Nacionales
Expresidente de CSJ, Óscar Pineda Navas, denunciado en FGR por Prevaricato y Actos Arbitrarios por engavetar las solicitudes de Habeas Corpus por más de 4 años, será interrogado en Asamblea
Alexia Rivas, la diputada presidenta de la Comisión Especial que investiga la entrega de fondos públicos a las organizaciones no gubernamentales (ONG), adelantó que el próximo viernes 16 de julio someterán al escrutinio público al expresidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y exgerente de Operaciones Legislativas.
“Continuando con las investigaciones de la Comisión ONG’s, este próximo viernes hemos citado como personas de interés a: Ex Dip Lorena Peña, Ex Dip Carmen Elena de Escalón, Armando Pineda Navas Ex Gerente de Operaciones. Jorge Estrada Ex Jefe de Técnicos”, anunció la diputada Alexia Rivas en su perfil oficial de Twitter.
Tras las confesiones del hoy magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Noel Orellana, para los diputados miembros de la citada Comisión Especial es evidente que Óscar Armando Pineda Navas pudo frenar lo que él dejó entrever que son irregularidades, pero no lo hizo y se plegó a las órdenes de los presidentes y presidentas de la Asamblea Legislativa.
Por otro lado, Óscar Armado Pineda Navas ha sido denunciado en la Fiscalía General de la República (FGR) por el delito de prevaricato, es decir, por emitir resoluciones viciadas y no apegadas a derecho, haciendo lo que los denunciantes describieron como “justicia selectiva”.
Entre los delitos que se atribuyen al expresidente de la CSJ, Óscar Armando Pineda Navas, están: la omisión de la aplicación de la resolución emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria (GTDA), de la Organización de la Naciones Unidas (ONU), que concluyó que el empresario Enrique Rais fue objeto de una detención arbitraria y a quien además se le vulneraron todos sus derechos civiles y políticos.
El GDTA de ONU resolvió durante su 89° período de sesiones, comprendido entre el 23 y 27 de noviembre de 2020, que “la privación de libertad del Sr. José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos inscribiéndose en las categorías I y III”, reza la resolución.
Pineda Navas como presidente de la Corte Suprema de Justicia no solo omitió dar cumplimiento a lo resuelto por el GDTA y garantizar la plena libertad de Enrique Rais y concederle el derecho efectivo a obtener una indemnización y otras reparaciones, conforme al derecho internacional, sino que tampoco emprendió ninguna investigación contra los jueces y otros funcionarios, entre ellos el exfiscal Douglas Meléndez y Raul Melara, también destituido por la Asamblea Legislativa, quienes fabricaron pruebas y mantuvieron una persecución ilegal contra el empresario.
“El Grupo de Trabajo instó a que se lleve a cabo una investigación exhaustiva e independiente de las circunstancias en torno a la privación arbitraria de libertad de señor José Aquiles Enrique Rais López y adopte las medidas pertinentes contra los responsables de la violación de sus derechos”, explicó uno de los abogados de Enrique Rais.
Adicionalmente, los abogados del señor Enrique Rais denunciaron que el hoy extitular del Órgano Judicial falló a su juramento al mantener “engavetados” por cuatro años los recursos de habeas corpus que ellos interpusieron haciendo uso del derecho que les confiere la Constitución, lo que calificaron de una clara “retardación de la justicia”.
El delito de actos arbitrarios en el que habría incurrido el exmagistrado Pineda Navas está tipificado en el artículo 230 del Código Penal, que reza: “El funcionario o empleado público o el encargado de un servicio público que en el desempeño de su función realizare cualquier acto ilegal o arbitrario, vejación o atropello contra las personas o daño en los bienes, o usare de apremios ilegítimos o innecesarios para el desempeño de la función o servicio o permitiere que un tercero lo cometiere, será sancionado con prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para desempeño del cargo por el mismo tiempo”.
Mientras que el delito de incumplimiento de deberes se ampara en el artículo 321 del mismo código, en el que se detalla que “el funcionario o empleado público, agente de autoridad o el encargado de un servicio público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto propio de su función será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación especial para el desempeño del cargo por igual período”.
Siendo presidente de la Corte Suprema de Justicia, Pineda Navas, era el principal encargado de velar y garantizar una “pronta y cumplida justicia”; sin embargo, el exmagistrado asumió de manera individual funciones y potestades colegiadas que corresponden a Corte Plena y no al presidente del Órgano Judicial reclamaron los abogados del empresario.
La denuncia contra Armando Pineda Navas reitera que el exmagistrado habría vulnerado el “Principio de Vinculación Positiva”, en la que se reafirma que los “funcionarios de Gobierno son delegados del pueblo y no tienen más facultades que las que expresamente les da la ley”, subrayó en su momento uno de los abogados del señor Enrique Rais.
De manera que el próximo viernes, Óscar Armando Pineda Navas tendrá que responder a los miembros de la Comisión Especial por qué no hizo nada, cuando los dictámenes emitidos en la Comisión de Hacienda eran modificados por el titular de turno del Órgano Legislativo y se alteraban los montos de las asignaciones a las ONG y después dichos dictámenes eran aprobados en el pleno por los demás diputados que desconocían el contenidos lo que estaban aprobando.

Nacionales
MARN alerta por altas concentraciones de Polvo del Sahara en El Salvador este sábado
El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) confirmó la presencia de altas concentraciones de Polvo del Sahara sobre todo el territorio salvadoreño durante este sábado 18 de julio. El fenómeno genera un ambiente brumoso y reduce la calidad del aire, por lo que las autoridades emitieron recomendaciones para proteger a la población.
El polvo del Sahara es una masa de aire seco y cargada de partículas finas que viaja desde el desierto africano hasta Centroamérica, impulsada por los vientos alisios. Este evento es recurrente entre mayo y agosto, y aunque es un fenómeno natural, puede generar irritación en ojos, garganta y vías respiratorias, además de agravar condiciones como asma y alergias.
Según el MARN, las concentraciones más altas se registran durante este sábado, aunque se espera una disminución progresiva para el día domingo. Las partículas en suspensión pueden alcanzar niveles que representan un riesgo moderado a alto para grupos sensibles, especialmente niños, adultos mayores y personas con enfermedades respiratorias preexistentes.
Las autoridades recomiendan evitar actividades físicas intensas al aire libre durante las horas de mayor concentración, mantener puertas y ventanas cerradas en los momentos de mayor bruma y usar mascarilla si se presenta sensibilidad respiratoria. También sugieren hidratarse constantemente y reducir el tiempo de exposición en exteriores.
El MARN continuará monitoreando la evolución del fenómeno y recomienda a la población mantenerse informada a través de sus canales oficiales, ya que la calidad del aire puede mejorar de forma gradual durante el fin de semana.
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