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Expresidente de CSJ, Óscar Pineda Navas, denunciado en FGR por Prevaricato y Actos Arbitrarios por engavetar las solicitudes de Habeas Corpus por más de 4 años, será interrogado en Asamblea
Alexia Rivas, la diputada presidenta de la Comisión Especial que investiga la entrega de fondos públicos a las organizaciones no gubernamentales (ONG), adelantó que el próximo viernes 16 de julio someterán al escrutinio público al expresidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y exgerente de Operaciones Legislativas.
“Continuando con las investigaciones de la Comisión ONG’s, este próximo viernes hemos citado como personas de interés a: Ex Dip Lorena Peña, Ex Dip Carmen Elena de Escalón, Armando Pineda Navas Ex Gerente de Operaciones. Jorge Estrada Ex Jefe de Técnicos”, anunció la diputada Alexia Rivas en su perfil oficial de Twitter.
Tras las confesiones del hoy magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Noel Orellana, para los diputados miembros de la citada Comisión Especial es evidente que Óscar Armando Pineda Navas pudo frenar lo que él dejó entrever que son irregularidades, pero no lo hizo y se plegó a las órdenes de los presidentes y presidentas de la Asamblea Legislativa.
Por otro lado, Óscar Armado Pineda Navas ha sido denunciado en la Fiscalía General de la República (FGR) por el delito de prevaricato, es decir, por emitir resoluciones viciadas y no apegadas a derecho, haciendo lo que los denunciantes describieron como “justicia selectiva”.
Entre los delitos que se atribuyen al expresidente de la CSJ, Óscar Armando Pineda Navas, están: la omisión de la aplicación de la resolución emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria (GTDA), de la Organización de la Naciones Unidas (ONU), que concluyó que el empresario Enrique Rais fue objeto de una detención arbitraria y a quien además se le vulneraron todos sus derechos civiles y políticos.
El GDTA de ONU resolvió durante su 89° período de sesiones, comprendido entre el 23 y 27 de noviembre de 2020, que “la privación de libertad del Sr. José Aquiles Enrique Rais López es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los artículos 9, 14 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos inscribiéndose en las categorías I y III”, reza la resolución.
Pineda Navas como presidente de la Corte Suprema de Justicia no solo omitió dar cumplimiento a lo resuelto por el GDTA y garantizar la plena libertad de Enrique Rais y concederle el derecho efectivo a obtener una indemnización y otras reparaciones, conforme al derecho internacional, sino que tampoco emprendió ninguna investigación contra los jueces y otros funcionarios, entre ellos el exfiscal Douglas Meléndez y Raul Melara, también destituido por la Asamblea Legislativa, quienes fabricaron pruebas y mantuvieron una persecución ilegal contra el empresario.
“El Grupo de Trabajo instó a que se lleve a cabo una investigación exhaustiva e independiente de las circunstancias en torno a la privación arbitraria de libertad de señor José Aquiles Enrique Rais López y adopte las medidas pertinentes contra los responsables de la violación de sus derechos”, explicó uno de los abogados de Enrique Rais.
Adicionalmente, los abogados del señor Enrique Rais denunciaron que el hoy extitular del Órgano Judicial falló a su juramento al mantener “engavetados” por cuatro años los recursos de habeas corpus que ellos interpusieron haciendo uso del derecho que les confiere la Constitución, lo que calificaron de una clara “retardación de la justicia”.
El delito de actos arbitrarios en el que habría incurrido el exmagistrado Pineda Navas está tipificado en el artículo 230 del Código Penal, que reza: “El funcionario o empleado público o el encargado de un servicio público que en el desempeño de su función realizare cualquier acto ilegal o arbitrario, vejación o atropello contra las personas o daño en los bienes, o usare de apremios ilegítimos o innecesarios para el desempeño de la función o servicio o permitiere que un tercero lo cometiere, será sancionado con prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para desempeño del cargo por el mismo tiempo”.
Mientras que el delito de incumplimiento de deberes se ampara en el artículo 321 del mismo código, en el que se detalla que “el funcionario o empleado público, agente de autoridad o el encargado de un servicio público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto propio de su función será sancionado con prisión de cuatro a seis años e inhabilitación especial para el desempeño del cargo por igual período”.
Siendo presidente de la Corte Suprema de Justicia, Pineda Navas, era el principal encargado de velar y garantizar una “pronta y cumplida justicia”; sin embargo, el exmagistrado asumió de manera individual funciones y potestades colegiadas que corresponden a Corte Plena y no al presidente del Órgano Judicial reclamaron los abogados del empresario.
La denuncia contra Armando Pineda Navas reitera que el exmagistrado habría vulnerado el “Principio de Vinculación Positiva”, en la que se reafirma que los “funcionarios de Gobierno son delegados del pueblo y no tienen más facultades que las que expresamente les da la ley”, subrayó en su momento uno de los abogados del señor Enrique Rais.
De manera que el próximo viernes, Óscar Armando Pineda Navas tendrá que responder a los miembros de la Comisión Especial por qué no hizo nada, cuando los dictámenes emitidos en la Comisión de Hacienda eran modificados por el titular de turno del Órgano Legislativo y se alteraban los montos de las asignaciones a las ONG y después dichos dictámenes eran aprobados en el pleno por los demás diputados que desconocían el contenidos lo que estaban aprobando.

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Multan con $750 a creador de videos por conducción temeraria
El Viceministerio de Transporte (VMT) multó con $750 al creador de contenido «Yeik» por varias infracciones a la Ley de Tránsito.
La institución sancionó al tiktoker luego de la circulación de un video en redes sociales donde el imputado ocasionó un siniestro vial donde colisionó contra otro motociclista.
Las multas fueron por conducir sin estar autorizado ($150); conducir haciendo uso del celular ($150); circular después de las 18 horas y antes de las 6 del día siguiente sin que el motociclista porte chaleco o implementos reflectivos ($150); circular sin placas ($150); conducir en zigzag ($100) y no portar tarjeta de circulación ($50).
Las autoridades también le decomisaron la motocicleta por circular sin placas ni tarjeta de circulación.
Tras conocer las sanciones, el titular del VMT, Nelson Reyes, reaccionó en su cuenta de la red X y escribió: «el respeto a la ley no es opcional. Quien ponga en riesgo la vida de los demás deberá responder por sus acciones. Seguiremos aplicando la normativa con firmeza para garantizar la seguridad vial de todos los salvadoreños».
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Traficante de personas es condenado a ocho años de prisión
A ocho años de prisión fue condenado José Alfredo Centeno Cantón, por el delito de tráfico ilegal de personas.
En el juicio, la Fiscalía General de la República estableció que fue detenido de forma infraganti transportando a 12 personas a quienes pretendía trasladar hasta Guatemala y con una promesa de llevarlos en «un viaje seguro» a Estados Unidos.
Centeno Cantón fue detenido el 15 de enero de 2024, en un retén que agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) habían instalado en el km 92 de la carretera Panamericana, caserío Paraje Galán, cantón San Vicente, de Candelaria de la Frontera, Santa Ana.
El plan del ahora condenado era dirigirse hacia un punto fronterizo no habilitado de la zona, para eludir los controles migratorios, ya que entre las personas que transportaba iban cinco menores de edad, los otros siete eran adultos.
En el proceso judicial se mencionó que todos viajaban en una camioneta, eso llamó la atención de los agentes policiales pues al ir sobrecargada y el nerviosismo que mostraron generó sospecha que podrían estar frente a un caso de tráfico de personas.
Ese control policial siempre ha sido estratégico ya que obligadamente se debe pasar por ese punto y por la ubicación los agentes con su experiencia pueden detectar cualquier irregularidad de los viajeros.
Llamó la atención que en una sola unidad de transporte fueran cinco menores sin ninguno de sus padres o familiares cercanos y que la custodia fuera a cargo de una persona que ni conocían.
Además, al ser entrevistado, hubo incongruencias en las respuestas de los adultos, así como de los niños, no portaban la respectiva documentación que asegura un registro legal en la frontera San Cristóbal, que era la más próxima al control vehicular donde fueron ubicados.
Con la información aportada por las víctimas, los agentes consultaron a sus superiores y luego a la Fiscalía General de la República para detener a Centeno Cantón y que le iniciaron el respectivo proceso penal.
En la fase de investigación el ministerio público obtuvo información de las víctimas, quienes confirmaron que iban hacia Estados Unidos y que los iban a pasar por un punto no habilitado hacia Guatemala.
El plan era que, del vecino país los iban a mover hacia la frontera con México donde serían entregadas a otras personas para continuar la ruta a Estados Unidos ya que ese fue el acuerdo pactado.
«El fiscal del caso dijo que las 12 víctimas eran cinco niños y siete adultos todos salvadoreños y que habían pagado una parte del dinero y la otra la harían efectiva al llegar a su destino», así lo publicó el ministerio público.
En la vista pública el tribunal tuvo acceso a testimonios de las víctimas, así como de los agentes policiales que hicieron el procedimiento de localización de las víctimas y captura del traficante de personas.
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Abogada y estafador son condenados a tres y nueve años de cárcel
La abogada Ángela Maritza Díaz de Vásquez y Douglas Enrique Vega Guerrero, fueron condenados a penas de tres y nueve años de prisión por falsedad documental agravada y estafa.
La primera admitió la falsedad mediante un procedimiento abreviado ante el Tribunal Segundo de Sentencia de San Salvador, y la pena de tres años es sometida a una suspensión condicional bajo reglas de conducta consistente en no cambiar de domicilio, además queda inhabilitada para ejercer la profesión hasta que haya cumplido la condena; también deberá de pagar $500 a una de las víctimas.
Mientras que Vega Guerrero cumplirá en un centro penal los nueve años por tres casos de estafa, más el pago total de $14,600 en concepto de responsabilidad civil a las tres víctimas que engañó.
La Fiscalía General de la República probó en el juicio que las estafas fueron cometidas entre el 2022 y 2023, en diversos distritos del departamento de San Salvador.
El estafador utilizó redes sociales para ofrecer una variedad de productos, a los afectados les propuso venderles vehículos y les pidió dinero como adelanto.
Los denunciantes dijeron que luego de entregarle diversas cantidades de dinero, Vega Guerrero cortó todo tipo de comunicación y no lo pudieron contactar por ninguna vía.
A una de las víctimas le ofreció un vehículo por $4,800 y le manifestó que para adquirirlo debía darle $4,000 como anticipo, ese hecho ocurrió en mayo de 2023.
En las pesquisas que las autoridades realizaron obtuvieron información del afectado quien dijo que pagó y recibió el automotor, pero el auto presentó desperfectos mecánicos y estaba a nombre de otra persona, quien había denunciado que se lo habían robado.
En la vista pública quedó probado que Douglas Enrique Vega Guerrero, detenido en febrero de 2024, en los tres casos de estafa actuó con dolo, sabía perfectamente que estaba ante hechos de estafa.
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