Nacionales
Expresidente de CSJ, Óscar Pineda Navas, denunciado en FGR por Prevaricato y Actos Arbitrarios por engavetar las solicitudes de Habeas Corpus por más de 4 años, será interrogado en Asamblea
Alexia Rivas, la diputada presidenta de la Comisión Especial que investiga la entrega de fondos públicos a las organizaciones no gubernamentales (ONG), adelantó que el próximo viernes 16 de julio someterán al escrutinio público al expresidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y exgerente de Operaciones Legislativas.
“Continuando con las investigaciones de la Comisión ONG’s, este próximo viernes hemos citado como personas de interés a: Ex Dip Lorena Peña, Ex Dip Carmen Elena de Escalón, Armando Pineda Navas Ex Gerente de Operaciones. Jorge Estrada Ex Jefe de Técnicos”, anunció la diputada Alexia Rivas en su perfil oficial de Twitter.
Tras las confesiones del hoy magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Noel Orellana, para los diputados miembros de la citada Comisión Especial es evidente que Óscar Armando Pineda Navas pudo frenar lo que él dejó entrever que son irregularidades, pero no lo hizo y se plegó a las órdenes de los presidentes y presidentas de la Asamblea Legislativa.
Por otro lado, Óscar Armado Pineda Navas ha sido denunciado en la Fiscalía General de la República (FGR) por el delito de prevaricato, es decir, por emitir resoluciones viciadas y no apegadas a derecho, haciendo lo que los denunciantes describieron como “justicia selectiva”.
Entre los delitos que se atribuyen al expresidente de la CSJ, Óscar Armando Pineda Navas, están: la omisión de la aplicación de la resolución emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria (GTDA), de la Organización de la Naciones Unidas (ONU), que concluyó que el empresario Enrique Rais fue objeto de una detención arbitraria y a quien además se le vulneraron todos sus derechos civiles y políticos.
El GDTA de ONU resolvió durante su 89° período de sesiones, comprendido entre el 23 y 27 de noviembre de 2020, que “la privación de libertad del Sr. José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos inscribiéndose en las categorías I y III”, reza la resolución.
Pineda Navas como presidente de la Corte Suprema de Justicia no solo omitió dar cumplimiento a lo resuelto por el GDTA y garantizar la plena libertad de Enrique Rais y concederle el derecho efectivo a obtener una indemnización y otras reparaciones, conforme al derecho internacional, sino que tampoco emprendió ninguna investigación contra los jueces y otros funcionarios, entre ellos el exfiscal Douglas Meléndez y Raul Melara, también destituido por la Asamblea Legislativa, quienes fabricaron pruebas y mantuvieron una persecución ilegal contra el empresario.
“El Grupo de Trabajo instó a que se lleve a cabo una investigación exhaustiva e independiente de las circunstancias en torno a la privación arbitraria de libertad de señor José Aquiles Enrique Rais López y adopte las medidas pertinentes contra los responsables de la violación de sus derechos”, explicó uno de los abogados de Enrique Rais.
Adicionalmente, los abogados del señor Enrique Rais denunciaron que el hoy extitular del Órgano Judicial falló a su juramento al mantener “engavetados” por cuatro años los recursos de habeas corpus que ellos interpusieron haciendo uso del derecho que les confiere la Constitución, lo que calificaron de una clara “retardación de la justicia”.
El delito de actos arbitrarios en el que habría incurrido el exmagistrado Pineda Navas está tipificado en el artículo 230 del Código Penal, que reza: “El funcionario o empleado público o el encargado de un servicio público que en el desempeño de su función realizare cualquier acto ilegal o arbitrario, vejación o atropello contra las personas o daño en los bienes, o usare de apremios ilegítimos o innecesarios para el desempeño de la función o servicio o permitiere que un tercero lo cometiere, será sancionado con prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para desempeño del cargo por el mismo tiempo”.
Mientras que el delito de incumplimiento de deberes se ampara en el artículo 321 del mismo código, en el que se detalla que “el funcionario o empleado público, agente de autoridad o el encargado de un servicio público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto propio de su función será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación especial para el desempeño del cargo por igual período”.
Siendo presidente de la Corte Suprema de Justicia, Pineda Navas, era el principal encargado de velar y garantizar una “pronta y cumplida justicia”; sin embargo, el exmagistrado asumió de manera individual funciones y potestades colegiadas que corresponden a Corte Plena y no al presidente del Órgano Judicial reclamaron los abogados del empresario.
La denuncia contra Armando Pineda Navas reitera que el exmagistrado habría vulnerado el “Principio de Vinculación Positiva”, en la que se reafirma que los “funcionarios de Gobierno son delegados del pueblo y no tienen más facultades que las que expresamente les da la ley”, subrayó en su momento uno de los abogados del señor Enrique Rais.
De manera que el próximo viernes, Óscar Armando Pineda Navas tendrá que responder a los miembros de la Comisión Especial por qué no hizo nada, cuando los dictámenes emitidos en la Comisión de Hacienda eran modificados por el titular de turno del Órgano Legislativo y se alteraban los montos de las asignaciones a las ONG y después dichos dictámenes eran aprobados en el pleno por los demás diputados que desconocían el contenidos lo que estaban aprobando.

Principal
Mujer rescatada de crecida del río Metayate en Nueva Concepción, Chalatenango: se aferraba a árboles mientras lavaba ropa



¡DRAMÁTICO RESCATE EN CHALATENANGO! 🚨Mujer se aferra a un árbol en el río Metayate tras ser arrastrada por la corriente mientras lavaba ropa. Bomberos la rescatan de noche en zona boscosa. Se encuentra estable. 👏#Chalatenango #Rescate #BomberosSV #Cronio https://t.co/S70zKWXAHf
— Diario Digital Cronio (@croniosv) October 22, 2026
Economia
Amnistía fiscal 2026: aprueban alivio de recargos y pagos en cuotas hasta el 11 de diciembre
La Asamblea Legislativa aprobó con 60 votos la amnistía fiscal 2026, que permitirá a personas y empresas regularizar obligaciones pendientes mediante la exoneración de determinados intereses, recargos y multas por mora. El plazo para acogerse finalizará el 11 de diciembre de 2026, y su aplicación comenzará cuando el decreto complete el trámite de sanción y publicación en el Diario Oficial.
La normativa comprende obligaciones tributarias y aduaneras, incluidos determinados casos en procesos administrativos o judiciales, conforme a las condiciones y fechas de corte establecidas. También contempla intereses y recargos acumulados por multas de tránsito y ciertas sanciones administrativas. El beneficio no elimina el impuesto adeudado ni el valor original de las multas de tránsito, y las sanciones municipales quedan fuera de esta ley.
Los contribuyentes podrán solicitar facilidades para pagar mediante una primera cuota equivalente al 10 % de la deuda y ocho mensualidades consecutivas. Este mecanismo permitirá distribuir el monto pendiente, sujeto a la autorización y las condiciones del plan correspondiente.
Quienes incumplan el convenio de pago perderán los beneficios y se reactivarán proporcionalmente los recargos aplicables al saldo pendiente. Por ello, los interesados deberán verificar con el Ministerio de Hacienda qué obligaciones pueden regularizar y completar el trámite dentro del plazo establecido.
Judicial
Prisión provisional para empleado de farmacia acusado de desviar más de $49,000
El Juzgado Quinto de Paz de San Salvador ordenó detención provisional contra Julio Adalberto R. R., de 28 años, acusado de realizar transacciones no autorizadas con fondos de una farmacia donde trabajaba como auxiliar de informática. Las operaciones investigadas suman $49,177.77, presuntamente enviados a una billetera electrónica a su nombre.
El caso fue detectado en marzo de 2025, cuando una entidad bancaria notificó al departamento de finanzas del establecimiento sobre movimientos sospechosos. Las indagaciones internas identificaron transacciones de $250 hacia una billetera electrónica desde productos financieros administrados por el empleado.
La farmacia revisó las operaciones efectuadas entre julio de 2024 y marzo de 2025 y encontró movimientos no autorizados desde tarjetas que el imputado manejaba para gastos generales de mantenimiento. Según la acusación, esos recursos habrían sido transferidos a la cuenta electrónica vinculada con el procesado.
Durante la audiencia inicial, el juez consideró que existían indicios sobre el delito y la probable participación del acusado, por lo que dispuso que el proceso continúe a la etapa de instrucción. El cargo atribuido es obtención indebida de bienes o servicios por medio de tarjetas inteligentes o medios similares; la detención provisional no constituye una condena.







