Nacionales
Sala de lo Constitucional declara: «no existe inconstitucionalidad» en decreto de reapertura económica vetado por presidente Bukele

Este miércoles, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió la controversia constitucional originada por el veto emitido por el Presidente de la República, Nayib Armando Bukele Ortéz, en contra de los arts. 16 y 17 del Decreto Legislativo n° 661, aprobado por la Asamblea Legislativa el 12 de junio de 2020.
La normativa ratificada por Congreso contiene la “Ley especial de emergencia por la pandemia covid-19, atención integral de la vida, la salud y reapertura de la economía”, donde los artículos 16 y 17 conforman las fases de reapertura gradual de la economía.
En el momento de vetar la ley, el presidente Bukele justificó que la inconstitucionalidad en los artículos 16 y 17 de la mencionada ley violan los artículos 65, 66 y 86 inc. 1° de la Constitución, ya que invaden las competencias del Ministerio de Salud (MINSAL), que forma parte del Órgano Ejecutivo, debido a que prevén la reapertura económica sin tomar en cuenta los criterios técnicos y potestades de dicho ente.
No obstante, la Sala de lo Constitucional indicó: «La normativa vetada no viola el principio de colaboración interorgánica en los términos expuestos por el veto, porque la opinión del Ministerio de Salud sí es tomada en cuenta para la ejecución y aplicación de tal decreto».
Por lo tanto, los magistrados del máximo tribunal declararon que «no existe la inconstitucionalidad alegada» y notificaron al presidente de la república su sanción y publicación en el Diario Oficial.
«La normativa vetada no invade las competencias del Órgano Ejecutivo, puesto que la limitación de los derechos fundamentales forma parte de las competencias del Órgano Legislativo, a la vez que dicha normativa es parte de las obligaciones positivas que genera el derecho a la salud, máxime cuando implica la protección de las personas en condición de vulnerabilidad», se lee en la resolución a la controversia 8-2020.
En tal sentido, la Sala ordenó al presidente, sancionar y publicar el decreto, y que de no hacerlo en un periodo de 8 días se presumirá la sanción, y si el presidente no ordena su publicación en el Diario Oficial en un plazo de 15 días, el decreto deberá ser publicado por la Asamblea Legislativa para que se convierta en ley, ya bien en el Diario Oficial o en cualquier otro diario de mayor circulación de la República.
Los magistrados una vez más hicieron el llamado a los diputados y al Ejecutivo a dialogar y buscan consensos «para que de inmediato coordinen esfuerzos e instauren un diálogo institucional que busque los consensos y las alternativas de acción que el país requiere durante esta pandemia».


Por otra parte, pese a la resolución de la Sala, el decreto 661, contiene fechas de reapertura económica que ya están desfasadas (por ejemplo, abría el transporte público el 7 de junio), por lo que los magistrados ordenan a la Asamblea Legislativa aprobar reformas de manera inmediata para actualizarlo, tomando en cuenta el contexto de la pandemia y valorando la información proporcionada por el ministerio de Salud.
Por su parte, el mandatario no tardó en reaccionar ante el decreto de constitucionalidad:
«Declaran constitucional el decreto legislativo que abría el transporte público el 7 de junio? ¿Qué hacemos? ¿Retroceder el tiempo?», cuestionó Bukele quien dejó entrever que la sentencia podría tratarse de un acto político o incluso de una cortina de humo.
Judicial
El Salvador impone condenas históricas: más de 10 pandilleros sentenciados a 100 años o más de prisión

En el marco de la política de combate frontal a las estructuras criminales, autoridades salvadoreñas han logrado en el último año la condena ejemplar de al menos diez pandilleros y criminales a penas que superan los 100 años de prisión. Los delitos incluyen homicidios, feminicidios, extorsión, privación de libertad y tráfico ilícito, según informes del sistema judicial y la Fiscalía General de la República.
Entre los casos más destacados en los primeros cuatro meses de 2025 se encuentran tres miembros de la pandilla MS-13: Gerardo Josué García, condenado a 1,071 años; Exequiel Anastasio Maradiaga Flores, con una pena de 600 años; y José Aníbal Moreira Bernal, sentenciado a 524 años. Los tres delinquieron entre 2014 y 2018 en la zona oriental del país, siendo encontrados culpables de 28 homicidios agravados, un feminicidio, 50 conspiraciones para cometer asesinatos, 38 extorsiones y otros cargos relacionados con crimen organizado.
Otros casos recientes incluyen a Pablo Edgar López y David Antonio Martínez, condenados a 155 y 120 años respectivamente, por su participación en varios homicidios y delitos cometidos en conjunto con otros miembros de la MS-13.
También se reporta la condena de Cristian Giovanni Miranda Muller, sentenciado a 100 años de cárcel por el asesinato de su excompañera de vida y su hija en Tonacatepeque, en mayo de 2021. Ronald Antonio Hernández Gómez, cómplice en el crimen, recibió 60 años de prisión.
En Ahuachapán, Jonathan Alexander Armas Patriz fue condenado a 110 años tras ser hallado culpable de feminicidio agravado, homicidio agravado y aborto sin consentimiento. El sujeto asesinó a su expareja embarazada y a un menor.
Por su parte, Jonathan Barrera Ruano, alias «Sangriento», líder de una red criminal, recibió 218 años de cárcel por diversos delitos, entre ellos el asesinato de Ruth Nohemy A. S. y su hijo de seis meses en Ciudad Delgado en noviembre de 2020. En esa misma estructura delictiva participaba Luis Alonso Zelada Ramírez, alias «Silent», quien fue sentenciado a 236 años.
En octubre del año pasado, Marvin Alberto Maldonado Arias fue condenado a 100 años por el asesinato de cuatro mujeres entre 2014 y 2017 en San José Villanueva. Dos de las víctimas fueron ejecutadas por sospechas de ser informantes, y las otras dos por haber presenciado el homicidio de un agente policial.
Finalmente, seis integrantes de la pandilla 18 fueron condenados el año pasado a penas de entre 75 y 100 años de prisión por su responsabilidad en tres homicidios y una desaparición forzada ocurridos en Ciudad Delgado entre 2021 y 2022.
Estas condenas forman parte de la ofensiva penal y judicial contra las estructuras criminales, impulsada por el Gobierno bajo el régimen de excepción. La Fiscalía ha reiterado su compromiso de llevar ante la justicia a los responsables de crímenes atroces, con el objetivo de consolidar un país libre de violencia.
Nacionales
PNC reporta un nuevo día sin homicidios

El Salvador continúa registrando jornadas sin homicidios durante mayo de 2025. De acuerdo con datos oficiales compartidos por la Policía Nacional Civil (PNC), el país suma ya 13 días sin muertes violentas en lo que va del mes, incluyendo el miércoles 14 de mayo.
La información fue publicada por la institución policial a través de su cuenta oficial en la red social X (antes Twitter), donde se detalló que no se reportaron asesinatos en ningún punto del territorio nacional durante la jornada del miércoles.
Los días sin homicidios durante mayo, según el registro oficial, corresponden al 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 12, 13 y 14. Además, el país acumula cinco días consecutivos sin hechos violentos letales.
Las autoridades atribuyen estos resultados a los patrullajes permanentes y las acciones coordinadas entre la PNC y la Fuerza Armada, como parte de la estrategia de seguridad implementada en el marco del régimen de excepción. El gobierno ha reiterado que estas medidas han posicionado a El Salvador como el país más seguro del hemisferio occidental.
Las cifras forman parte de los reportes diarios que publica la Policía Nacional Civil, como parte del monitoreo del impacto de sus políticas de seguridad y control territorial.