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Expresidente de CSJ, Óscar Pineda Navas, denunciado en FGR por Prevaricato y Actos Arbitrarios por engavetar las solicitudes de Habeas Corpus por más de 4 años, será interrogado en Asamblea
Alexia Rivas, la diputada presidenta de la Comisión Especial que investiga la entrega de fondos públicos a las organizaciones no gubernamentales (ONG), adelantó que el próximo viernes 16 de julio someterán al escrutinio público al expresidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y exgerente de Operaciones Legislativas.
“Continuando con las investigaciones de la Comisión ONG’s, este próximo viernes hemos citado como personas de interés a: Ex Dip Lorena Peña, Ex Dip Carmen Elena de Escalón, Armando Pineda Navas Ex Gerente de Operaciones. Jorge Estrada Ex Jefe de Técnicos”, anunció la diputada Alexia Rivas en su perfil oficial de Twitter.
Tras las confesiones del hoy magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Noel Orellana, para los diputados miembros de la citada Comisión Especial es evidente que Óscar Armando Pineda Navas pudo frenar lo que él dejó entrever que son irregularidades, pero no lo hizo y se plegó a las órdenes de los presidentes y presidentas de la Asamblea Legislativa.
Por otro lado, Óscar Armado Pineda Navas ha sido denunciado en la Fiscalía General de la República (FGR) por el delito de prevaricato, es decir, por emitir resoluciones viciadas y no apegadas a derecho, haciendo lo que los denunciantes describieron como “justicia selectiva”.
Entre los delitos que se atribuyen al expresidente de la CSJ, Óscar Armando Pineda Navas, están: la omisión de la aplicación de la resolución emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria (GTDA), de la Organización de la Naciones Unidas (ONU), que concluyó que el empresario Enrique Rais fue objeto de una detención arbitraria y a quien además se le vulneraron todos sus derechos civiles y políticos.
El GDTA de ONU resolvió durante su 89° período de sesiones, comprendido entre el 23 y 27 de noviembre de 2020, que “la privación de libertad del Sr. José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos inscribiéndose en las categorías I y III”, reza la resolución.
Pineda Navas como presidente de la Corte Suprema de Justicia no solo omitió dar cumplimiento a lo resuelto por el GDTA y garantizar la plena libertad de Enrique Rais y concederle el derecho efectivo a obtener una indemnización y otras reparaciones, conforme al derecho internacional, sino que tampoco emprendió ninguna investigación contra los jueces y otros funcionarios, entre ellos el exfiscal Douglas Meléndez y Raul Melara, también destituido por la Asamblea Legislativa, quienes fabricaron pruebas y mantuvieron una persecución ilegal contra el empresario.
“El Grupo de Trabajo instó a que se lleve a cabo una investigación exhaustiva e independiente de las circunstancias en torno a la privación arbitraria de libertad de señor José Aquiles Enrique Rais López y adopte las medidas pertinentes contra los responsables de la violación de sus derechos”, explicó uno de los abogados de Enrique Rais.
Adicionalmente, los abogados del señor Enrique Rais denunciaron que el hoy extitular del Órgano Judicial falló a su juramento al mantener “engavetados” por cuatro años los recursos de habeas corpus que ellos interpusieron haciendo uso del derecho que les confiere la Constitución, lo que calificaron de una clara “retardación de la justicia”.
El delito de actos arbitrarios en el que habría incurrido el exmagistrado Pineda Navas está tipificado en el artículo 230 del Código Penal, que reza: “El funcionario o empleado público o el encargado de un servicio público que en el desempeño de su función realizare cualquier acto ilegal o arbitrario, vejación o atropello contra las personas o daño en los bienes, o usare de apremios ilegítimos o innecesarios para el desempeño de la función o servicio o permitiere que un tercero lo cometiere, será sancionado con prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para desempeño del cargo por el mismo tiempo”.
Mientras que el delito de incumplimiento de deberes se ampara en el artículo 321 del mismo código, en el que se detalla que “el funcionario o empleado público, agente de autoridad o el encargado de un servicio público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto propio de su función será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación especial para el desempeño del cargo por igual período”.
Siendo presidente de la Corte Suprema de Justicia, Pineda Navas, era el principal encargado de velar y garantizar una “pronta y cumplida justicia”; sin embargo, el exmagistrado asumió de manera individual funciones y potestades colegiadas que corresponden a Corte Plena y no al presidente del Órgano Judicial reclamaron los abogados del empresario.
La denuncia contra Armando Pineda Navas reitera que el exmagistrado habría vulnerado el “Principio de Vinculación Positiva”, en la que se reafirma que los “funcionarios de Gobierno son delegados del pueblo y no tienen más facultades que las que expresamente les da la ley”, subrayó en su momento uno de los abogados del señor Enrique Rais.
De manera que el próximo viernes, Óscar Armando Pineda Navas tendrá que responder a los miembros de la Comisión Especial por qué no hizo nada, cuando los dictámenes emitidos en la Comisión de Hacienda eran modificados por el titular de turno del Órgano Legislativo y se alteraban los montos de las asignaciones a las ONG y después dichos dictámenes eran aprobados en el pleno por los demás diputados que desconocían el contenidos lo que estaban aprobando.

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Pandillero de Ayutuxtepeque es condenado a 39 años de cárcel
Marco Antonio Pérez Hernández fue condenado a 39 años de prisión por homicidio agravado en grado de tentativa, en perjuicio de dos personas, y agrupaciones ilícitas, así resolvió el Tribunal Quinto Contra el Crimen Organizado de San Salvador.
El doble intento de asesinato ocurrió el 1 de junio de 2013 en la comunidad Cristo Redentor, Ayutuxtepeque. El hombre disparó a las víctimas y luego se dio a la fuga; sin embargo, ambas personas sobrevivieron al ataque. Pérez Hernández fue perfilado como el encargado de la cancha Tainys Locos Revolucionarios de la pandilla 18 que delinquía en esa zona y tenía entre 20 y 30 pandilleros bajo sus órdenes.
El juzgador valoró la prueba ofertada por el ente fiscal y condenó al imputado de conformidad con el Código Penal anterior.
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Tribunal recibe prueba en juicio contra Jorge Hernández por evasión de impuestos
El Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador, realizó una nueva jornada del juicio que la Fiscalía General de la República promueve al expresentador de televisión, Jorge Hernández Meléndez, por el delito de evasión de impuestos.
La vista pública se ha estado desarrollando en jornadas interrumpidas, desde finales de febrero de 2026, cuando el tribunal comenzó a recibir la prueba, la cual continuó ayer.
En la acusación del ministerio público se detalla que Hernández Meléndez defraudó al fisco con un monto de $278,814.99; ya que en el 2014 declaró información falsa en el Ministerio de Hacienda.
Cuando el expediente fue judicializado la Fiscalía publicó que en el 2014, el imputado evadió el pago de impuesto sobre la renta en su calidad de contribuyente de la actividad económica consistentes en la prestación de servicios de carácter permanente bajo dependencia laboral en la sociedad Meridiano 89 S.A. de C.V.
Por esa acción ilícita el ministerio público pretende lograr una condena en este expediente que lleva varios años diligenciándose; inició en el Juzgado Octavo de Paz y luego enviado al extinto Juzgado Octavo de Instrucción ara que en la etapa final se asignara al Tribunal Quinto de Sentencia.
Hernández Meléndez, previo al juicio intentó finalizar el proceso con una salida alterna pagando el monto evadido, el juzgado que desarrolló la fase de instrucción le otorgó un plazo para pagar, pero al incumplir, tuvo que enfrentar la audiencia preliminar y ser enviado a juicio.
El procesado también tiene un expediente de extinción de dominio que llevó a la Fiscalía a incautarle 36 bienes entre inmuebles y dinero, para que en una decisión definitiva, el juez especializado se pronuncie.
El expresentador de televisión está bajo arresto domiciliar y con custodia de la Policía Nacional Civil (PNC) por resolución que emitió el Juzgado Octavo de Paz de San Salvador el 11 de marzo del 2019 cuando fue la primera audiencia del proceso.
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Condenan a dos ebrios por homicidio culposo, lesiones y conducción peligrosa
El Tribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla, La Libertad condenó a dos ebrios que provocaron accidentes de tránsito en los que hubo un fallecido y dos lesionados.
En el primer expediente mediante procedimiento abreviado, impuso tres años excarcelables a Leonel Chicas Márquez, por homicidio culposo y conducción peligrosa.
Al otorgarle una suspensión condicional de la ejecución de la pena, quedó sujeto al cumplimiento de reglas de conducta por el mismo período y el pago de $10,000 en concepto de responsabilidad civil a favor de los familiares del fallecido.
El accidente ocurrió la madrugada del 2 de agosto de 2025, cuando en estado de ebriedad invadió el carril contrario y colisionara con el vehículo de Jaime Edgardo Aguilar Romero, quien falleció en el periférico Claudia Lars, de San Juan Opico.
La segunda condena fue para Héctor M. A., quien recibió dos años, aplicándole la suspensión condicional de la ejecución de la pena, pero deberá pagar $5,500 por lesiones culposas en perjuicio de dos personas.
Según la acusación, la madrugada del 28 de marzo de 2025, en el km 30 de la carretera hacia San Juan Opico, La Libertad Centro, el imputado impactó la parte trasera de una motocicleta en la que viajaban dos personas. En la prueba de alcotest, detectaron que conducía con 159 grados de alcohol.





