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Sala de lo Constitucional declara: «no existe inconstitucionalidad» en decreto de reapertura económica vetado por presidente Bukele
Este miércoles, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió la controversia constitucional originada por el veto emitido por el Presidente de la República, Nayib Armando Bukele Ortéz, en contra de los arts. 16 y 17 del Decreto Legislativo n° 661, aprobado por la Asamblea Legislativa el 12 de junio de 2020.
La normativa ratificada por Congreso contiene la “Ley especial de emergencia por la pandemia covid-19, atención integral de la vida, la salud y reapertura de la economía”, donde los artículos 16 y 17 conforman las fases de reapertura gradual de la economía.
En el momento de vetar la ley, el presidente Bukele justificó que la inconstitucionalidad en los artículos 16 y 17 de la mencionada ley violan los artículos 65, 66 y 86 inc. 1° de la Constitución, ya que invaden las competencias del Ministerio de Salud (MINSAL), que forma parte del Órgano Ejecutivo, debido a que prevén la reapertura económica sin tomar en cuenta los criterios técnicos y potestades de dicho ente.
No obstante, la Sala de lo Constitucional indicó: «La normativa vetada no viola el principio de colaboración interorgánica en los términos expuestos por el veto, porque la opinión del Ministerio de Salud sí es tomada en cuenta para la ejecución y aplicación de tal decreto».
Por lo tanto, los magistrados del máximo tribunal declararon que «no existe la inconstitucionalidad alegada» y notificaron al presidente de la república su sanción y publicación en el Diario Oficial.
«La normativa vetada no invade las competencias del Órgano Ejecutivo, puesto que la limitación de los derechos fundamentales forma parte de las competencias del Órgano Legislativo, a la vez que dicha normativa es parte de las obligaciones positivas que genera el derecho a la salud, máxime cuando implica la protección de las personas en condición de vulnerabilidad», se lee en la resolución a la controversia 8-2020.
En tal sentido, la Sala ordenó al presidente, sancionar y publicar el decreto, y que de no hacerlo en un periodo de 8 días se presumirá la sanción, y si el presidente no ordena su publicación en el Diario Oficial en un plazo de 15 días, el decreto deberá ser publicado por la Asamblea Legislativa para que se convierta en ley, ya bien en el Diario Oficial o en cualquier otro diario de mayor circulación de la República.
Los magistrados una vez más hicieron el llamado a los diputados y al Ejecutivo a dialogar y buscan consensos «para que de inmediato coordinen esfuerzos e instauren un diálogo institucional que busque los consensos y las alternativas de acción que el país requiere durante esta pandemia».
Por otra parte, pese a la resolución de la Sala, el decreto 661, contiene fechas de reapertura económica que ya están desfasadas (por ejemplo, abría el transporte público el 7 de junio), por lo que los magistrados ordenan a la Asamblea Legislativa aprobar reformas de manera inmediata para actualizarlo, tomando en cuenta el contexto de la pandemia y valorando la información proporcionada por el ministerio de Salud.
Por su parte, el mandatario no tardó en reaccionar ante el decreto de constitucionalidad:
«Declaran constitucional el decreto legislativo que abría el transporte público el 7 de junio? ¿Qué hacemos? ¿Retroceder el tiempo?», cuestionó Bukele quien dejó entrever que la sentencia podría tratarse de un acto político o incluso de una cortina de humo.
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Motociclista pierde la vida tras accidentarse
Esta tarde se reporta un motociclista fallecido tras accidente vial en carretera Litoral, jurisdicción de Zacatecoluca, La Paz.
Agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) custodian la escena y ya realiza la inspección para determinar las causas del fatal accidente que también ha afectado el tráfico vehicular
Hasta el momento, se desconoce la identidad de la víctima y si otro vehículo está involucrado en el percance.
El cuerpo sin vida de la víctima ha quedado tendido sobre el pavimento, junto a la motocicleta en la que se conducía.
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Camión agarró fuego en la carretera panamericana
Un incendio vehicular se registró la tarde de este domingo 19 de enero, en carretera Panamericana, San Rafael Cedros, departamento de Cuscatlán.
Personal de Bomberos fue alertado del siniestro en dicho sector. Al hacerse presentes, encontraron un camión completamente consumido por las llamas.
A pesar de la magnitud del siniestro, no se reportaron personas quemadas, ni fallecidas. De momento no se ha esclarecido cuál fue la causa del fuego.
Por su parte, las autoridades hacen el llamado a los conductores a estar vigilantes de sus vehículos y darles el mantenimiento adecuado, para evitar futuras tragedias.
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Casi provoca accidente por conducir con las alógenas
Por medio de redes sociales circula una denuncia ciudadana donde se evidencia al conductor de un pick up manejando con las luces alógenas traseras, colocadas en la parte superior del vehículo, encendidas.
Esta falta al código de tránsito no solo infringe la ley, sino también puso en peligro a los conductores que transitaban por la autopista que conduce de Acajutla hacia Sonsonate.
El carro con placas P56D22, al rebasar al ciudadano que puso la denuncia, encendió esas luces y bajó la velocidad, provocando que el vehículo de atrás casi chocara.
«Mi acompañante logró grabar y tomarle las placas esperamos las autoridades correspondientes hagan su trabajo”, dice la denuncia del hecho que ocurrió a las 7:30 p.m. del sábado.