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Judicial

Sala de lo Constitucional declara improcedente demanda de amparo de Davivienda y ordena pago de $49.3 millones a José Antonio Salaverría

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La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró improcedente la demanda de amparo que el bufete Sáenz y Asociados interpuso para tratar de revertir el fallo del pago de $49.3 millones que el banco Davivienda debe hacer a José Antonio Salaverría, tras un viejo litigio que sigue el cafetalero con esa institución financiera y que ahora llega a su fin.

El Juzgado Primero de lo Mercantil ha ordenado que Davivienda antes HSBC pague esa cantidad de dinero a Salaverría en concepto de indemnización, por daños y perjuicios ocasionados al embargarle de forma arbitraria beneficios de café y otras propiedades, por un supuesto incumplimiento de pago por parte del empresario.

Salaverría inició un juicio civil mercantil en contra del banco luego que le suspendieran un préstamo de forma unilateral, pese a que en el contrato se mencionó que para ello debía existir un acuerdo de las tres instituciones financieras con las que había suscrito el convenio.

Este lunes la Sala de lo Constitucional ordenó: «Declárase improcedente la demanda de amparo presentada por los abogados Mario Enrique Sáenz y Luis Gerardo Hernández Jovel, en calidad de apoderados de la sociedad Banco Davivienda Salvadoreño, Banco Davivienda, Banco Salvadoreño o Bancosal, todos Sociedad Anónima contra la Sala de lo Civil, en virtud de que el reclamo formulado con relación a los actos impugnados se basa en cuestiones de estricta legalidad ordinaria y de simple inconformidad con las actuaciones impugnadas».

Consta que en junio de 2019 la Sala de lo Civil admitió un recurso de casación que Salaverría interpuso para obligar al banco Davivienda a pagar los $49.3 millones. Tras estudiar lo planteado por los apoderados legales del empresario, los magistrados por unanimidad determinaron ciertos los alegatos de José Antonio Salaverría y por este motivo se ordenó que la financiera debe hacer efectivos el desembolso.

Sin embargo, los abogados del banco Davivienda tratan de interponer algunos recursos para evitar el pago y dilatar el caso, por lo cual todos los recursos son anulados por la Sala de lo Constitucional porque ya no hay nada que hacer, según comenta Salaverría y añade que únicamente le han hecho un abono hasta este momento.

El pasado mes, la Sala de lo Constitucional de nuevo se pronunció y rechazó los señalamientos que este mismo grupo de abogados hicieron al mencionar que los magistrados no habían agilizado el trámite para admitir una demanda de amparo y que habían interpuesto con miras a revertir el fallo del Juzgado Primero de lo Mercantil. Alegaron que había una demora en dar una respuesta de solicitud de amparo y de nuevo la Sala dijo a Davivienda que “no hay ninguna inactividad judicial y que el caso se ha mantenido en constante actividad procesal”.

Se dijo que los abogados de Davivienda han tratado de coaccionar a los magistrados de la Sala, amenazando que llevarían el caso a instancias internacionales como el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), para demandar al Estado salvadoreño para resarcir los daños por retardación de justicia, pero la Sala les dijo que no hubo atraso en este proceso.

José Antonio Salaverría explicó en su oportunidad que el banco de forma arbitraria inició un proceso ejecutivo en contra de sus propiedades y que con el cese de los préstamos que tenía, inició con el embargo de propiedades, entre ellas beneficios de café.

“De manera ilegal el banco inició los embargos sin tener sustentos legales y sin tener mora. Ellos incumplieron todo lo que se ha venido ventilando en este proceso, como también, los convenios que se habían pactado con el banco en su debido momento, por ese motivo se presentaron tres demandas en el 2009 y que llegaron a su fin. El banco no ha tenido un sustento legal para decir que no puede pagar ese dinero y simplemente se han hecho los desentendidos para el no pago”, puntualizó Salaverría.

“Nos quebraron totalmente”

“Había suscrito un convenio con HSBC hoy Davivienda y luego me embargaron indebidamente. Ellos tenían un pagaré por 160 mil dólares y lo llenaron como quisieron a fin de provocar un incumplimiento. Nosotros tratamos de pagar al día siguiente todo el dinero que exigían, pero se opusieron a ello y nos quebraron totalmente”, afirmó el cafetalero.

“Nosotros dábamos empleos a unas cinco mil familias y al menos teníamos 1,260 productores de café, entre ellos había tres presidentes de bancos y seis directores porque confiaban en nosotros”, indicó el cafetalero que ahora pide justicia y que se le pague los más de 49 millones de dólares.

Se dijo que todas las instancias están agotadas y que el banco Davivienda trata de dilatar el caso y de utilizar todo tipo de argucias para evitar hacer ese desembolso.

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Pandillera del Barrio 18 condenada a 20 años de prisión por extorsión

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El Tribunal Cuarto de Sentencia de San Salvador impuso 20 años de prisión a Silvia Guadalupe Barahona Ramos, miembro de la pandilla Barrio 18, por el delito de extorsión agravada.

Según el informe judicial, Barahona llegó al negocio de la víctima exigiendo dinero bajo amenazas de atentar contra su vida o la de su familia. La persona entregó el dinero, pero de inmediato interpuso la denuncia.

La detenida fue capturada en el marco del Régimen de Excepción y actualmente enfrenta procesos por otros delitos.

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Mujer recibe 30 años de cárcel por no auxiliar a su recién nacido tras caer en fosa séptica en Cuscatlán

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El Juzgado de Sentencia de Cojutepeque condenó a 30 años de cárcel a María Antonia Preza Hernández por el delito de homicidio agravado bajo la figura de comisión por omisión, luego de no auxiliar a su recién nacido tras caer en una fosa séptica.

Según la investigación fiscal, los hechos ocurrieron el 30 de marzo de 2024 en Monte San Juan, Cuscatlán Sur. La mujer, que estaba en labor de parto, no solicitó ayuda a sus familiares y tras el nacimiento de la bebé, no intentó salvarla, sino que limpió la escena y se retiró.

El cuerpo de la recién nacida fue descubierto tres días después por familiares. La autopsia del Instituto de Medicina Legal confirmó que la bebé nació con vida y que la causa de su muerte fue asfixia por obstrucción de vías respiratorias.

El tribunal consideró que Hernández incumplió con su deber de auxilio, tipificando su conducta como comisión por omisión, lo que derivó en la condena máxima impuesta por el Juzgado de Sentencia de Cojutepeque.

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Pastor evangélico es condenado por agresión sexual a menor en La Libertad

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Rafael Antonio Gómez Castillo fue condenado a 12 años de prisión por agredir sexualmente a una niña de ocho años durante el 2024 en Sacacoyo, departamento de La Libertad.

Según las investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR), la víctima sufrió maltratos físicos y psicológicos de su madre, al punto que la dejaba varios días encerrada en la vivienda o abandonada en la calle.

«La menor buscaba refugio y comida en la casa de Rafael Gómez, por el lazo familiar; sin embargo, él se aprovechó de la situación y del vínculo que tenía con la niña para abusar de ella en reiteradas ocasiones», señaló la institución.

Ambos se desempeñaban como líderes religiosos de una iglesia de donde fueron expulsados tras darse a conocer los maltratados que ejercían contra la niña.

Los abusos a los que la víctima era sometida fueron denunciados ante las autoridades por otro familiar cercano.

«Gracias a los elementos de prueba documental, pericial y testimonial que presentó la FGR ante el Tribunal Segundo de Sentencia de Sonsonate, se logró demostrar la participación de los imputados en los hechos antes mencionados», informó el ministerio público.

Es así como como Gómez Castillo fue sentenciado por el delito de agresión sexual o menor o incapaz agravada en modalidad continuada.

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