferente manifiesta que cumplirá con la entrega de un bien o servicio que cubre con ciertas condiciones legales y técnicas requeridas, pero que deliberadamente falsea la información, ofreciendo algo distinto. En el caso de este contrato, claramente existe la exigencia que la empresa contratada pueda brindar el servicio de disposición final de la basura en un sitio que cumpla con las condiciones legales y técnicas de acuerdo a las reglamentaciones en materia ambiental y sobre todo contar con el permiso ambiental de funcionamiento emitido por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) con el que no contaba la empresa de Salume.
El engaño cometido es tan evidente, que en el mes de mayo de 2018 y ante las denuncias interpuestas por los habitantes circunvencinos al Botadero Municipal del Puerto de La Libertad, que administra Salume, el Juzgado Ambiental de Santa Tecla ordena una inspección que demuestra que el Botadero está operando sin permisos ambientales fuera de su capacidad, que a esa fecha le permitía únicamente dar tratamiento a 40 toneladas diarias de basura; y sin embargo, solamente de la municipalidad de Santa Tecla, se encontraba recibiendo entre 250 a 300 toneladas diarias, a las que no podía dar adecuado tratamiento provocando por consecuencia: CONTAMINACIÓN AMBIENTAL.

Informe Técnico en proceso judicial ambiental No. MC26-2/18
Es tan claro que la empresa PULSEM, mintió, que en el mes de junio de 2018, el Gerente General de la misma, René Fernando Colón Villalta, remite una solicitud al MARN, en la que hace clara referencia a que se cuenta únicamente con el permito para tratar 40 TONELADAS y para el resto del proyecto únicamente un permiso de construcción, que es con el que engañosamente obtuvieron el contrato con Santa Tecla.

Resolución del Juez Ambiental de Santa Tecla, de fecha 19 de junio de 2018
Expediente de medidas cautelares MC26-2/18
De acuerdo al denunciante, Colón Villalta, será denunciado como partícipe de los hechos y además se solicitará tanto al MARN como a FGR, que verifique la posible comisión de ilícitos como “tráfico de influencias” y “actos de corrupción” con los que presuntamente ha pretendido manipular información técnica al interior de la Cartera de Estado que rige todos los aspectos vinculados al medio ambiente. De manera que sean las instituciones quienes verifiquen la posibilidad de haberse cometido algún delito.
Botadero Municipal a pesar de contaminar, genera ganancias a Salume.
A pesar que en el mes de junio de 2018, el Juez Ambiental comprobó que el Botadero Municipal que administra la empresa de Salume, no contaba con permiso ambienta de funcionamiento para operar y le ordenó su tramitación, Salume siguió cobrando por medio de su empresa, a la Municipalidad de Santa Tecla, como si estaba cumpliendo con brindar adecuadamente el servicio de disposición final de la basura, al grado que al final del contrato y sus prórrogas, había cobrado más de $1 millón 300 mil Dólares por enterrar la basura en un sitio que no cumplía ni legal, ni técnicamente con las condiciones para hacer una verdadera disposición final de la basura.
El abogado ambientalista, expresa que por estas conductas le interpuso a la empresa de Salume una demanda de Daño Ambiental, la cual viene peleando desde finales del año 2019 y que recientemente que la Cámara Ambiental le dio la razón para proseguir con el proceso, de forma desleal el abogado Luis Elías Botto Zuñiga, a sabiendas que no procede interpuso un Recurso de Casación, únicamente para evitar que se pueda seguir con la tasación del daño ambiental que la empresa de Salume ha producido. Y sobre esto, señala que procederá de inmediato con una denuncia ante la Sección de Investigación Profesional, ante tan evidente conducta desprovista de lealtad y buena fe del abogado de Salume.
Lemus, cierra diciendo que en su caso, su cruzada principal es porque empresarios inescrupulosos no se sigan enriqueciendo a fuerza de realizar prácticas contrarias al medio ambiente, especialmente en una zona costera donde existen tantas proyecciones turísticas y que no se pueden perder por una actitud rácana de no cumplir con los requisitos para dar un adecuado tratamiento y disposición final a la basura y así incrementar ganancias.
Por último hizo ver que ésta no es la única denuncia que presentará contra Salume, ya que también ha identificado que presuntamente cometió los mismos actos defraudatorios en connivencia con el Exalcalde Neto Muyshondt, al ser contratado sin tener la capacidad, ni autorización para brindar el servicio de disposición final de la basura de San Salvador y en la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA) durante los gobiernos del FMLN, donde se le concedieron contratos, sin contar siempre con el permiso ambiental de funcionamiento.
Judicial
Pandillera del Barrio 18 condenada a 20 años de prisión por extorsión

El Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador impuso 20 años de prisión a Silvia Guadalupe Barahona Ramos, miembro de la pandilla Barrio 18, por el delito de extorsión agravada.
Según el informe judicial, Barahona llegó al negocio de la víctima exigiendo dinero bajo amenazas de atentar contra su vida o la de su familia. La persona entregó el dinero, pero de inmediato interpuso la denuncia.
La detenida fue capturada en el marco del Régimen de Excepción y actualmente enfrenta procesos por otros delitos.
Judicial
Mujer recibe 30 años de cárcel por no auxiliar a su recién nacido tras caer en fosa séptica en Cuscatlán

El Juzgado de Sentencia de Cojutepeque condenó a 30 años de cárcel a María Antonia Preza Hernández por el delito de homicidio agravado bajo la figura de comisión por omisión, luego de no auxiliar a su recién nacido tras caer en una fosa séptica.
Según la investigación fiscal, los hechos ocurrieron el 30 de marzo de 2024 en Monte San Juan, Cuscatlán Sur. La mujer, que estaba en labor de parto, no solicitó ayuda a sus familiares y tras el nacimiento de la bebé, no intentó salvarla, sino que limpió la escena y se retiró.
El cuerpo de la recién nacida fue descubierto tres días después por familiares. La autopsia del Instituto de Medicina Legal confirmó que la bebé nació con vida y que la causa de su muerte fue asfixia por obstrucción de vías respiratorias.
El tribunal consideró que Hernández incumplió con su deber de auxilio, tipificando su conducta como comisión por omisión, lo que derivó en la condena máxima impuesta por el Juzgado de Sentencia de Cojutepeque.
Judicial
Pastor evangélico es condenado por agresión sexual a menor en La Libertad

Rafael Antonio Gómez Castillo fue condenado a 12 años de prisión por agredir sexualmente a una niña de ocho años durante el 2024 en Sacacoyo, departamento de La Libertad.
Según las investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR), la víctima sufrió maltratos físicos y psicológicos de su madre, al punto que la dejaba varios días encerrada en la vivienda o abandonada en la calle.
«La menor buscaba refugio y comida en la casa de Rafael Gómez, por el lazo familiar; sin embargo, él se aprovechó de la situación y del vínculo que tenía con la niña para abusar de ella en reiteradas ocasiones», señaló la institución.
Ambos se desempeñaban como líderes religiosos de una iglesia de donde fueron expulsados tras darse a conocer los maltratados que ejercían contra la niña.
Los abusos a los que la víctima era sometida fueron denunciados ante las autoridades por otro familiar cercano.
«Gracias a los elementos de prueba documental, pericial y testimonial que presentó la FGR ante el Tribunal Segundo de Sentencia de Sonsonate, se logró demostrar la participación de los imputados en los hechos antes mencionados», informó el ministerio público.
Es así como como Gómez Castillo fue sentenciado por el delito de agresión sexual o menor o incapaz agravada en modalidad continuada.